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CRITERIOS DE EVALUACIÓN: |
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Nombre del Criterio
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Porcentaje
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Precio.
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60%
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Integridad y Compliance
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3%
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Cumplimiento Requisitos Formales
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2%
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Evaluación Técnica.
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15%
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Certificaciones de Experiencia.
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20%
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Total
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100%
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10.5.1 Detalle Criterios de Evaluación:
Precio 60%: Los valores ingresados por los oferentes serán evaluados proporcionalmente de acuerdo con la siguiente fórmula (asignación proporcional al mínimo ofertado):
Puntaje = (precio mínimo ofertado/Precio Oferta) *60
Cuando el valor total de la oferta en pesos chilenos resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Integridad y Compliance 3%:
Quien oferte debe informar si cuenta con programa de integridad y compliance implementado, de acuerdo al detalle solicitado en el Anexo Administrativo N° 5.
El programa de integridad y compliance de una empresa u organización, se entiende como un conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita combatir la corrupción.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad y compliance es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: un comunicado interno, mail masivo, impresión de pantalla del sistema o programa, etc.
El puntaje será asignado de acuerdo a los que indica en la siguiente tabla:
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Detalle
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Porcentaje
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Cuenta con programa(s) de integridad y compliance que sea conocido por su personal.
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Equivalente al 3%
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No se cuenta con programa(s) de integridad y compliance que sea conocido por su Personal o no cuenta con programa(s).
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Equivalente al 0 %
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Nota: Si no se adjunta o se verifica que la documentación no corresponde a un programa de integridad y compliance tendrá un puntaje de 0%.
Cumplimiento Requisitos Formales 2%:
Si el oferente publica en el portal Mercado Público, todos los documentos exigidos en las Bases Administrativas, según corresponda, dentro del plazo establecido (Acto de Apertura de las Ofertas), obtendrá 2%.
Si uno o más de los documentos del oferente requeridos las Bases Administrativas, según corresponda, no se encuentran disponibles en el Portal a la fecha del Acto de Apertura de las ofertas, obtendrá 1,5% si habiéndose solicitado los presentare, caso contrario obtendrá 1% y seguirá en el proceso.
Evaluación Técnica 15%:
Se evaluará de acuerdo a lo declarado en el Anexo Técnico N°6 y demás documentos solicitados que respalden lo declarado, donde el puntaje máximo será equivalente al 15% y el mínimo de 1%, lo que corresponderá a la sumatoria de cada ítem a evaluar:
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EVALUACIÓN TÉCNICA
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TRATAMIENTO Y ELIMINACION DE RESIDUOS
Se considera si cuenta con planta de tratamiento para los residuos especiales y peligrosos autorizados por las autoridades correspondientes (SEREMI de Salud, Ministerio de Medio Ambiente, etc.).
Extracto del DS N° 6 Artículo 1°.- El presente reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad básicas a las que deberá someterse el
manejo de los residuos generados en establecimientos de atención de salud.
Artículo 2°.- Para los efectos del presente reglamento, las expresiones que aquí se indican tendrán el significado que se señala:
Ejemplo:
Tratamiento: Todo proceso destinado a cambiar las características físicas, químicas o biológicas de los residuos, con el objetivó de neutralizarlos, recuperar energía o materiales o eliminar o reducir su peligrosidad.
Eliminación: Conjunto de operaciones mediante las cuales los residuos son tratados o dispuestos finalmente mediante su depósito definitivo, incluyéndose en estas operaciones aquellas destinadas a su reutilización o reciclaje;
Minimización: Acciones para evitar, reducir o disminuir en su origen, la cantidad o peligrosidad de los residuos de establecimientos de atención de salud generados. Considera medidas tales como la reducción de la generación, la concentración y el reciclaje;
Protocolo MINSAL exposición a citostáticos, gestión de residuos citostáticos que señala: La eliminación de estos residuos se realizará mediante la recolección de los mismos por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud correspondiente para ello y su posterior tratamiento, preferiblemente por incineración de acuerdo a lo señalado en el DS N° 148.
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Cuenta Con Planta de Tratamiento autorizadas por las autoridades correspondientes y realiza procedimiento de tratamiento de acuerdo al D.S. N°6 artículo N°2
“tratamiento” y Protocolo MINSAL exposición a citostáticos.
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15%
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No cuenta con Planta de tratamiento, pero realiza
entrega de los productos en Planta de Tratamiento autorizadas por las autoridades correspondientes que realiza procedimiento de tratamiento de acuerdo al D.S. N°6 articulo N°2 “tratamiento” y Protocolo MINSAL exposición a citostáticos.
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10%
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No cuenta con Planta de tratamiento, pero realiza
entrega de los productos en Planta de Tratamiento autorizadas por las autoridades correspondientes.
