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Participantes |
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Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cuenten con un giro acorde al objeto (bien o servicio) de esta licitación, habilitadas para ser contratadas por organismos del Estado y que:
• No registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), en:
- Inciso 1°: Que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta; e
- Inciso 6°: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• No estén afectos a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
• No deben haber sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Esto se acreditará mediante una declaración jurada que deben completar los interesados en el Portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl) e ingresar junto con su oferta, y dentro del mismo plazo para el cierre de la recepción de las ofertas.
Dicha declaración jurada debe ser suscrita por su representante legal. Si los representantes fueren más de uno y no estuviera habilitada la posibilidad que todos(as) los(las) representantes o integrantes, respectivamente, lo suscriban en el Portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bastará con que lo suscriba solo uno de ellos, sin perjuicio que para la suscripción del contrato se requiera la firma de todos(as) ellos.
En el caso de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán completar el “Anexo para integrantes de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”, que se contiene en estas bases, debiéndose llenar una declaración jurada por cada uno de los integrantes de UTP, e ingresarla como anexo administrativo como parte de su oferta y en el mismo plazo.
Todo lo anterior es sin perjuicio de las facultades de la Comisión de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
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Consultas, aclaraciones y respuestas |
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4.1. Los oferentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en la tabla de Etapas y Plazos de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación, las que se efectuarán solamente vía portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Sus respuestas se realizarán por la misma vía, en el plazo establecido en la tabla antes mencionada.
4.2. Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas formales contemplado en esta sección, en el plazo establecido.
4.3 Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio, como también, de oficio, realizar todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases.
4.4 Las aclaraciones que, de oficio, ChileValora estime necesario realizar, también se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del portal del Mercado Público. En ese sentido, ChileValora se reserva el derecho de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de manera de establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre los beneficios del servicio a contratar y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
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Modificaciones a las bases |
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La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicada a través del portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Al efecto, se concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación.
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Instrucciones para la presentación de ofertas |
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Para el análisis y preparación de sus ofertas, los oferentes deberán considerar los siguientes antecedentes y reglas:
Documentación que rige esta licitación a. Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos de la licitación.
b. Modificaciones a las bases, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
Para conocer los documentos señalados anteriormente, se debe acceder al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Soporte de documentos Soporte digital obligatorio a través del portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en caso de indisponibilidad técnica del sistema, tal como se especifica a continuación en esta sección.
Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos.
El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
Indisponibilidad técnica del portal: Esta circunstancia debe ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Formato Los anexos que se mencionan en esta sección deberán entregarse en los formularios definidos para este efecto, los que contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas, o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores.
Eventualmente, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos con un formato disímil al incluido en las bases, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada.
En caso que el oferente desee complementar la información de su oferta, podrá hacerlo en archivos adicionales ingresados al sistema de Mercado Público, hasta el cierre de recepción de ofertas.
Plazo de recepción de ofertas
Dentro del plazo establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases.
Vigencia de la oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, ChileValora podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas. Si alguno de ellos no lo hiciere, en el plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la solicitud, dicha oferta se entenderá desistida.
Aceptación del contenido de las bases y prohibición de ofertas condicionadas. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente, sin ningún tipo de reservas ni condiciones, el contenido de estas Bases, por el sólo hecho de presentar ofertas en este proceso licitatorio.
En ese sentido, no se aceptarán ofertas condicionadas, por cuanto deben ceñirse estrictamente a lo establecido en estas bases, y en caso de recibirse serán declaradas inadmisibles.
CONTENIDO DE LA OFERTA
Deben incluirse en el campo correspondiente que para cada caso dispone el Portal de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl), los anexos que se expresan seguidamente.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esta sección, será suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, declarándola inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones, en los términos que se establecen en estas bases.
Anexos Administrativos Los oferentes deberán presentar lo que se indica en esta sección, ingresándolo como parte de su oferta, al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), esta documentación debe ser completada por cada uno de los integrantes de la misma, quienes, además, deberán completar el anexo para integrantes de UTP que se especifica en esta sección.
- Anexo N° 1 “Para integrantes de Unión Temporal de Proveedores (UTP) Declaración Jurada Simple para Integrantes de UTP”.
En el caso de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán completar este anexo que se contiene en estas bases, que consiste en una declaración jurada que debe ser completada y suscrita por cada uno de ellos e ingresada como anexo administrativo en su oferta y hasta el día y hora de cierre de recepción de las ofertas.
- Anexo N° 2 “Identificación del Oferente”.
- Declaración Jurada Simple: Se encuentra disponible en el portal de Mercado Público y debe completarse como parte de su oferta. Dicha declaración jurada debe ser suscrita por su representante legal. Si los representantes fueren más de uno y no estuviera habilitada la posibilidad que todos(as) los representantes o integrantes, respectivamente, lo suscriban en el Portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bastará con que lo suscriba solo uno de ellos, sin perjuicio que para la suscripción del contrato se requiera la firma de todos(as) ellos.
En caso de detectarse alguna omisión o error de forma respecto de los anexos antes mencionados, la comisión evaluadora podrá solicitar su subsanación en la forma dispuesta en la sección 8.2 de las bases administrativas, reflejándose lo anterior, en el puntaje del criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta”, según lo establecido en la sección 8.3.2.1.
En caso que no se efectúe la subsanación en el plazo otorgado, dicha oferta será declarada inadmisible.
Anexos Técnicos Los proveedores deberán presentar los anexos técnicos, ingresándolos al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), como parte de su oferta, que se indican a continuación:
- Anexo N°3 “Experiencia del Proponente y referencias de calidad de servicio”. Considera la experiencia propiamente tal, y en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, la experiencia de sus integrantes.
- Anexo N°4 “Tiempo de respuesta en terreno”, considera tiempo de atención y visita a terreno, ante emergencia o imprevisto.
- Anexo N°5 “Formato CV Profesional/Técnico Climatización”.
La no presentación de uno o más de estos anexos técnicos, será causal de inadmisibilidad de la propuesta.
Anexo Económico - Anexo N°6 “Oferta Económica”.
La Oferta Económica deberá ser ingresada al sistema en pesos chilenos, especificando el valor neto, e indicando expresamente los impuestos a que se encuentra afecto. En el Anexo N°6 corresponderá informar los valores correspondientes a la mantención preventiva anual en tres eventos. La diferencia será utilizada para mantenciones correctivas, no superando el monto máximo total disponible de estas bases.
