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1.- DESCRIPCION DEL SERVICIO |
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Las presentes bases tienen como objeto contratar los servicios de:
*. Transporte terrestre tipo camioneta doble cabina, 4x4 o 4WD (similar a la marca Nissan, Mazda, Chevrolet, Ford, Toyota, etc.) con Conductor y Conductor de relevo.
Este servicio deberá movilizar personal, equipos y herramientas, prestando servicios para la prevención y combate de incendios forestales, así como para traslado de materiales de apoyo logístico que demande la labor anterior que ejecuta el Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, Región del Maule y eventualmente cuando deban realizar cometidos en otras regiones.
Durante el período de prestación del servicio el vehículo deberá permanecer en funciones para CONAF las 24 horas de cada día de la semana, considerando inclusive los días sábados, domingos y festivos.
Cabe señalar que los antecedentes que componen este servicio, bases administrativas y bases técnicas actúan complementariamente entre sí.
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Características Del Servicio: |
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Las ofertas que se presenten podrán ser parciales o ser totales para el servicio al cual desea postular es decir por una o más líneas.
*.Vehículo tipo camioneta 4x4 o 4WD doble cabina con pick para transporte de personal, equipos e implementos de trabajo.
*.Combustible Diésel
*.Año fabricación 2019 en adelante
*.Kilometraje del vehículo menor a 100.000
*.4 puertas
*. Ventanas a ambos costados con visibilidad hacia el interior y exterior (vidrios no polarizados)
*. Barra antivuelco
*. Cilindrada mínima de 2100cc y máximo 3200cc
*. Con una capacidad de carga igual o superior a 800 kilos
*. Todo terreno, tracción en las 4 ruedas
*. Aire acondicionado
*. Con conductor (titular y relevo) y seguro vigente para dicho conductor según artículo 23 del decreto 80 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
*. Neumáticos Mixtos
*. Gancho de sujeción de carga
*. Enganche para remolque
*. Equipo de radio VHF deseable,
*. Baliza estroboscópica color ámbar (amarilla)
*.GPS obligatorio
*. Se considera el servicio sin tope de kilometraje, CONAF proveerá el combustible para las camionetas y peajes.
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2.- TAG y PEAJES |
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Para efectos del cobro por servicio de TAG, el proveedor deberá emitir mensualmente un documento con una nómina detallada de los gastos asociados al servicio aludido. Posterior al envío de dicho documento, la corporación emitirá una orden de compra para reintegrar los montos asociados a la prestación del servicio, previa revisión y visto bueno de la factura por parte de responsable técnico asociado a la orden de compra.
Para el cobro por peajes, el proveedor deberá emitir mensualmente un documento con una nómina detallada de los gastos asociados al servicio aludido. Posterior al envío de dicho documento, la Corporación debe reintegrar los montos, previa revisión y visto bueno por parte de responsable técnico de cada sección donde se asignó el vehículo.
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3.- GPS (obligatorio) |
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El proveedor deberá entregar a la Corporación la clave o un registro mensual detallado de cada vehículo, para realizar un seguimiento de estos.
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4.- Mantenimientos y Reparaciones |
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a) Para cualquiera solicitud de mantenimientos y/o reparaciones de los vehículos, se deberá dar aviso a la central de coordinación (CENCOR) por correo electrónico cencor.maqui1@conaf.cl o cencor.maqui-vii@conaf.cl con copia a jorge.espinoza@conaf.cl y/o marcela.barrera@conaf.cl, el cual derivara esta solicitud al Jefe de sección control o Jefe de sección prevención quien autorizara.
b) Los mantenimientos y reparaciones o cualquier otro daño que sufra o cause el vehículo, serán de costo del Contratista, excepto aquellos gastos que sean cubiertos por el seguro respectivo que debe contratar el arrendador.
c) En caso de accidente, los daños que cause el vehículo o que sufra el mismo será obligación del Contratista gestionar los trámites ante la Compañía de Seguros que corresponda. Si éste no cubriere alguno o parte de ellos, éstos serán de cargo del propietario del vehículo, además si la reparación del daño supera el tiempo establecido el vehículo deberá ser reemplazado a las 24 horas de declarada la avería.
d) En caso de mantenimiento mayor que obligue a inmovilizar el vehículo por más de 24 horas, el oferente deberá asignar un vehículo de reemplazo de las mismas características, previo V°B° de jefatura de cada sección donde se asigne el vehículo del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales(DEPRIF) y los días que se demore en el reemplazo CONAF descontará los días como inoperativos, de no realizarse el reemplazo, CONAF dará término al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento.
e) Para la obtención de la revisión técnica dentro del período de prestación de servicio, dispondrá de ½ día, el que será previamente autorizado Jefe sección control o Jefe sección prevención según corresponda, durante el mes que la ley hubiere habilitado para este fin.
f) En todo caso CONAF descontará del pago mensual el valor proporcional correspondiente al número de días no trabajados, que superen el tiempo permitido para la mantención y/o reparación del vehículo. Descuento que será aplicable también a situaciones de inoperatividad atribuibles a la responsabilidad del proveedor.
