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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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9.2. Participantes |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso:
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal: Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1, 4, 5 y 6 (Declaraciones Juradas Simples), firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado.
• Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas.
Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 661/2024 y cumplir con el resto de los requisitos legales y reglamentarios.
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9.3. Forma de cotización |
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Los oferentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases de licitación. Para el caso que los archivos se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados, la oferta será declarada inadmisible, lo que constará en el acta de evaluación correspondiente junto con su debido respaldo. Asimismo, las ofertas y sus antecedentes no podrán ser confeccionados en forma manuscrita y deberán presentarse en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en idioma inglés u otro.
Para presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl y para asegurar la visibilidad de la oferta, los participantes deberán ingresar los documentos solicitados en estas bases, de acuerdo a los siguientes software: Documentos en formato PDF, documentos de texto compatibles con Microsoft Word o formato imagen JPEG”
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:
a. LAS OFERTAS (ANEXOS NºS 1 AL 6) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.
b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115, numeral 2, del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda.
c. En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado.
d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 181, inciso 2º, Decreto Supremo Nº 661/2024, del Ministerio de Hacienda).
e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.
f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, en ningún caso, responsable de estos.
g. En la etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a los revisores de ofertas, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
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9.4. Plazo de validez de la oferta |
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Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
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9.5. Precios y Monedas |
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Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.
Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, los revisores de ofertas revisará sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente.
Asimismo, y en virtud al artículo 60 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
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9.6. Inspector Fiscal |
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Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento en la entrega del servicio por parte del adjudicatario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, designará por acto administrativo fundado, a un funcionario en calidad de Inspector Fiscal del contrato y a un subrogante en caso de ausencia, el cual estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Asimismo, y habiéndose cumplido con todas las exigencias establecidas en estas bases de Licitación, visará la documentación de pago quien tenga las atribuciones según corresponda. En caso de ausencia será su subrogante.
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9.7. Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta |
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Las Ofertas serán evaluadas por al menos un funcionario de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, del Ministerio de Obras Públicas. Dicho acto será publicado con anterioridad a la fecha de cierre de presentación de ofertas, en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, cada revisor de oferta, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
9.7.1. Procedimiento de Evaluación
a. Los Revisores de ofertas recibirán todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Sistema de Información, para su revisión y evaluación técnica y económica, de conformidad a las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes bases de licitación.
Los revisores de ofertas tendrán el plazo señalado en el numeral 3.8, para presentar el acta de evaluación de las ofertas ingresadas en el portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final.
b. Los Revisores propondrá declarar inadmisibles:
• Las ofertas que no cumplan con la presentación de los Anexos N°2 y N°3, indicados en el numerales 4.1.2 y 4.1.3, así como también los documentos contemplados en el numeral 4.1.1, por tratarse de documentos esenciales. salvo lo indicado en el punto 9.8 de estas bases de licitación y en el caso de las UTP, además de lo señalado, debe incluir los documentos públicos o privados mediante los cuales se da cuenta de la unión.
• Las ofertas que contengan archivos que se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados.
• Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en forma manuscrita
• Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BE, BT y anexos.
• Las ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, en los términos del artículo 9 de la ley N°19.886.
• Las ofertas riesgosas o temerarias, según lo establecido en el artículo 61 del D.S. de Hda N°661/2024.
c. Los Revisores propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos:
• Cuando no se presenten ofertas, o;
• Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 57 del D.S. de Hda N° 661/2024.
d. Los Revisores rechazarán las ofertas que NO cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54 del D.S. de Hda N° 661/2024.
9.7.2. Factores de Evaluación
Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:
a) Oferta Económica: 60 Puntos
b) Oferta Técnica - Año Fabricación del Vehículo: 25 Puntos
c) Programa de integración y ética empresarial: 5 Puntos
d) Cumplimiento de los Requisitos Formales: 5 Puntos
e) Certificación de sustentabilidad: 5 Puntos
El puntaje final resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente y en el caso de existir decimales en el resultado será aproximado hasta el número entero superior.
a) Evaluación Oferta Económica: 60 Puntos
En esta evaluación se considerará el precio ofertado por valor hora del equipo y tendrá una ponderación máxima de 60 puntos.