En caso de diferencia entre el valor total consignado en el Anexo Nº6 y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último. Asimismo, en el caso eventual que no se acompañe el Anexo Nº 6 o este se encuentre incompleto, se considerará como oferta económica, el monto ingresado en el portal www.mercadopublico.cl.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de esta contratación, personal, materiales, servicios, equipos, derechos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. ChileValora no pagará ninguna suma adicional a la que sea indicada en la oferta económica.
Asimismo, el postulante financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo que ChileValora no será responsable en caso alguno de ellos.
El monto de la oferta económica no estará afecto a reajuste.
Observaciones El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas.
En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de concurrir, en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, una causal sobreviniente de término del contrato.
Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato.
Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en las presentes bases de licitación.
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Apertura de las postulaciones |
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La apertura de las ofertas se efectuará electrónicamente, en el Portal del Mercado Público www.mercadopublico.cl, en una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl.
Esta apertura se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, la que no podrá exceder de los dos (2) días hábiles siguientes, contados desde el cese de la respectiva fuerza mayor o caso fortuito, todo lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, www.mercadopublico.cl.
Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del portal Mercado Público, dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
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De la Comisión Evaluadora |
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La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por los siguientes tres profesionales de ChileValora:
Nombre Organización Cargo
Claudio González Jara ChileValora Jefe de Administración, Finanzas y Personas o Subrogante
Alejandro Juacida Ramírez ChileValora Encargado de Personal
Iván Angel Aracena ChileValora Encargado de Servicios Generales
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada.
La Comisión Evaluadora verificará la veracidad o efectividad de la experiencia acreditada por el proponente, para cuyo efecto se solicita proporcionar los datos de contacto en cada anexo respectivo y sólo considerará los antecedentes correspondientes a experiencia del equipo de trabajo y proponente, que hayan podido verificarse durante el periodo de evaluación. Cuando la experiencia se refiera a trabajos desarrollados para ChileValora, no se requerirá mención de una persona específica, sólo el periodo que se realizó y el área específica, cuando corresponda.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes. No obstante, se podrán realizar consultas relativas al contenido de las bases o respecto de la adjudicación, para lo cual se contemplan los mecanismos correspondientes en estas bases de licitación.
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De los errores u omisiones detectados durante la evaluación y aclaraciones |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras, ChileValora podrá solicitar a través del Portal, que los oferentes, dentro de un plazo fatal de dos (2) días hábiles, contados desde el requerimiento:
a) Salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
b) Presenten antecedentes o certificaciones que hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta; siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de evaluación. El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que correspondan a la oferta técnica y/o económica, fuera del plazo establecido en el cronograma de esta licitación.
En el evento que el oferente no salve los errores u omisiones, o no presente la información, certificaciones o antecedentes requeridos conforme a lo indicado en esta sección, en el plazo de dos (2) días hábiles, su oferta será declarada inadmisible y no continuará siendo examinada por la comisión evaluadora, todo conforme a lo indicado en la sección 9 de estas bases administrativas.
La comisión, podrá además solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus propuestas, sin que esto pueda configurar una contraoferta por parte del proponente, las que son inadmisibles.
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Criterios de evaluación de las ofertas |
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Antecedentes preliminares.
- Sólo se evaluarán las ofertas que resulten admisibles.
- La evaluación de las ofertas se llevará a cabo sobre la base de la información y documentación entregada por el proponente. La evaluación considera tres dimensiones: Cumplimiento de Requisitos Formales (para antecedentes administrativos), Técnica (Propuesta Técnica) y Económica (Propuesta Económica).
- La metodología que se utilizará para evaluar el cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, y las propuestas técnica y económica será la siguiente:
• En cuanto al cumplimiento de requisitos formales, se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases.
• En cuanto a la oferta técnica, se evaluará cada criterio y Subcriterios en función de la pauta de evaluación indicada en la sección 8.3.2.2 y la información proporcionada por el oferente en su propuesta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, ponderándose cada puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a los porcentajes indicados para cada criterio y Subcriterios señalado en la sección 8.3.2.2 de las bases administrativas.
• A su turno, la evaluación económica se realizará en relación a uno de los factores, asignando mayor puntaje a la oferta de menor precio en relación a los servicios de Mantención Preventiva de los equipos de clima del piso 8 y 14, en tres eventos durante la ejecución del contrato. Se estima que alrededor del 50% o menos del monto máximo disponible corresponderá a este factor, por lo tanto, el saldo restante será utilizado para las mantenciones correctivas que se produjeran durante el tiempo de vigencia del contrato.
- Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si el resultado de la evaluación de su propuesta obtiene un puntaje total mínimo de 70 puntos de un máximo de 100.
- La asignación de los puntajes se efectuará con dos (2) decimales, aplicando la regla del redondeo.
- En caso de diferencia entre el valor total consignado en el formulario de oferta económica (Anexo N° 6) y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último.
- Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita efectuar la correcta evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios antes señalados.
- El proponente deberá presentar una oferta que satisfaga la totalidad de los requerimientos del servicio que es objeto de la presente licitación.
- Empates: En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N°38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios:
a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Experiencia del Oferente y referencias de Calidad de Servicio”.
b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Tiempo de respuesta en terreno”.
c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, primará la oferta de menor valor económico.
8.3.2 Criterios de evaluación.
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y sus ponderaciones:
TABLA N° 1
Criterios a considerar en la evaluación de las propuestas
Criterios Ponderación
1. Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
2. Propuesta Técnica 50%
3. Propuesta Económica 45%
TOTAL 100%
8.3.2.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta (5%)
• En cuanto a la evaluación del cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases, serán evaluados de acuerdo a lo exigido en las presentes bases. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes administrativos requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta.
• La ponderación de este criterio será de un 5% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo:
TABLA N° 2
Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Cumplimiento de requisitos formales de la propuesta
Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación
5% 100 Presenta, en tiempo y forma, la totalidad de los antecedentes administrativos requeridos en las Bases Administrativas
0 No presenta la totalidad de los documentos en tiempo y forma
8.3.2.2 Propuesta técnica (50%)
La propuesta técnica tiene una ponderación del 50% del puntaje total, siendo evaluada en base a tres (3) Subcriterios, los cuales podrán sumar cada uno por sí solo, hasta un máximo de 100 puntos.
