Licitación ID: 1088-3-LE24
Licitación traslado de materiales de faena
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de flete 1 Unidad
Cod: 78121601
Se requiere realizar el traslado de materiales de faena en camión desde el Centro Recreacional Bahía Inglesa de CONAF ubicado en la comuna de Caldera hacia los sectores de Totoral (Copiapó), Canto del Agua (Huasco) y Hacienda Compañía (Vallenar).  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Licitación traslado de materiales de faena
Estado:
Adjudicada
Descripción:
E102RT9 Como parte del Programa “Siembra por Chile”, se requiere realizar el traslado de materiales de faena en camión desde el Centro Recreacional Bahía Inglesa de CONAF ubicado en la comuna de Caldera hacia los sectores de Totoral (Copiapó), Canto del Agua (Huasco) y Hacienda Compañía (Vallenar).
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
III Región - Oficina Regional de Atacama
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
Juan Martínez 55
Comuna:
Copiapó
Región en que se genera la licitación:
Región de Atacama
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-06-2024 20:00:00
Fecha de Publicación: 24-05-2024 14:45:44
Fecha inicio de preguntas: 24-05-2024 20:00:00
Fecha final de preguntas: 28-05-2024 15:29:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-05-2024 15:40:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-06-2024 9:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-06-2024 9:15:00
Fecha de Adjudicación: 07-06-2024 12:58:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 01: Identificación del Oferente persona Natural
2.- Anexo 02: Identificación del Oferente Empresa
3.- Anexo 03: Declaración Jurada Simple, conformidad con las bases
4.- Anexo 04: Declaración Jurada Simple, No haber sido condenado por practicas antisindicales.
5.- Anexo 05: Declaración Jurada Simple, Vinculación de parentesco.
6.- Anexo N°6 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE ACERCA DEL SISTEMA PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIAMENTO DEL TERRORISMO Y DELITOS FUNCIONARIOS
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- Anexo N°7 Propuesta Económica, en moneda nacional, a valor neto, la que debe ser presentada exclusivamente por el portal www.mercadopublico.cl. Todo error en la oferta será de responsabilidad del proponente y no constituirá hecho imprevisto, ni excusará de la responsabilidad que se adquiere por el hecho de presentar su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los Requisitos Formales según lo indicado en las Bases de Licitación 5%
2 Oferta Economica según lo indicado en las Bases de Licitación 55%
3 Plazo de Entrega según lo indicado en las Bases de Licitación 20%
4 Proveedor Local según lo indicado en las Bases de Licitación 15%
5 CERTIFICADO DE GASES según lo indicado en las Bases de Licitación 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CONAF
Monto Total Estimado: 4000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARIO CERDA ESPOZ
e-mail de responsable de pago: mario.cerda@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: SAMUEL JAQUE OLMOS
e-mail de responsable de contrato: samuel.jaque@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-52-2213404-108
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el adjudicatario.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Definiciones

Para la correcta aplicación y entendimiento de normas y disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, sean generales y/o especiales, se entenderán por:

1.-Adjudicación: Acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más Oferentes para la suscripción de un Contrato de Suministro o Servicios, regido por la Ley N° 19.886, en adelante, también, la "Ley de Compras".

2.-Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.

 3.-Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.

4.-Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.

5.-Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.

6.-Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.

7.-Entidad Licitante: organismo regido por la Ley de Compras, que llama o invita a un Proceso de Compras. (Corporación Nacional Forestal)

8.-Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.

9.-Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.

10.-Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que puedan proporcionar bienes y/o servicios a las Entidades.

11.-Prorroga: Acción de extender o prolongar un contrato, mediante el mecanismo excepcional de Trato o Contratación Directa, establecido en el Art. 10, Numeral 7 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas, y según las características ahí detalladas.

12.-Servicios Adicionales: Concepto utilizado para solicitar una mayor cantidad de productos y/o servicios ya adjudicados en una licitación, los cuales no podrán superar en un 30% del monto total contratado.

13.-Afectación Presupuestaria: Subtitulo, Ítem, Asignación, al cual se imputarán o cargarán los recursos presupuestarios asignados a la adquisición de bienes y/o contratación de servicios.

Unión temporal de proveedores

En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.

El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.

Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.


Cláusula de readjudicación

En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.

El plazo máximo de readjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.

