Licitación ID: 2133-27-LE26
PPTA 136-26 COMPRA SERV. ASIST. Y RESOLUCIÓN TIC
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DOCTOR HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de Cierre: 20-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 89
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
SERVICIO PARA ASISTENCIA Y RESOLUCIÓN EN CONECTIVIDAD TIC  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PPTA 136-26 COMPRA SERV. ASIST. Y RESOLUCIÓN TIC
Estado:
Publicada
Descripción:
El objetivo principal de esta licitación es la contratación de un servicio profesional especializado en telecomunicaciones, conectividad y redes, mediante la compra de servicios de Ingeniería, destinado a cubrir la falta de recurso humano calificado del hospital, permitiendo asegurar la gestión, administración, monitoreo y operación continua de la infraestructura de conectividad y comunicaciones utilizadas en el interior del establecimiento como en recintos externos, junto con la aplicación de medidas de mantenimiento, con el fin de garantizar la continuidad operativa, reducir los tiempos de caída e incidentes, dar soporte técnico avanzado a usuarios y otras áreas de TI, fortalecer la ciberseguridad, mejorar la disponibilidad, estabilidad y seguridad de las plataformas tecnológicas que sustentan los procesos asistenciales y administrativos del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena. Dicho lo anterior, este Servicio se realizará en dependencias del hospital, según se detalla en las presentes bases administrativas y bases técnicas, y según las cantidades definidas en el Anexo N°1.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
HOSPITAL DR HERNAN HENRIQUEZ A COMPRA DE SERVICIO
R.U.T.:
61.602.232-6
Dirección:
Manuel Montt 115
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 13-04-2026 12:58:27
Fecha inicio de preguntas: 13-04-2026 13:01:00
Fecha final de preguntas: 16-04-2026 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-04-2026 14:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-04-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-04-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 19-07-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo N°1-A Identificación Oferente, para efectos de lo señalado en el artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Requisito formal. - Anexo Nº 2, Condiciones Laborales que el oferente entregará a sus empleados. Requisito de Admisibilidad de la Oferta - Anexo Nº 3, Declaración Jurada Simple. Requisito formal. - Anexo Nº 3A, Declaración jurada programa de integridad. Requisito formal. - Anexo N°3B, Declaración jurada de independencia de la oferta. Requisito formal. - Anexo Nº 4, Carta Compromiso de todos los prestadores de servicios a participar, donde expresen su voluntad de participar en la realización de las Prestaciones correspondientes, y declarando que las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur; y además declaran su compromiso de inscripción en la bolsa curricular del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, realización de prueba de inducción de la bolsa curricular: rendida y aprobada, según corresponda. Requisito formal. - Anexo Nº 4A, Informe Evaluación Desempeño. - Copia de la escritura pública de constitución y/o eventuales modificaciones, con certificación o validación vigente dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación y/o Estatuto actualizado emitido dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de cierre electrónico de la licitación. En caso de que el instrumento constitutivo no haya sufrido modificaciones, deberá acompañarse el certificado de vigencia o documento equivalente que acredite la existencia legal de la persona jurídica, de acuerdo con su naturaleza. de la persona jurídica. Sin perjuicio de lo referido en el artículo N°15, inciso 5 de la Ley N° 19.886. Requisito formal. - Los oferentes deberán presentar cualquier documento que acredite patrimonio, ya sea escritura de constitución y/o estatuto actualizado (a través de su capital social), documento bancario, certificado del Servicio de Impuestos Internos (SII) u otro documento para persona jurídica; o bien, en caso de tratarse de persona natural, algún documento como, por ejemplo; del Servicio de Impuestos Internos (F22) y/o cualquier antecedente que acredite patrimonio. Ello, según lo requerido en los factores de evaluación definidos en ítem II de las bases administrativas. Requisito formal. - Programa de integridad y ética empresarial vigentes y antecedentes que acrediten su difusión a los trabajadores (ejemplos no taxativos: constancias firmadas, circulares, actas de reuniones, registro de capacitaciones u otros documentos fehacientes).