TABLA N° 3
Subcriterios técnicos a considerar en la evaluación de las propuestas
Criterios Técnicos Ponderador
1. Experiencia del oferente y referencias de Calidad de Servicio 25%
2. Tiempo de Respuesta en terreno 15%
3. Calidad Profesional de Equipo de trabajo (Requisito mínimo) 10%
Total 50%
8.3.2.2.1. Criterio “Experiencia del oferente y referencias de Calidad de Servicio” (25%)
Se evaluará la cantidad de servicios realizados, de las mismas características de la presente licitación, dentro de los últimos 48 meses, con a lo menos 6 meses prestando el servicio. La experiencia que se indique será verificada por parte de la Comisión Evaluadora, según los datos de contacto indicados en el Anexo N° 3.
Se deberá adjuntar certificado elaborado por el cliente de la experiencia informada, donde conste la prestación del servicio realizado (indicando cantidad de equipos del contrato). Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada y que corresponda a referencias positivas, y que tengan relación con servicios ejecutados en instalaciones de envergadura semejante a la nuestra, ya sea en el sector público como privado. Las experiencias informadas que tengan la condición de domiciliarias no serán consideradas.
Ponderación Pauta de Evaluación Puntaje Anexo
25% 7 o más contrataciones del servicio de Mantención preventiva-correctiva de equipos de clima, dentro de los últimos 48 meses, con a lo menos 6 meses prestando el servicio. 100 Anexo 3
5 o 6 contrataciones del servicio de Mantención preventiva-correctiva de equipos de clima, dentro de los últimos 48 meses, con a lo menos 6 meses prestando el servicio. 75
3 o 4 contrataciones del servicio de Mantención preventiva-correctiva de equipos de clima, dentro de los últimos 48 meses, con a lo menos 6 meses prestando el servicio. 50
1 o 2 contrataciones del servicio de Mantención preventiva-correctiva de equipos de clima, dentro de los últimos 48 meses, con a lo menos 6 meses prestando el servicio. 25
No tiene experiencia o no presenta documentos que acrediten experiencia comprobada con referencias positivas. 0
El puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a las experiencias informadas y verificadas se multiplicará por (*) 0.25, para obtener ponderación final.
8.3.2.2.2 Criterio “Tiempo de respuesta en terreno” (15%)
Se evaluará el Tiempo de Respuesta (en horas) ante una falla o emergencia. De este modo, una vez recibida la notificación mediante correo electrónico o llamado telefónico (respaldado con correo electrónico) por parte de ChileValora, el futuro adjudicatario deberá presentarse en las dependencias de ChileValora para evaluar la situación de emergencia, con el fin de presentar posteriormente las alternativas de reparación que procedan, y la respectiva cotización, en caso que proceda.
Se asignará puntaje de acuerdo al tiempo de respuesta incluido en cada propuesta de acuerdo a la siguiente tabla:
Ponderación Pauta Evaluación Puntaje Anexo
15% Hasta 3 horas 100 Anexo 4
Más de 3 y menos de 4 horas. 75
Más de 4 y menos de 5 horas 50
Más de 5 y menos de 6 horas 25
Más de 6 y menos de 7 horas 0
Más de 7 horas Inadmisible
El puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a las horas informadas como tiempo de respuesta, se multiplicará por (*) 0.15, para obtener ponderación final.
8.3.2.2.3 Criterio “Calidad Técnica-Profesional del Equipo de trabajo” (10%)
Se requiere que el oferente acredite la calidad profesional de un integrante del equipo de trabajo, por lo que, se deberá hacer ingreso en el Portal, del certificado de título o título técnico o universitario digitalizado (PDF), al momento de ingresar su oferta, además de completar el Anexo N°5 CV Profesional/Técnico Climatización. La oferta que no contenga dicha documentación, será declarada inadmisible, debido a que no cumple con los requerimientos mínimos exigidos para la presente licitación.
El profesional/técnico indicado en la oferta, podrá prestar servicios y/o supervisar los trabajos, y será el responsable de firmar los informes. En caso contrario, se podrá poner término al contrato por incumplimiento del mismo.
Ponderación Pauta Evaluación Puntaje Anexo
10% Un Técnico o Ingeniero en Climatización, con experiencia de más de 5 años. 100 Anexo 5
Un Técnico o Ingeniero en Climatización, con experiencia de 3 a 5 años. 50
Un Técnico o Ingeniero en Climatización, con experiencia de 1 a 3 años. 25
Un Técnico o Ingeniero en Climatización, con menos de un año de experiencia. 0
No presenta documentación informando calidad Técnica-Profesional (Requisito mínimo) Inadmisible
El puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a calidad Técnica-Profesional informada, se multiplicará por (*) 0.10, para obtener ponderación final.
8.3.3 Propuesta Económica (45%)
Comprende la valoración del costo relativo correspondiente a la Mantención preventiva de los equipos de clima de las dependencias de ChileValora piso 8 y 14, en tres eventos durante la vigencia del contrato. Se estima que cerca del 50% o menos del monto máximo disponible para la presente licitación corresponderá a dicha mantención, y el saldo restante quedará asignado para las mantenciones correctivas o por emergencias que pudieran producirse a lo largo del contrato.
“Mantención Preventiva Piso 8 y 14”
Ponderación Criterio Pauta Evaluación Anexo
45% Económico Se les asignará el puntaje correspondiente a la Mantención Preventiva Piso 8 y 14 en tres eventos durante el período de contrato, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Donde:
POE= Menor valor entre todas las ofertas * 100
VOE
Donde:
POE = Puntaje de la Oferta Económica
VOE= Valor oferta evaluada
El resultado obtenido de acuerdo con la formula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es, 0,45, y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. Anexo 6
* El valor a ingresar en el Anexo N°6, corresponderá al valor de la mantención preventiva anual en tres eventos (cuatrimestral).
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Adjudicación de las propuestas |
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El Secretario Ejecutivo de ChileValora será quien resuelva la adjudicación, teniendo en consideración la propuesta que aportará la Comisión de Evaluación.