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5.- Combustible |
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Los gastos de combustible producto de la gestión durante la vigencia del contrato serán de cargo de la Corporación.
Al momento de iniciar la prestación del servicio, el proveedor adjudicado, deberá entregar el o los vehículos con el estanque lleno, lo cual será corroborado por el o los usuarios que correspondan. Por su parte, la Corporación devolverá el vehículo con el estanque lleno y sin logos corporativos.
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6.- Condiciones Generales |
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a. Durante el período de la prestación de servicio, los vehículos serán asignados según la planificación y distribución de CONAF a través de su Departamento de Protección contra Incendios Forestales, en adelante DEPRIF.
b. Los servicios serán utilizados principalmente dentro de la Región del Maule, no obstante, para casos excepcionales por necesidades de CONAF, se podrá realizar cometidos fuera de la región.
c. Durante el período de vigencia del contrato, tanto el o los vehículos, como su o sus conductores, deberán estar a disposición de CONAF 24 horas del día y la semana, considerando inclusive los días sábados, domingos y festivos. Para lo anterior el contratista deberá tener turnos a fin de dar íntegro cumplimiento a la legislación laboral.
d. Cada vehículo del servicio será sin tope de kilometraje.
e. El proveedor(es) deberá aceptar la Orden de Compra emitida a través del mercado público.
f. CONAF instalará en cada vehículo logotipos institucionales u otros dispositivos o aparatos, que serán retirados al finalizar el contrato.
g. Una vez enviada al Proveedor la orden de compra, se informará día y hora en que deberá presentar el vehículo con el cual prestará el servicio en la Central de Operaciones CONAF Talca (Avenida circunvalación Río Claro con 5 Norte S/N) para ser derivado a revisión técnica en un taller mecánico que CONAF señale, para lo cual proporcionará el formulario respectivo. Junto con lo anterior el Departamento de Protección Contra Incendios Forestales revisará la implementación del vehículo de acuerdo a las características requeridas establecidas.
h. CONAF se reserva el derecho de rechazar y solicitar el cambio de aquel vehículo que el proveedor presente para otorgar el servicio, que no cumpla en forma satisfactoria las inspecciones realizadas, la revisión en el taller será de costo del proveedor.
i. Licencia de conducir del o los conductores y hoja de vida.
j. Debe incluir el formulario y anexos solicitados en la licitación.
k. La sola presentación de la oferta se considerará como aceptada por parte del oferente todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes Bases.
Servicio fuera de la Región:
Por razones del trabajo que desarrollan las brigadas forestales y el personal técnico, es común que deban trasladarse a otras Regiones a realizar trabajos de extinción de incendios forestales, por los días que fuere requerido el servicio de la unidad de combate, fuera del territorio regional.
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7.- Características Técnicas |
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Los vehículos del servicio ofrecido deberán tener:
*. Los neumáticos en excelente estado de uso, no recauchados (incluyendo el de repuesto) y como mínimo 8 milímetros de profundidad de dibujo en banda de rodamiento.
*. Se exigirá buena presentación, equipamiento, accesorios exigidos y además excelente estado mecánico, en especial dirección, frenos, transmisión, suspensión y luces, la cual debe mantenerse mientras se ejecute el servicio.
*. Radio AM/FM, MP3 player USB funcionando en buenas condiciones.
*. Deseable, parlantes conectados para tener audición en todo el vehículo.
Una vez aprobadas las exigencias técnicas, el proveedor deberá presentar a CONAF el vehículo, el día que la Corporación le indique con la debida oportunidad.
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8.- Seguros |
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El proveedor deberá contratar a su costa, para el vehículo con el cual prestará el servicio a CONAF, los seguros respectivos, (sin deducibles) cubriendo al menos los riesgos indicados a continuación, hecho que deberá acreditar mediante copia digital las pólizas pertinentes, emitidas por la Compañía Aseguradora:
-Daños propios, y por cada evento.
-Daños materiales y pérdida material
-Daños contra terceros (responsabilidad civil) hasta 500 U.F.
-Daños materiales causados por la propia carga
-Robos
-Seguro con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental para cada conductor.
Seguro obligatorio contra daños físicos personales, establecidos por la Ley de Tránsito (significa tener la situación al día de este seguro).