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N° 4B, Nómina de Clientes. Debe ser presentado y firmado. La omisión de este anexo dejará Inadmisible la Oferta. Requisito de Admisibilidad de la Oferta. - Anexo N° 5, Listado de Prestadores de Servicios, con nombre y rut de todos los participantes que realizarán las prestaciones. Debe ser presentado y firmado. La omisión de este anexo dejará Inadmisible la Oferta. Requisito de Admisibilidad de la Oferta. - Todos los prestadores deben estar habilitados para entregar los servicios correspondientes, esto se comprobará mediante: La inscripción en la bolsa curricular del Hospital Hernán Henríquez Aravena, rendición y aprobación del test de inducción de la bolsa curricular. Esto aplica para todos los prestadores nuevos (se consideran nuevos todas aquellas personas que desde hace un año o más no han participado como prestadores de servicios en el hospital) quedan exentos los que además fueran funcionarios o hubieran estado transitoriamente vinculados al Hospital en menos de un año. - Certificado de Titulo Profesional Ingeniero en Telecomunicaciones, Conectividad y Redes o carrera afín. (Acorde al punto 2.1 de las Bases Técnicas) - Acreditar experiencia deseable de dos (2) años en funciones asociadas a telecomunicaciones, conectividad y redes en instituciones públicas y/o privadas. Esta experiencia debe ser certificada por el Establecimiento Público y/o Privado, indicando claramente periodo de inicio y término de las funciones, y/o periodo en el cual desarrollo dicho servicio, identificando claramente al trabajador, así como a quien suscribe dicha certificación con nombre, cargo y firma.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo Nº 1, Oferta económica e Identificación del Oferente, debe ser completado y firmado, indicando claramente el costo de administración en caso de existir, el valor unitario, y el valor total ofertado. Requisito de Admisibilidad de la Oferta. La omisión o presentación incompleta de este anexo dejará Inadmisible la Oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 B) MEJORES CONDICIONES LABORALES 20 PUNTOS REVISAR EN DETALLE FACTOR DE EVALUACIÓN SEGUN EL PUNTO 9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%
2 F) PROGRAMA DE INTEGRIDAD 5 PUNTOS REVISAR EN DETALLE FACTOR DE EVALUACIÓN SEGUN EL PUNTO 9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
3 A) EVALUACIÓN ECONÓMICA 45 PUNTOS OFERTA MAS ECONÓMICA*45 OFERTA EVALUADA 45%
4 C) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10 PUNTOS REVISAR EN DETALLE FACTOR DE EVALUACIÓN SEGUN EL PUNTO 9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
5 E) EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES 10 PUNTOS REVISAR EN DETALLE FACTOR DE EVALUACIÓN SEGUN EL PUNTO 9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%
6 G) CUMPLIMIENTO ENTREGA ANTECEDENTES CIERRE ELECTR REVISAR EN DETALLE FACTOR DE EVALUACIÓN SEGUN EL PUNTO 9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%
7 D) ACREDITA SUFICIENCIA ECONÓMICA 5 PUNTOS REVISAR EN DETALLE FACTOR DE EVALUACIÓN SEGUN EL PUNTO 9.8 ÍTEM II DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Monto Total Estimado: 52837248
Justificación del monto estimado 2.1 El presupuesto referencial estimado del contrato para doce 12 meses, asciende a la suma de 52.837.248.- IVA Incluído, tomando como referencia el valor de la UTM del mes de la presente Resolución para su conversión, y así determinar la cantidad de
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: 2.2. Podrá acordarse la renovación del contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato original, motivo de la presente licitación pública, y por una sola vez. Dicha renovación deberá estar debidamente fundamentada y justificada, ya sea por la n
Observaciones 2.6 La adquisición de este Servicio se financiará con cargo al presupuesto del Hospital en la cuenta presupuestaria: 22.08.999 “Otros servicios generales”
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: EUGENIA ACUÑA MORALES
e-mail de responsable de pago: eugenia.acuna@asur.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 13-04-2026
Monto: 1 %
Descripción: NO APLICA
Glosa: NO APLICA
Forma y oportunidad de restitución: NO APLICA
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL DR. HERNAN HENRIQUEZ ARAVENA
Fecha de vencimiento: 16-11-2027
Monto: 5 %