El plazo para evaluar y adjudicar corresponde al indicado en la sección Etapas y Plazos de estas bases administrativas. En caso que no resulte posible realizar la evaluación o la adjudicación en el plazo ahí indicado, se informará a través del portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), las razones de ello y el nuevo plazo de evaluación y/o adjudicación, en su caso. No obstante, por este mecanismo, la adjudicación no podrá exceder del día treinta hábil contado desde la fecha de apertura de las propuestas
En caso que para la evaluación y/o adjudicación se requiera fijar un plazo que supere el antes señalado, el nuevo plazo se fijará por resolución fundada y se informará a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
El adjudicatario será aquel oferente que, en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, obteniendo el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La licitación se adjudicará mediante resolución que será publicada en el portal (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que indicará el valor total adjudicado, con impuestos incluidos.
ChileValora declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que efectúen aclaraciones o salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Se considerarán siempre inadmisibles y su propuesta no será o continuará siendo, según el caso, examinada por la comisión evaluadora, las siguientes:
- Las ofertas extemporáneas.
- Las propuestas en que el oferente no presente toda la información requerida en los anexos de estas bases, documentos, antecedentes o certificaciones, en el tiempo y forma exigidos, sin perjuicio de la posibilidad de acompañar los antecedentes omitidos o de subsanar los errores, conforme a lo dispuesto en la sección 8.2 de estas bases administrativas y conforme se indica en la causal siguiente.
- Las ofertas respecto a las cuales se hayan detectado errores u omisiones formales, y que, habiendo sido solicitada su subsanación o corrección conforme a la sección 8.2 de estas bases administrativas, no haya sido efectuada en el plazo otorgado.
- Las ofertas condicionadas, ya sea en forma conjunta o adicionalmente a ésta.
- Cuando el oferente, por cualquier medio dé a conocer a ChileValora, su oferta antes de la apertura electrónica de ésta.
- Cuando se detectare falta de veracidad en la información contenida en la oferta o sus anexos, o ésta fuere manifiestamente errónea o inductiva a error.
- Las propuestas, cuya oferta económica supere el presupuesto máximo establecido en las presentes bases, o que no se indique el monto de la oferta económica.
- Las propuestas cuya oferta técnica no cumpla con alguno de los requisitos mínimos y máximos establecidos en estas bases de licitación.
Además, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de ChileValora que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, ChileValora podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras públicas, adjudicar a esa oferta la presente licitación, a través de una resolución fundada, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
El Secretario Ejecutivo de ChileValora podrá establecer ajustes, condiciones y requisitos especiales para la ejecución del servicio adjudicado, de común acuerdo con el oferente seleccionado, para una mejor ejecución del proyecto.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no se inscribe en el Registro de Proveedores en el plazo indicado en estas bases o es inhábil para contratar con el Estado por cualquiera de las causales contempladas en la normativa, ChileValora podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Comisión, se estime conveniente declarar desierta la licitación y convocar a un nuevo proceso.
Si por causas justificadas, la Comisión no puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
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Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, no se inscribe en el Registro de Proveedores del Estado, es inhábil para contratar con el Estado o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Resolución de consultas respecto de la adjudicación |
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Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de informada ésta en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra www.mercadopublico.cl. Las consultas respectivas se formularán a través del correo electrónico licitaciones@chilevalora.cl, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
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Firma del contrato |
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Una vez notificada la decisión de adjudicación, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo:
a) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en el Registro de Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible y actualizada en el portal al momento de postular.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
c) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En el caso de la documentación indicada en la letra a), no es necesario adjuntarla si se encuentran acreditados en el Registro de Proveedores, en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado, deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
En el caso de que un oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste (sea persona natural, jurídica o UTP, comprendiendo a todos sus integrantes) deberá inscribirse en dicho registro y encontrarse hábil en éste, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, en el mismo plazo antes señalado.
Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los diez (10) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 6.1.3 de estas bases administrativas.
Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se encuentra en estado hábil, todo ello dentro del plazo fatal de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, o declararla desierta, en caso que corresponda, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar.
El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos.
b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
c) Oferta Técnica y Económica.
d) Contrato.
e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere.
Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
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Garantía de fiel cumplimiento |
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Tipo de documento Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, debiendo ser pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro, etc.
Tratándose de las pólizas de seguro, éstas deberán ser de ejecución inmediata y sin cláusula arbitral.
Sin perjuicio del tipo de documento, éste debe incluir la glosa y cumplir con los demás requisitos que se indican en esta sección.
Soporte del documento Físico o electrónico.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Tomador o librador El tomador o librador de la garantía deberá corresponder a la misma razón social del oferente o a su representante legal o alguno de sus socios. La condición de representante legal y de socio debe encontrarse debidamente acreditada al momento de la apertura de las postulaciones, en el portal de ChileProveedores o, en su defecto, mediante documentos pertinentes publicados en la sección de antecedentes administrativos del portal mercado público.
En caso que el Oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel cumplimiento podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la Unión.
Beneficiario Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales o a nombre de su marca legal “ChileValora”.
Rut Beneficiario 61.979.610-1
Fecha de Vencimiento La garantía otorgada caucionará el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo cubrir todo el período de vigencia del contrato y hasta 60 días hábiles posteriores a la fecha de expirado éste.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles posteriores al término del respectivo contrato. En caso de renovación, prórroga o que por otro motivo el contrato se extienda más allá del plazo indicado en las presentes bases y el posterior contrato, y cuando la garantía tenga fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, prórroga o extensión mayor a la prevista, el contratado deberá reemplazarla, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Monto 5% del monto adjudicado.
Moneda Pesos chilenos.
Puede ser expresada en Unidades de Fomento (UF) o en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), en la medida que, a la fecha de su entrega, dentro de los plazos contemplados para ella, su monto sea equivalente en moneda nacional o superior al monto indicado en esta sección.
Glosa “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID N° _____ (el adjudicatario debe consignar el N° asignado a la licitación por el Portal) y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”.
En caso que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento.
No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada y la respectiva propuesta será declarada inadmisible.
Entrega de la Garantía Garantía otorgada en soporte físico: En Miraflores 130, Piso 8, Santiago, Región Metropolitana.
Garantía otorgada en soporte electrónico: A través del correo licitaciones@chilevalora.cl, o presentar copia impresa, en la misma dirección que las de soporte físico.
