Licitación ID: 1685-58-LE24
Mantención Reparación e Instalación de Redes
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 102
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Software de sistema operativo de redes 1 Unidad
Cod: 43233002
Mantener en funcionamiento la Red de Datos y Comunicaciones, en los distintos establecimientos de la Seremi.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Mantención Reparación e Instalación de Redes
Estado:
Adjudicada
Descripción:
8783 Mantener en funcionamiento la Red de Datos y Comunicaciones, en los distintos establecimientos de la Seremi.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Seremi de Salud IX Región
R.U.T.:
61.601.000-K
Dirección:
Calle General Mackenna Nº 555
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-11-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-10-2024 12:28:22
Fecha inicio de preguntas: 28-10-2024 15:01:00
Fecha final de preguntas: 05-11-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-11-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-11-2024 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-11-2024 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 03-12-2024 12:38:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Se deberán anexar los siguientes documentos: Proponente Persona Natural debe acompañar: a) Anexo Nº1-A, Formato de Identificación del Oferente Persona Natural. b) Anexo Nº 2, Declaración jurada simple de aceptación y conocimiento de las bases. Proponente Persona Jurídica debe acompañar: a) Anexo Nº 1-B, Formato de Identificación del Oferente Persona Jurídica. b) Anexo Nº 2, Declaración jurada simple de aceptación y conocimiento de las bases.
Documentos Técnicos
1.- Se deberán anexar los siguientes documentos: a) Anexo Nº 3, Identificación de la Empresa o del proponente persona Natural. b) Anexo Nº 4, Certificado de Compromiso de Higiene y Seguridad. • Nota 3: Los oferentes deberán considerar y desarrollar su propuesta en base a lo establecido en el “Reglamento Especial para Contratistas y Subcontratistas del Ministerio de Salud” aprobado por Resolución Exenta N°660, de fecha 04 de octubre de 2013, que se encuentra disponible en el sitio web del Ministerio de Salud (www.minsal.cl); aceptar las disposiciones establecidas en él y adjuntar los Anexos de Prevención de Riesgos para Empresas Contratistas del Reglamento Especial para empresas Contratistas y Subcontratistas del Ministerio de Salud: • Nota 4: En el Anexo N°3 Identificación de la Empresa, se debe informar los trabajadores que prestarán los servicios, se puede adjuntar una segunda hoja complementaria al Anexo N° 3, debido al espacio reducido de líneas para completar los nombres, C.I. y Profesión u Oficio. • Nota 5: El incumplimiento, la omisión o no completar en su totalidad la información requerida en los anexos 3 y 4, será considerado causal suficiente para declarar a la propuesta inadmisible. c) Anexo Nº 5, Formulario de Experiencia y Respaldos que acrediten su experiencia en servicios similares a los solicitados mediante: o ID de licitaciones u Órdenes de compras: En el caso de la experiencia en el sector público, indicar en el anexo las fechas de inicio y término de los servicios prestados, cantidad de mes continúo, señalando los respectivos ID de licitación u Órdenes de compras. El o los ID entregados serás utilizados por la comisión de evaluación para validar la información entregada, revisando el portal www.mercadopublico.cl, sin la necesidad que los proveedores adjunten la documentación. De verificarse que lo informado no se encuentra en los documentos anexos a los ID entregados, se ponderará como un antecedente no presentado, por lo tanto, no podrá ser considerado en el criterio de evaluación correspondiente. o Contratos: En el caso de la experiencia en el sector privado, se solicita indicar en el anexo las fechas de inicio y término, adjuntando a la oferta los Contratos. El contrato debe señalar el inicio y término de los servicios prestados, de lo contrario se considerará como 1 mes de experiencia. • Nota 6: La experiencia de la empresa se considerará en base a la cantidad de meses de antigüedad, no por la cantidad de trabajos realizados dentro de un mismo mes. d) Anexo Nº 6, Formulario Especificaciones Técnicas Mínimas exigidas. Este anexo debe ser llenado en conformidad a la información técnica de los productos ofertados. e) Otras Informaciones que el oferente estimare oportuno señalar y que amplíen la descripción del producto que se ofrece, siendo su presentación de carácter optativo. • Nota 7: La no presentación de alguno de los antecedentes técnicos solicitados será causal para declarar inadmisible las ofertas, exceptuando la letra e).