Descripción: 7.1. Al Adjudicatario, se le solicitará un Documento de Garantía por Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato, que podrá ser Vale Vista, póliza de seguro electrónica, Boleta de Garantía o cualquier otra forma o documento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, pagaderos a la vista o Certificado de Fianza pagaderos al primer requerimiento, todas de carácter irrevocable, para asegurar el cumplimiento del mismo, por el 5% del monto total neto ofertado del adjudicatario; la cual podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar; con fecha de vencimiento noventa (90) días corridos después del plazo de término del contrato. 7.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. 7.3. La garantía deberá cubrir el monto equivalente al porcentaje indicado, a menos que sea declarada por el Hospital como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones particulares, tales como, las señaladas en el reglamento. En estos casos de excepción, el Hospital deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía de estas bases y/o en la resolución que apruebe el respectivo contrato, según corresponda. 7.4. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio del oferente a adjudicar y el precio ofertado por el oferente que le siga en su calificación económica, según lo establecido en el inciso final del Art. N°61 del Reglamento. 7.5. Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por el Hospital que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. 7.6. El Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores a la notificación de la resolución de Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público, en Oficina de Partes, 1º piso del Hospital. 7.7. La no entrega del Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, según se establece en el párrafo anterior, se entenderá como un desistimiento de su oferta y se procederá conforme a lo dispuesto en el punto N°10.13 del ítem II, de las bases administrativas. 7.8. El documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato será devuelto al adjudicatario dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la finalización del periodo de vigencia del mencionado documento, conforme a lo establecido en las bases. Esta devolución será informada al proveedor mediante correo electrónico para su correcta gestión. 7.9. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, por el tiempo señalado en el punto 7.1 de esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato, las reposiciones que procedan producto de la ejecución de esta caución, así como las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor 7.10. El Adjudicatario faculta al Hospital y en tal sentido le otorga amplio, total e irrevocable mandato, para que, en el caso de una interrupción parcial o total imputable al Proveedor, establecida por resolución fundada, y previo emplazamiento a esta última, para que dé continuidad a la prestación, contrate los servicios de otra Empresa, cuyo costo se deducirá del monto facturado con el fin de mantener la continuidad del servicio. 7.11. Si el monto total estimado de la Garantía no supera los $ 200.000.-, entonces se desestimará su exigencia.
Glosa: 7.2. Este Documento de Garantía deberá contener la siguiente información: - Beneficiario: Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena - Rut: 61.602.232-6 - Nombre y Número de Propuesta Pública - Número ID Portal: - Fecha de Vencimiento: día/mes/año - Monto en Moneda Nacional (peso chileno). - Glosa: Señalar o indicar que corresponde a Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Forma y oportunidad de restitución: 7.8. El documento de garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato será devuelto al adjudicatario dentro de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la finalización del periodo de vigencia del mencionado documento, conforme a lo establecido en las bases. Esta devolución será informada al proveedor mediante correo electrónico para su correcta gestión.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
10.13. En caso de que el adjudicatario se desistiere de su oferta, no suscriba el contrato, incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado, no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” F30 en los plazos establecidos en las presentes bases, no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales resultó adjudicado o si, mientras se realizan las gestiones precontractuales esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el Hospital podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo, siempre que dichas ofertas sean convenientes a los intereses del Hospital y se encuentren vigentes según lo señalado en el punto N°5.2, ítem III, de las bases administrativas.
Resolución de Empates
9.18. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) Mayor puntaje en evaluación económica, y de persistir el empate;
b) Mayor puntaje en mejores condiciones laborales, y de persistir el empate;
c) Mayor puntaje en experiencia del oferente, y de persistir el empate;
d) Mayor puntaje en acreditación de suficiencia económica, y de persistir el empate;
e) Mayor puntaje en experiencia de los profesionales, y de persistir el empate;
f) Mayor puntaje en programa de integridad, y de persistir el empate;
g) Mayor puntaje en cumplimiento de entrega de antecedentes en cierre electrónico.
