Licitación ID: 1057501-252-LP23
SERVICIOS DE CRIOCONGELACIÓN BANCO DE ESPERMIOS PARA PACIENTES PORTADORES DE CÁNCER TESTICULAR
Responsable de esta licitación: COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 408
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bancos de sangre, esperma o trasplante de órganos 1 Unidad
Cod: 85121809
77-002-001-554-00 Extracción de tres muestras seminales.  

2
Bancos de sangre, esperma o trasplante de órganos 1 Unidad
Cod: 85121809
77-004-001-179-00 Espermiograma (Cuantitativo y Cualitativo)  

3
Bancos de sangre, esperma o trasplante de órganos 1 Unidad
Cod: 85121809
77-004-002-161-00 Test de VIH Rápido  

4
Bancos de sangre, esperma o trasplante de órganos 1 Unidad
Cod: 85121809
77-004-002-259-00 Test de Hepatitis B y C.  

5
Bancos de sangre, esperma o trasplante de órganos 1 Unidad
Cod: 85121809
Venosa en Adultos  

6
Bancos de sangre, esperma o trasplante de órganos 1 Unidad
Cod: 85121809
77-002-001-129-00 Criopreservación (3 muestras) y Mantención de muestras congeladas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE CRIOCONGELACIÓN BANCO DE ESPERMIOS PARA PACIENTES PORTADORES DE CÁNCER TESTICULAR
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objeto de la presente licitación es llamar a propuesta pública para la “Contratación de SERVICIOS DE CRIOCONGELACIÓN BANCO DE ESPERMIOS PARA PACIENTES PORTADORES DE CÁNCER TESTICULAR”, para beneficiarios del Sistema Público de salud atendidos en el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río. En atención a lo dispuesto en el Artículo 14° del Reglamento de la Ley Nº19.886 y dado que los servicios no se encuentran en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, las presentes Bases Administrativas establecen las disposiciones que regirán la licitación y posterior Contrato.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
COMPLEJO ASISTENCIAL DR. SOTERO DEL RIO
R.U.T.:
61.608.502-6
Dirección:
CONCHA Y TORO 3459
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-07-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 12-06-2023 16:47:53
Fecha inicio de preguntas: 12-06-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 19-06-2023 11:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-06-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-07-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-07-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 25-09-2023 14:23:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos 2,3,4,5
2.- Resolución de Publicación
3.- Bases de Licitación
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nº 6: Experiencia del Oferente
 