 
Documentos Económicos
1.- Se deberán anexar los siguientes documentos: a) Anexo Nº 7. Formulario de Oferta económica. Este anexo debe ser llenado en conformidad a la información económica del servicio ofertado. Nota 8: La no presentación de alguno de los antecedentes económicos solicitados será causal para declarar inadmisible las ofertas. Toda oferta que se ingrese al portal Mercado Público debe ser por el presupuesto máximo autorizado neto.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio El precio se evaluará con el valor total neto por todos los servicios solicitados, indicado en Anexo N°7. PRECIO = 30 % Fórmula de Cálculo = (Oferta mínima / Oferta evaluada) x 100 x 30% 30%
2 ENTREGA FORMAL DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS AL CI Fórmula de Cálculo =Puntaje x 5% Entrega de todos los documentos al momento del cierre de recepción de ofertas. 100 puntos Entrega de documentos posterior al cierre, en un plazo excepcional de 48 horas. 50 puntos No presenta documentos en plazo señalado de 48 horas. 0 puntos 5%
3 Inclusivo El criterio de Inclusión corresponde al sumatorio total del puntaje obtenido en los Subcriterios. Inclusivo (5%) = Subcriterio Perspectiva de género (2,5%) + Subcriterio Contratación de Personas con Discapacidad. (2,5 %) 5%
4 Experiencia de la Empresa Fórmula de Cálculo =Puntaje x 30% Acredita experiencia según lo indicado en numeral 5.4, letra c) de las Bases Administrativas, en el sector público mayor o igual a 36 meses 100 puntos Acredita experiencia según lo indicado en numeral 5.4, letra c) de las Bases Administrativas, mayor o igual a 24 meses, menor a 36. 75 puntos Acredita experiencia según lo indicado en numeral 5.4, letra c) de las Bases Administrativas, mayor o igual a 12 meses, menor a 24. 50 puntos Acredita experiencia según lo indicado en numeral 5.4, letra c) de las Bases Administrativas, Menor a 12 meses. 0 puntos No acredita experiencia según lo indicado en numeral 5.4, letra c) de las Bases Administrativas. Inadmisible 30%
5 Tiempo de respuesta Se refiere al tiempo en que incurre la empresa para responder ante llamados de La SEREMI para otorgar el Servicio, indicado en Anexo N°7. Fórmula de Cálculo = Puntaje x 15% Menor a 24 Horas. 100 puntos Mayor o igual a 24 horas y menor a 48 horas. 75 puntos Mayor o igual 48 horas y menor a 72 horas. 50 puntos Mayor o igual 72 horas. 0 puntos 15%
6 Caza matriz Se refiere al domicilio indicado en Anexo Nº 3 por el oferente. Fórmula de Cálculo = Puntaje x 15% Casa Matriz Temuco 100 puntos Casa Matriz Fuera de Temuco o no indica dirección. 0 puntos 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 20000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: para resguardar la continuidad del servicio en el tiempo,ya que en la Región no existen tantas empresas dedicadas al rubro del servicio de Redes que participen directamente en procesos de Licitación del Estado
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: cristian crisostomo
e-mail de responsable de pago: cristian.crisostomo@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: rodrigo collipal
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.collipal@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2551676-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación del presente instrumento, porque será evaluada la experiencia del oferente, salvo en el caso de servicios anexos, no incluidos en el presente requerimiento, previa autorización de la contraparte técnica.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA, RUT. 61.601.000-K
Fecha de vencimiento: 25-02-2027
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de Mantención, Reparación e Instalación de Redes para la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía ID 1685-58-LE24
Forma y oportunidad de restitución: Transcurrido los 60 días hábiles desde el término de vigencia del convenio, el adjudicatario podrá solicitar la devolución de esta boleta de garantía. La solicitud deberá efectuarse a los siguientes destinatarios de correos electrónicos, cristian.crisostomo@redsalud.gob.cl y jorge.leon@redsalud.gob.cl.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso que se produzca igualdad de puntaje entre dos o más oferentes La SEREMI dirimirá de la siguiente manera:

  1. Mayor puntaje en Precio.
  2. Mayor puntaje en Experiencia de la Empresa
  3. Mayor puntaje en Tiempo de respuesta
  4. Mayor puntaje en Casa Matriz
  5. Mayor puntaje en Entrega de Antecedentes    
  6. Mayor puntaje en Inclusivo
  7. Cuando se produzcan situaciones en que a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica adquisicion.seremi9@redsalud.gov.cl
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

De acuerdo al Art. 6 inciso 3 y 4  de la Ley 21.640 Ley de Presupuesto Sector Público correspondiente al año 2024, que dice: “Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten obras o presten servicios financiados con recursos fiscales, que incumplan las leyes laborales y previsionales, lo que deberá ser determinado por la autoridad competente durante el desarrollo de tales contratos, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.”. “Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, en el momento de contratar con el Estado deberán acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte”.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La SEREMI se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que, aun cuando presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes, ni dificulten el correcto estudio de las propuestas.

El uso de esta potestad se orienta a obtener los antecedentes necesarios para la adecuada evaluación e interpretación de las propuestas y no podrá suponer, en caso alguno, la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases como “Requisitos Técnicos y Económicos”.

Para toda oferta rechazada en la apertura de las ofertas, o bien declarada inadmisible por la Comisión de Evaluación, no aplicará el cálculo de los criterios de evaluación.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
La SEREMI, podrá aclarar las consultas sobre las Bases de Licitación por iniciativa propia, con el objetivo de interpretar, esto es, fijar el alcance y sentido de las Bases, según corresponda a la naturaleza de la materia tratada. Por consiguiente, igualmente deberán ser consideradas por los proponentes en la preparación de sus ofertas. Estas aclaraciones emanadas por La SEREMI, se harán mediante una resolución fundada y se hará pública, a través del sitio www.mercadopublico.cl. Las consultas que los oferentes deseen formular para la presentación de sus propuestas y que digan relación con la interpretación de las Bases de Licitación, deberán efectuarlas exclusivamente, a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el foro del proceso, a partir de la fecha de publicación de las presentes bases, hasta el día y hora señalada en el cronograma de estas Bases, establecido en el numeral 3. Etapas y Plazos de la ficha de Licitación. La SEREMI resolverá dichas consultas y las respuestas y/o aclaraciones se publicarán en el foro del proceso o bien, por los medios disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl, encontrándose éstas a disposición de todos los participantes en el proceso, hayan o no formulado consultas, a partir del día y hora señalada en el cronograma de estas Bases, establecido en el numeral 3, Etapas y Plazos de la ficha de Licitación. Los oferentes no podrán alegar desconocimiento de las respuestas una vez publicadas en el portal. Toda comunicación a los proponentes se efectuará a través del sitio www.mercadopublico.cl.