La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir, a lo menos, el período de prestación de servicio. Si una de ellas venciera dentro de ese período, el contratista estará obligado a su renovación previa a su vencimiento, informando de su gestión a la Corporación. El contratista deberá mantener vigentes y situación al día de todas estas pólizas mientras dure el contrato.
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9.- Responsabilidades del proveedor: |
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* GPS: El contratista deberá entregar un informe mensual a la Corporación, el primer día del mes siguiente.
* Permisos: El propietario deberá someterse a las leyes laborales vigentes respecto a los descansos y permisos legales de su conductor.
En todo caso, el contratista deberá proveer un conductor de reemplazo para dichas ocasiones, el que deberá cumplir las mismas exigencias que el conductor titular.
* El conductor deberá participar de todos los cursos de capacitación que determine CONAF.
* El proveedor deberá acreditar y entregar copia de los documentos para el primer mes del comienzo del servicio y los meses venideros según lo explicado e informado en estas bases.
* Recursos para Imprevistos (Caja Chica): El contratista obligatoriamente deberá proveer al conductor de un fondo en dinero efectivo permanente de $ 50.000 (cincuenta mil pesos), para solucionar y pagar gastos imprevistos como reparaciones menores rápidas (correas de ventilador, fusibles, ampolletas, parches de neumáticos, etc.), debiendo reponer los montos que se vayan gastando, en un plazo de 72 horas, contadas desde ocurrido el gasto.
Los gastos se registrarán en un cuaderno de ingresos y egresos, que CONAF podrá revisar.
Se deja establecido expresamente que tanto la naturaleza del gasto, como de la custodia del fondo en efectivo señalado, CONAF no tendrá ninguna responsabilidad.
*Cambio de neumáticos a solicitud de la Corporación, ya sea por cumplimiento vida útil o por el desgaste o daño en uno o más que ameriten el cambio al no ser posible su reparación.
*Serán también de cargo del contratista los gastos que demande el traslado ida y vuelta del vehículo al lugar determinado por la Corporación para hacer recepción del mismo, al inicio y al finalizar el contrato.
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Requisitos Del Personal Para La Prestación Del Servicio |
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La contratista será responsable de contar con el personal competente (capacitado, comportado, equipado y disciplinado) para llevar a cabo la ejecución del servicio de transporte en camioneta de personal, equipos y herramientas de brigadas de incendios forestales y personal técnico, asegurando en todo momento, mantener la calidad del servicio entregado.
El perfil del personal contratado deberá estar en directa relación con la actividad o función.
El personal será de exclusiva responsabilidad del contratista, el cual deberá cumplir con la legislación laboral vigente.
La empresa contratista deberá disponer de personal (conductor titular y relevo) para cada camioneta que trasladara al personal del Departamento de Protección Contra incendios forestales Región del Maule.
Alimentación del conductor titular y relevo será proporcionada por el Contratista en periodo de invierno (junio a septiembre) y por la Corporación en periodo de incendios forestales (octubre a mayo del año siguiente).
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Relativo a personal (Conductor titular y relevo): |
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Se deberá dar cumplimiento a los siguientes aspectos:
* Deberá tener descanso irrenunciable de acuerdo a la legislación laboral vigente.
*Debe contar con cobertura de accidentes personales con adicional de gastos hospitalarios y muerte accidental e invalidez accidental.
* No tendrá ningún vínculo contractual con CONAF, siendo responsabilidad del proveedor el pago de las remuneraciones, horas extras, reemplazos, leyes sociales, seguros, etc.
* Acreditar su experiencia en conducción con su hoja de vida del Registro Civil. CONAF se reserva el derecho de aceptar o rechazar al conductor conforme al Reglamento Especial para empresa contratistas y subcontratista de seguridad y salud en el trabajo.
* Debe contar con curso de manejo a la defensiva, certificado por un organismo competente y cuya certificación no sea superior a dos años.
* Debe poseer Licencia según disposiciones legales vigentes al tipo de vehículo, acreditada con fotocopia de licencia de conducir.
* Sin que ello implique dependencia contractual y para el solo efecto de la operación de las labores para la cual se contrata el vehículo, el conductor deberá acatar las indicaciones Jefatura del Depto. DEPRIF y/o Central de Coordinación (CENCOR), respecto del uso del vehículo, además cumplir tanto con el Reglamento Especial para empresa contratistas y subcontratista de seguridad y salud en el trabajo de la Corporación Nacional Forestal, documentos que le serán proporcionados al iniciar la prestación del servicio.
* El no cumplimiento del reglamento disciplinario, incurrir en faltas a la moral, buenas costumbres y convivencia, que amenacen la seguridad del personal de CONAF, o que signifiquen una mala imagen para la Corporación en la comunidad, será motivo suficiente para que la Corporación pueda exigir, a su juicio exclusivo, el inmediato reemplazo del conductor.
