Licitación ID: 845-24-LE25
SERVICIO DE NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA JI CABALLITO DE MAR JUNJI TARAPACÁ
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 30
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
SERVICIO DE NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA DE JARDÍN INFANTIL CABALLITO DE MAR DE LA JUNJI TARAPACÁ  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA JI CABALLITO DE MAR JUNJI TARAPACÁ
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles, en adelante (JUNJI), requiere el “Servicio de Normalización Eléctrica de la Sala Cuna y Jardín Infantil Caballito de Mar de la JUNJI Región de Tarapacá”. El mandante de esta licitación pública es la Dirección Regional de Tarapacá de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Wilson N° 243, comuna de Iquique, Región de Tarapacá. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.clhttp://www.mercadopublico.cl/, de acuerdo con lo establecido en la Ley N.º 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - I Región - Iquique
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Wilson N°243
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-11-2025 18:00:00
Fecha de Publicación: 05-11-2025 17:32:18
Fecha inicio de preguntas: 05-11-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 09-11-2025 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-11-2025 16:36:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-11-2025 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-11-2025 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 25-11-2025 16:52:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
La visita a terreno será de carácter obligatorio y requisito para poder ofertar, comenzará a las 10:00 horas, en el “Jardín Infantil Caballito de Mar”, ubicado en calle Nicolás Palacios 3233 Esquina Calle La Huayca 10-11-2025 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS, DEL REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD Y ANEXOS. Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, el reglamento de higiene y seguridad, el reglamento especial de contratista y subcontratistas, junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el ANEXO Nº1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. La sola presentación de ofertas constituye aceptación de las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Reglamento de Seguridad y Anexos para todos los efectos legales.
2.- REQUISITO FORMAL: DECLARACIÓN JURADA SIMPLE DE HABILIDAD PARA OFERTAR CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (ANEXO N°2). Podrán ofertar con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que se encuentren inscritos y habilitados en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de Proveedores) y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. Requisitos mínimos para ofertar: a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la ley 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973. c) No haber sido condenado a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393. d) No haber sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, no tener como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida. e) No ser y/o haber sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive). f) No integrar la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni ser contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad). g) No ser una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales. h) No ser una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales. i) No ser una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales. j) No ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriba una declaración jurada simple (Anexo N°2) firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tales circunstancias. Sin perjuicio de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
3.- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (ANEXO N°3): Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo N°3, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], al momento de ingresar su oferta. Se requiere que la empresa tenga representante legal en chile y facture en el país. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal [https://www.mercadopublico.cl].
4.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo XIII Párrafo 2 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales: a) Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. b) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. c) Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. d) Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y deberá acompañar los siguientes anexos: a) Presentar el Anexo 4, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b) Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo 1), declaración jurada simple de habilidad para ofertar con la administración del estado (Anexo 2), y Anexo de identificación del oferente (Anexo 3). c) Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. d) Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la ley y en el artículo 154 del decreto 661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por la unión compuesta por proveedores que no correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible. e) Según lo establecido en el Artículo 182 del Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de Proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a. La formalización de la Unión Temporal de Proveedores deberá realizarse por escritura pública (iguales o mayores a 1.000 UTM) o por instrumento público o privado (menores a 1.000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada uno de los ofertes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en las bases de licitación, sobre requisitos para contratar. d. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
5.- CLÁUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA JUNJI (ANEXO N°7). El oferente adjudicado deberá realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°7, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa (http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