Fecha de la adjudicación

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.

Presentación de ofertas

Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.

Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.

 Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.

Apertura de las ofertas

La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará conformada por:

a)     Jefa Departamento Finanzas y Administración o quien lo represente

d)    Jefe  Departamento de Conservación de Ecosistemas Boscosos y Xerofíticos o quien lo represente

e)     Jefe de Sección de Ecosistemas Urbanos y Comunidades o quien lo represente

f)     Abogado Ministro de Fe

g)    Jefe Administración (Secretario del proceso administrativo)

En esta etapa de apertura del proceso, serán rechazadas y no continuarán a la siguiente etapa de la licitación, las ofertas que no hayan hecho entrega del documento de Garantía de Seriedad de la Oferta, lo cual quedará registrado en el Acta de Apertura Electrónica que emita el portal www.mercadopublico.cl.

En la etapa de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.

Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora Regional de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación

Los documentos de garantía de seriedad de la oferta serán ingresados al portal de compras en el ID de la licitación, y posteriormente se enviarán a custodia a la Sección Finanzas  de CONAF.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Criterio

Ponderación

Oferta Económica

55%

Certificado de gases (sustentabilidad)

5%

Plazo de entrega

20%

Proveedor local

15%

Cumplimientos de los requisitos formales

5%


DETALLES CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación y criterios de evaluación se aplicarán a las ofertas en base a los siguientes métodos de cálculo:




Observaciones a la apertura de las ofertas

Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Errores u omisiones

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.

Resolución de empates

Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.

En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:

- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Oferta Económica”

- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Plazo de entrega ”.

- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “Antecedentes administrativos”.

En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal.


Modificación de las bases

La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.

Consultas y aclaraciones

Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.





Presentaciones de antecedentes omitidos por los oferentes

En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados de la petición de CONAF, a través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento). 




Consultas posteriores al cierre de la licitación

CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.

Consultas respecto a la adjudicación

Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico samuel.jaque@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.

Vigencia de la oferta

La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 60 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.

Contraparte Administrativa

La contraparte administrativa corresponderá al Jefe del Dpto. de Finanzas y Administración, representada por el Jefe de la Sección de Administración, o quienes los subroguen, en las materias que le competen a cada uno. 

Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
-Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
-Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
-Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
-Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
-Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.


Contraparte Técnica

La contraparte técnica corresponderá al Jefe Dpto. de Conservación de ecosistemas Boscosos y xerofiticos,  o quien lo subrogue,

Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:

-Administrar el contrato.

-Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.

-Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios.

-Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.

Observaciones

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.

La garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá readjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere.


Inscripción en el Registro de Proveedores

En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.

Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.

En tal caso, la Corporación hará efectivo el documento de garantía de seriedad de oferta del oferente adjudicado.

El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.

Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.


Del termino anticipado del contrato

La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

1)     Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a este. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones

2)     Si el Adjudicatario se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

3)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional

4)     Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses

5)     Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada

6)     Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)     Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante

b)    Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación

c)     Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante

7)     Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.

8)     En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a)     Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados

b)    De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica

c)     Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta

d)    Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato

e)     Disolución de la UTP

9)     Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023”

Resciliación o término de mutuo acuerdo; Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.

10)  Modificación del contrato

La Corporación Nacional Forestal de mutuo acuerdo entre los contratantes y en aquellos casos que lo establezcan las presentes bases de licitación podrá modificar el contrato, en tal caso no podrá alterarse la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado. (Servicio adicionales)

11)  Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3), además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.

Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.


Multas

El incumplimiento de plazos en la entrega de los productos por causas imputables al Proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicadas formalmente, podrá ser objeto de una multa de 2 UF por cada día corrido de atraso en la fecha comprometida.

No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el atraso, debiendo el proveedor adjudicado dar aviso por medio de cualquier canal de comunicación formal (Correo electrónico, carta certificada o carta simple), exponiendo las causales que justifiquen las razones del retraso Asimismo, deberá indicar dentro del documento los nuevos plazos de entrega, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no acogerla y aplicar las multas que correspondan.

a)      Monto Máximo por cobro de Multas

El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total del contrato, valor impuestos incluidos.

b)      Procedimiento Aplicativo de Multas

A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:

1.- Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica informará mediante Memorándum a la contraparte administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de cumplimiento de contrato si procede, a través de la entrega de un informe de las faltas incurridas y los respaldos que lo acrediten.