PRECIOS, MONEDA Y REAJUSTES
Los precios ofrecidos se cotizan en pesos chilenos, se expresarán en valores unitarios en el Anexo Nº 7 por cada servicio y no habrá lugar a reajustes, indexaciones ni variaciones de ninguna especie.
DOCUMENTO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para la presente Licitación no se solicita Documento de Garantía por Seriedad de Oferta.
APERTURA DE LA PROPUESTA Y COMISIÓN EVALUADORA.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley 43.722, de fecha 11 de diciembre de 2023, que moderniza la ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del estado; “Toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas en el inciso anterior, tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.” La Apertura de las ofertas se llevará a efecto en el Subdepartamento de Administración Interna de manera electrónica en el Sitio www.mercadopublico.cl, en presencia de, al menos, un representante de la Comisión de Evaluación. La referida Comisión, será designada por parte del Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía, por Resolución Exenta, resolución que además, aprobará las presentes Bases de Licitación. En este acto se descargarán todos los antecedentes entregados por los oferentes, los cuales son solicitados en las presentes Bases, y se pondrán a disposición de la comisión de evaluación toda la información de los oferentes de este proceso. La Comisión de Evaluación procederá a aceptar y/o rechazar las ofertas, según corresponda; Evaluar las Ofertas y recomendar al Secretario Regional Ministerial de Salud, su Adjudicación, se declaren Inadmisibles por incumplimiento de requisitos una o más de las ofertas presentadas o se declare Desierta la propuesta, según corresponda. Todo lo anterior será plasmado en un Informe de Evaluación firmado por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora y formará parte integrante de los documentos de la propuesta. Las comisiones evaluadoras podrán sesionar de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, correo electrónico, webex u otras). Las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple. El análisis y evaluación de las ofertas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación, designada para estos efectos mediante el acto administrativo respectivo que apruebe las presentes Bases. En el caso que la presente licitación, cierre en el portal mercado público sin haber recibido ninguna oferta y el mismo portal emita el certificado de deserción automáticamente, al no existir ofertas que evaluar, no se reunirá la Comisión de Evaluación y se procederá solo a la emisión de la Resolución Exenta firmada La SEREMI, que será publicada en el sistema entre los antecedentes de la licitación.
PUNTAJE MÍNIMO REQUERIDO
Como una forma de resguardar los intereses de La SEREMI, se deja establecido que el puntaje mínimo que debe obtener el oferente para la adjudicación es de 60 puntos en total, en caso contrario a oferta será declarada inadmisible.
ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN, FORMALIZACIÓN Y NOTIFICACIÓN
La SEREMI adjudicará la propuesta que cumpla con los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente económica y técnicamente. Asimismo, podrá declarar desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Además, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las Bases, todo lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo 41 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios” aprobada por el D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda. El acto se materializará a través de la Emisión de la Resolución Exenta que informa el resultado del proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 41 del D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de Hacienda. Aprobada la Resolución Exenta, ésta será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl, para conocimiento de los interesados. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, La SEREMI publicará una nueva fecha en el sitio www.mercadopublico.cl, informado ahí las razones del atraso.
DE LA READJUDICACIÓN
La SEREMI se reserva el derecho a readjudicar la licitación al siguiente mejor evaluado, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación, emitiendo la resolución exenta respectiva, en el siguiente caso: Desistimiento del adjudicatario: Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del D.S 250/2004, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, se tendrá por desestimada su oferta. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la orden de compra respectiva contada desde su publicación en el sitio www.mercadopublico.cl.
DEL CONTRATO
El contrato deberá ser suscrito por las partes en el plazo no superior a 30 días hábiles, contado desde la entrega por parte del oferente adjudicado, de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo indicado en el numeral 12 de las presente Bases. La SEREMI, deberá publicar en el portal www.mercadopublico.cl el contrato, así como, la resolución que lo aprueba. Domicilio: Para todos los efectos de la presente licitación, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Temuco. Vigencia del Contrato: El contrato comenzará a regir a contar del 01 de diciembre de 2024, por 24 meses o hasta alcanzar el monto máximo autorizado y disponible con IVA de $20.000.000.- La aceptación de la orden de compra deberá realizarse dentro de las 24 horas, desde emitida la orden de compra y enviada al proveedor. Transcurrido el referido plazo, sin haber sido aceptada la orden de compra, se solicitará su rechazo en conformidad a lo señalado en el Artículo 63, del Decreto 250, que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 de compras públicas. La presente licitación podrá ser renovada, para resguardar la continuidad del servicio en el tiempo,ya que en la Región no existen tantas empresas dedicadas al rubro del servicio de Redes que participen directamente en procesos de Licitación del Estado, el cual se manifiesta en el anterior proceso de licitación ID 1685-32-LE20, donde sólo participaron 3 oferentes lo cual podría afectar la continuidad de algún servicio por no adjudicación o declaración desierta. Al ser un servicio crítico para mantener el normal funcionamiento de conectividad tanto de Telefonía como de Internet, se hace necesario puede renovarlo para así contar con los servicios en forma inmediata y oportuna frente a los distintos escenarios que se puedan presentar en esta Secretaría Ministerial, como urgencias o alerta entre otros. En el caso de la renovación, esta estará sujeta al presupuesto disponible, cuyos montos asociados no deben superar la modalidad de la licitación (hasta 1000 UTM) y además éstos deben ser aprobados y autorizados por la autoridad. El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior, trascurrido 24 horas desde publicada la Resolución Exenta en el portal de Mercado Público.