6.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD (ANEXO N°10): En virtud del artículo 17 de Decreto 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin Efecto el Decreto Supremo Nº 250, De 2004, del Ministerio De Hacienda, los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, y que dispone de herramientas relacionadas al cumplimiento de un programa de integridad, el cual, fue dado a conocer al personal de la empresa. Para lo cual, deberán adjuntar el Anexo N°10 de estas Bases denominado “Programa de Integridad”, al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. En caso de que los oferentes no presenten el Anexo N°10, se le asignará puntaje 0 en el criterio de evaluación “Programa de Integridad”.
7.- REGLAMENTO JUNJI DE HIGIENE Y SEGURIDAD. Los participantes deben presentar el Anexo 13 que señala la aceptación del Reglamento JUNJI de Higiene y Seguridad, aprobado por la Resolución Exenta N°015/1087 de fecha 31 de diciembre de 2024, que “Deja sin efecto resolución N°015/062, de 19 de enero de 2024, de la vicepresidencia ejecutiva de esta junta nacional de jardines infantiles, y aprueba nuevo reglamento interno de higiene y seguridad de este servicio, en los términos que indica”. Adjuntar, comprobante Oficial de recepción de Reglamento especial para empresa contratista y subcontratista de la JUNJI (Anexo N°13) que se encuentra en la Resolución Exenta N°015/195 de 28 de abril de 2021 que deja sin efecto Resolución Exenta N°015/00418, de 29 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles
8.- RESOLUCIÓN EXENTA 15-402 DE FECHA 04-11-2025 APRUEBA BASES
9.- ANEXOS OBLIGATORIOS
Documentos Técnicos
1.- 9.7 Oferta Técnica (Anexo N°6): Los oferentes interesados, mediante una declaración jurada simple, manifestarán que cumplen con los requisitos exigidos en las Bases Administrativas, Técnicas y sus respectivos Anexos, de la presente licitación y deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, en el sistema www.mercadopublico.cl, un archivo en formato Word, Excel o archivo compatible con sistema Microsoft, que contenga: 1. Nómina de proyectos de similares características ejecutados por el oferente (Anexo N°6), los cuales haya ejecutado íntegramente en los últimos cinco años, indicando los antecedentes oficiales que lo demuestren, de la siguiente manera: Experiencia Oferente: i. Cantidad de obras de Instalación eléctrica nuevas, proyectos eléctricos, ampliaciones y normalizaciones eléctricas. Las cuales deben ser acreditadas formalmente con certificados y/o Actas de recepción de obras terminadas y firmadas por DOM o ITO o funcionario público o contraparte Municipal. Se medirá la cantidad o número de obras o proyectos completos (no partidas o subcontratos) ejecutadas y recepcionadas conforme por su mandante. ii. En el Certificado o Acta deberán aparecer el nombre de la Empresa que postula, de lo contrario no se aceptarán en la evaluación. iii. Deberán indicar, entre otros, fecha de ejecución (inicio y término oficiales), Potencia instalada declarada y teléfono del mandante. La experiencia del contratista será evaluada por la comisión, utilizando el listado de obras, JUNJI se reserva el derecho de verificar la efectividad de esta información. 2. Plazo del servicio a ejecutar (Anexo N°5). Deberá también señalar el plazo de ejecución del servicio a contratar, señalado en el ANEXO N°5, el plazo ofertado para la ejecución de las obras será en días corridos, el que no podrá ser inferior a 45 días corridos, ni superior a 90 días corrido. Estos días se contarán desde la fecha de entrega de terreno al Contratista. El plazo ofertado, incluye la tramitación y obtención de las Certificaciones Eléctricas de la obra, junto con la ejecución de la obra propiamente tal, se considera la obtención y tramitación de todas las certificaciones señaladas en las especificaciones técnicas del proyecto. 3. Experiencia profesional del residente de obra (Anexo N°9) El oferente deberá contar con un Residente de Obras, quien deberá estar permanentemente en la obra y tendrá a su cargo resolver sobre los asuntos administrativos, operativos y técnicos propios del contrato, que se presenten durante su ejecución el cual será evaluado de la siguiente manera: Se evaluará según Anexo N° 9 y 9- A, Se deberá acreditar con credencial o licencia de certificación correspondiente. Para proceder a acreditar la experiencia del Residente de Obras establecido en su oferta, deberá presentar: - Copia de Certificado de Título del Profesional quien debe ser un profesional con título de ingeniero civil eléctrico, ingeniero de ejecución eléctrico, o equivalente, Clase A. - Certificado SEC Clase A vigente. - Currículum que acredite su participación en proyectos eléctricos similares (Anexo N°9-A) - Potencia declarada SEC, JUNJI se reserva el derecho de verificar la efectividad de esta información. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. Será de exclusiva responsabilidad del Contratistas el cuidado de los materiales de las obras, desde la fecha de entrega del terreno hasta la recepción provisoria. En caso de discrepancias entre alguno de los documentos del proyecto o de la situación actual del terreno y/o la obra, deberá el oferente solicitar su aclaración durante el periodo de aclaraciones del proceso de licitación. En caso de no consultarse dicha aclaración, el oferente asume que será exclusivamente el mandante quien define el orden de prelación de los documentos que son parte del contrato y que será lo que deberá ejecutarse en obra. El oferente está obligado a consultar cualquier discrepancia contractual con el mandante, de manera que, si ejecuta algún ítem que se encuentre en este estado, sin realizar la debida consulta, y las obras realizadas no se ajustan a los requerimientos del mandante, tendrá que demolerlo y reconstruirlo ajustándose a los requerimientos del mandante, totalmente a costa del contratista.
 