Documentos Económicos
1.- • Anexo Nº 1: Carta Propuesta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica La evaluación técnica de la oferta, considera los siguientes sub-criterios y ponderaciones: B.1.- Experiencia del Proveedor (25%): Factor que evaluará en años la experiencia del proveedor en este tipo de servicio. B.2.- Tiempo de Respuesta (10%): Factor que evaluará el tiempo de respuesta del proveedor en relación al cumplimiento del plazo de atención estipulado en las bases. Menor Tiempo de Respuesta x 10 Tiempo de Respuesta en Análisis 35%
2 Precio Puntaje precio ((Precio Mínimo Ofertado)/(Precio Oferta)) * 60% 55%
3 Completitud de la Oferta 5%: La empresa debe validar la existencia de Protocolo para el adecuado manejo y tratamiento de Denuncias de acoso sexual y laboral. Asignando total o nulo puntaje según se presente documento. 5%: Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes administrativos requeridos en las bases de licitación, asignando 0 Puntos a las ofertas que no hayan cumplido con todos los documentos requeridos y 5 Puntos a los oferentes que hayan cumplido con la totalidad de documentación. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 48 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ramon Varas
e-mail de responsable de pago: ravaras@ssmso.cl
Nombre de responsable de contrato: Sandra Perez
e-mail de responsable de contrato: sandra.perez@sotero.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26122897-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
Fecha de vencimiento: 15-11-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El proponente debe presentar una garantía, tomada a la orden del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río. La garantía debe indicar “a la vista e irrevocable, con el objeto de garantizar la seriedad de la oferta”. Es obligatoria la presentación de las garantías en compañía de certificado de autenticidad emitido por la misma entidad que genera la caución para recepción conforme.
Glosa: Garantía por Seriedad de Oferta licitación ID: 1057501-252-LP23 “Contratación de SERVICIOS DE CRIOCONGELACIÓN BANCO DE ESPERMIOS PARA PACIENTES PORTADORES DE CÁNCER TESTICULAR”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta se realizará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, la adjudicación de la oferta o la deserción, según corresponda, salvo a los oferentes seleccionados en el 2° y 3° lugar, a quienes se les devolverá el documento una vez firmado el Contrato con el proponente adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 43 del reglamento de compras públicas, mediante solicitud del oferente al correo electrónico: documentosdegarantia@ssmso.cl
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, Rut: 61.608.502-6
Fecha de vencimiento: 29-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato, el (los) oferente (es) deberá (n) entregar un documento en garantía, expresada en pesos chilenos. La garantía será equivalente al 5% del monto total del contrato. Debe ser pagadera a la VISTA y tener carácter de IRREVOCABLE. La entrega de la garantía será en el momento de firma del contrato definitivo, la que se mantendrá en custodia en la Unidad de Finanzas del Complejo Asistencial. El Complejo Asistencial podrá hacer efectiva la garantía en caso de incumplimiento del oferente de las obligaciones que le impone el contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimientos ni acción judicial o arbitral alguna. Es obligatoria la presentación de las garantías en compañía de certificado de autenticidad emitido por la misma entidad que genera la caución para recepción conforme.
Glosa: Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato por “SERVICIOS DE CRIOCONGELACIÓN BANCO DE ESPERMIOS PARA PACIENTES PORTADORES DE CÁNCER TESTICULAR”, y obligaciones laborales y previsionales. ID: 1057501-252-LP23
Forma y oportunidad de restitución: Una vez terminado el contrato y encontrándose todo con V°B° de la Unidad Técnica, se hará entrega de la garantía a través de la Unidad de Finanzas del Complejo Asistencial, a solicitud escrita del contratante. Para ello el adjudicatario debe enviar solicitud a correo electrónico documentosdegarantia@ssmso.cl.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Art. 26.- Aceptación de Las Bases
Cada participante de la licitación debe aceptar las condiciones establecidas por las bases que rigen esta licitación, y cumplir los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley n°19.886, y según lo solicitado en todos los anexos administrativos y técnicos de las presentes Bases Administrativas.
Art. 46.- Entrega de la factura:
Con el objeto de dar cumplimiento a la Ley 20.727, las facturas originales deben ser ingresadas al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com. El mecanismo antes señalado, y de realizarla en la forma descrita en el artículo anterior, será el único medio de recepción de este documento. El no cumplimiento de esta disposición por parte del adjudicado afectará directamente en las gestiones posteriores destinadas al pago de las prestaciones realizadas.
Art. 48.- De las Sanciones
El proveedor estará sujeto a un régimen de multas por la comisión de faltas especificadas en las bases. Multas: La sanción procederá ante la existencia de faltas que inciden en la oportunidad y calidad de atención del usuario, las que estarán afectas a multas y al término del contrato, en su caso. En función de la gravedad de las faltas cometidas por el adjudicatario, se le aplicarán las siguientes multas: A) Falta Menor: Aplica: Importa una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia en casos mencionados precedentemente. Causales: 1. Falta de registro de algunas de las obligaciones del Adjudicatario contenida es las bases de la presente licitación. 2. Reclamos de los beneficiarios atendidos por el adjudicatario referidos a la calidad del servicio u atenciones otorgadas, tales como trato digno y respetuoso a los beneficiarios respetando la confidencialidad, derecho a la información, atención profesional adecuada. Para esto deberá comprobarse los hechos que hayan sido constitutivos del reclamo de beneficiarios, siendo el Jefe de Servicio quien informe por escrito a la Dirección del Complejo, de la falta cometida por el adjudicatario. 