REQUISITOS PARA CONTRATAR
Conforme a lo dispuesto en la Ley de Compras Públicas y su Reglamento, La SEREMI sólo puede contratar a proveedores hábiles, los que deben acreditar su situación financiera y técnica. El adjudicatario que se encuentre inscrito en el Registro Proveedores, portal www.chileproveedores.cl, se entenderá habilitado para contratar con La SEREMI, siempre y cuando el estado informado del proveedor sea “HABIL”. Aquellos adjudicatarios que no se encuentren inscritos en el Registro Chile Proveedores, deberán hacerlo dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación. De acuerdo al Art. 6 inciso 3 y 4 de la Ley 21.640 Ley de Presupuesto Sector Público correspondiente al año 2024, que dice: “Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten obras o presten servicios financiados con recursos fiscales, que incumplan las leyes laborales y previsionales, lo que deberá ser determinado por la autoridad competente durante el desarrollo de tales contratos, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.”. “Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, en el momento de contratar con el Estado deberán acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte”. En caso de no presentase el documento señalado precedentemente, se entenderá que desiste de su oferta. El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a lo señalado en el numeral 17 de las presentes Bases Administrativas que dicen relación al documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso contrario se entenderá que desiste de su oferta y se procederá a readjudicar de acuerdo al numeral 13 de las presentes Bases.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Se fundamenta la solicitud de la presente garantía, como un medio para asegurar el cumplimiento por parte del proveedor, respecto a las obligaciones que impone la presente contratación y asegurar además el cumplimiento por parte del proveedor, con respecto al personal de su dependencia, que presta servicio en razón de la presente adquisición. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución adjudicataria, el oferente adjudicado, deberá garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato entregando un documento de garantía, que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un valor equivalente al 5% del precio total adjudicado, tomada a la orden de “SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA, RUT. 61.601.000-K”, la que deberá rezar “para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de Mantención, Reparación e Instalación de Redes para la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía ID 1685-58-LE24”. Esta garantía deberá tener una vigencia de a lo menos, hasta sesenta días hábiles después de la fecha de término del contrato. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá entregarse en la Oficina de Partes de La SEREMI, ubicada en calle General Mackenna 555, Temuco, quien recibe, registra y deriva la documentación al Subdepartamento de Finanzas, indicando nombre y R.U.T. del proveedor, monto de la garantía, fecha y hora de ingreso, proceso de compra al que corresponde y tipo de instrumento bancario, o bien, en caso de que se entregue de manera electrónica esta debe ajustar a la Ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y enviarse al Subdepartamento de Finanzas, por medio de correo electrónico, dirigido a: cristian.crisostomo@redsalud.gob.cl y jorge.leon@redsalud.gob.cl. La Jefatura del Subdepartamento de Finanzas o quién ésta designe, dejará custodiado el documento en caja fuerte dispuesta para ello, registrando los antecedentes en el mismo sistema informático de control de documentos en garantía y remitirá copia de la misma, a la Unidad de Compras. En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones o los plazos del presente requerimiento, la Propuesta correspondiente o el contrato, el Ministerio a través de La SEREMI, queda autorizado desde ya, para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, de acuerdo al procedimiento que se señala a continuación; y, con cargo a ella, cobrarse las multas causadas por el incumplimiento del Proveedor, y demás sanciones que lo afecten, sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponderle a La SEREMI. Para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, La SEREMI, notificará de ello al proveedor, acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica de La SEREMI, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Proveedor señaló en el respectivo contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos. Una vez notificado, el Proveedor tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante La SEREMI, quién resolverá, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Resolución Fundada, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor o bien, la rechazará confirmando hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. De no formularse reparos a la decisión de hacer efectiva la garantía en comento o en caso de que el Proveedor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse sin más trámite, debiéndose de igual forma aplicar la medida a través de Resolución Fundada. La resolución que se dicte, deberá ser publicada oportunamente en el Sistema de Información (Mercado Público). Lo anterior, es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Nº 19.880, Sobre Bases De Los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de Los Órganos de La Administración del Estado. Esta garantía cubrirá todas y cada una de las obligaciones del adjudicatario, incluidas aquellas contempladas en el numeral 20 de estas Bases, y, y sin perjuicio de aplicarse a cualquiera indemnización que aquélla deba a La SEREMI, podrá utilizarse para el pago de toda deuda de la empresa con éste, aún para las multas que le impusieren o los daños que personalmente o funcionarios dependientes del contratista causaren a La SEREMI o a terceros. Esta garantía asegurará, además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario y que digan relación con el presente proceso. Todos los gastos que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo del adjudicatario y será este responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan. Transcurrido los 60 días hábiles desde el término de vigencia del convenio, el adjudicatario podrá solicitar la devolución de esta boleta de garantía. La solicitud deberá efectuarse a los siguientes destinatarios de correos electrónicos, cristian.crisostomo@redsalud.gob.cl y jorge.leon@redsalud.gob.cl.