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La presentación personal del conductor titular y su relevo: |
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La presentación debe ser óptima (ya que se involucra con la imagen institucional) y con los elementos de protección personal (calzado, bloqueador solar, guantes de seguridad, etc.). Estos implementos serán de cargo del proveedor. Deberá mantener PERMANENTEMENTE una presentación personal y comportamiento acorde a la función pública para la cual presta servicios. Así mismo, el prestador de servicio les deberá proveer de uniforme, con las siguientes características:
- Calzado de seguridad con caña media o alta.
- Pantalones tipo Jeans o tela tipo poplin color verde con huinchas reflectantes.
- Camisas y/o Polera manga larga color verde.
- Casaca género geólogo o pescador (color anaranjado con estampado en la espalda que diga “Conductor Contratista CONAF “).
- Lentes de protección con filtro UV.
- Quepis o gorro tipo safari color verde.
- Bloqueador solar (factor protector solar 50 o más).
Se aceptará uniforme de otro color, pero con la aprobación de CONAF. Este vestuario deberá ser de uso obligatorio durante su jornada laboral desde el inicio del contrato.
Además el proveedor deberá entregar colchón inflable y saco de dormir necesarios para cuando deban quedarse en terreno.
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10.- Unión temporal de proveedores |
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En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 67 bis.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar actividades de la micro y pequeña empresa, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deba encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
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11.- Cláusula de readjudicación |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
El plazo máximo de readjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
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12.- Cláusula de confidencialidad y propiedad intelectual |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren.
En consecuencia, el adjudicatario y/o sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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13.- Órdenes de Compra |
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La elección del proveedor, para la emisión de la orden de compra, será determinada de acuerdo al puntaje obtenido por cada proveedor, en la adjudicación, en relación al tipo de vehículo requerido, comenzando por el proveedor que obtuvo el puntaje más alto y así sucesivamente, dejando respaldo de los hechos.
La emisión de cada orden de compra asociada al servicio se encontrará sujeta a disponibilidad presupuestaria. En lo que respecta a los montos, solo se pagará el servicio efectivamente prestado.
El proveedor deberá aceptar la orden de compra en 3 días hábiles.
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14.- Plazo inicio del servicio |
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El servicio no se podrá iniciar mientras el proveedor no se encuentre habilitado para ser contratado por el Estado.
El adjudicatario tendrá un plazo máximo de 3 días de corrido para hacer entrega de las camionetas, una vez enviada la orden de compra. Este plazo debe estar estipulado en el anexo 7. En caso de que su oferta sea superior al plazo máximo, no será evaluada.
El incumplimiento del plazo de entrega podría ser causal del cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato, además de las multas señaladas en las presentes bases de licitación pública.
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15.- Lugar de Entrega y Retiro de los Vehículos |
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Las entregas de los vehículos serán informadas mediante las órdenes de compra que se emitan al proveedor adjudicado.
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16.- Cobertura Regional del Servicio |
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Los vehículos se requieren para prestar servicios en la Región del Maule, en caso excepcional podrán prestar servicio fuera de la Región.
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17.- Exclusividad |
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La presente licitación no condiciona a la Corporación Nacional Forestal un trato de exclusividad con el adjudicado. La Corporación podrá, si así lo estima pertinente, realizar licitaciones y/o Tratos Directos que incluya las partidas que forman parte de la presente Licitación con otros proveedores.
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18.- Fecha de la Adjudicación |
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En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicara una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.
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19.- Presentación de Ofertas |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documento anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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20.- Apertura de las ofertas |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará conformada por:
*. Jefe DEPRIF Región del Maule o quien sea su subrogante o designe.
*. Jefe DEFA Región del Maule o quien sea su subrogante o designe.
*. Representante Dirección Regional
*. Jefe Sección Administración, o quien sea su subrogante o designe.
*. Jefe Unidad Jurídica Región del Maule o quien sea su subrogante o designe.
La designación de quien lo subroga o designe se realizará a través de correo electrónico a jefe DEFA antes de la fecha de la apertura.
En esta etapa del proceso, serán entregados los Anexos a las Bases de licitación y los archivos incluidos en las ofertas técnicas a la Comisión de Evaluación de Ofertas para su respectivo análisis.
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21.- Observaciones a la apertura de las ofertas |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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22.- Errores u omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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23.- Evaluación de las ofertas aceptadas |
Las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta Licitación Pública serán evaluadas por una Comisión Evaluadora, compuesta por los siguientes funcionarios:
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INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA
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Integrantes Titulares
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Integrantes Suplentes
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1) Jefe DEPRIF
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1) quien sea su subrogante o designe
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2) Jefe DEFA
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2) quien sea su subrogante o designe
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3) Representante Dirección Regional
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3) quien designe como representante
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4) Jefe Sección Administración
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4) quien sea su subrogante o designe
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5) Jefe Unidad Jurídica como ministro de fe del proceso.