9.19. En caso de haber aplicado los criterios señalados en el punto anterior y se mantenga el empate, se adjudicará al oferente que hubiese cumplido con la dotación establecida en las bases.
9.20. Finalmente, y una vez aplicados los criterios de los puntos 9.18 y 9.19 se mantiene el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl., considerando fecha y hora.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
10.9. Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información, para realizar consultas sobre la adjudicación, a través del correo electrónico erwin.contreras@redsalud.gov.cl, Jefe del Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital andrea.espinozamu@redsalud.gob.cl y cesar.vasquezq@redsalud.gob.cl; (Jefes subrogantes del subdepartamento de licitaciones). El Hospital dispondrá del plazo de cinco (5) días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación. 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
9.5. Subsanación de errores u omisiones formales:
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No obstante, la subsanación de errores u omisiones formales no podrán reemplazar documentos exigidos como requisitos de admisibilidad ni rectificar omisiones o errores sustanciales que afecten la oferta.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas corridas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl; prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Lo dispuesto en esta cláusula se aplicará de acuerdo a los factores de evaluación establecidos en el punto 9.8 del presente apartado de las bases administrativas.  
9.6. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
El Hospital tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación (Art. N° 56 del Decreto N° 661/24). Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. No obstante, la solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos no podrán reemplazar documentos exigidos como requisitos de admisibilidad.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas corridas,  contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl; prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Lo dispuesto en esta cláusula se aplicará de acuerdo a los factores de evaluación establecidos en el punto 9.8 del presente apartado de las bases administrativas.  

Pacto de integridad
24. PACTO DE INTEGRIDAD:


24.1. El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. 
24.2. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
a) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
b) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 
d) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 
e) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. 
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
g) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
h) Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. 


Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto 10.13, ítem II, de las presentes bases de licitación. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la letra r) del punto 14.1, ítem III de estas bases de licitación.

5. PRECIO
5.1. Los precios que se incluyan en la(s) Oferta(s) deben expresarse en Pesos, moneda nacional, e impuestos incluidos, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el Anexo N°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°9.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos. 5.2. Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una aclaratoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato. 5.3. El precio indicado por el Hospital, incluye todo lo especificado en bases para la realización del Servicio. 5.4. En el precio se debe incluir el costo de administración, en caso de existir. 5.5. Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar son con IVA incluido. 5.6. El Hospital no se obliga a realizar la totalidad de las prestaciones publicadas y/o contratadas, ya que estas se realizarán según necesidad y/o disponibilidad del Servicio. 5.7. Déjese establecido que, si los prestadores de servicios son funcionarios del Hospital, las prestaciones serán realizadas fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de poseer un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Por ello, se debe adjuntar documentos que den cuenta de los horarios institucionales en cualquiera de los Establecimientos del Servicio de Salud. Lo anterior será válido para todo el equipo participante. 5.8. Se pagarán sólo por los servicios efectivamente realizados por los prestadores de servicios que están participando de la licitación, así también, por los servicios que cumplan con las bases técnicas.
8. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO
8.1. Se deja expresamente establecido que el Hospital no tendrá ninguna relación laboral y por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto de los prestadores que el adjudicatario destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio. La relación existente entre el adjudicatario y los prestadores de servicios, que por su cuenta prestarán los servicios para el Hospital, estará sujeta a las disposiciones de sus respectivos convenios de prestación de servicios a honorarios, no existiendo una relación laboral entre ambos. 8.2. Por tanto, el Adjudicatario se obliga a dar íntegro y cabal cumplimiento al contrato, a las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes en Chile que rigen la actividad que desarrollará en virtud del presente contrato. El Adjudicatario declara expresamente conocer y dar cumplimiento a las disposiciones relativas al Medio Ambiente, Higiene y Seguridad aplicables, que se encuentren vigentes en las leyes y reglamentos de Chile. 8.3. El Adjudicatario tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes, daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes, públicos o privados. El Adjudicatario será exclusiva y absolutamente responsable de los accidentes y de los daños y perjuicios que éste, o uno cualquiera de sus prestadores de servicios, causen a terceros, de acuerdo a lo dispuesto en el Código Civil. 8.4. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores. 8.5. Entregar oportunamente la documentación que le sea solicitada por el Hospital, esto es, en los plazos que el Establecimiento determine para la entrega de éstos. 8.6. El Adjudicatario se responsabiliza, de la restitución de los bienes que hayan sido hurtados o robados en sectores que se les haya entregado, cuando se compruebe la responsabilidad del adjudicatario en virtud del proceso administrativo que el Hospital haya instruido para tales efectos. 8.7. Así también el Adjudicatario responderá por los daños o deterioros materiales que se produjeran por la ejecución de los servicios afectos a la presente licitación, que hubieren sido causados por el prestador de servicios designado por éste, cuando se compruebe la responsabilidad del adjudicatario en virtud del proceso administrativo que el Hospital haya instruido para tales efectos. 8.8. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato.