Plazo para presentarla A más tardar dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
El incumplimiento por parte del organismo postulante, sin causa justificada, de la obligación anterior con los requisitos indicados en esta sección, permitirá a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales dejar sin efecto la adjudicación.
Devolución de la Garantía La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez transcurridos 60 días hábiles después del término del contrato, incluida cualquier renovación que deba efectuarse. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución.
Cobro de la garantía ChileValora podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, cuando se produzca el incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones emanadas del contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, sin perjuicio de las acciones que ChileValora pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Este incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista, conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y cuando se detecte infracción a la veracidad de la información proporcionada en la oferta.
En caso de procederse al cobro de la garantía, el proveedor deberá entregar dentro del quinto día hábil desde su cobro, una nueva garantía que reemplace la anterior. De no cumplirse ello, ChileValora estará facultado para poner término anticipado al contrato.
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Plazo de vigencia del contrato |
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El contrato que ChileValora celebre con el adjudicatario tendrá una vigencia de 12 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, o hasta la ejecución completa del monto total adjudicado, impuestos incluidos, si ello ocurriera primero.
No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba.
Asimismo, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Reglamento de la Ley Nº19.886, aprobado mediante Decreto Nº250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, el contrato en comento podrá ser renovado en la medida que existan motivos fundados para ello, previa solicitud por parte de ChileValora al adjudicatario, mediante la suscripción de un anexo del mismo, sólo por una vez, por un plazo máximo de 6 meses contados desde el término de vigencia del mismo. En caso de no solicitarse la renovación, se entiende que el contrato se extiende por el plazo señalado en el párrafo primero del presente punto.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
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Monto y modalidad de pago de los servicios |
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ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $5.604.480.- (Cinco millones seiscientos cuatro mil cuatrocientos ochenta pesos), con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado de la siguiente manera:
- Tres cuotas iguales, correspondientes a Mantenciones preventivas en tres eventos durante los 12 meses de vigencia del contrato. Se estima que alrededor del 50% o menos del presupuesto máximo disponible para la presente licitación corresponderá a dichas mantenciones.
- El saldo restante corresponderá a los pagos a realizar por las Mantenciones Correctivas que pudieran producirse a solicitud de ChileValora, de acuerdo a los informes técnicos.
Sin perjuicio de lo anterior, el monto final de todas las prestaciones realizadas durante el período de vigencia del contrato, no podrá superar al presupuesto máximo señalado en las presentes bases de licitación.
Los pagos se realizarán conforme se vayan prestando los servicios de Mantención Preventiva y Correctiva, objeto de la presente licitación, según las necesidades que a este respecto tenga ChileValora.
Cada uno de los pagos se realizarán previa recepción conforme del respectivo informe por parte de la contraparte técnica y realizada la recepción conforme en el Portal de Compras Públicas. ChileValora procederá a efectuar el pago que corresponda dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura, la cual sólo deberá ser emitida una vez que se cuente con la aprobación de los servicios ejecutados por parte de la contraparte técnica. Adicionalmente será condición indispensable que el proveedor haya Aceptado en el portal Mercado Público, la Orden de Compra que se emita por parte de ChileValora.
El proveedor emitirá el documento tributario respectivo debiendo remitirse los archivos XML del DTE del SII, a la casilla de correo: dipresrecepcion@custodium.com
La factura debe ser extendida a nombre de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, RUT Nº 61.979.610-1, giro “Administración Pública”, domiciliada en calle Miraflores N° 130, piso 8, Santiago Centro, N° de Orden de Compra _______________.
Para efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley Nº 19.983, se entenderá que, por el sólo hecho de presentar su oferta, el adjudicatario declara conocer el plazo de 8 días corridos que tiene ChileValora para reclamar en contra del contenido de las facturas que emita. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del proveedor por carta certificada, o por otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refieren las presentes bases, serán de cargo exclusivo de la adjudicataria.
Junto con la factura, el oferente deberá enviar a ChileValora certificados de pago o copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud del personal contratado, y la documentación que sea pertinente para acreditar el pago al día de las remuneraciones de los mismos.
Para tramitar el pago de la prestación mensual del servicio, el contratante deberá entregar a ChileValora, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
a. Declaración jurada con la nómina mensual de trabajadores dependientes, que fueron asignados para efectuar la prestación del servicio de acuerdo a los requerimientos efectuados por ChileValora en cada período (mensualidad), para la ejecución del servicio que se contrata, en el periodo de prestación de los servicios. En el caso de que el servicio se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará una declaración jurada en que indique expresamente dicha circunstancia, individualizando a cada persona, con indicación de las horas asociadas a la prestación del servicio;
b. “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio que se contrata. En el caso que el proyecto se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” que indique que el oferente no registra multas, ni deudas previsionales; y
c. En su caso, la copia autorizada del respectivo finiquito o del aviso enviado a la Inspección del Trabajo que corresponda, en el evento que se haya puesto término a la relación laboral de uno o más trabajadores.
No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, ChileValora, para verificar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, podrá exigir en cualquier tiempo, certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por alguna de las empresas certificadoras de la Ley N° 20.123 (entidades de verificación) o algún otro medio idóneo, que acredite que no existen reclamos pendientes en contra del contratista por concepto de deudas previsionales o de remuneraciones de los trabajadores asignados a los servicios.
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Respeto por la normativa de seguridad social |
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Será obligación de la empresa dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del servicio objeto de esta licitación.
Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
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Subcontratación |
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El servicio que es objeto de la presente licitación no podrá subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente.
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Cesión del Contrato |
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El oferente no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión.
Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
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Estándares de probidad |
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Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
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Multas |
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A) Multas por incumplimiento en el tiempo de respuesta informado en Anexo N°4
En caso de incumplimiento del plazo en horas, informado en Anexo N°4 ante situaciones de emergencia o imprevisto, se procederá a cursar una multa de 1,5 UF (primer día), sin embargo, si el incumplimiento continúa, pasando las 12:00 hrs del día siguiente, se aplicará nuevamente la multa de 1,5 UF desde el segundo día y así sucesivamente por cada día continuo en que no se subsane la emergencia o imprevisto.
B) Multa por entrega de trabajos inconclusos con terminaciones defectuosas
En el evento que, realizada una de las Mantenciones preventivas o correctivas/o de Emergencia, se detecten trabajos sin terminar o con malas terminaciones, estas deberán ser subsanadas a la brevedad en un plazo no mayor a 24 hrs, de lo contrario se procederá a cursar una multa de 1,5 UF por cada día de atraso en la corrección de los trabajos mal ejecutados.
