Licitación ID: 4968-16-LE26
SERVICIO DE CONTACTABILIDAD DE PACIENTES POR WHATS
Responsable de esta licitación: HOSPITAL DE QUILPUE
Fecha de Cierre: 20-03-2026 17:42:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 149
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 10 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Software de centro de llamadas o soporte técnico (call centers o contact center) 240000 Unidad
Cod: 43231501
SERVICIO DE CONTACTABILIDAD DE PACIENTES POR WHATSAPP. SERVICIO REQUERIDO POR 12 MESES CONSIDERANDO UN TOTAL REFERENCIAL DE 240.000 UNIDADES DE INTERACCIONES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE CONTACTABILIDAD DE PACIENTES POR WHATS
Estado:
Publicada
Descripción:
Que, el Hospital de Quilpué requiere efectuar un llamado a licitación pública para la contratación de un “SERVICIO DE CONTACTABILIDAD POR WHATSAPP” de manera de establecer un servicio de citación, re-agendamiento, anulación y confirmación de atención A.M. El presente servicio busca establecer contacto con nuestros pacientes a través de la plataforma de mensaje Whatsapp, para gestionar de manera más eficiente la utilización de los cupos en agendas ambulatorias del Consultorio Adosado de Especialidades CAE del Hospital de Quilpué, según Solicitud de Compra N°93 del 21 de octubre de 2025 del consultorio adosado de especialidades CAE.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
HOSPITAL DE QUILPUE
R.U.T.:
61.606.604-8
Dirección:
SAN MARTÍN 1270 - QUILPUÉ
Comuna:
Quilpué
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-03-2026 17:42:00
Fecha de Publicación: 10-03-2026 10:18:24
Fecha inicio de preguntas: 10-03-2026 10:20:00
Fecha final de preguntas: 14-03-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-03-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-03-2026 17:43:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-03-2026 17:43:00
Fecha de Adjudicación: 27-04-2026 17:43:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnicos
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONÓMICA Según bases de licitación 40%
2 EXPERIENCIA EN INSTITUCIONES DE SALUD DE ALTA COMP Según bases de licitación 10%
3 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Según bases de licitación 2%
4 CUMPLIMIENTO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Según bases de licitación 20%
5 TIEMPO DE RESPUESTA Según bases de licitación 5%
6 PRUEBA DE APLICACIÓN Según bases de licitación 20%
7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Según bases de licitación 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: HECTOR BASTIAS
e-mail de responsable de pago: hector.bastias@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Entidad Licitante podrá readjudicar la Licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido o declarar desierta la licitación, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectivo el instrumento de garantía de seriedad de la oferta -si es que lo hubiera-, en los siguientes casos: a Si el adjudicatario se desistiese de perseverar en el contrato, ya sea porque no firma dicha convención o porque comunica al mandante la voluntad de retirar su oferta. b Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra a la que se refiere el inciso primero del artículo 58 del Reglamento de la ley de Compras y Contratación Pública. c Si por causal sobreviniente a la admisibilidad de la oferta se acreditase que el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos de los artículos 4º y 35 quater de la ley N°19.886, en virtud de la ley N°20.393, del decreto ley N°211 de 1973 yo de la ley N°21.595 de 2023; o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. Si se verifica alguna de las circunstancias indicadas en los literales precedentes, la Entidad Licitante podrá, readjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Lo anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 58 inciso final del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
CLAUSULA DE SEGURIDAD
Las siguientes cláusulas constituyen el estándar mínimo de seguridad de la información exigido por el Hospital. CLÁUSULA PRIMERA: Confidencialidad y Protección de Datos • El proveedor deberá mantener estricta confidencialidad respecto de toda información a la que acceda en el marco del servicio, cualquiera sea su formato o medio de acceso. • El tratamiento de datos personales deberá cumplir con la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, vigente al momento de la contratación, y considerar los principios establecidos en la Ley N° 21.719 para efectos de adecuación progresiva. • Queda expresamente prohibido el uso de los datos o información del Hospital para fines distintos de los establecidos en el contrato, así como su comunicación o cesión a