9. VARIACIÓN O MODIFICACIÓN DE CONTRATO
9.1. El contrato podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes o, de forma unilateral, por el Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades del Hospital o lo exija el interés público. En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato o de la orden de compra. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos: a) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o c) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. 9.2. Las modificaciones de contrato serán aplicables cuando las circunstancias que dieron origen al contrato cambien o se alteren, debiendo adecuarse a las nuevas condiciones sin alterar la esencia de lo pactado conforme lo señalado en el punto anterior. 9.3. Asimismo, el Hospital podrá aumentar o disminuir los puestos de trabajo, manteniendo el valor unitario indicado en la Carta Oferta, siempre que estas modificaciones no alteren los elementos esenciales del contrato ni afecten la igualdad entre los oferentes. Cualquier modificación deberá comunicarse al adjudicatario mediante resolución fundada. 9.4. En ningún caso, las modificaciones podrán exceder, de manera individual o acumulada, el 30% del monto originalmente convenido. Tampoco podrán alterar la naturaleza, objeto o elementos esenciales del contrato 9.5. Cuando la modificación implique un aumento en el plazo o en el valor del contrato, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, aplicando las mismas reglas de presentación de la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondiente a la modificación. 9.6. La nueva garantía podrá complementar la garantía original o ser canjeada por una nueva, que cubra el monto total del contrato modificado, y plazo en los casos que corresponda. 9.7. Toda modificación al contrato formará parte integrante del mismo y será formalizada mediante una resolución fundada, la cual comenzará a regir a partir de la fecha que indique dicha resolución. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 132 del Decreto 661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en lo no modificado, las condiciones contractuales previamente pactadas.
10. PRÓRROGA DE CONTRATO
El contrato podrá prorrogarse de mutuo acuerdo entre las partes, solo por el tiempo en que se proceda a efectuar un nuevo proceso de compra, ya sea que ésta sea efectuada a través de una licitación pública u otro mecanismo de compra que resulte pertinente. Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder el plazo de 6 meses, contados desde el vencimiento original del contrato, ni tampoco podrá exceder el 30% del monto originalmente pactado. El adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, aplicando las mismas reglas de presentación de la garantía original, ajustada al monto y plazo correspondiente a la mencionada prórroga. La prórroga del contrato será parte integrante de este y será formalizada mediante una resolución fundada, que comenzará a regir en la fecha indicada en la misma. Esta resolución será publicada en el Portal Mercado Público, conforme con lo dispuesto en el artículo 132 del Decreto N°661/24 del Ministerio de Hacienda, manteniendo, en todo caso, las condiciones contractuales previamente pactadas durante la prórroga.