ITEM DESCRIPCION PUNTAJE
1 Menor Precio 60 Puntos
2 Segundo Menor Precio 55 Puntos
3 Tercer Menor Precio 50 Puntos
4 Precios Restantes 40 Puntos
5 no informa INADMISIBLE
b) Evaluación Oferta Técnica : 25 Puntos
La evaluación técnica tendrá una ponderación máxima de 25 Puntos
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo al año del equipo ofertado, según las características que presentan las ofertas, otorgándole puntaje conforme a la siguiente tabla:
Requisito por año de primera inscripción del equipo Puntaje máximo
Camión hidrojet año de fabricación desde el año 2018 a la fecha 25 puntos
Camión hidrojet año de fabricación del año 2010 al año 2017 20 puntos
Camión hidrojet año de fabricación igual o inferior al año 2009 inclusive INADMISIBLE
Además debe incluirse en forma obligatoria la siguiente información en formato PDF o JPG:
1. Permiso de circulación
2. Revisión técnica
3. Fotografías del equipo ofertado (los 4 lados)
4. Documento primera inscripción (padrón o certificado primera inscripción).
5. Describir EETT detalladas en atención a Características Técnicas requeridas.
c) Evaluación Programa de integración y ética empresarial: 5 puntos
El oferente deberá acompañar junto a su oferta la Declaración Jurada Simple (ANEXO N°5), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
El puntaje, se asignará de la siguiente forma:
CRITERIO PUNTAJE
Presenta Declaración Jurada Simple, acreditando que cuenta con programas de integridad y ética empresarial. Incluye los anexos o certificaciones de los programas de integridad y ética empresarial que declara 5 puntos
No Presenta Declaración Jurada Simple y/o programas de integridad y ética empresarial y/o No acompaña junto a los anexos subidos al portal programas de integridad y ética empresarial 0 puntos
Para evaluar el programa de integridad y ética empresarial, el oferente deberá enviar la Declaración Jurada Simple (ANEXO N° 5), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.
Nota: El oferente que presente Declaración Jurada Simple indicando NO tener Programas de Integridad y ética empresarial, la oferta será rechazada y no será evaluada.
d) Puntaje por Cumplimiento de requisitos formales: 5 puntos
Los Revisores de Ofertas, asignarán puntaje de la siguiente forma:
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta. 5 puntos
Cumple con entregar después, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, o entrega de forma parcial la documentación solicitada 0 puntos
NOTA: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada INADMISIBLE. En caso contrario, tendrá cero (0) puntos en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.
e) Puntaje por Certificación de sustentabilidad: 5 puntos
El proveedor deberá completar en ANEXO N° 6 CRITERIO SUSTENTABLE y subir las certificaciones correspondientes, en estado “VIGENTE” a la fecha de presentar la oferta, con el fin de verificar la información entregada y se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:
CRITERIO PUNTAJE
El oferente cuenta con certificaciones de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer o ProPyme, etc., en estado VIGENTE 5 puntos
El oferente NO cuenta con certificaciones de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme, etc., o No se encuentran vigente. 0 puntos
9.7.3. Calificación final de la oferta
La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:
Puntaje Final = Puntaje Oferta Económica + Puntaje Oferta Técnica + Puntaje Programa de integración y ética empresarial + Puntaje Cumplimiento de requisitos formales + Puntaje Certificación de Sustentabilidad
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9.8. Contacto en etapa de evaluación de ofertas |
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En conformidad al artículo 56 del D.S. N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, siempre que no se vulnere el principio de igualdad de los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento.