2.- VISITA A TERRENO. La visita a terreno se realizará en las fechas que se indiquen en el sistema www.mercadopublico.cl y en conformidad con el cronograma definido en el Punto N°7 de las presentes Bases Administrativas. Dicha visita tendrá el carácter de obligatoria, y será certificada en el Acta de Visita a Terreno, levantada por un funcionario JUNJI. En dicha acta el oferente deberá estampar su nombre y firma. Las consultas que se realicen en la visita a terreno deberán ser canalizadas en el proceso de preguntas y respuestas, a través de portal www.mercadopublico; cualquier observación que se realice en esta visita y que no quede plasmada en el proceso de preguntas y respuestas no se considerará válida. La visita a terreno será de carácter obligatorio y requisito para poder ofertar, comenzará a las 10:00 horas, en el “Jardín Infantil Caballito de Mar”, ubicado en calle Nicolás Palacios 3233 Esquina Calle La Huayca y será certificada en el acta de visita a terreno, en la cual el oferente deberá estampar: Razón Social y Rut de la empresa, nombre del visitante, RUT y firma. Las personas que se presenten en la visita deberán considerar todas las medidas necesarias para la obtención de la información que deben tener en cuenta al momento de cuantificar y calcular la obra a desarrollar, con el objeto de realizar correctamente sus ofertas en el proceso de licitación pública. Esto en relación con que no se realizará una segunda visita a terreno. Los representantes de las empresas proponentes deberán estar provistos a su costo de la vestimenta y equipo adecuado para su protección personal. No se aceptará que se presente más de una empresa por persona presente en la visita, lo que se registrará en el acta. En caso de incumplimiento de lo señalado en este numeral, la oferta presentada será descartada en la apertura de antecedentes administrativos.
 