11. DE LAS OBLIGACIONES
11.1. Será obligación del Adjudicatario contar con prestadores acreditados y capacitados para el desempeño de los servicios por los cuales se ejecuta el presente convenio, considerando lo estipulado en las bases técnicas, para que el funcionamiento de los servicios prestados sea adecuado. 11.2. Será obligación del Adjudicatario entregar a su prestador una credencial de identificación, la que deberá ser utilizada en un lugar visible. Dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, profesión y servicio a prestar, como identificación de la empresa. 11.3. Sera obligación del proveedor presentar por cada prestador de servicios una copia del "Convenio de Prestación de Servicios", de cada prestador de servicios presentado en Nómina Inicial (Anexo de Prestadores de Servicios de las presentes bases), el cual se podrá presentar en un plazo máximo de diez (10) días corridos, una vez adjudicado el convenio. Además, se deberá presentar por cada prestador que fuera incorporado al convenio, el cual se podrá presentar diez (10) días hábiles iniciados los servicios, o presentada la carta de incorporación, lo que ocurra primero. La documentación deberá remitirse al Departamento de Compra de Servicios, por medio de correo electrónico a la casilla: katherine.munoz@redsalud.gob.cl 11.4. El adjudicatario deberá solicitar por escrito el cambio o incorporación de los nuevos prestadores de servicios, enviando esta solicitud a través de correo electrónico a la casilla katherine.munoz@redsalud.gob.cl. Se requerirá que el nuevo participante cumpla con los mismos requisitos y competencias técnicas solicitadas en el convenio, debiendo adjuntar "Anexo N°3 Carta Compromiso" para cada prestador de servicios, así como los antecedentes requeridos en las bases que acrediten las respectivas competencias técnicas, según corresponda a cada prestador. Junto con la solicitud de incorporación se deben entregar todos los antecedentes referidos, mediante un documento conductor dirigido al Inspector Administrativo del Convenio antes que el prestador de servicios realice alguna prestación, reservándose el Hospital la facultad de rechazar o aceptar al mismo. Por lo tanto, el proveedor debe gestionar ello según se indica. 11.5. El proveedor debe presentar los antecedentes de sus prestadores antes que las personas del inicio al servicio, con el objeto de revisar y corroborar la información. En el evento que el prestador sea rechazado, el Departamento de Compra de Servicios avisará de manera inmediata vía correo electrónico al adjudicatario, mientras se tramita el documento formal del rechazo. No obstante, en el caso que se acepte la incorporación, se gestionará el documento de respaldo de dicha solicitud, que será publicado en el ID de la Propuesta Pública en la plataforma de Mercado Público. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y desarrollo del convenio, particularmente en lo que se refiere a los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 11.6. Si por algún motivo debidamente justificado el prestador ha realizado un servicio y no cumple con los requisitos técnicos establecidos en las bases y exigidos para la incorporación, no se pagará a través del convenio el valor correspondiente a la prestación realizada por el prestador. Este evento constituye un incumplimiento y será notificado por el Jefe (a) del Departamento de Compra de Servicios, por ende, el proveedor debe retirar de manera inmediata a su prestador de servicios. Por consiguiente, es obligación del adjudicatario dar cumplimiento a las obligaciones establecidas para el inicio y ejecución del convenio, en relación con los prestadores de servicios que pone a disposición del Establecimiento, y de las eventuales incorporaciones. 11.7. El proveedor deberá realizar las prestaciones en las fechas solicitadas por el Hospital, así como velar que los servicios establecidos en las bases se lleven a cabo en la cantidad establecida, intervalos de tiempo, y ejecutados fuera del horario institucional contratado con el Hospital u otro Establecimiento, en caso de que el prestador de servicios posea un contrato vigente con el Servicio de Salud Araucanía Sur. Además de ello, deberá cumplir con lo estipulado en las bases técnicas durante la ejecución del contrato, y que digan relación con las prestaciones señaladas en las mismas. 11.8. El Adjudicatario se responsabiliza, a prestar ininterrumpidamente sus servicios, y si ello no ocurriese, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato, sin forma de juicio y sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario. Se entiende por menoscabo evidente el incumplimiento del servicio programado, no cubrir toda la dotación necesaria para el servicio, debidamente comprobados mediante inspección del ITC o mediante reclamo del funcionario a cargo de la Unidad o Servicio en el cual los prestadores de servicios asisten. 