Desde la fecha de publicación en el Portal de la resolución que designa a los Revisores de Ofertas y hasta la adjudicación, éstos solo podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación, para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes que estos pudiesen requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, ésta se realizará por medio del encargado del proceso de compra correspondiente, quien a su vez gestionará el requerimiento a través del módulo disponible en el Portal Mercado Público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.
En conformidad al artículo 35 ter de la ley N°19.886: “Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.”
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9.9. Derecho a desestimar las ofertas |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el acta de evaluación de ofertas correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana.
En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
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9.10. Derecho a variación de cantidades |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana se reserva el derecho a disminuir o aumentar las horas originalmente solicitadas durante la vigencia del contrato, sin embargo, ésta variación no podrá superar el 30% del precio total IVA incluido del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente.
Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad durante la etapa contractual, el plazo de entrega de las cantidades adicionales deberá ser señalado por el proveedor, y se formalizará mediante una modificación al contrato. En el caso de aumentar la cantidad en la adjudicación, el plazo de entrega corresponderá al plazo ofertado en el Anexo N°3.
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9.11. Resolución de empates |
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En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:
Ordenamiento de Factores de la Evaluación
LUGAR NOMBRE DEL FACTOR
1° Oferta Económica
2° Oferta Técnica
3° Programas de integridad y ética empresarial
4° Requisitos Formales
5° Certificación de Sustentabilidad
En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl
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9.12. Adjudicación de la licitación |
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La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana. Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser necesariamente la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el acta de evaluación de ofertas, en lo que corresponda.
El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá acreditar la inscripción precitada.
ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
9.12.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación:
a) En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato (cuando se requiera)
b) En caso de que el proveedor no acepte o rechace la orden de compra.
c) En caso de incumplimiento del pacto de integridad.
d) Si el oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl
e) Si el oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación al documento público o privado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
f) Si el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar, establecidos en el numeral 5 de las presentes BA.
g) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases.
h) En caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8 de las presentes BA, en caso éstas hayan sido requeridas.
i) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error
j) En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente durante el presente proceso licitatorio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el numeral 9.11 “Resolución de Empate” y 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de las presentes BA.
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9.13. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del correo electrónico que se indicará en la resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes desde la fecha de recepción de las consultas.
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9.14. Notificación y aceptación de orden de compra |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, publicará el resultado de la licitación en el Sistema de Información, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 9 del D.S. de Hda N°661/2024, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Región Metropolitana publique en el Sistema de Información, la resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Sistema de Información, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá cancelar dicha orden de compra.
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9.15. Readjudicación de la licitación |
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La Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato (cuando deba gestionarse), no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando haya sido requerida), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efectos la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
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9.16. Cesión del contrato |
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La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
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9.17. Gestión del contrato |
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a. Firma del contrato
De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA.
b. Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del contrato fuera declarada la inhabilidad sobreviniente del proveedor, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 159 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda.
c. Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.
Los factores a medir, son:
• Oportunidad de entrega
• Calidad
• Cumplimiento de Bases Técnicas
• Desempeño en general
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9.18. Vigencia del contrato |
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El periodo de vigencia del servicio será de 260 horas, el cual podrá comenzar a regir a contar del primer día posterior a la tramitación de la Resolución y notificación de Adjudicación.
En el caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la mantención de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento y en las condiciones del artículo 42 y 129 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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9.19. Inicio y puesta en marcha del servicio |
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El servicio iniciará su ejecución a contar del día hábil siguiente de la tramitación de la Resolución y notificación de Adjudicación, de acuerdo con los plazos señalados en el numeral 9.18. de las BA.
Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el plazo aceptado por causa de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada por la Dirección, podrá solicitar una ampliación.