3.- PLANIMETRIA
 
Documentos Económicos
1.- [Anexo 5] Anexo Económico (formato presupuesto)
2.- Oferta Económica (Anexo N°5): Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el sitio www.mercadopublico.cl en forma digital, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicadas en el cronograma respectivo y en el sistema de información Mercado Público. La vigencia de esta oferta debe ser de al menos 60 días hábiles posteriores al cierre de recepción de ofertas en el citado sistema. El valor que se debe ingresar corresponde al valor del servicio total que se ofrece (valor neto sin incluir el impuesto). En caso de discrepancias entre lo señalado por el oferente en su oferta económica y lo completado en la ficha del portal de Mercado Público, prevalece lo indicado en su oferta económica adjunta. El oferente deberá entregar un presupuesto detallado de acuerdo con el itemizado adjunto (Anexo N°5), manteniendo y valorizando todas y cada una de las partidas o ítems que figuren en éste, sin agregar ni restar partidas. El valor se deberá entregar disgregado por costo directo, gastos generales, utilidades, valor neto, impuesto y valor bruto. Este anexo será en formato PDF y Excel debidamente suscrito y firmado por el Oferente o su(s) representante(s) legal(s). Los valores se expresarán en moneda nacional (pesos), incluyendo el IVA. El oferente que no adjunte la documentación requerida señalada precedentemente y en los formatos requeridos será declarado inadmisible. El oferente será el único responsable de la evaluación de todos y cada uno de los aspectos que tengan incidencia en el precio ofertado. La oferta económica deberá ser presentada conforme los formularios acompañados como anexos de la licitación Para el cálculo de la oferta económica presentada en la licitación y durante la ejecución de las obras, será responsabilidad del Oferente determinar las cantidades de materiales necesarios para la correcta y completa ejecución del proyecto presupuestado en las condiciones establecidas en las especificaciones técnicas. Se deberá adjuntar Itemizado, Anexo N°5, en archivo Excel, para facilitar el proceso de evaluación de las ofertas. La oferta económica del proveedor deberá considerar el presupuesto real disponible por cada ítem presupuestario, obras civiles y consultorías. El proveedor que exceda el presupuesto de cada ítem por Unidad Educativa quedará inadmisible. Categoría Monto Subtítulo Ítem Asignación Programa NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA CONSULTORÍA 2.796.000 31 02 002 01 NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA OBRAS CIVILES 27.535.639 31 02 004 01 TOTAL, PRESUPUESTO REAL DISPONIBLE 30.331.639 Estos valores fueron estimados por la Unidad Técnica correspondiente a la Subdirección de Cobertura y Habilitación de Espacios Educativos (SCHEE), en base a la evaluación de los proyectos en valores de precio de mercado. Dado lo anterior las ofertas que superen el valor máximo estimado para el Jardín Infantil, serán considerados INADMISIBLE por no ajustarse a los intereses de JUNJI y no se pasará a evaluación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales En este criterio se evaluará que el proveedor presente en su oferta toda la documentación requerida, dentro de los plazos determinados en el cronograma. CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES EN PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Notas El oferente cumple con todos los requisitos de presentación de la oferta dentro del plazo establecido 10 La institución u organismo oferente cumple con la entrega de antecedentes necesarios para postular dentro del plazo adicional señalado en el punto N°12, “Antecedentes omitidos en la presentación de la oferta”, conforme al artículo 56, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo previamente citado 1 Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta. En caso de no presentar antecedentes solicitados, será declarado inadmisible. 0 5%
2 OFERTA ECONOMICA El oferente que presente el menor precio obtendrá 10 puntos, el resto será calificado por la siguiente formula: Puntos (2 decimales) = (Precio Oferta Menor/Precio Oferta)*10 40%
3 EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL RESIDENTE El contratista deberá nombrar a un Residente de Obras, quien debe ser un profesional con título de ingeniero civil eléctrico, ingeniero de ejecución eléctrico, o equivalentes, Clase A, quien deberá estar permanentemente en la obra y tendrá a su cargo resolver sobre los asuntos administrativos, operativos y técnicos propios del contrato, que se presenten durante su ejecución, el cual será evaluado de la siguiente manera: Se evaluará según Anexo N°9 y 9- A, debiendo presentar nómina de contratos en los últimos 5 años, contados desde la fecha de presentación de la oferta. 20%
4 Experiencia del oferente en Proyectos Eléctricos, Se asignará puntaje a la cantidad de proyectos ejecutados según indique el resultado de las tablas y fórmulas de ponderación, y según lo descrito en las presentes Bases y declarado según Anexos 6. Se considerarán obras ejecutadas para proyectos Eléctricos de los últimos 5 años a contar desde la fecha de publicación de la presente licitación. Solo se considerarán los proyectos declarados que presenten certificados de respaldo solicitados en las presentes bases. 20%
5 Plazo El o los proponentes, establecerán su plazo de ejecución de servicio a ofertar, el cual no podrá ser inferior a 45 días corridos, ni superior a 90 días corridos desde la total tramitación de acto administrativo que aprueba el contrato. El plazo de ejecución del servicio será evaluado según la siguiente ponderación: (Menor Plazo/Plazo ofertado)*10 10%
6 Programa de Integridad Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla: N° Programa de Integridad Puntaje 1 Oferente acompaña en su oferta Anexo 10, Programa de Integridad o de Compliance y su respectivo respaldo y si corresponde de que este es conocido por su personal y/o trabajadores, tales como un comunicado interno que conste en su página web, sea parte de su reglamento interno de orden, higiene y seguridad u otro. 10 2 Oferente no adjunta el Anexo N°10 o no acredita lo descrito en el punto Nº1. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Patricio Cooper Trujillo
e-mail de responsable de pago: patricio.cooper@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Carlos Araya
e-mail de responsable de contrato: juan.araya@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2542000-200