DE LA FACTURACIÓN Y PAGO
El proveedor deberá haber aceptado la orden de compra emitida por La SEREMI en el portal mercadopublico.cl, dentro de las 24 horas desde su publicación. En caso de que la orden de compra no haya sido aceptada, La SEREMI, podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurrida 24 horas desde dicha solicitud. El proveedor deberá entregar de forma parcializada los servicios según solicitud y visto bueno de la contraparte técnica de la Seremi, con un documento de recepción por servicio, el que deberá indicar el monto y número de solicitud interna de compra. La Contraparte Técnica de la SEREMI o quien subrogue o reemplace, revisará y verificará el cumplimiento de los servicios según Bases de Licitación, y remitiendo a la Unidad de Egreso el respectivo certificado de recepción conforme, el que será utilizado como respaldo para generar la Recepción conforme en el portal www.mercadopublico.cl Una vez recepcionado conforme en el Portal www.mercadopublico.cl, el adjudicatario tendrá que proceder a emitir la factura correspondiente indicando en el campo “Referencia” (801), Tipo: “Orden de compra” y en el folio: el número de OC idéntico a como aparece en mercado público. Enviar XML a la casilla subsalrecepcion@custodium.com En caso de que el adjudicatario emita la factura antes de que los productos y/o servicios sean recepcionados en La SEREMI, se procederá dentro de un plazo de 8 días corridos a reclamar el documento al Servicio de Impuestos Internos. La Factura debe contener los siguientes datos Subsecretaría de Salud Pública. RUT. 61.601.000-K. DIRECCIÓN: General Mackenna N° 555- TEMUCO. GIRO: Administración Pública. Orden de Compra Portal Chile Compra. Licitación Pública: 1685-58-LE24 El pago del documento se realizará de acuerdo a la normativa legal vigente y disposición presupuestaria, mediante medio de pago electrónico, dentro de los 30 días corridos siguientes a la emisión de la factura, siempre y cuando se cumpla lo señalado en párrafos anteriores.
ANTICIPO
La SEREMI no efectuará anticipos para la ejecución del servicio, total o parcial del contrato.
OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Será obligación del adjudicatario cumplir con los plazos informados en su oferta. Será obligación del adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases de Licitación. Será obligación del adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega de la factura de los servicios recibidos. Deberá mantener a disposición toda la información actualizada de los trabajos que se ejecutan. El adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las en la presente Bases. Todas las Obligaciones contempladas en la Ley 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. En caso de existir modificación en la nómina del personal presentado en la oferta (Anexo N°3 Identificación de la Empresa, del Reglamento Especial para Contratistas y Subcontratistas del Ministerio de Salud), el adjudicatario deberá presentar en el plazo de un día hábil antes del inicio del servicio, la nómina definitiva del personal, los cuales deberán cumplir con los mismos requisitos señalados en bases de licitación. En ningún caso podrá el adjudicatario excusarse de cumplir las obligaciones objeto del contrato, por insuficiencia del precio convenido, factor que no podrá limitar el alcance de su oferta. Se faculta a la jefatura de la Unidad de Prevención de Riesgos y/o integrante de alguno de los Comités Paritarios de La SEREMI, a paralizar total o parcialmente cualquiera de los trabajos que se ejecuten, que atenten contra la seguridad y salud de las personas, ya sea que trabajen para el adjudicado, para la SEREMI o cualquier otra. Registro de Inducción por cada trabajador. Dicho registro debe indicar que cada trabajador que participará en la prestación de los servicios, está en conocimiento del D.S Nº 40 Art.21. Registro de entrega de Elementos de Protección personal por cada trabajador de lo dispuesto por normas de Higiene y Seguridad. Será obligación del Adjudicatario cumplir con lo establecido en el artículo 184 del Código del Trabajo. Será obligación del adjudicatario cumplir con lo establecido en el D.S. 594, articulo 53 “El empleador deberá proporcionar a sus trabajadores, libre de costo, los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir y el adiestramiento necesario para su correcto empleo, debiendo, además, de mantener en perfecto estado de funcionamiento. Por su parte, el trabajador deberá usarlos en forma permanente mientras se encuentre expuesto al riesgo.” El oferente adjudicado es quien deberá asumir toda la responsabilidad del traslado de su personal al lugar en que se deban presentar los servicios adjudicados y de la alimentación de los mismos. El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a las reglas previsionales y laborales que afecten a los trabajadores que contrate y deberá verificar el cumplimiento de ésta. En el evento que, el oferente incumpliera las leyes previsionales o laborales que le fueren aplicables; se reembolsará a La SEREMI todas y cada una de las cantidades que ésta haya debido pagar por dicho conceptos, y le indemnizará la totalidad de los daños y perjuicio, ciertos y directos, salvo que sea responsabilidad de La SEREMI que le haya irrogado con ocasión de lo expuesto. La SEREMI tiene el derecho de exigir la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal que prestará el servicio. El oferente tomará todas y cada una de las medidas necesarias para evitar accidentes y daños y perjuicios a toda clase de personas y bienes públicos o privados. En el evento que, el oferente incumpliera lo expuesto, se rembolsará a La SEREMI todas y cada de las cantidades que ésta haya debido pagar por dicho conceptos, y se indemnizará la totalidad de los daños y perjuicios, ciertos y directos, salvo que sean de responsabilidad de La SEREMI que le haya irrogado con ocasión de lo expuesto. El oferente deberá dar cumplimiento a todas la legislación legal vigente en materias de accidentes de trabajo enfermedades profesionales, específicamente: D.S. N°594/99, D.S. N°54/69, D.S. N° 40/69, D.S. N° 76/07, Ley N°16.774. El adjudicatario será responsable de los daños que pudieran producirse como consecuencias de un trabajo mal ejecutado, debiendo rehacerlos sin costo alguno para La Seremi. También será responsable por daños o pérdidas de cualquier elemento del lugar donde se ejecuta el trabajo. El oferente adjudicado asumirá la completa responsabilidad de la organización y protección de los servicios que se contraten, como igualmente deberá dar solución a cualquier detalle o problema que presente durante su ejecución. Conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nº 250, de la Ley de Compras Específicamente en el Artículo 22 Nº 9, La Secretaría Regional Ministerial de Salud de La Araucanía, podrá solicitar al proveedor adjudicado registros para comprobar si registra saldos de remuneración o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. En ningún caso podrá el adjudicatario excusarse de cumplir las obligaciones objeto del contrato, por insuficiencia del precio convenido, factor que no podrá limitar el alcance de su oferta. El adjudicatario y su personal que preste servicios a La SEREMI, estará obligado a guardar reserva y discreción en todo lo inherente al trabajo al interior de La SEREMI, de la información a la que tenga acceso y todo asunto que se trate en las dependencias. El adjudicatario debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales, además de cumplir con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL para cada proyecto o tarea. Toda persona que desarrolle labores en La SEREMI, ya sea por contratación directa o indirecta deberá dar estricto cumplimiento a la Política General de Seguridad de la Información, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción. En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, Minsal se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las sanciones legales, administrativas y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Tratándose de proveedores, bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato.
