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3.2. Oferta administrativa
A. FORMULARIO ADMINISTRATIVO Nº1. Este requisito no será exigible respecto de los oferentes que estén inscritos en Chile proveedores.
B. FORMULARIO ADMINISTRATIVO N°2, para personas naturales.
C. FORMULARIO ADMINISTRATIVO 2.1, requerido para oferentes que sean personas jurídicas.
D. FORMULARIO ADMINISTRATIVO Nº3, que deberán presentarlo todas las personas jurídicas que presenten una oferta. En el caso de sociedades anónimas abiertas, deberá además acompañar el formulario administrativo Nº3.1.
E. FORMULARIO ADMINISTRATIVO Nº4, Inhabilidades para contratar.
F. FORMULARIO ADMINISTRATIVO Nº5, Formulario conflicto de interés.
G. FORMULARIO ADMINISTRATIVO N°6: DECLARACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN. Este formulario será obligatorio para aquellos proveedores que tengan previsto subcontratar parte de los servicios que ofrecen. Si el oferente no presenta dicho formulario, se entenderá que no subcontratará los servicios, sin que sea necesario solicitar el documento omitido a través del foro inverso.
Las ofertas de las uniones temporales de proveedores serán declaradas inadmisibles en los siguientes casos:
-Cuando el subcontratista propuesto participe simultáneamente como oferente en el mismo proceso de licitación.
-Cuando se incluyan subcontratistas que presenten una o más causales de inhabilidad para su inscripción en el registro correspondiente.
Junto con el Formulario Administrativo N° 6, deberá adjuntarse el Formulario Administrativo N° 4 para cada subcontratista propuesto. Este último deberá estar debidamente suscrito por el o los subcontratistas considerados en la oferta. Si pesa sobre el subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores, o se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por Corporación a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras, se procederá conforme a lo siguiente:
a) Si la experiencia o condiciones del subcontratista es objeto de evaluación en los criterios de evaluación, la oferta será declarada inadmisible.
b) Si el subcontratista no es evaluado en los criterios de evaluación, se consultará en el foro inverso por la sustitución del subcontratista por otro que fuere hábil. El oferente deberá adjuntar nuevamente el Formulario Administrativo N° 6 y N° 4, respecto del subcontratista propuesto, en el plazo de 48 horas. En caso de que no dé respuesta o no adjunte los formularios requeridos su oferta será declara inadmisible.
UNION TEMPORAL
Las Uniones Temporales de Proveedores, deberán considerar presentar la siguiente documentación:
• Para adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM (de acuerdo con el valor de la UTM al momento de la publicación), la UTP deberá presentar una escritura pública que acredite su constitución.
• Para adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo de constitución de la UTP podrá formalizarse mediante instrumento público o privado.
Contenido obligatorio del documento presentado:
El documento debe incluir, al menos, los siguientes aspectos:
• La responsabilidad solidaria de los integrantes respecto de todas las obligaciones derivadas con la Corporación.
• El nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes para actuar en representación de la UTP.
• La declaración de que la UTP se constituye exclusivamente para este proceso de licitación, mencionando su ID de publicación u otra referencia que permita individualizarlo inequívocamente.
• Deberá tener una vigencia mínima que cubra la totalidad del contrato adjudicado, incluyendo cualquier renovación o prórroga, considerando el plazo del proceso de licitación, la duración del contrato y sus eventuales extensiones.
Falta del documento en la oferta inicial:
Si la UTP no incluye el documento en su oferta inicial, se solicitará mediante el foro inverso.
Si el documento presentado tiene fecha posterior al cierre electrónico de la presentación de ofertas, la oferta será declarada inadmisible. Si el documento tiene fecha anterior al cierre, no será motivo de inadmisibilidad, pero se aplicará una penalización en el criterio de cumplimiento de requisitos formales.
Corrección de errores en el documento:
Si el documento presentado contiene errores, la comisión de evaluación solicitará su corrección a través del foro inverso.
El oferente dispondrá de un plazo de 3 días hábiles para subsanar las deficiencias.
Esta corrección no generará penalizaciones en el criterio de evaluación relativo al cumplimiento de requisitos formales. No obstante, si el documento corregido no cumple con los requisitos establecidos, la oferta será declarada inadmisible.
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