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Pacto de integridad |
11. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo
hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto
de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el
suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y
exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
a) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose
por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485
del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos
adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de
licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente
se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
c) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquiera de sus tipos o formas.
d) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara
que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad,
por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma
en las condiciones y oportunidad ofertadas.
e) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas
y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos
integrantes y el contrato que de ello se derivase.
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g) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para
que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente
cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en
general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio
de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
h) Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a
cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto
es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en
el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en
él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que
participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad
jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se
realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas
administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la
forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e
igualdad de todos los oferentes.
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