CLÁUSULA DE SEGURIDAD. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN:
Las partes dejan expresamente establecido que toda información respecto del Ministerio de Salud, de la Subsecretaría de Salud y de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, sobre la función administrativa que desempeña, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del presente servicio, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia de este contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor y su personal se obliga a: • Abstenerse a utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier otro propósito distinto al de prestar los servicios en los términos y condiciones establecidos en el Contrato. • Jamás revelar información de los Contratantes a terceros, excepto a aquellos de sus empleados o asesores, que requieran conocer dicha Información a fin de poder prestar el referido Servicio. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará al proveedor de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato. • Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgaión y uso indebido de la información. • Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación, acceso, cesión y uso indebido de los datos personales, sensibles o no, a los pudiera tener acceso con objeto de la prestación de servicios, haciendo responsable de todo daño por estas acciones o las de sus dependientes. Con todo, aún si la información fuera divulgada con antelación a la suscripción del contrato o fuera divulgada públicamente posteriormente, como resultado de la exigencia de una autoridad judicial o administrativa, el contratante no podrá tratarla para fines diversos. La obligación de confidencialidad de la información tendrá duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato respectivo. El Proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que la Secretaria Regional Ministerial le haya proporcionado o le proporcione con motivo de la prestación de servicios, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, archivos computacionales o en cualquier otra forma. El Proveedor sólo utilizará la Información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de esta compra y no divulgará, publicará ni permitirá cualquier tratamiento de todo o parte de esta información. Tampoco podrá efectuar tratamiento de esta con fines diversos. Así mismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal contratado bajo cualquier modalidad sólo tenga acceso a la información que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en esta compra. Al momento del término, por cualquier causa, de la presente compra, la Empresa debe restituir, según lo indique la Secretaría Regional Ministerial de Salud, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, medios magnéticos o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de esta, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, la Empresa se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, debe notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a La SEREMI. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte de la Empresa durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar a La SEREMI de Salud a entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA GENERAL DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN:
Por el sólo hecho de participar en el presente procedimiento de compras, el Proveedor debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales. Todo el personal externo que desarrolle labores para La SEREMI de Salud deberá tomar conocimiento de la Política General de Seguridad de la Información, disponible en el sitio web de MINSAL, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción. Para estos efectos, el trabajo o proyectos realizados por el proveedor deben ser compatibles con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL. En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, el contratante se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las sanciones legales y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato.
CUMPLIMIENTO DE LA POLÍTICA GENERAL DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN:
Por el sólo hecho de participar en el presente procedimiento de compras, el Proveedor debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por el oferente, para todos los efectos legales. Todo el personal externo que desarrolle labores para La SEREMI de Salud deberá tomar conocimiento de la Política General de Seguridad de la Información, disponible en el sitio web de MINSAL, observando sus directrices y colaborando en su aplicación dentro de su ámbito de acción. Para estos efectos, el trabajo o proyectos realizados por el proveedor deben ser compatibles con los estándares de seguridad de la información establecidos por MINSAL. En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, el contratante se reserva el derecho de veto sobre el personal que haya cometido la infracción, así como las sanciones legales y contractuales, que se consideren pertinentes en relación a la empresa o persona contratada. Bajo ninguna circunstancia este hecho relevará a la Empresa de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato.