Esta ampliación deberá ser solicitada al Inspector Fiscal del contrato antes de la fecha de vencimiento del plazo original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. La Contraparte Técnica/Inspector Fiscal deberá autorizar o denegar la ampliación solicitada. En cualquier caso, la referida solicitud no obliga de modo alguno a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, la que podrá conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado
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9.20. Acreditación de cumplimientos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social |
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El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, una declaración firmada por el representante legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales (F30) vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana, podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
9.20.1 Cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Oferente adjudicado:
No aplica
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9.21. Condiciones de pago |
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Los pagos al Proveedor se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, al Inspector Fiscal certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Dirección de Vialidad Región Metropolitana
Las facturas electrónicas al momento de su emisión:
1. Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 1650.
2. Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es:
1650 REG_METROP_DIRECCION_DE_VIALIDAD_METROPOLITANA.
3. Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl
En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley.
Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Domicilio: Morandé 71, primer piso. Comuna: Santiago.
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el proveedor deberá verificar, antes de generar su factura, que su cuenta bancaria se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP).
El acceso se realiza directamente en dcyf.mop.gob.cl utilizando Clave Única, lo que garantiza un ingreso seguro.
Registro del representante legal
1. Seleccionar la opción Representante Legal: una vez autenticado/a, desde el menú lateral del portal seleccione Representante Legal.
2. Ingresar el RUT de la empresa: se abrirá el formulario “Ingreso Representante Legal”; digite el RUT de la empresa a la cual desea asignar un representante legal y presione Aceptar
Nota:
• Si la empresa no existe en la base de datos del MOP, aparecerá el mensaje “Empresa sin detalles”.
• Si la empresa ya está registrada, se mostrará “Empresa encontrada” y algunos datos estarán precargados.
3. Completar los datos del representante legal: ingrese el RUT, nombres, apellido paterno, apellido materno, correo electrónico y teléfono del representante.
1. Adjuntar el certificado de representación legal: se debe subir la documentación que acredite la existencia y vigencia de la sociedad y de los poderes otorgados, con fecha de emisión no superior a diez días hábiles. Según el tipo de empresa:
• Empresas constituidas ante el Ministerio de Economía: adjuntar el Certificado de Vigencia de la Sociedad y el Certificado de Vigencia de Poderes; en caso de no contar con alguno de ellos, se permite presentar un Certificado de Estatuto Actualizado.
• Empresas constituidas ante el Conservador de Bienes Raíces: adjuntar el Certificado de Vigencia de Sociedad y el Certificado de Vigencia de Poderes; si alguno falta, puede reemplazarse con una copia de la inscripción en el registro respectivo.
• Casos excepcionales: si no es posible obtener estos certificados, el procedimiento puede realizarse mediante presentación formal, completando el formulario disponible y gestionando su autorización notarial. Los antecedentes deben entregarse presencialmente en la Tesorería de la DCyF en Morandé 71, piso 1, Santiago, o en las Tesorerías Regionales, según corresponda.
2. Enviar la solicitud: al presionar Aceptar se genera la solicitud y el sistema mostrará un mensaje de confirmación con el número de registro y debe esperar el correo de confirmación de aprobación. Con esta aprobación, el representante legal podrá acceder a los demás trámites del portal.
Registro de la cuenta bancaria para pagos
Este trámite se habilita sólo cuando el representante legal ya está aprobado.
1. Ingresar al módulo de cuenta bancaria: desde el menú lateral seleccione Cuenta Bancaria y luego haga clic en Ingresar Cuenta.
2. Completar los datos bancarios: en el formulario, indique la región de ingreso (es decir, la región donde se recibe el pago), el tipo de cuenta, el banco, el número de cuenta y el sector financiero. Es importante seleccionar correctamente la región de pago.
3. Adjuntar el certificado de titularidad bancaria: cargue un certificado o documento emitido por la entidad bancaria que acredite que la cuenta pertenece al proveedor o contratista.
4. Confirmar la solicitud: revise la información, confirme el registro y guarde el número de solicitud. El sistema mostrará un mensaje de éxito “Se ha creado la solicitud” con un número de seguimiento.