C) Multa por dejar escombros y residuos tras la ejecución de los trabajos, así como no limpiar los espacios utilizados.
Durante la ejecución de los trabajos y al finalizar, se debe retirar escombros y residuos que pudieran quedar en las oficinas, de la misma manera se debe procurar la limpieza de los espacios de trabajos. De no cumplir con este punto se aplicará una multa de 2 UF por cada evento en que se produjera este incumplimiento.
D) Multa por incumplimiento en los plazos para la ejecución de mantención preventiva informada en propuesta técnica y validada en reunión de coordinación entre las contrapartes del contrato, la cual ascenderá a una multa 1,5 UF por día de atraso en el inicio de las labores o finalización de las mismas, salvo que por motivos de fuerza mayor o consensuados se posterguen, de manera justificada.
E) Multa por incumplimiento de cualquiera otra obligación establecida en las Bases Administrativas y Bases Técnicas que no tengan sanción establecida.
Para estos eventos se aplicará una multa de 1,5 UF por incumplimiento detectado y que sea demostrado mediante antecedentes, los cuales se informarán a la Contraparte Técnica de la empresa adjudicada.
F) Incumplimiento grave.
El monto total de las multas, cualquiera sea su naturaleza, no podrá exceder, durante tres meses consecutivos, el diez por ciento (10%) del monto total del contrato. Producido este evento, se considerará incumplimiento grave, situación en la cual ChileValora hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, y pondrá término anticipado al mismo en conformidad con lo señalado en el punto 10.11 de las presentes Bases Administrativas.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, se notificará por correo certificado esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan y la multa a que da origen el incumplimiento. El oferente podrá efectuar los descargos que estime convenientes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de los hechos que se le imputan. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la Comisión. Si el oferente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión resolverá fundadamente sobre éstos, acogiendo o rechazando, total o parcialmente, los argumentos dados por el contratista. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del oferente deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la Comisión, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al proveedor personalmente o mediante carta certificada. Dicho acto administrativo podrá ser impugnado por el oferente mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
ChileValora podrá determinar y hacer efectivas las multas precedentemente expuestas, las que podrá aplicar deduciéndolas de la parte impaga del precio y haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
En caso que los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones por parte del oferente ocasionen a ChileValora un detrimento económico que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
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Término anticipado |
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La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes
b. Si el contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
c. Si el contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa.
e. Si el oferente que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial. Se considerarán especialmente situaciones de incumplimiento grave de las obligaciones, el que deban aplicarse multas que superen alguno de los topes indicados en la sección anterior de estas bases.
f. Si el oferente que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial, sin la expresa autorización de la Comisión.
g. Si el oferente que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión.
h. Si el oferente que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones.
i. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el oferente registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886.
j. En caso que el oferente que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse.
k. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
l. Si el oferente, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.9 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.8 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses.
ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error.
iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
m. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección siguiente de las presentes bases.
Si durante la vigencia del contrato ocurriere alguna de las eventualidades indicadas, la Comisión, previa constatación de las circunstancias de hecho constitutivas de dichas causales, pondrá término de inmediato al contrato, dictando la correspondiente resolución, lo que comunicará por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en este instrumento.
En tal caso, la Comisión procederá de inmediato y sin formalidad alguna a hacer efectiva por el total de su monto, la garantía de fiel cumplimiento a que se refiere la sección 10.2 de estas bases administrativas.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes, conforme a lo indicado en el numeral 10.3 de estas bases administrativas.
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Propiedad intelectual y confidencialidad |
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La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora, así como también los instrumentos, herramientas y sistemas generados para la obtención de la información principal o secundaria o de cualquier dato relacionado directa o indirectamente con el trabajo objeto de las presentes Bases. El adjudicatario se obliga a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, al término de los servicios contratados.
Asimismo, el adjudicatario libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad.
El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los servicios que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, o que acceda con ocasión de la prestación de sus servicios, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo, siendo extensiva asimismo al personal del adjudicatario que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas. La misma obligación resulta aplicable a los proveedores que eventualmente puedan ser subcontratados por el adjudicatario, y a su personal.
Conforme a lo anterior, el adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información. La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la prestación de los servicios o después de finalizada ésta, podrá dar pie a que ChileValora entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Se recalca que, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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Resolución de conflictos, domicilio y cláusula de responsabilidad |
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Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y el oferente serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia.
Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria.
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Bases técnicas |
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1. OBJETIVO
La presente licitación tiene por objetivo, por una parte, proporcionar un servicio de mantenimiento preventivo en el transcurso de 12 meses, en tres eventos (cuatrimestrales), para todos los equipos de aire acondicionado de las dependencias de ChileValora, que permita mantener las mejores condiciones posibles de confort de las oficinas, para el desarrollo de las labores de los funcionarios de ChileValora, como la continuidad operativa de dichos equipos. Y, en segundo lugar, se espera contar con recursos para posibles mantenciones correctivas o de emergencia, que pudieran producirse durante la vigencia del contrato.
2. EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO
PISO 8 (278 m2)
Equipos Cantidad Capacidad Ubicación
Fancoil 15 S/I En toda la planta del piso (se adjunta plano)
PISO 14 (390 m2)
Equipos Cantidad Capacidad Ubicación
Fancoil 11 S/I En toda la planta del piso (se adjunta plano)
Split 3 9.000 BTU
18.000 BTU
24.000 BTU Sala de servidores
Sala de Directorio
Oficina Jefe de Servicio
3. MANTENCIÓN PREVENTIVA PISO 8 Y 14
Las mantenciones preventivas de los equipos de clima contemplan que se realicen tres eventos (hitos) durante el período del contrato, y serán programadas y coordinadas entre las contrapartes de ChileValora y la empresa adjudicada en la reunión inicial, debiendo considerarse un informe técnico respecto de cada mantención realizada.