3. Ante la ocurrencia de una tercera amonestación en un mes. B) Falta Grave: Aplica: Importa una multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) la cual se aplicará por el incumplimiento en los casos mencionados: Causales: 1. Incurrir en reiteración de tres faltas menores en un plazo no superior a tres meses, contados desde la comisión de la primera. En tal caso, la comisión de la tercera falta menor, habilitará la aplicación de la multa establecida para las faltas graves. 2. Vulnerar alguno de los puntos sobre la confidencialidad y comunicación, indicados en Bases Técnicas, sobre “REGISTROS CLINICOS, SECRETO PROFESIONAL Y ENTREGA DE INFORMACIÓN CLÍNICA”. 3. Incumplimiento de la cantidad mensual de pacientes atendidos, por responsabilidad demostrada del adjudicatario. 4. Incumplimiento de atención al paciente por complicaciones que se produzcan durante y después del servicio contratado. 5. Cobro indebido de prestaciones. Se aplicará al evento, sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados indebidamente. 6. Cobros realizados al beneficiario con objeto de la prestación. Se aplicará multa al evento, sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados al beneficiario, acreditando dicha devolución. C) Falta Gravísima: Implica el incumplimiento del contrato celebrado y llevan asociada la terminación anticipada del mismo sin forma de juicio y hacer efectivas las garantías indicadas en las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones a que hubiese lugar: 1. Daño irreparable para el paciente, con ocasión del procedimiento. 2. Si el proveedor incurre en error en la calidad de la prestación que ponga en riesgo la criocongelación. 3. Si el adjudicatario no inicia sus labores en la fecha acordada; 4. Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al cobro de los servicios convenidos; 5. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que pueda mejorar las cauciones, según indica el Reglamento 250 en su artículo 77, N°3. 6. Si el proveedor es una Persona Jurídica y se encuentre inhabilitado por las prohibiciones de la Ley N°20.393. 7. Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. 8. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación. 9. Incurrir en 3 faltas graves en un plazo no superior a seis meses, contado desde la comisión de la primera falta. En tal caso la comisión de la tercera falta grave se considerará incumplimiento contractual. D.- Procedimiento para la aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte del Supervisor del Convenio o funcionario responsable designado para esta función, éste le informará al prestador, por Oficio indicando, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del momento de recibida la notificación, el prestador tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Complejo, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Esta notificación será a través de correo electrónico, adjuntando el Oficio firmado por el Director del Complejo Asistencial. Vencido el plazo sin presentar descargos por parte del adjudicatario, la Entidad dictará la respectiva Resolución aplicando la multa. Si el prestador hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad analizará acogerlos o rechazarlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante el acto administrativo correspondiente, enviado a través de comunicación a través de correo electrónico al coordinador del proveedor. Para efectos de cobro de multa, la Entidad emitirá una Resolución Fundada que determine la falta o infracción, indicando días, hechos, UTM y otros antecedentes que respalden dicha sanción, la que debe ser notificada través de portal mercado público según el Art. 79 Ter del Reglamento de Compras Públicas N°250, de 2004. El valor de la UTM a considerar, será aquella informada en el mes en que se emita la Resolución correspondiente. Procederán los recursos de la Ley N°19.880 en contra del citado acto administrativo. E.- Cobro de la Multa: Tramitada la resolución que establece la multa, el prestador se encontrará obligado al pago de ella dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción de la Resolución de Multa, la que le será enviada a través de la notificación en el portal mercado público. El monto de las multas será ingresado directamente en Caja, presentando la Resolución de Multa. Una vez pagada dicha multa, el oferente debe presentar el comprobante de Caja en la Unidad de Finanzas y la Unidad de Gestión de Convenios. De no realizarse este pago en Tesorería del Complejo Asistencial, se descontará el monto correspondiente a la multa en el pago más próximo. Para efectos de multas no podrá efectuar pago a través de la presentación de Notas de Crédito. El no pago de la multa, obliga al Complejo Asistencial la ejecución de la Garantía por Fiel Cumplimiento. Las multas que se apliquen por motivo del cumplimiento del contrato no podrán exceder del 30% del valor total de éste.
Art. 50.- Del término anticipado del contrato:
El Convenio podrá terminarse anticipadamente por el Complejo Asistencial sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución, la ejecución parcial o la ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor se obligó, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a la entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. c) Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. d) Si los representantes o el personal dependiente de los proveedores adjudicados sean condenados por actos de fraude, corrupción, soborno y o extorsión, en contra de los intereses de la Institución. e) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que pueda mejorar las cauciones, según indica el Reglamento de la Ley de Compras Públicas, en su artículo 77, N°3. f) Cuando alcanza el tope del 30% del total del contrato, por multas cursadas. g) Si el proveedor es una Persona Jurídica y se encuentre inhabilitado por las prohibiciones de la Ley 20.393. h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. i) Y las demás que contemple el Art. 77 del Reglamento de Compras Públicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.