5. Seguimiento y aprobación: la Tesorería de la DCyF validará los datos bancarios. La aprobación será notificada al correo electrónico registrado. En el módulo Cuenta Bancaria se pueden revisar todas las solicitudes, su estado (aprobada, pendiente o rechazada) y los datos asociados, permitiendo un seguimiento en línea del trámite.
Consulta de Pagos: en la página dcyf.mop.gob.cl
1. Ingresar al módulo de consulta de pagos:* una vez autenticado/a con su Clave Única y con el representante legal autorizado, seleccione en el menú lateral la opción Consulta de Pagos.
2. Ingresar el folio DTE: se abrirá una ventana donde deberá escribir el folio del documento tributario electrónico (DTE) que desea consultar. Pulse el botón Consultar.
3. Revisar el resultado: el sistema mostrará la información del pago asociado al DTE ingresado, incluyendo su estado, etapa de tramitación y datos relevantes del proceso. Esta consulta se actualiza en tiempo real y no requiere presentar documentación adicional.
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9.22. Multas, Sanciones y procedimientos para su aplicación |
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El Inspector Fiscal debe notificar por oficio, carta o correo electrónico al adjudicatario y luego, informada mediante oficio o correo electrónico a la Jefatura de la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M., las sanciones que se aplicarán, a fin de recibir los descargos correspondientes, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con el incumplimiento contractual.
Las multas tendrán carácter de medidas de carácter pecuniario destinadas a incentivar el cumplimiento oportuno y correcto del contrato, y su aplicación será independiente de otras medidas que procedan conforme a derecho.
El solo hecho de que una o más multas alcancen o superen los topes establecidos en las presentes Bases no constituirá, por sí mismo, una causal automática de término anticipado del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá considerar dicha circunstancia como un antecedente relevante para efectos de calificar la existencia de un incumplimiento grave, atendiendo a la reiteración de los incumplimientos, su entidad, impacto en la ejecución del servicio y demás antecedentes del caso.
Se entenderá por incumplimiento grave aquel que afecte de manera significativa el cumplimiento de las obligaciones contractuales, incluyendo, entre otros, la inejecución total o parcial del servicio, la prestación defectuosa, el incumplimiento reiterado de instrucciones del Inspector Fiscal o la superación de los umbrales de multas en los términos antes indicados, siempre que dichos hechos sean debidamente calificados por la autoridad competente.
La aplicación de multas y la eventual calificación de incumplimiento grave deberán fundarse en los antecedentes del caso concreto, evitando que dichas medidas operen como sanciones duplicadas respecto de un mismo hecho.
El incumplimiento o infracción por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas o en la orden de compra, dará lugar a la aplicación de multas, conforme a las tipologías, montos y topes establecidos en el presente numeral y las cuales se indican a continuación:
TIPO DE INFRACCION MULTA
A. Incumplimiento, retraso o abandono de la puesta en terreno del equipo, operador y todos los insumos necesarios para garantizar el buen funcionamiento y la ejecución de la operación del tipo de equipo que será utilizada en la faena en el presente servicio de arriendo Multa diaria de 1 UTM por cada día hábil de atraso o abandono.
Multa de 0,5 UTM por cada hora de atraso en llegada a la faena según horario pactado.
Tope 7 UTM
B. Incumplimiento de instrucciones por parte del IF durante el desarrollo del Contrato Multa de 1 UTM por cada incumplimiento.
Tope 4 UTM
C. Incumplimiento en la entrega de información al IF durante el desarrollo del Contrato Multa de 0,5 UTM por cada incumplimiento
Tope 6 UTM
Frente al supuesto de que una multa supere el tope establecido en el párrafo anterior o entre varias multas superen el 10% del monto contratado, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana podrá poner término anticipado del contrato, por incumplimiento grave.
No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
La multa que corresponda, será descontada del pago correspondiente.
Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.
9.22.1. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos
En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:
a) La Inspección Fiscal comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran.
