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Resolución de Empates |
La comisión evaluadora en caso de existir un puntaje igual entre dos o más oferentes, lo cual implique un empate entre ellos, hará una nueva evaluación entre las ofertas empatadas, considerando como criterios:
1° Privilegiar la “Condiciones de Empleo y Remuneración”.
2º En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”.
3° De persistir el empate se establece como tercer mecanismo de adjudicación el “Experiencia Demostrada”.
4° En caso de que se mantenga el empate, se establece como cuarto mecanismo de adjudicación las “Año del Camión”.
5° Si continua esta situación, se establece como quinto mecanismo de adjudicación la “Presentación de Antecedentes” y de persistir, se optará por la oferta ingresada con anterioridad dentro del portal www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente este pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de la licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada como necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) No ofrecer, ni concede, ni intentar ofrecer o concede, sobornos regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo de naturaleza y/o monto a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) No intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria en cualquiera de sus tipos de formas.
c) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
d) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) Manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos de derivasen.
f) Se obligue y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) Reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.
h) Se obligue a tomar todas la medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumida y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente ven virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cesiones de Crédito o Factoring |
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La Municipalidad de Lampa, cumplirá con lo establecido en los contratos de Factoring, realizados por el adjudicatario, siempre y cuando se notifique oportunamente de dicho contrato a la Inspección Técnica del Servicio dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, quedando consignado en el pago y que el adjudicatario no tenga obligaciones o multas pendientes, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 19886.
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