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5) quien sea su subrogante o designe
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La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
La secuencia de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 40 bis del Reglamento de Compras Públicas.
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Resolución de Empates |
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Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Precio"
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio " Año de antigüedad”.
- Tercero: Oferta que presente vehículos con menor "Plazo inicio del servicio”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
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25.- Modificación de las bases |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 19° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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26.- Consultas y aclaraciones |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo final de 25 horas contados de la petición de CONAF, a través del FORO. Se exceptúa de esta opción la entrega de antecedentes técnicos, los cuales deberán ser entregados antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. (Artículo N° 40 del Reglamento).
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28.- Consultas posteriores al cierre de la licitación |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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29.- Adjudicación |
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La Corporación adjudicará la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y podrá declarar inadmisible total o parcial cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos establecidos en estas.
Podrá declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico del jefe de Sección Finanzas y Administración, Jorge.espinoza@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
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31.- Cláusula de readjudicación |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo máximo de 30 días hábiles, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización. En tal caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
El plazo máximo de readjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
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32.- Vigencia de la oferta |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 120 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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33.- Contraparte técnica y administrativa |
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a) Contraparte Técnica
La Contraparte Técnica de CONAF ante el oferente adjudicado, la ejercerá el jefe de Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien él designe.
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
*. Administrar el contrato.
*. Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
*. Aprobar la recepción conforme de los servicios y el visto bueno para el pago de la factura vigente.
*. Revisar y autorizar informe técnico emanado del proveedor adjudicado para su posterior gestión de pago, cuando corresponda.
*. Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación. .
a) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Departamento de Finanzas y Administración, representada por jefe DEFA, o quien lo subrogue, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
*. Emitir órdenes de compra asociadas a cada proceso de compra.
*. Gestionar los contratos asociados a cada proceso de compra, cuando corresponda.
*. Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
*. Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se haya cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
*. Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
c) La jefa de Recursos Humanos será la encargada de la recepción de la documentación de las obligaciones laborales y previsionales para el cumplimiento de la Ley de subcontratación.
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34.- Servicios Adicionales |
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En el caso que la Corporación, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, éstas no podrán superar el 30% del monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta.
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35.- Las Presentes Bases Formaran Parte Integrante del Contrato: |
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Que se suscriba con él o los postulantes favorecidos con la licitación, aunque nada se exprese en dichos contratos.
La oferta deberá considerar los siguientes elementos para los servicios antes descritos:
*. El contratista contratará a su costo los conductores necesarios para cumplir con la legislación vigente sobre horarios y periodos de descanso, posibilitando una operación ininterrumpida en horario extendido y durante los días hábiles, festivos, sábados y domingos.
*. La Corporación se reserva el derecho a solicitar el cambio de conductor, si el designado por el contratista para cada caso tuviese una conducción y conducta irresponsable que pusiera en peligro la seguridad y/o vida de personas, y la imagen institucional.
*. Los conductores deben poseer licencia profesional, clase de acuerdo a lo estipulado por la ley para el vehículo solicitado. Además, al momento de contratar, los adjudicatarios deberán acompañar los siguientes documentos:
- Certificado de antecedentes del conductor y su reemplazo para fines particulares.
- Fotocopia licencia conducir de acuerdo al servicio prestado.
- En el caso que el propietario sea el conductor del vehículo, deberá acompañar declaración jurada simple indicando su condición, aun cuando de igual forma debe contar con conductor de relevo para sus descansos.
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36.- Contrato y su término |
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a) Contrato
Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado que señalará los servicios que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación.
El contrato será confeccionado por abogados de la Unidad jurídica de CONAF, Región del Maule, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
*. En el caso de una persona natural:
1. Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
2. Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
3. Pólizas de seguros requeridos en el punto 7, emitidas por la Compañía Aseguradora
*. En el caso de una persona jurídica:
1. Fotocopia Legalizada del RUT de la Empresa.
2. Copia de Certificado de Vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro antecedente que permita acreditar la existencia jurídica del oferente.
3. Copia de Certificado de Vigencia de Poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio respectivo o cualquier otro documento que permita acreditar la vigencia de la representación legal del oferente.