2.- El Departamento de Finanzas y Administración será responsable de realizar el cálculo de la multa a aplicar y notificar al proveedor sobre la aplicación y los hechos que la motivan. Dicho acto se formalizará a través de una carta.

3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Juan Martinez N°55, Santiago.

4.- Transcurrido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se procederá con la aplicación de la multa notificada a través de resolución fundada de la Directora Regional, según corresponda, la cual será notificada mediante carta de CONAF. En dicha carta formalizará la resolución de la multa, se adjuntará la factura emitida por este concepto y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF.

5.- Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.

6.- La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.

7.- En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

8.- Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Directora Regional.

9.- El Director Ejecutivo, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.

10.- Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada.

11.- En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la facturación del monto resuelto. Por otro lado, si la garantía de fiel cumplimiento del contrato es cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.

12- La Unidad de Finanzas será responsable de emitir la factura de cobro de multa al proveedor, hecho que será notificado y formalizado a través de carta que acompañará la Resolución de la multa, la factura por concepto de cobro de multa y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF.

13.- De acuerdo al Requerimiento del servicio, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado

Nota: En caso de que el proveedor no pague la multa en un plazo de 30 días hábiles se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y el monto se descontará de dicho valor, si procede.

Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1-     El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2-     El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

3-     El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.

4-     El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5-     El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

6-     El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.

7-     El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8-     El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Forma de pago

El pago se realizará, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:

-Aceptación de la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.

-Recepción conforme de los servicios requeridos por la contraparte técnica.
Presentación y aceptación de la Factura.

-Consultas de pago contactar a alberto.pena.vargas@conaf.cl y/o israel.carrasco@conaf.cl

Facturación
La factura debe ser emitida a una vez recibido conforme los Servicios windte_dte@custodium.com.

Deberá indicar el ID de la orden de compra en Campo 801 (Formato SII) – Referencia y publicar el archivo de intercambio dentro de 24 hrs.

Interpretación de las bases de la licitación pública

La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación.

Observaciones Generales

En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.

Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual

La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.

En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.

Cláusula Ley subcontratación

El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.

Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.

La Corporación podrá requerir cuando estime conveniente la siguiente documentación al proveedor adjudicado;

a)     Nómina del personal que va a realizar el trabajo.

b)    Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.

c)     Carta Gantt de actividad a realizar.

d)    Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.

e)     Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).

f)     Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.

g)    Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

h)     Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.

i)       Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.

j)      Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.

k)     Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

l)      Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Responsabilidad del proveedor

Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente.

El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.

El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.

REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS  LICITACIÓN DE TRASLADO DE MATERIALES.

1. Objeto de la licitación.

Como parte del Programa “Siembra por Chile”, se requiere realizar el traslado de materiales de faena en camión desde el Centro Recreacional Bahía Inglesa de CONAF ubicado en la comuna de Caldera hacia los sectores de Totoral (Copiapó), Canto del Agua (Huasco) y Hacienda Compañía (Vallenar).

2. Especificaciones técnicas de los materiales

Materiales

Medidas

Cantidad

Destino

Polines de pino impregnado

3-4 pulg x 2,44 m

3000

Totoral – Canto del Agua

Sacos de tierra vegetal

Volumen 40 Litros

200

Totoral – Canto del Agua

Estanques de acumulación de agua de 10.000 Litros

218 cm de alto – 244 de diámetro

2

Vallenar

3. Cantidad de viajes a destinos

Tramo

N° de viajes

CRBI - Totoral

2

CRBI - Canto del Agua

1

CRBI - Hda Compañía

1


Tramo

Ruta

Coordenadas UTM

Totoral

C-436 – Km 38

E: 308.326 N: 6.912.365

Canto del Agua

C-432 – Km 23

E: 320.687 N: 6.887.444

Hda Compañía

Camino interior Buena Esperanza

E: 323.577 N: 6.837.773

4. Monto aproximado a licitar

$4.000.000 IVA Incluido

5. Consideraciones generales

- El servicio debe incluir carga y descarga

- El servicio debe contemplar idealmente el uso de grúa “pluma”.

- El pago del servicio se va a realizar una vez completado y recepcionado el traslado total de la carga


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.