# EQUIPOS FANCOIL (UNIDAD Y SISTEMA)
1 Limpieza de la unidad (productos de limpieza desinfectantes)
2 Limpieza de todos los filtros, porta filtros, rodetes, motores, ventiladores y difusores de aire.
3 Limpieza de serpentines (productos desinfectantes)
4 Revisión y limpieza de bandeja de desagüe (con productos desinfectantes), chequear sistema de evacuación.
5 Limpieza de difusores (productos desinfectantes)
6 Revisión y reapriete de conexiones eléctricas
7 Revisión de funcionamiento de motor y velocidades
8 Revisión de funcionamiento de válvulas, selenoide y presostato
9 Verificar funcionamiento de frío/calor
10 Eliminar presencia de óxido mediante limpieza mecánica
11 Revisión de conexión del circuito eléctrico, y conexiones eléctricas al motor (reaprietes)
12 Revisión sistema hidráulico de todo el sistema
13 Revisión de aislación térmica
14 Revisión de termostato (unidad, conexiones eléctricas)
15 Registrar temperaturas de inyección
16 Revisión de aislación térmica
17 Revisión y reapriete de anclajes mecánicos
18 Revisión de termostato
19 Revisión de cañerías de agua (fugas)
20 Revisión de llaves de corte de agua
21 Revisión de parámetros eléctricos
22 Revisión de cableado eléctrico
23 Revisión componentes eléctricos
Las mantenciones preventivas deberán comprender al menos las siguientes actividades:
# EQUIPOS SPLIT (UNIDAD INTERIOR-EXTERIOR)
1 Chequeo de funcionamiento
2 Revisión de motores y compresores
3 Revisión de termostato
4 Revisión del comando de control remoto
5 Revisión de desagüe de condensación
6 Limpieza de aspas y turbinas, verificar seguros
7 Limpieza de bomba de condesado y evaporador
8 Limpieza de partes de la unidad exterior (hidro-lavado)
9 Limpieza de condensador y evaporador
10 Limpieza de ventiladores
11 Limpieza general del equipo unidad interior y exterior
12 Limpieza de filtros de aire
13 Medición y pruebas de presión (PSI)
14 Prueba de funcionamiento frío y calor
15 Recarga de refrigerante ecológico R410a, si aplica
16 Verificar posibles fugas de aceite y refrigerante
17 Revisión del circuito eléctrico y reapriete de conexiones eléctricas (Instalación eléctrica)
18 Revisión de aislamiento de tuberías de refrigeración
19 Revisión y reapriete de anclajes mecánicos
20 Revisión de componentes eléctricos
Realizadas todas las actividades antes mencionadas correspondientes al mantenimiento preventivo de los equipos de clima, la empresa adjudicada deberá emitir una planilla con todos los servicios realizados (incluidas todas las mediciones requeridas), y un Informe Técnico del servicio que contemple el estado de todos los equipos de clima (individualizado) y el sistema en general, lo que permitirá establecer las mantenciones correctivas a realizar. De la misma manera, por cada evento de mantenimiento se deberá actualizar la información antes mencionada en el respectivo informe de servicio. Todos los informes deberán ser firmados por el técnico o profesional responsable de la presente licitación.
El informe de los servicios será enviado a la contraparte técnica de ChileValora, quien aprobará o realizará observaciones para subsanar, lo cual será requisito para la gestión de pago.
Durante las labores de mantención preventiva, la empresa adjudicada deberá velar por el cuidado y limpieza de los espacios de trabajos (pisos, escritorios, palmetas de cielo americano, equipos computacionales), moviendo mobiliario o cubriendo con material plástico (polietileno) tanto pisos como escritorios. No se permitirá la realización de estas labores sin el cuidado antes mencionado, lo que generará retraso en la ejecución y posible aplicación de multas.
Para la limpieza de los componentes de los equipos de clima, la empresa podrá llevárselos para trabajar en sus talleres (acta de entrega) o podrá realizar esta limpieza en la terraza del piso 14, previa coordinación con la administración del edificio, quien facilita estos espacios. Sin embargo, de no contar con espacio en el edificio, la empresa adjudicada deberá resolver la manera de realizar mantención preventiva.
4. Mantención correctiva
Dentro de la oferta económica, el oferente deberá incluir un listado valorizado de servicios correspondiente a mantenciones correctivas para equipos tipo Fan Coil y Split, las cuales consideren reparaciones de sus diferentes componentes, cambios de repuestos o de equipo, traslados de equipos, difusores, mangas, sistema eléctrico, válvulas, visita de inspección, mano de obra de instalación, etc.
Ejemplo de tabla de listado (formato a elección del oferente)
Ítem Descripción de trabajo Unidad de medida Valor IVA incluido
XXXX XXXX XXXX XXXX
Las cotizaciones emitidas por la empresa adjudicada respecto a mantenciones correctivas deberán ajustarse a valores de mercado, junto con informar la garantía del servicio específico y los detalles del servicio a realizar.
Los valores de mercado podrán ser corroborados por ChileValora mediante cotizaciones a otras empresas, asesorías de terceros, etc. Si se detecta que los montos de las cotizaciones de mantenciones correctivas presentadas por el adjudicatario son excesivas, éstas podrán ser observadas. En el eventual caso que el adjudicatario no ajuste los montos a los valores de mercado determinados, ello será considerado incumplimiento grave del contrato, por lo que ChileValora estará facultado para proceder a dar término anticipado al mismo, junto al cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
Gestión de Mantención Correctiva
Tras la primera mantención preventiva realizada en los equipos de clima del piso 8 y 14 de ChileValora, y de acuerdo al informe técnico entregado por la empresa adjudicada, cuando un equipo o parte del sistema, presente desperfecto o falla técnica y resulte necesario cambiar algunos componentes (lo cual estará observado en informe técnico inicial), previa solicitud de la contraparte técnica de ChileValora, la empresa adjudicada deberá emitir una cotización detallada que informe diagnóstico del equipo o parte del sistema a corregir, indicando ubicación exacta, falla, solución del problema, las partes o piezas a reemplazar, tiempo de ejecución y el valor total de los servicios, impuestos incluidos. Dicha cotización deberá ser firmada por el profesional o técnico responsable de la licitación.
La compra de repuestos, materiales u otros, será responsabilidad de la empresa adjudicada, junto con el detalle de éstos, en la cotización emitida anteriormente señalada. Los materiales y/o repuestos deberán ser de calidad comprobada y nuevos, del mismo modo que los productos lubricantes como los refrigerantes, los cuales deber ser informados y validados por la contraparte técnica de ChileValora.
