Licitación ID: 1001546-1-LE26
SUSCRIPCION DE LICENCIAS ANUAL
Responsable de esta licitación: Primer Tribunal Ambiental con asiento en Antofagasta
Fecha de Cierre: 26-01-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de gestión de licencias 52 Unidad
Cod: 43231512
SERVICIO DE SUSCRIPCIÓN ANUAL DE 27 LICENCIAS MICROSOFT 365 EMPRESA PREMIUM; 03 LICENCIAS MICROSOFT 365 EMPRESA ESTÁNDAR; 05 LICENCIAS MICROSOFT 365 EMPRESA BÁSICO; 08 LICENCIAS MICROSOFT EXCHANGE PLAN 1; 08 LICENCIAS MICROSOFT EXCHANGE PLAN 2; Y, 01  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUSCRIPCION DE LICENCIAS ANUAL
Estado:
Publicada
Descripción:
SERVICIO DE SUSCRIPCIÓN ANUAL DE 27 LICENCIAS MICROSOFT 365 EMPRESA PREMIUM; 03 LICENCIAS MICROSOFT 365 EMPRESA ESTÁNDAR; 05 LICENCIAS MICROSOFT 365 EMPRESA BÁSICO; 08 LICENCIAS MICROSOFT EXCHANGE PLAN 1; 08 LICENCIAS MICROSOFT EXCHANGE PLAN 2; Y, 01 LICENCIA DE 1TB DE MICROSOFT SHAREPOINT EXTRASTORAGE PARA EL PRIMER TRIBUNAL AMBIENTAL.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Primer Tribunal Ambiental
R.U.T.:
61.999.230-k
Dirección:
JOSE MIGUEL CARRERA 1579
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-01-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 20-01-2026 18:59:48
Fecha inicio de preguntas: 20-01-2026 20:01:00
Fecha final de preguntas: 22-01-2026 9:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-01-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-01-2026 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-01-2026 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 26-02-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VER BASES
Documentos Técnicos
1.- VER BASES
 
Documentos Económicos
1.- VER BASES
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO Puntaje = (Precio menor ofertado/precio de la oferta en evaluación) x 100 65%
2 Criterio administrativo Presentación correcta de la oferta (50%) (VER BASES) Programa de integridad (50%) (VER BASES) 15%
3 Calidad de la propuesta técnica La descripción de la propuesta técnica presentada por el oferente cumple con todas las características técnicas solicitadas en las bases técnicas del presente proceso licitatorio 100 PUNTOS / La descripción de la propuesta técnica presentada por el oferente no cumple con alguna de las características solicitadas en las bases técnicas del presente proceso licitatorio 0 PUNTOS 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jennifer Palacios Mancilla
e-mail de responsable de pago: jennifer.palacios@1ta.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
De acuerdo con el artículo 126 del reglamento de la Ley N°19.886, el proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, salvo que una norma
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por la entidad licitante cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: a Si se desiste de su oferta. b Si no acepta la correspondiente orden de compra dentro de las 24 horas siguientes a que esta haya sido emitida y derivada al adjudicatario. c Si incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado. d Si no entrega la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en el punto 5. “Antecedentes para incluir en la oferta” o no cumple con el punto 6. “Requisitos para contratar al proveedor adjudicado” de las presentes bases. e Si no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales resultó adjudicado. f Si mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de aceptación de la orden de compra, se verifica el incumplimiento del “Pacto de integridad” por parte del proveedor, en los términos del punto 11. de estas bases de licitación. g Si no cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación. En aquellos casos, el Tribunal procederá a dejar sin efecto la adjudicación original y podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original de la licitación, debiendo justificar aquello en el acto administrativo correspondiente. Lo anterior, podrá aplicarse tantas veces como readjudicaciones se produzcan. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la entidad licitante, se estime conveniente declarar desierta la licitación y llamar a un nuevo proceso licitatorio o aplicar algún procedimiento de compra siempre que resulte pertinente y en cumplimiento de los requisitos legales.
Resolución de Empates
En caso de empate en la evaluación final de las ofertas, se preferirá aquélla que
haya sido mejor evaluada en el criterio económico. Si una vez aplicada esta regla el
empate subsiste, se preferirá aquella oferta que haya sido mejor evaluada en el
criterio técnico. Si una vez aplicada esta regla el empate subsiste se preferirá
aquella oferta que haya sido mejor evaluada en el criterio administrativo.
En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate,
se preferirá la oferta que primero haya sido ingresada electrónicamente al portal
www.mercadopublico.cl
Pacto de integridad

11. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo
hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto
de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
a) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose
por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485
del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos
adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente
se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
c) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquiera de sus tipos o formas.
d) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara
que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad,
por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
e) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas
y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos
integrantes y el contrato que de ello se derivase.
31
g) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para
que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente
cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio
de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
h) Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a
cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto
es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en
el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en
él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que
participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad
jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se
realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas
administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la
forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e
igualdad de todos los oferentes.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
ver bases
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.