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FORMULARIO N°4 “EXPERIENCIA DEL OFERENTE”, a través del cual el oferente declara su experiencia, desde el año 2020 en adelante, en el desarrollo de servicios de similares características al que se licita, en contratos cuyo monto sea igual o superior a $5.000.000.-
Las experiencias declaradas en el presente Formulario se deberán acreditar con los siguientes documentos:
a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente, o
b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente.
c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con instituciones públicas:
- Decretos de Adjudicación, o
- Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva del contrato, u
- Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublíco.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado "aceptada" o con "recepción conforme", en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario Nº4 y no será necesario que se adjunte el documento dentro de los Anexos Técnicos, ya que en este caso la Municipalidad descargará dicho documento desde la plataforma www.mercadopublíco.cl. En este mismo acto verificará el estado de la Orden de Compra y podrá revisar cualquier antecedente de la licitación que dio origen a esta, para constatar el objeto del servicio y la vigencia de la contratación.
En cualquiera de estos casos dichos documentos deberán dar cuenta de lo siguiente:
• Identificación de Institución mandante.
• Nombre y/u objeto de la contratación.
• Año
• Documento con el que acredita
• Firma y datos de contacto del responsable que lo suscribe.
Para que el oferente obtenga el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos, no obstante, tendrá la facultad de declarar y acreditar un máximo de 10 experiencias, en caso de declarar más, la Municipalidad sólo se limitará a revisar las 10 primeras experiencias declaradas.
Se deja de manifiesto que la Municipalidad podrá verificar la veracidad de la documentación presentada, corroborando con las instituciones mandantes la correcta prestación de los servicios declarados. En este sentido, cuando detecte que alguna contratación hubiese terminado anticipadamente o no se hubiera ejecutado en los términos convenidos, no la contabilizará al momento de evaluar la experiencia del oferente, dejando constancia de ello en el respectivo Informe de Evaluación.
La Municipalidad tendrá la facultad para determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:
- En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL.
- En caso de tratarse de una "Unión Temporal de Proveedores", la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente.
- Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser ingresada al Portal www.mercadopublico.cl, como Anexos Técnicos.
- No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese liquidado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente.
- El municipio se reserva el derecho de comprobar la veracidad de lo declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si hubiera.
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