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 31-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y eventuales multas, el proveedor podrá otorgar la garantía mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su reglamento, de acuerdo con las condiciones dispuestas en el artículo 121 de Decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda. Las garantías deberán ser pagaderas a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de obligaciones laborales y sociales, y multas, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia que considere el plazo de la ejecución de la obra, la que debe estar vigente por el plazo de ejecución del contrato establecida en su oferta, más 12 meses a la fecha de término de la ejecución del Contrato, más 60 días corridos de liquidación del contrato. En caso que sean declaradas ofertas temerarias o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares, la garantía aumentará en un 10% del valor total del respectivo contrato. De forma complementaria, el adjudicado se debe acompañar un documento formal emitido por la Institución financiera garante, donde certifica la validez de la garantía presentada, para tales efectos, se entiende que debe incorporar datos claros y concordantes con la garantía, siendo obligatorios: montos, número de documento y vigencia. Será aceptado como garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y pago de obligaciones laborales y sociales, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, siempre que sea a la vista e irrevocable. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. La emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes de la Dirección Regional respectiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en Calle Wilson N° 243, comuna de Iquique, ciudad Iquique o digitalmente enviándolo por correo electrónico oficina_partesi@junjired.cl. En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación, dentro del plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Viernes : De 08:30 hasta las 13:00 hrs. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES Y EVENTUALES MULTAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA DE SALA CUNA Y JARDIN INFANTIL CABALLITO DE MAR, DE LA COMUNA DE IQUIQUE, JUNJI REGIÓN TARAPACÁ ID N°845-xx-LE25”. - y las obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N°19.886, o similar. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N°12. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día del plazo establecido en primera instancia, se concederán tres (03) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, o se pondrá del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta el plazo de la ejecución de la obra, la que debe estar vigente por el plazo de ejecución del contrato establecida en su oferta, más 12 meses a la fecha de término de la ejecución del Contrato, más 60 días corridos de liquidación del contrato. En caso de prórroga del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha prórroga, el contratado deberá reemplazarla, dentro de los últimos cinco (05) días de vigencia de esta, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. El plazo de reemplazo indicado en el párrafo anterior también aplicará para los casos de aumentos y modificaciones del contrato señalado en las presentes bases administrativas. En caso de cobro de la garantía, si existieran saldos a favor del Proveedor, se le deben restituir, no obstante, su obligación de reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave de las presentes Bases; y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta una vez que el contratista realice la totalidad de la obra y se encuentre totalmente tramitada la liquidación del contrato y protocolizada ante notario público. El beneficiario estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Institución pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta una vez que el adjudicado realice la totalidad de la obra y se encuentre totalmente tramitada la liquidación del contrato y protocolizada ante notario público. La devolución de la garantía se efectuará en la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson N°243, Iquique, Región Tarapacá. En caso de existir aumentos de obras y/o plazo, el contratista estará obligado, dentro de 05 días hábiles, a partir de la aprobación de la solicitud por parte de la unidad técnica de la JUNJI, a aumentar el monto de la garantía del contrato en el mismo porcentaje para esta garantía y prorrogar la misma en los días en que haya sido ampliado el plazo que hubiere sido solicitado.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES SOCIALES Y EVENTUALES MULTAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE NORMALIZACIÓN ELÉCTRICA DE SALA CUNA Y JARDIN INFANTIL CABALLITO DE MAR, DE LA COMUNA DE IQUIQUE, JUNJI REGIÓN TARAPACÁ ID N°845-xx-LE25”. - y las obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N°19.886, o similar. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N°12.
Forma y oportunidad de restitución: Su restitución será realizada 60 días hábiles posteriores al término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Wilson N°243, comuna de Iquique, ciudad de Iquique, previo visto bueno de la subdirectora de Planificación de la Junta Nacional de Jardines Infantiles
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
SUBCONTRATACIÓN
Conforme a lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento, en caso de que para el cumplimiento de la presente licitación el oferente requiera subcontratar los servicios de otra empresa, junto con indicarlo claramente en su oferta, deberá también proporcionar todos los antecedentes que la identifiquen. La subcontratación no será admisible si al subcontratista le afectara una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores, o si es que se encontrara en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras. El monto total de los servicios subcontratados en su conjunto no debe exceder del 30% del monto total del contrato celebrado con el contratista. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios, o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación. Así mismo, deberá indicar que parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. En todo caso, el subcontratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente al contratista las modificaciones que presente un subcontratista. La JUNJI no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros. La JUNJI solo estará obligada a cumplir con lo establecido en los respectivos contratos siempre que se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existieren obligaciones o multas pendientes del Contratista. El Mandante o el ITO exigirá al Contratista la entrega de una copia de los contratos celebrados con los subcontratistas con el objeto de verificar el cumplimiento del límite previamente señalado, el contratista deberá entregar dichos documentos en el plazo máximo de dos días corridos. El Contratista podrá modificar los subcontratos informados, durante toda la vigencia del contrato, presentando al ITO un formulario actualizado, de acuerdo a las necesidades de la obra. Sin perjuicio de lo anterior, la JUNJI se reserva el derecho de rechazar o requerir cambios de los de los subcontratistas, de manera fundada, lo que el Contratista deberá cumplir en un plazo no superior a 5 días hábiles, presentando dentro de los 10 días hábiles siguientes un subcontrato de reemplazo. En caso de que haya sido aceptado el contrato de subcontrato por parte de la Institución, el contratista deberá entregar copia de todos los contratos de trabajo de los trabajadores del subcontratista.
Resolución de Empates