SEGURIDAD DE ACCESO Y CONFIDENCIALIDAD DE DATOS SENSIBLES
tipo de intercambio de información que se produzca entre La SEREMI de Salud y las empresas proveedoras se entenderá que ha sido realizado dentro del marco establecido por el contrato de provisión de servicios correspondiente, de modo que dicha información no podrá ser utilizada en ningún caso fuera de dicho marco, ni para fines diferentes a los asociados a dicho contrato. Así, el proveedor deberá mantener la confidencialidad de lo que tome conocimiento en las dependencias de La SEREMI. Asimismo, el Proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa del sector salud: DFL 1, Código Sanitario, Ley N° 20.584, referida a Deberes y Derechos que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud; y en materia de protección de datos personales: la Ley N° 19.628, referida a Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa complementaria. En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa. En relación a la protección de los datos personales y datos personales sensibles, las partes deben adoptar las medidas conducentes para garantizar el mayor grado de seguridad y confidencialidad en el manejo de la información relacionada con el Contrato. La obligación de confidencialidad de la información tiene una duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato. La falta de cualquiera de las medidas precedentes se considerará como Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDEMNIDAD:
Las partes dejan expresa constancia que los entregables y todo estudio, informe y elemento del intelecto, sean invenciones, descubrimientos, mejoras, especificaciones, códigos fuentes, especificaciones, código objeto, programas, documentación, diseños, métodos, sistemas, software y, en general, cualquier material que pueda protegerse bajo las leyes de propiedad intelectual o industrial, que se originen o resulten como producto específico y directo de los Servicios objeto de este Contrato y que no correspondan a elementos preexistentes, serán de propiedad de MINSAL no pudiendo el Proveedor utilizar de modo alguno con terceros distintos al MINSAL, la Subsecretaría de Salud Pública y de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, ninguna documentación que se le proporcione o que se genere para la entrega de los servicios. Se entenderá como elementos preexistentes a los conceptos, conocimientos, know-how o técnicas relativas al procesamiento de datos y tecnologías de la información, a todo material original escrito o legible por máquina, incluyendo programas, medios magnéticos, listados, manuales y otra documentación de programación. De consecuencia, el Proveedor no podrá utilizar, de modo alguno, con terceros distintos a MINSAL, la Subsecretaría de Salud Pública y la Secretaría Regional Ministerial de Salud, ninguna documentación que se le proporcione o que se genere para la ejecución del contrato, así como tampoco el prototipo del Sistema, los programas fuentes y objetos generados, y las bases de prueba para el desarrollo que se utilicen en cada servicio, sin la autorización expresa de MINSAL, la Subsecretaría de Salud Pública y la Secretaría Regional Ministerial de Salud. En el desarrollo, el Proveedor, deberá garantizar el cumplimiento de las restricciones legales al uso del material protegido por derechos de propiedad intelectual en favor de terceros. Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos que no cuenten con licencia. Asimismo, queda prohibido el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización. En cualquier caso, el incumplimiento de esta circunstancia no podrá acarrear responsabilidad para el MINISTERIO, para la Subsecretaría de Salud Pública o para La SEREMI, debiendo el proveedor hacerse cargo de cualquier reclamo de tercero en esta materia, liberando desde ya al Ministerio de Salud, a La Subsecretaría de Salud Pública y a La SEREMI, de cualquier obligación y/o responsabilidad al respecto Todos los bienes y activos de propiedad intelectual del oferente o adjudicatario se mantendrán bajo su titularidad, salvo acuerdo expreso y por escrito que disponga lo contrario.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO
El sistema de multas tiene como objetivo estimular la eficiencia del prestador en la entrega de los productos o servicios contratados. Multas: La SEREMI se reserva el derecho de aplicar una multa, al adjudicatario, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas o Técnicas. Incumplimiento Valor de la Multa Retraso en 60 minutos de la hora definida del inicio del servicio requerido, de acuerdo con el horario informado por la contraparte técnica de La SEREMI mediante correo electrónico. 2% del valor del servicio por el número de horas de atraso. Por incumplimiento a otro tipo de obligaciones 3 UTM Podrán descontarse del estado de pago respectivo o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiere, en caso de que no queden estados pendientes de pago. Para aplicar una multa La SEREMI notificará de ello al Adjudicatario, acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la multa. La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Adjudicatario declare en su oferta, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos. Una vez notificado, el Adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante La SEREMI, quién resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de La SEREMI. La medida a aplicar se formalizará a través de una Resolución Exenta fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de La SEREMI de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y/o en las presentes Bases y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiere.
DE LA SUBCONTRATACIÓN
Se prohíbe la subcontratación del presente instrumento, porque será evaluada la experiencia del oferente, salvo en el caso de servicios anexos, no incluidos en el presente requerimiento, previa autorización de la contraparte técnica. Se deja expresamente establecido que La Seremi, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume, ninguna obligación para con el personal que el prestador destine o contrate.
DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONVENIO.
Resciliación o mutuo acuerdo. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, en especial lo señaladas en las Bases Técnicas de las presentes bases. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la entrega de los productos. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Si el adjudicatario fuere sometido a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima. Si a juicio de La SEREMI, no está ejecutando fielmente la licitación o en forma reiterada o flagrante no cumple con las obligaciones estipuladas, debidamente acreditado en informes. En caso de muerte del adjudicatario o socio que implique término de giro de la empresa. Tanto rechazo de las reparaciones, como la demora de los plazos establecidos reiteradamente, facultará a la SEREMI de Salud para poner término al contrato, pudiendo cobrar las garantías por no cumplimiento si no la hubiere. En caso de que no queden estados pendientes de pago. Por 3 accidentes del trabajo consecutivos a causa de negligencia inexcusables del trabajador o la empresa, comprobados por el informe técnico de la Unidad de Prevención de Riesgos. Por un accidente grave o fatal a causa de negligencia inexcusable del trabajador la empresa, comprobados por el informe técnico de la Unidad de Prevención de Riesgos. Por incidentes que pudiesen haber afectado a los procesos de La SEREMI o la seguridad y salud de cualquier funcionario y/o usuario de la institución, comprobados por el informe técnico de la Unidad de Prevención de Riesgos. El convenio se entenderá resuelto administrativamente, de pleno derecho y sin forma de juicio por cualquier incumplimiento de aquellos señalados precedentemente, por parte del
MODIFICACIONES AL CONTRATO O CONVENIO
Sin perjuicio de las demás causales establecidas en el artículo 77, cuando se trate de las causales contenidas en los numerales 1 y 6 del referido artículo, se podrá modificar el contrato. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
PROCEDIMIENTO PARA LA TERMINACIÓN
En todos los casos se procederá a efectuar la liquidación del convenio determinando las obligaciones que quedaren pendientes.
LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Se liberará de toda responsabilidad a La SEREMI en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los servicios que se adquieran.
CONSTANCIA.
Se deja expresa constancia que el adjudicatario se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que se derivan de todas las cláusulas y anexos contenidos en las Bases Administrativas y Técnicas de esta propuesta, entendiéndose incorporadas todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575 y 19.653.