Emergencias
De forma adicional a las mantenciones preventivas y correctivas, y ante situaciones de emergencia, como fallas graves en los sistemas (quedando sin sistema de climatización), ChileValora podrá solicitar a la empresa adjudicada la intervención inmediata de un técnico en terreno, con costo al ítem de mantenciones correctivas, para subsanar y poner en marcha los sistemas. Posteriormente, para el pago de la(s) mantenciones correctivas realizadas producto de una emergencia, la empresa adjudicada deberá emitir un informe detallado de la incidencia y corrección realizada, lo que generará la gestión de pago correspondiente.
5. NORMAS DE TRABAJO
i) La empresa adjudicada deberá dar fiel cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, en especial a lo establecido en la Ley N° 16.744, Sobre “Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales”, sus reglamentos y Decretos complementarios. Por lo tanto, la empresa adjudicada tendrá la obligación de suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección personal, junto con las medidas de prevención que correspondan.
Dado lo anterior, no se autorizarán trabajos de mantención preventiva o correctiva previamente coordinados, en que personal de la empresa no cuente con el uniforme y elementos de protección personal antes mencionados, lo cual podrá generar multa por atraso en la ejecución de los trabajos.
ii) Tanto los materiales o insumos, así como las herramientas necesarias para la realización de las Mantenciones Preventivas (tres eventos durante el período), serán de cargo y costo de la empresa adjudicada, además de responsabilizarse de proveer los repuestos bajo la modalidad de cotización señalada en el numeral 4 de estas bases técnicas.
iii) Dada la contingencia actual, el personal que realice labores de mantención preventiva y correctiva en las dependencias de ChileValora deberá registrar su ingreso completando datos en planilla disponible para el caso (Nombre, contacto, temperatura, etc.) para trazabilidad. De la misma manera, deberá usar elementos de protección personal por contingencia COVID 19 como mascarilla (cubriendo nariz).
iv) De la misma manera que lo señalado en el punto 2 de “Mantenimiento Preventivo piso 8 y 14” párrafo 2, será obligación de la empresa adjudicada y su personal, velar por la limpieza y cuidado de las oficinas (pisos, escritorios, equipamiento informático y otros, cielos, etc.), como establecer las acciones necesarias para dar cumplimiento a este aspecto. La contraparte técnica de ChileValora a cargo de estos trabajos, podrá suspender las labores de no cumplirse lo requerido en este punto, lo que puede generar multas por retraso de trabajos.
v) Los horarios disponibles para realizar actividades de mantención preventiva en las dependencias de ChileValora son; durante la semana de lunes a viernes de 17:00 hrs hasta 00:00 hrs (o más si aplica); fines de semana sábado/domingo de 9:00 hrs en adelante hasta 00:00 hrs (o más si aplica).
Respecto a visitas técnicas a terreno de inspección, o reparaciones producto de mantenciones correctivas, se podrá intervenir las oficinas en cualquier momento de la jornada laboral, previa coordinación y disponibilidad del espacio o área de acción, considerando que la naturaleza de la intervención no afecte las labores de los funcionarios de ChileValora, o también en los horarios antes señalados.
vi) Todas las coordinaciones o requerimientos tanto de actividades de mantención preventiva, correctiva o de emergencia, serán realizadas mediante correo electrónico (para respaldo) y por teléfono por parte de la contraparte técnica de ChileValora. De la misma manera las reuniones solicitadas para los efectos del servicio.
vii) De acuerdo a lo señalado en el punto 2 “Mantenciones preventivas piso 8 y 14” posterior a la realización de la primera mantención preventiva, la empresa adjudicada deberá entregar un detallado informe con todos los trabajos realizados (incluye mediciones, para lo cual la empresa adjudicada debe contar con los implementos técnicos para ello), y un informe del estado de todos los equipos de clima y el sistema en general, validados por el Profesional/Técnico en climatización. De este último se determinarán las mantenciones correctivas a realizar.
viii) Al inicio de cada evento de mantención preventiva o correctiva, el Profesional/Técnico en climatización, deberá informar in situ a la contraparte técnica de ChileValora (en un equipo como referente), la metodología de trabajo, para de esta forma, chequear en terreno que se cumplan cada uno de los requerimientos solicitados en la mantención preventiva. En tanto a la mantención correctiva, se explicará y señalará también in situ el procedimiento a realizar y los repuestos o materiales provisionados a utilizar de ser el caso.
ix) De la misma manera que el personal de la empresa adjudicada debe contar con todos los elementos de protección personal propios de sus tareas (uniforme completo con distintivo de la empresa) y elementos contingencia COVID 19, también el personal debe tener una conducta apropiada y lenguaje idóneo en las dependencias de ChileValora, por lo que, de detectarse lo opuesto a lo señalado se informará a la contraparte de empresa adjudicada y se podrán dar por terminadas las labores en ejecución, junto con la eventual aplicación de multas por retraso de las labores.
x) La empresa adjudicada será responsable de costear las reparaciones o reposición, de todo tipo de daños que se produjeran en el equipamiento o infraestructura de las dependencias de ChileValora, producto de la mala ejecución de los trabajos. De la misma manera, si producto de la ejecución de los trabajos se rompen palmetas de cielo americano, se ve afectada la pintura en la zona o se produce cualquier otro daño en las dependencias de ChileValora, la empresa adjudicada deberá responder por estos daños subsanándolos en los lugares que corresponda. Los trabajos se considerarán efectivamente finalizados, sólo cuando se dé cumplimiento a las obligaciones señaladas en este punto.
6. CONTRAPARTE TÉCNICA
El contrato tendrá como contraparte técnica al Encargado de Servicios Generales e Inventario de la Comisión del Sistema Nacional de Competencias Laborales, o quien lo reemplace en caso de ausencia o impedimento. La contraparte técnica de ChileValora podrá citar a reuniones de trabajo de ser el caso para efectos de la ejecución del contrato.
Por parte de la empresa adjudicada, el Profesional/Técnico de climatización informado, deberá ser la contraparte técnica de la empresa, la que deberá informar número de teléfono y correo electrónico disponibles permanentemente para los efectos del contrato, y cuyos tiempos de respuesta no supere las 8 hrs., salvo los plazos considerados como emergencias que se informen en Anexo N° 4 de las presentes bases de licitación.
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