11.9. El Adjudicatario deberá prohibir que sus prestadores de servicios coman, beban o fumen en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios. 11.10. Todos los prestadores de servicios deben usar los elementos de protección personal correspondientes, los que serán proporcionados por el Hospital, en especial para aquellos prestadores que pudieran estar expuesto a agentes químicos 11.11. El Adjudicatario y su prestador respetarán los reglamentos, procedimientos y disposiciones de orden interno dictadas por el Hospital, tales como: Reglamento de Higiene y Seguridad, de Prevención de Riesgos y Accidentes Laborales, de Infecciones Asociadas a Atención de Salud (IAAS), Horarios de Visitas, Normas Medioambientales, áreas de restricción, condiciones de ingreso a los distintos lugares y dependencias, medidas sanitarias y de seguridad u otros que se impongan. Además de lo anterior, por la relevancia se debe hacer énfasis en el cumplimiento de las normas y protocolos vigentes respecto al Control y Prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención del Salud, que considera: - Norma de Higiene de Manos. - Norma de aseo. - Norma de salud de los prestadores de servicios. - Norma de Precauciones estándar. - Norma de precauciones según vía de transmisión. 11.12. Lo anterior, sin perjuicio de las prohibiciones que se estipulen en las Bases Técnicas. 11.13. REQUISITOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: La empresa adjudicada deberá considerar, que a todo prestador de servicios que haya tenido un accidente con exposición a fluidos corporales de alto riesgo biológico se le deberá realizar una evaluación médica y una profilaxis post - exposición, si corresponde, ello según la Norma Técnica Nº 48, “Norma de Manejo Pos-exposición Laboral a Sangre en el Contexto de la Prevención de la Infección por VIH del Ministerio de Salud, aprobada por resolución exenta Nº 561 de 2000 del Ministerio de Salud. Todo esto según lo señalado en el art. 45 y 46, del DTO. Nº 6 de 2009.
15. NO DEPENDENCIA LABORAL DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS
Se deja expresamente establecido que el establecimiento no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto de los prestadores que el adjudicatario destine para la provisión del servicio descrito y materia de este convenio. La relación existente entre el adjudicatario y los prestadores de servicios, que por su cuenta prestarán los servicios para el Hospital, estará sujeta a las disposiciones de sus respectivos convenios de prestación de servicios a honorarios, no existiendo una relación laboral entre ambos. Sin perjuicio de la responsabilidad personal y médica de los profesionales que participen en las prestaciones contratadas.
16. CONFIDENCIALIDAD
Atendido la naturaleza del servicio prestado, queda expresamente establecido que todos los antecedentes que se entreguen al Prestador para el desarrollo y ejecución de los servicios contratados son confidenciales por estar cauteladas por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la cual el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir o difundir o reproducir o utilizar cualquier información que en ellos se contenga, a toda persona, natural o jurídica que no sea el Hospital o a el propio paciente beneficiario del servicio. El Adjudicatario se asegurará que sus empleados, cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad sobrevivirá el término de este contrato y de manera indefinida, sin perjuicios de obligaciones establecidas en la Ley. Dicha información se encuentra protegida por las disposiciones de la Ley Nº19.628, que ampara la protección de la vida privada y la intimidad de las personas. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las normas legales vigentes en materia de publicidad y transparencia.
22. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dicha circunstancia dentro de un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su celebración. Para estos efectos, se dará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 127 del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, el cual establece que las Entidades deberán cumplir con los contratos de factoring siempre y cuando se les notifique oportunamente. En caso de que el adjudicatario no notifique al Hospital la celebración del contrato de factoring o cesión de crédito dentro del plazo estipulado, y el Hospital realice el pago al proveedor original, dicho pago se entenderá válido y extinguirá la obligación del Hospital con el proveedor. En consecuencia, el Hospital quedará eximido de toda responsabilidad frente al cesionario o entidad financiera, recayendo exclusivamente en el proveedor la responsabilidad de responder ante la empresa de factoring por los montos percibidos indebidamente.
23. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad al Hospital en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones a derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran. Cualquier reclamo o acción de esta naturaleza será responsabilidad exclusiva del proveedor, quien deberá asumir las consecuencias legales y los costos que se generen a raíz de dichas transgresiones.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.