La Inspección Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por la contraparte técnica/inspector fiscal. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad Región Metropolitana, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento, el cálculo y monto de la multa.
b) El Director de Vialidad Región Metropolitana analizará los antecedentes, y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito a la empresa adjudicada, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M.
c) En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el adjudicatario podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante la autoridad señalada en el numeral anterior (Director de Vialidad Región Metropolitana), y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director General de Obras Públicas.
d) Los recursos señalados en la letra c) anterior, deberán ser fundados e interponerse, por escrito, y conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa.
Si se rechazan los recursos señalados, se procederá al cobro de la multa en conformidad a lo dispuesto en la letra f).
e) Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra c), tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes.
f) La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente.
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9.23. Modificación y Término del Contrato |
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En virtud artículo 129 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé algunas de los siguientes supuestos:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
2. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
3. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana,
(ii) Que el cambio de proveedor generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para Dirección de Vialidad Región Metropolitana,
(iii) Que se límite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria, y
(iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Dirección de Vialidad Región Metropolitana estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente convenido entre el Proveedor y la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
Por otro lado, y en conformidad al artículo 130 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la ley de compras públicas. En tal caso, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las multas y otras las medidas establecidas en las bases, según el artículo 135 del reglamento de la ley de compras públicas.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las Bases de la licitación o en el contrato.
En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la contraparte técnica/Inspector Fiscal, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, que emita el acto administrativo correspondiente.
En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento cuando se haya solicitado.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Región Metropolitana y el respectivo proveedor podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
9.23.1 Procedimiento previo a la declaración de término anticipado por mutuo acuerdo del contrato:
Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito con una anticipación no inferior a 5 días.
Si es el MOP- Dirección de Vialidad Región Metropolitana, la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa adjudicada no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
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9.24. Confidencialidad y seguridad de la información |
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a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización.
b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan
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9.25. Solución de controversias |
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Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados al Inspector Fiscal quién los enviará, si fuere necesario, a la Unidad correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Regional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, la Ministra de Obras Públicas y Contralora General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo con la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley Nº 19.880.
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9.26. Jurisdicción y domicilio |
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Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
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9.27. Interpretación e información |
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Las BA, BT y Anexos se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
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9.28. Días inhábiles |
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Los plazos de días que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
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9.29. Estándares de probidad |
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El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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BASES TECNICAS |
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1) OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Las presentes Bases Técnicas tienen como objetivo contratar el “Arriendo de Camión combinado tipo Hidrojet de alta presión”, destinado a ejecutar labores de limpieza, mantención preventiva y despeje del sistema de evacuación de aguas lluvias en la Red Vial en los Caminos de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana. Dicho equipo es indispensable para complementar las operaciones de Conservación por Administración Directa en los caminos.
Estas labores tienen como finalidad prevenir anegamientos, inundaciones y obstrucciones en el sistema de evacuación de aguas lluvias o en obras de arte, mediante la limpieza de sumideros, cámaras, colectores y atraviesos viales que se encuentren con obstrucción o acumulación de sedimentos, basuras o material vegetal.
La empresa se compromete a iniciar el servicio de arriendo por 260 HORAS contados desde la fecha de notificación de adjudicación a través de portal www.mercadopublico.cl. Se coordinara a través del IF del servicio.
2) EQUIPO SOLICITADO PARA ARRENDAR INCLUIDO EN LA LICITACIÓN
Se solicita el arriendo de un Camión Hidrojet de alta presión.
Características Técnicas:
1. El camión hidrojet ofertado deberá ser del año 2010 en adelante. Debe estar en óptimas condiciones operacionales y mecánicas que aseguren la disponibilidad del equipo en forma continua de requerirse.
2. El camión hidrojet deberá mantener toda la Documentación legal exigida al día: Debe subir al portal obligatoriamente en su oferta técnica, Permiso de circulación, revisión técnica.