4. Copia de la escritura pública o documento en que conste la personería de su(s) representantes(s) lega(es).
5. Documento de Garantía por el Fiel Cumplimiento del contrato.
6. Pólizas de seguros requeridos en el punto 8, emitidas por la Compañía Aseguradora
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
En tal caso, la Corporación hará efectivo el documento de garantía de seriedad de oferta del oferente adjudicado.
b) Duración del Contrato
CONVENIO DE SUMINISTRO Tendrá una duración de 24 meses a contar de la fecha de adjudicación, o hasta el consumo del monto considerado para este Convenio de Suministro.
c) Del término anticipado del contrato
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones establecidas en las Bases de Licitación.
- Incumplimiento, por parte del oferente, de cualquiera de las obligaciones emanadas del contrato.
- Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Declaración de Cesación de pago del oferente.
- Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
- Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Por registrar el oferente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
- Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
En caso del término anticipado, el pago por los servicios realizados se efectuará por parte de la Corporación, contra la presentación de la factura respectiva y documento indicados en la ley de subcontratación, el que será proporcional al número de días que se otorgó el servicio.
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37.- Multas |
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El incumplimiento de plazos en la entrega de los servicios y/o productos parciales o totales por causas imputables al Proveedor, salvo causa de fuerza mayor comunicadas formalmente, podrá ser objeto de una multa de 3 UF, por cada día corrido de atraso en la fecha comprometida.
No serán admitidas justificaciones presentadas una vez producido el problema, debiendo el adjudicatario comunicar por escrito tan pronto prevea cada situación, indicando las fechas, para lo cual la Corporación se pronunciará de acuerdo a los méritos señalados en la presentación, pudiendo acoger los fundamentos y aceptar la propuesta, o en su defecto, no acogerla y aplicar las multas que correspondan.
a) Monto Máximo por cobro de Multas
Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 10% del monto total neto estimado de la orden de compra; superado ese límite, se podrá proceder al término del contrato y cobro de garantía.
b) Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1.- La contraparte técnica informará mediante Memorandum a la contraparte administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa, a través de la entrega de un informe o del cobro de la garantía de cumplimiento de contrato si procede, y los respaldos que lo acrediten.
2.- El Departamento de Finanzas y Administración validará con la contraparte técnica y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta sencilla, enviada al domicilio indicado en el contrato, firmada por el Director Regional sobre la aplicación informándole la situación que motiva dicha sanción y sobre los hechos en que aquéllas se respaldan.
3.- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante la Dirección Regional, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en 4 Norte N° 1673, comuna de Talca, Región del Maule.
4.- Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se procederá con la aplicación de la multa notificada a través de resolución fundada del Director Regional la cual será notificada mediante carta de CONAF. En dicha carta formalizará la resolución de la multa, se adjuntará la factura emitida por este concepto y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF.
5.- Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, El director regional dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
6.- La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
7.- En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
8.- En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la facturación del monto resuelto. Por otro lado, si la garantía de fiel cumplimiento del contrato es cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
9.- Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada
10.- Además, de acuerdo a las Bases de Licitación, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
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38.- Cobro y Procedimiento de Ejecución de Garantías |
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La garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen al Adjudicatario, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa y por la sola voluntad de CONAF, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada que indique los argumentos por los cuales se ejecuta dicha garantía, pudiendo ser estos de carácter técnico o administrativo.
Procedimiento de ejecución de garantías
A continuación se detalla el procedimiento asociado al cobro de la garantía de fiel cumplimiento:
a. Detectada una situación que amerite la aplicación y el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, el Director Regional, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada, enviada al domicilio señalado por el proveedor en el contrato, informándole sobre el incumplimiento y los hechos que la motiva.
b. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el Director Regional, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos o habiéndose presentado estos no son acogidos, o son acogidos parcialmente, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada emitida por la Dirección Regional en un plazo no superior a 30 días hábiles, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada al domicilio indicado en el respectivo contrato.
d. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en el número anterior, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La Dirección Regional tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
e. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
f. Las notificaciones de la Corporación se entenderán practicadas a partir del tercer día de entregada la carta en la oficina de correos respectiva.
g. Notificación Electrónica: Cabe señalar que el o los proveedores adjudicados deberán mantener una casilla de correo electrónico vigente (Indicado en el Anexo N°4). Lo anterior, debido a que la Corporación a través de su Departamento de Finanzas y Administración, determinará si la notificación se realizará a través de Carta Certificada (Física) y/o mediante notificación a través de correo electrónico.
