e) En caso de empate entre dos o más Oferentes en el puntaje de la razón R indicada en la letra d) anterior, sea que este hecho se verifique con Oferentes que se encuentran en el primer lugar de la lista priorizada, o en cualquiera de los restantes lugares, el ente licitante aplicará los criterios de desempate siguiendo el orden de menor a mayor valor de las ofertas económicas entre los Oferentes que ocupan el mismo lugar de la lista.
En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido un mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de selección y calificación técnica del punto 3.7 de estas Bases, en el ítem de evaluación “Descripción detallada de la Oferta Técnica”. Si el empate aún persistiera, se decidirá de acuerdo al segundo ítem de los criterios de selección y evaluación técnica, y así sucesivamente con los siguientes ítems, hasta que se produzca el desempate. Concluido el procedimiento anterior, la Comisión Evaluadora levantará un Informe o Acta de Evaluación Económica, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, y procederá a proponer la adjudicación a la Autoridad del Oferente que haya cumplido los requisitos exigidos de conformidad a los criterios de evaluación y reúna las condiciones más ventajosas conforme los intereses de la entidad licitante o lo que en derecho corresponda.
f) Cumplidos los requisitos, al Oferente seleccionado se le adjudicará la licitación, mediante el acto administrativo correspondiente. Posteriormente, se realizará la suscripción del contrato en los términos que señala el punto 3.8, oportunidad en que se le devolverá su garantía de seriedad de la oferta, previa entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. De acuerdo al artículo 9° del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, la notificación de la adjudicación y del contrato se entenderán realizadas totalmente tramitados los actos administrativos, esto es, en el caso del contrato, que debe estar publicado, por tanto, el contrato es válido y surte todos sus efectos luego de 24 horas transcurridas, desde la publicación.