Licitación ID: 1059082-11-LP26
SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA JUNJI ÑUBLE
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 32
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA JUNJI ÑUBLE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA JUNJI ÑUBLE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA EN OFICINAS Y BODEGA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ÑUBLE DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Junji - Región Ñuble
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
INDEPENDENCIA 381
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-05-2026 15:56:06
Fecha inicio de preguntas: 04-05-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 09-05-2026 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-05-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-05-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-06-2026 10:12:49
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 07-05-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- REX N°015/ 150 DE FECHA 04.05.2026 QUE APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, ESPECIFICACIONES TECNICAS Y SUS RESPECTIVOS ANEXOS ID 1059082-11-LP26
2.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS WORD
3.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS PDF
4.- MANUAL DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TÉCNICOS WORD
 
2.- ANEXOS TÉCNICOS PDF
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONÓMICO WORD
2.- ANEXO ECONÓMICO PDF
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMA DE INTEGRIDAD NUMERAL N°14 LETRA D) DE LAS BBAA. 5%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL NUMERAL N°14 LETRA E) DE LAS BBAA. 5%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES NUMERAL N°14 LETRA F) DE LAS BBAA. 5%
4 PRECIO NUMERAL N°14 LETRA A) DE LAS BBAA. 50%
5 EXPERIENCIA EN EL RUBRO NUMERAL N°14 LETRA B) DE LAS BBAA. 25%
6 CONDICIONES LABORALES NUMERAL N°14 LETRA C) DE LAS BBAA. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MACARENA PICHUN
e-mail de responsable de pago: mpichun@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: ANDREA TRONCOSO
e-mail de responsable de contrato: andrea.troncoso@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-98-22430898-00
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Junta Nacional de Jardines Infantiles
Fecha de vencimiento: 05-09-2028
Monto: 5 %
Descripción: En este, contexto, y con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de obligaciones laborales y sociales, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, Rut N° 70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos con una vigencia superior a 60 días hábiles administrativos, posteriores a la fecha máxima de término del contrato. Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato, pago de obligaciones laborales y sociales, y eventuales multas, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, en conformidad al artículo 121 del Reglamento. En caso de tratarse de una póliza de seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la superintendencia de valores y seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas bases administrativas de licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. en este caso, previo a su entrega, el prestador del servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la póliza respectiva. (El envío) la emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la oficina de partes de la Dirección Regional del Ñuble, calle Independencia N° 381, Chillán o electrónicamente enviando por correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl. En el caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles desde la notificación de la resolución de adjudicación, en el siguiente horario: Lunes a jueves: De 08:30 hasta las 17:30 hrs. Viernes : De 08:30 hasta las 16:30 hrs. En caso de tratarse de documentos electrónicos, deberán enviarse al correo electrónico oficina_partesXVI@junjired.cl, con copia a lvalenzuela@junji.cl y nicole.sepulveda.n@junji.cl. Los que deberán ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, se faculta a la JUNJI para obtener de oficio, según sea el caso, la validez del documento en garantía y que se encuentran ajustados por la Ley N° 19.799. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES Y MULTAS, POR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA EN OFICINAS Y BODEGA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ÑUBLE DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, ID 1059082-11-LP26”. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el (ANEXO N°4-D). La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán 3 (tres) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, hasta 60 (sesenta) días hábiles, posteriores a la culminación del respectivo contrato. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. Luego de emitirse la resolución exenta que aprueba la liquidación del contrato, se le devolverá la boleta de garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente al contratista.
Glosa: “EN GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, EL PAGO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES Y MULTAS, POR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA EN OFICINAS Y BODEGA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ÑUBLE DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, ID 1059082-11-LP26”.
Forma y oportunidad de restitución: Su restitución será realizada 90 (noventa) días hábiles posteriores al término del contrato, luego de acaecida la condición señalada en el párrafo anterior, su devolución la efectuará la oficina de partes JUNJI Ñuble ubicada en calle Independencia N° 381, Chillán, región de Ñuble, previo visto bueno de la Subdirección de Recursos Financieros de la Dirección Regional de Ñuble de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en las presentes bases sobre término anticipado de contrato; y iii) cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, la JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última. La Resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En caso de renovación/modificación/aumento de plazo del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, por otra de iguales características, que cumpla con el nuevo plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate. 1) PRECIO
2) EXPERIENCIA EN EL RUBRO
3) CONDICIONES LABORALES
4) PROGRAMA DE INTEGRIDAD
5) COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL
6) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 5 días
hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a
través de la siguiente casilla electrónica consultas_proveedores_nuble@junji.cl.
Se hace presente que el mecanismo dispuesto se refiere a consultas y no reclamos relativos al proceso de licitación,
los cuales deben ser presentados a través del Sistema de Información y no dirigidos a la casilla electrónica
previamente señalada, ya que la Institución no entregará ninguna respuesta formal a través de esa vía.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Durante la vigencia del contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de
obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes
que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
Para dichos efectos, el contratista deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las
obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la Empresa adjudicada para con sus
trabajadores. Este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender
este tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinadas
al pago de dichas obligaciones. Con todo, el oferente adjudicado deberá acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato.
El incumplimiento de esta obligación, como asimismo la falta de presentación de dicho certificado, habilitará a
la Junta Nacional de Jardines Infantiles para poner término al contrato en forma anticipada.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles pueda ejercer para exigir
el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente
indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento tardío o imperfecto de las
obligaciones del contratista.
RETENCIÓN: JUNJI tendrá derecho a retener de los estados de pago aquellas sumas reclamadas al Proveedor,
o a sus Subcontratistas (si los hubiere), informadas por la Inspección del Trabajo o por instituciones
previsionales, como también aquellas que emanen de un requerimiento judicial por demanda en contra del
Proveedor o en contra de sus Subcontratistas. Para obtener la devolución de esta retención, el Proveedor, y por
su intermedio sus Subcontratistas involucrados (si los hubiere), deben acreditar la cancelación o pago de las
obligaciones que dieron origen a la retención, mediante un certificado de la respectiva institución. En el caso de
retenciones aplicadas por requerimiento judicial, ellas se devolverán al Proveedor si así lo ordena o autoriza el
respectivo tribunal.
Toda retención que se aplique por este efecto se devolverá al proveedor, si es que procede, sin reajuste.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Se podrá permitir la presentación, aclaración o subsanación de certificaciones o antecedentes administrativos
omitidos, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo
para presentar ofertas, que su requerimiento no otorgue ventaja indebida respecto de las demás ofertas y que no
se refieran a situaciones mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
La subsanación de tales omisiones se realizará mediante el mecanismo de foro inverso, el cual procederá
exclusivamente respecto de errores u omisiones de carácter formal, sin que sea posible alterar, complementar o
modificar el contenido sustantivo de la oferta técnica o económica, debiendo el oferente corregir la omisión dentro
del plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas desde el requerimiento informado a través del Sistema de
Información.
En estos casos, la oferta será evaluada con menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886 y con lo establecido en el punto
N°14, letra f), de las presentes Bases Administrativas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente
pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo,
sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
a. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose
por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º,
5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se
compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a
efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, servicios, y subsanar esos efectos
cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren
la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y,
en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como
efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.