En caso de producirse igualdad de puntaje final entre dos o más propuestas, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate:

CRITERIO DE EVALUACIÓN

1. Precio Ofertado

2. Experiencia del oferente

3. Plazo

4. Experiencia del Profesional Residente

5. Pacto de integridad

6. Evaluación de Formalidades

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica juan.araya@junji.cl y afrojas@junji.cl.

Se hace presente que el mecanismo dispuesto en el párrafo anterior se refiere a consultas y no reclamos relativos al proceso de licitación, los cuales deben ser presentados a través del Sistema de Información y no dirigidos a las casillas electrónicas previamente señaladas, ya que la Institución no entregará ninguna respuesta formal a través de esa vía.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El Contratista adjudicado, en forma previa al pago efectivo de cada estado de pago, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, copias de las planillas de cotizaciones previsionales pagadas y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. En caso de que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, la JUNJI podrá retener los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato prevista en las presentes bases.

En el caso, que el contratista no presente estados de pago, igualmente estará obligado a presentar, al ITO de la obra, la documentación señalada en el párrafo anterior, el día 21 de cada mes, o al día siguiente hábil, en caso de que el día señalado sea sábado, domingo o feriado.

La JUNJI tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior respecto de los subcontratistas del contratista y que ésta aprobó formalmente.

Sin perjuicio de lo anterior, este órgano de la Administración del Estado también podrá solicitar al contratista, en cualquier momento los certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el debido cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Los antecedentes que podrán ser presentados son los referidos en los siguientes puntos:

-Declaración jurada de aceptación de bases (Anexo N°1)
-Declaración Jurada Simple de Habilidad para ofertar con la Administración del Estado (Anexo N°2)
-Identificación del oferente (Anexo N°3)
-Unión Temporal de Proveedores (Anexo N°4)
-Acreditación de acuerdo con lo informado en Anexo N°6
-Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI (Anexo N°7)
-Carta Gantt (Anexo N°8) de acuerdo con el plazo informado en Anexo N°5
-Acreditación de acuerdo con lo informado en Anexo N°9 y 9-A
-Declaración de Confidencialidad (Anexo N°11)
-Registro De Recepción De Reglamento Interno Junta Nacional De Jardines Infantiles (ANEXO N°13)

Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo N°56 del Decreto 661, Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.