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39.- Cláusula de la Ley De Subcontratación (N°20.123) |
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Para efectos de cumplir con la Ley de Subcontratación (LEY 20.123), el contratista deberá presentar la siguiente documentación previo al inicio del trabajo:
A.Requisitos de Inicios de Trabajos
La empresa contratista y/o subcontratista antes de comenzar sus trabajos deberán presentar una carpeta de arranque en físico (Archivador), ante la Unidad de Prevención de Riesgos de la Región del Maule, para que esta sea revisada y aprobada. Esta carpeta debe incluir los siguientes documentos:
Requisitos de Empresa
1. Datos de Faena: Hoja que incluya la siguiente información.
-Numero de orden de compra
- Nombre del servicio
- Razón social
- Identificación del representante legal
- Identificación del encargado de la faena
- Identificación del Prevencionista de riesgos´
- Cantidad de Trabajadores
- Nombre de Organismo administrador de ley 16744
- Teléfono de contacto
- Mail de contacto
2. Listado actualizado de trabajadores: Hoja que incluya la siguiente información.
-Nombre completo
- Rut
- Fecha de ingreso
- Fecha de nacimiento
- Cargo
3. Certificado de antecedentes laborales previsionales (F-30), otorgado por la Inspección del Trabajo.
4. Certificado de afiliación a organismo administrador de la ley 16744
5. Certificado de Tasa Accidentabilidad
6. Copia de acta de constitución de comité paritario de faena, cuando corresponda.
7. Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
8. Cartas de presentación del RIOHS / RIHS ante la autoridad.
9. Resolución de ISP de los EPP que entrega
10. Matriz de riesgos, firmada por el elaborador y aprobador
11. Procedimientos de trabajo seguro para cada actividad (Según Matriz de Riesgos)
12. Procedimientos e instructivos para el control de COVID-19 en faena, cuando corresponda
13. Experto en prevención de Riesgos:
- Contrato
- Resolución Sanitaria
- Carnet de experto
14. Plan de prevención de riesgos de la faena, cuando corresponda, que incluya:
- Detallar actividades a ejecutar en faena
- Cronograma de actividades
15. Certificado de implementación de protocolos MINSAL (PREXOR, Plaguicida, Sílice, TMERT, Psicosocial y Guía Técnica de Exposición a Radiación UV)
16. Programa de Mantención de equipos y vehículos.
17. Vehículos o Maquinaria:
- Certificado de inscripción (Padrón)
- Permiso de Circulación
- Seguro Obligatorio de accidentes personales (SOAP)
- Certificado de Revisión Técnica
- Certificado de Emisión de Gases Contaminantes.
- Chequeo de Revisión Técnica de Taller de mantención.
- Chequeo de cada vehículo, aprobado por personal de CONAF
Requisitos de cada Trabajador
1. Copia de Contrato de Trabajo (actualizado)
2. Copia de Cedula de identidad
3. Copia de Registro entrega de EPP
4. Copia de Registro entrega de RIOHS
5. Copia de Registro de ODI (Obligación de Informar), que indique los riesgos, medidas preventivas y método de trabajo correcto, según cargo.
6. Copia de Licencia de Conducir
7. Hoja de Vida de Conductor (Actualizada)
8. Certificado de Curso Manejo a la Defensiva (Actualizado)
9. Certificado de Curso Conducción de Maquinaria Pesada.
10. Certificado de Curso de Primeros Auxilios
11. Certificado de Curso de Manejo de Extintores
12. Examen ocupacional para conductor profesional.
13. Copia de registro de capacitación en uso de EPP
14. Copia de registro de capacitación en Inducción en Prevención de Riesgos
15. Copia de registro de capacitación en Peligros de exposición a Radiación UV
16. Copia de registro de capacitación en Peligros de exposición a CORONAVIRUS/ COVID-19
Una vez que la Unidad de Prevención de Riesgos haya evaluado y revisado sin hallazgos de incumplimiento de la respectiva empresa contratista, se enviara un correo a los jefes de Departamentos correspondientes.
B.Requisitos Mensuales
Toda empresa contratista y subcontratista deberá enviar mensualmente la siguiente documentación a la Unidad de prevención (Digital), de tal manera de controlar y evaluar la gestión en prevención de la empresa contratista y subcontratista:
Requisitos de Empresa
1. Certificado de Tasa Accidentabilidad
2. Certificado de antecedentes laborales previsionales (F-30), otorgado por la Inspección del Trabajo.
3. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F-30-1), otorgado por la Inspección del Trabajo.
4. Listado actualizado de trabajadores:
Nombre completo
- Rut
- Fecha de ingreso
- Fecha de nacimiento
- Cargo
Requisitos de cada Trabajador
1. Copia de Finiquitos
2. Copia de Liquidación de sueldo
3. Copia de Registro de asistencia diaria en faena
4. Certificado de pago de cotizaciones previsionales.
A los contratistas adjudicados se les entregará un ejemplar del "Reglamento Especial para Empresas contratistas y Sub-Contratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo" el cual deberá ser cumplido a cabalidad por el o los contratistas al prestar servicios al interior de CONAF y mientras dure el contrato respectivo.