DEL APROVISIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS
Los servicios requeridos se indican en Anexo N° 6, los que se solicitarán contra eventos, es decir, cada vez que La SEREMI lo requiera. La contraparte técnica de La SEREMI, dará aviso al proveedor del servicio requerido vía correo electrónico, el cual debe tener respuesta en el plazo señalado en la oferta. Con la aprobación de la referida Contraparte Técnica, se coordinará la ejecución del servicio de acuerdo a lo informado por el proveedor y a la oferta presentada. Para los servicios de mantención preventiva, se comenzarán a ejecutar en el plazo señalado en la oferta, previa coordinación con la contraparte técnica de La SEREMI, los cuales deberán estar terminados en un plazo menor o igual a dos (2) días hábiles. Para los servicios de diagnósticos, la empresa adjudicada, una vez notificada por medio de correo electrónico de la contraparte técnica de La SEREMI, deberá entregar una cotización en un plazo menor o igual a dos (2) días hábiles, dando respuesta al correo electrónico enviado. Las reparaciones procederán según cotización previamente aceptada por la contraparte técnica de La SEREMI. Una vez notificado, el proveedor deberá dar solución en un plazo de acuerdo a lo indicado en su oferta. En el caso que la cotización presente la necesidad de piezas y accesorios, se podrá aceptar o rechazar dichos materiales, en caso de rechazo La Seremi proveerá de las partes requeridas para realizar la reparación. En los casos que, para alguno de los servicios descritos anteriormente, el proveedor requiera un plazo mayor al indicado, de menor o igual a dos (2) días hábiles, esté deberá solicitar aprobación de extensión de los plazos, previamente a la contraparte técnica de La SEREMI. Los servicios solicitados deberán realizarse en Temuco y en las comunas individualizadas en la siguiente tabla: Desde Temuco (*) a KM Ida y Vuelta Angol 131 262 Collipulli 99 198 Cunco 60 120 Curacautín 89 178 Imperial 34 68 Lautaro 47 94 Liucura 152 304 Lonquimay 142 284 Pitrufquén 30 60 Loncoche 83 166 Traiguén 74 148 Victoria 63 126 Villarrica 86 172 Las distancias presentadas serán utilizadas para obtener el valor del desplazamiento desde Temuco a las respectivas comunas, las que el proveedor deberá incluir en sus respectivas cotizaciones, señalando los km indicados en la tabla anterior, por el valor ofertado en los Anexos económicos. Será responsabilidad del Adjudicatario que los distintos equipos TIC estén en perfectas condiciones, esto es, con el debido resguardo, tomando en cuenta, el embalaje cuando se requiera traslados, los gastos de combustible (trasporte), la seguridad del personal, el debido cuidado del Iugar de entrega de los servicios, cuidando de no generar daños al momento de la ejecución.
CONTRAPARTE TECNICA
La SEREMI designa en este acto al Jefe Subdepartamento de Tecnologías de la Información y Comunicación o quien le subrogue o reemplace, como Inspector Técnico del Contrato (ITC), quien será el encargado de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo. De Forma análoga, el adjudicado designará en el plazo de 24 horas desde aceptada la Orden de Compra, un “Encargado Técnico”, el que se considerará como puente de contacto y a quien se realizarán las observaciones, consultas y/o sugerencias correspondientes. El Proveedor deberá informar esta designación a la contraparte técnica al correo electrónico rodrigo.collipal@redsalud.gob.cl. El Inspector Técnico del Contrato, es el responsable de llevar el control del gasto, quien deberá ir descontando de la orden de compra que rija el servicio.
DE LA REVISIÓN DE CALIDAD Y VERIFICACIÓN DEL SERVICIO
Una vez realizado el servicio, será el Jefe Subdepartamento de Tecnologías de la Información y Comunicación (ITC), el encargado de verificar si el servicio cumple con los requerimientos técnicos solicitados en las Bases de la Licitación. Si en la revisión se detecta que el servicio no cumple con lo requerido según bases, éste no será recibido conforme, y en este caso el Adjudicatario deberá, en un plazo no superior a 2 días hábiles, dar cumplimiento a lo requerido asumiendo el costo y Multas detalladas en numeral 25 de las Bases Administrativas. En caso que no se cumpla con lo requerido, deberá informar para que su oferta sea desestimada y pueda evaluarse la readjudicación al segundo proveedor mejor evaluado.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El Adjudicatario es responsable de las partes y piezas retiradas. En caso de deterioro o pérdida, deberá responder con la reposición de estás, sin que esto genere algún cobro para la SEREMI. La garantía por cada uno de los servicios realizados será de 3 meses mínimo, los que fallen en períodos de garantía deberán ser atendidos en los mismos plazos establecidos. Sin que esto implique un costo adicional a la SEREMI. Los repuestos suministrados por la misma empresa tendrán una garantía mínima de 6 meses.
REQUERIMIENTOS TECNICOS DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS
Los requerimientos técnicos se detallan en el Anexo N°6. Toda oferta que no cumpla con los requerimientos técnicos que se solicitan según anexo, será declarada inadmisible y no serán evaluadas. En los casos que existan servicios que no se encuentren detallado dentro del Anexo N°6 el proveedor deberá enviar una cotización a la contraparte técnica del Contrato, el cual podrá o no autorizar la realización de la mantención o reparación, siempre y cuando esta esté dentro del rubro de la presente licitación y los valores se ajusten a los precios del mercado. Sin perjuicio de la facultad de La SEREMI de la contratación de dichos servicios con un tercero por las modalidades establecidas en la normativa de Compras Públicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.