terceros no autorizados. CLÁUSULA SEGUNDA: Seguridad de la Información • El proveedor deberá implementar controles de seguridad de la información proporcionales a la criticidad del servicio y al tipo de información tratada, equivalentes o superiores a los definidos por las normas ISO/IEC 27001 e ISO/IEC 27002, incluyendo los controles 5.19 (Relación con Proveedores) y 5.23 (Servicios en la Nube) cuando corresponda, conforme a lo exigido por la Resolución Exenta MINSAL N° 850. • El Hospital mantiene en todo momento la propiedad, control y soberanía de sus datos e información, y el proveedor garantiza protección contra accesos no autorizados, pérdida, alteración, tratamiento indebido o divulgación de dicha información. Lo anterior implica que el proveedor no adquiere ningún derecho de propiedad, uso, cesión, explotación comercial ni reutilización sobre la información del Hospital. Asimismo, cualquier acceso, almacenamiento, procesamiento, respaldo, transferencia o eliminación de los datos deberá realizarse únicamente conforme a las instrucciones del Hospital y dentro del marco del contrato suscrito CLÁUSULA TERCERA: Accesos y Credenciales • Los accesos otorgados al proveedor deberán ser controlados, individualizados, auditables y otorgados exclusivamente para fines operativos asociados al servicio contratado. • El proveedor deberá solicitar oportunamente la creación, modificación y eliminación de las credenciales de acceso de su personal autorizado. • El proveedor deberá garantizar trazabilidad completa de cada acceso realizado por su personal, incluyendo a lo menos: o Identidad del técnico o usuario que accede. o Fecha y hora de inicio y término del acceso. o o Actividades realizadas. o o Sistema o componente intervenido. o Medio o canal de conexión utilizado. o Los registros deberán mantenerse por un período mínimo de 24 meses y ser entregados al Hospital cuando éste lo solicite CLÁUSULA QUINTA: Notificación de Incidentes de Seguridad • El proveedor deberá notificar al Hospital de forma inmediata y obligatoria todo incidente de seguridad de la información, en especial aquellos de carácter crítico, que afecte o pueda afectar la confidencialidad, integridad o disponibilidad de la información institucional, en un plazo máximo de una (1) hora contado desde su detección o desde el momento en que razonablemente debió haber tomado conocimiento del incidente. La notificación inicial no podrá ser diferida por encontrarse el incidente en análisis y deberá realizarse aun cuando la información disponible sea preliminar. • Dicha notificación deberá incluir, a lo menos, una descripción general del incidente,su impacto estimado, las medidas de contención adoptadas y un punto de contacto técnico del proveedor. El proveedor deberá complementar la información inicialmente entregada a medida que disponga de nuevos antecedentes y colaborar activamente con el Hospital para el cumplimiento de las obligaciones de reporte ante la autoridad sectorial competente, conforme a la Ley Marco de Ciberseguridad. • El proveedor deberá complementar la información inicialmente entregada a medida que disponga de nuevos antecedentes, y colaborar activamente con el Hospital para el cumplimiento de las obligaciones de reporte ante la autoridad sectorial competente, conforme a la Ley Marco de Ciberseguridad. CLÁUSULA SEXTA: Continuidad Operativa • El proveedor deberá contar con planes de continuidad operativa y recuperación ante incidentes que aseguren la prestación del servicio contratado. • Dichos planes deberán ser puestos a disposición del Hospital cuando éste lo solicite para efectos de evaluación o verificación. CLÁUSULA SÉPTIMA: Término del Servicio • Al finalizar el contrato o servicio, el proveedor deberá devolver al Hospital toda la información institucional que haya sido tratada, almacenada o generada en el marco del servicio, en el formato que el Hospital solicite, asegurando que dicha información sea legible, íntegra y utilizable al momento de su entrega. • En caso de que la información se encuentre cifrada o protegida mediante mecanismos de seguridad, el proveedor deberá entregar las claves, credenciales o medios necesarios que permitan al Hospital acceder plenamente a dicha información. • Cuando el Hospital así lo solicite, el proveedor deberá emitir un certificado de eliminación segura de las copias de información que permanezcan en su poder una vez finalizado el contrato. • Cuando el servicio implique tratamiento de datos personales o sensibles, el proveedor tendrá la calidad de Encargado de Tratamiento, debiendo actuar exclusivamente bajo instrucción documentada del Hospital, en conformidad con la normativa vigente y la Resolución Exenta MINSAL N° 850
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.