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40.- Evaluación De Los Proveedores |
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Mensualmente se evaluarán la prestación de servicios de transporte, si esta evaluación da como resultado la categoría de “regular” por 2 meses o un mes en la categoría “malo”, se solicitará cambio de máquina y/o chofer, de no cumplir será causal de término del contrato inmediato, donde tampoco se considerará la segunda temporada o en su defecto no se considerará la postulación de sus servicios en futuras Licitaciones.
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Pacto de integridad |
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a) El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente, precisión y vigencia de las mismas.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia sean aplicables a la misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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42.- Cláusula Prevención de Delitos de Colusión, Corrupción, Asociación Ilícita y otros |
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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 20.393 y demás normas atingentes, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas y naturales en los delitos de colusión, uso de información privilegiada, cohecho-soborno, corrupción, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, asociación ilícita, apropiación indebida, negociación incompatible, administración desleal, contaminación de aguas, veda de productos, pesca ilegal de recursos del fondo marino y procesamiento, almacenamiento de productos escasos, como también en relación a aquellos delitos que se incorporen en lo sucesivo en la citada Ley; las partes declaran rechazar cualquier actividad vinculada a dichos ilícitos.
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43.- Principio de Igualdad y no Discriminación Arbitraria |
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La Corporación Nacional Forestal y el proveedor adjudicado/ el proveedor, o la organización, según corresponda, con el fin de promover una adecuada implementación y desarrollo de las actividades descritas en el Convenio/Contrato establecen las siguientes obligaciones recíprocas:
a. Respetar y promover el principio de igualdad y no discriminación arbitraria.
b. Respetar y promover, entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/funcionarios de ambas organizaciones, comportamientos acorde con las disposiciones legales vigentes en Chile, evitando todo tipo de hechos de carácter irregular, malos tratos, hostigamiento o acoso entre ellos.
c. Generar relaciones de respeto al interior de las dependencias de ambas organizaciones, procurando un ambiente grato y sana convivencia entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual deberá promoverse la utilización de un lenguaje correcto, esto es, no discriminatorio y respetuoso. En este sentido, no está permitida la utilización de términos que resulten despectivos, denigrantes, hostiles, ofensivos o humillantes en relación con la raza, color, sexo, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad u origen social, aun tratándose de bromas o chistes.
d. En general, adoptar todas las medidas que se estimen pertinentes destinadas a promover el respeto y trato digno entre las/os trabajadoras/es y/o funcionarias/os, para lo cual se establece que frente a conductas irregulares por parte de alguna/o, la institución respectiva, deberá informar de manera inmediata a la contraparte, con el fin de establecer las medidas pertinentes.
Para estos efectos, se entenderá por “Discriminación arbitraria”, de acuerdo a la Ley N°20.609, que Establece Medidas contra la Discriminación “toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular cuando se funden en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.
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44.- Facturación |
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Las facturas solo deberán ser emitidas cuando CONAF haya dado la recepción conforme al servicio y el cumplimiento de la Ley de Subcontratación en especial se acredite el pago de las remuneraciones y cotizaciones de los trabajadores. Esta notificación la realizará CONAF a través del mercado público o enviando un correo electrónico a la dirección que haya indicado el proveedor.
Emisión de la factura: Esta debe ser extendida de la siguiente manera:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
Domicilio 4 Norte 1673
Comuna: Talca
Región: del Maule
Esta debe indicar el mes del servicio prestado, en la sección “Referencias”, el número completo de la Orden de Compra emitida por la Corporación, ADEMAS ENVIARLO AL MAIL windte_dte@custodium.com de la empresa ACEPTA.COM, es quien recibe
La recepción conforme será realizada por el jefe Depto. de Protección Contra Incendios Forestales o quien lo remplace o subrogue, contando con la visación del jefe sección que corresponda la destinación del vehículo.
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45.- Factoring |
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El proveedor deberá comunicar formalmente a través de una carta ingresada por Oficina de Partes o correo electrónico dirigido a departamento DEFA de la Corporación Nacional Forestal la contratación de Factoring, por cada factura que sea factorizada. En la carta de comunicación o correo electrónico deberá identificar el N° de Factura, monto y estado de pago correspondiente.
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46.- Forma de pago |
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El pago lo realizará la Tesorería General de la República, www.tgr.cl, dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de los siguientes requisitos:
- Recepción conforme de los servicios adquiridos, la cual será efectuada por el jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien lo subrogue.
- Aceptación de la Orden de Compra mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
- Recepción Conforme de la Orden de Compra Mediante la Plataforma de Mercado Público.
- Cumplimiento de la Ley de Subcontratación.
- Factura devengada en sistema SIGFE II.
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47.- Observaciones generales |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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