|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
ART. 50°
|
La Comisión, para efecto de la selección y evaluación de las propuestas, deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de ello, la Comisión queda facultada para realizar consultas a expertos en tema relacionados con la propuesta, solicitar informes técnicos ante dudas, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, siempre y cuando estas hubieren sido previstas en las bases, como lo indica el Art. 39° del Reglamento de la Ley N° 19.886
|
|
ART. 51°
|
Complementando lo indicado en el artículo anterior la comisión podrá realizar las siguientes acciones:
|
|
|
a) Solicitar respuesta de expertos (DOM-SECPLAN-JURIDICO-CONTROL-LICITACIONES)
b) Solicitar nueva entrevista a los oferentes seleccionados, en caso de empate.
c) Solicitar prueba escrita a los oferentes seleccionado, en caso de empate.
|
|
ART. 52°
|
En caso de suceder lo indicado en el punto anterior, se deberán hacer los ajustes correspondientes, vía acto administrativo para transparencia del proceso.
|
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
ART. 45°
|
En el caso que la omisión o inexistencia de algún antecedente, y que estos sean igual o inferior a dos documentos, la comisión solicitará aclaración correspondiente para salvar dicho error u omisión, descontando el puntaje asignado por cumplimiento de forma y contenido de las propuestas en los criterios de evaluación. Además, si existen razones fundadas para establecer que, al solicitar dicha aclaración, se confieran a estos oferentes una situación de privilegio o afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, se declarará inadmisible su propuesta.
Documentación obligatoria, por su evaluación explicita del contenido de esta y que pueda conferir una situación de privilegio o afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes:
- Omisión del Anexo N° 3, N° 4
Toda documentación que el oferente suba en el proceso de aclaración del proceso deberá obligatoriamente contar con fecha de emisión (para el caso de certificados, documentación solicitada a instituciones) anterior al cierre de las ofertas.
|
|
ART. 46°
|
Las aclaraciones se harán conforme a los términos del inciso segundo del Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas y el plazo para su presentación será de 25 horas desde la notificación realizada vía portal al oferente que haya incurrido en la omisión, bajo el apercibimiento de que su oferta será declarada inadmisible si no cumple con dicho plazo.
|
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|