3. Debe anexar las EETT detalladas de la máquina y Fotografía del camión hidrojet ofertado (los 4 lados), al iniciar el servicio se deberá presentar la documentación al IF del contrato.
4. Sistema hidrojet (alta presión) mínima a cumplir:
Bomba de agua de alta presión
Presión mínima de trabajo:2.000 PSI
Caudal mínimo: 250 litros por minuto
Manguera de limpieza de mínimo 60 metros
Carrete para enrollado de manguera
Juego de Boquillas intercambiables para limpieza de ductos y tuberías de distinto diámetro y distintas obstrucciones
5. Sistema de Succión:
Sistema de vacío para extracción de lodos y sedimentos
Manguera de aspiración de mínimo 6 pulgadas de diámetro
Sistema de filtrado para evitar ingreso de material al sistema de vacío
Estanque con capacidad suficiente para la extracción de lodos y sedimentos solidos
6. Tanque de residuos:
Capacidad mínima 7 metros cúbicos
Fabricado en acero de alta resistencia
Sistema hidráulico de descarga
Apertura trasera hermética
7. Tanque de agua limpia:
Capacidad mínima 3.000 litros
Sistema de carga y recirculación de agua
Otras Consideraciones
a) Las ofertas de camión hidrojet que no cumpla con los requerimientos técnicos mínimos indicados en las presentes bases técnicas o no puedan acreditar su equivalencia, serán desestimados.
b) El requerimiento del arriendo será coordinado por el IF y tendrá un apoyo técnico mediante un supervisor en terreno (Jefe de Conservación Provincial) en cada oficina provincial. Para tales efectos el oferente adjudicado deberá indicar su e-mail y teléfono en oferta administrativa subida al portal y una vez adjudicado deberá notificar del contacto operativo para las faenas, lo cual se entenderá como documento válido de respaldo para los efectos de comunicación y coordinación entre partes.
c) Los trabajos serán Inspeccionados por la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, para lo cual el operador del camión hidrojet, deberá entregar un control diario o bitácora y tener disposición al control por parte del encargado provincial del servicio.
d) Se deberá dejar registro de los trabajos diarios en report de la máquina, registrando hodómetro y horas asociadas a la jornada, asimismo se debe indicar el camino que se trabajó en la operación. Dicho report diario debe ser visado, firmado y entregado a cada supervisor en terreno o a su representante. Cada imprevisto o situación ajena al servicio y/o de responsabilidad de la empresa que se genere y que implique la detención prolongada de la máquina debe ser registrada y descontarse.
e) La empresa deberá remitir al IF vía mail un resumen semanal, todos los días lunes posterior a la semana ejecutada, en donde figure el detalle completo del servicio prestado con sus respectivos respaldos imagen report. En caso de que dicho lunes sea feriado deberá ser el día hábil siguiente. Solo en el caso de semanas en donde no existan trabajos se podrá omitir esta comunicación.
f) El camión hidrojet, deberá tener las mantenciones al día y estar en buen estado mecánico para evitar paralizaciones durante la faena, y en caso que hubiera una falla del equipo y que sea necesario su cambio por otro, esta deberá ser resuelta a lo más en un plazo de un día.
g) La jornada de trabajo iniciara en el punto de faenas y horario citado según programa, considerando que el equipo debe llegar a dicho punto con el total de su equipamiento listo para trabajar. El tiempo de preparación del equipo con todos sus insumos, asi como traslado de la máquina desde y hacia la faena será de cargo de la empresa. La Dirección de Vialidad Región Metropolitana no será responsable del aparcamiento ni resguardo de la máquina.
h) Las horas del arriendo del camión hidrojet, podrá ser continuo o alternado y bajo distintas parcialidades, en horario diurno o nocturno, ajustándose a las necesidades de las faenas. Dicho programa será entregado por el IF en forma anticipada.
i) La cantidad de horas solicitadas, no son un mínimo de horas garantizadas.
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