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1%
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Certificaciones de Experiencia 20%
Se evaluará de acuerdo con las referencias que adjunten los oferentes, donde el puntaje máximo será 20% y el mínimo 0%, según lo solicitado en el Anexo Técnico Nº8:
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Rangos
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Porcentaje
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(+) de 10 referencias
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Equivale al 20%
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De 6 a 10 referencias
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Equivale al 10%
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Entre 1 a 5 referencias
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Equivale al 5%
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No presenta referencias o las presentadas no son válidas
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Equivale al 0%
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Será considerada 1 referencia por organización pública o privada, el que deberá ser avalado y firmado por el jefe (a) del área de Prevención de Riesgos o similar, los que deberán venir debidamente llenados, firmados y timbrados.
La asignación de puntaje está sujeta a revisión de antecedentes presentados y cumplimiento de las exigencias establecidas en este criterio, en caso de no presentar los correspondientes certificados, o estos no sean validados por el requirente técnico se le asignará 0% y podrá continuar el proceso licitatorio, no se considerarán alteraciones en el correspondiente anexo Técnico “Certificaciones de Experiencia”.
Las referencias no deberán tener una antigüedad menor a 2 años desde la fecha de prestación del correspondiente servicio, hasta la presentación de las ofertas, y deberán estar relacionadas al objetivo del presente proceso licitatorio.
Para este criterio, deberán considerar el Anexo Técnico N° 8, proporcionado en las presentes bases de licitación. Déjese establecido que, en caso de acompañar otro formato de certificaciones de experiencia, necesariamente debe contener las exigencias de este documento, por lo cual no se considerarán órdenes de compra y/o contratos que no contengan toda la información solicitada.
El puntaje total corresponderá a la sumatoria de los puntajes conforme a los criterios evaluados: Precio + Integridad y Compliance + Cumplimiento Requisitos Formales + Evaluación Técnica + Certificaciones de Experiencia.
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CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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A continuación, se detallan las especificaciones técnicas de “LOS SERVICIOS” requerido :
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Ítem
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Servicio
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1
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Retiro, trasporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales.
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Retiro, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos.
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El promedio mensual (Valor referencial) del Retiro de Residuos Especiales y Peligrosos del Hospital es el siguiente:
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DESCRIPCIÓN
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Kg. Referenciales
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Patológicos
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61
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Contaminados
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5964
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Corto punzantes
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574
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Peligrosos
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416
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Total
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7014
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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS
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El adjudicatario deberá retirar desde las instalaciones del Hospital en la Sala de Almacenamiento u otro que el Hospital destine como lugar de almacenamiento, los siguientes residuos:
- Residuos patológicos, sangre y productos derivados, contaminados con sangre, cultivos y muestras almacenadas, cortopunzantes y cualquier otro residuo considerado por la autoridad competente en la categoría de residuo especial.
- Residuos inflamables, corrosivos, reactivos, residuos tóxicos (agudos, crónicos extrínsecos), fármacos en desuso, medicamentos citostáticos y otros con características de peligrosidad definidas en el Decreto Supremo N° 148/2003 y cualquier otro residuo considerado por la autoridad competente en la categoría de residuo peligroso.
Los residuos señalados serán trasladados internamente desde los servicios de generación por personal designado por el Hospital hacia las salas de almacenamiento de residuos, las cuales cuentan con las autorizaciones sanitarias correspondientes, de acuerdo a la reglamentación vigente.
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En el Hospital, el retiro de residuos especiales se deberá realizar de lunes a domingo, incluye los días feriados, desde el lugar de acopio, de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Sábado Domingo y festivos de 9:00 a 12:00 hrs., el horario podrá sufrir cambios conforme a los requerimientos del Hospital DIPRECA, el cual será informado por el encargado del manejo de REAS del Hospital o quien este designe.
Para el caso de los residuos farmacológicos y citostáticos, éstos se deberán retirar de las instalaciones 4 veces por semana, el cual puede aumentar la cantidad de retiros, según requerimiento del Hospital.
Los residuos peligrosos deberán ser retirados 2 veces en el mes, una vez que el Hospital, realice la declaración en el Sistema de Ventanilla Única del Ministerio de Medio Ambiente RETC, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, en horario que hospital designe a través del encargado del manejo de REAS del Hospital, el cual podrá sufrir cambios de acuerdo al requerimiento del Hospital.
El Hospital podrá solicitar la frecuencia del aumento del retiro de los residuos y en el horario que se requiera, cada vez que existan situaciones tales como: Aumento de la generación de los residuos y/o situaciones de emergencia sanitaria como pandemia u otro que afecte la generación, aumento del almacenamiento, retiro y disposición de los residuos especiales y peligrosos, sin cargos adicionales para el Hospital DIPRECA.
El adjudicatario deberá realizar el tratamiento de los residuos especiales y peligrosos retirados del hospital a fin de neutralizarlos, recuperar energía o materiales o eliminar o reducir su peligrosidad, conforme a los tratamientos de incineración, por autoclave, desinfección, otros, autorizados por las autoridades correspondientes (SEREMI de Salud, Ministerio de Medio Ambiente, etc.)
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El adjudicatario deberá proveer al Hospital Dipreca los siguientes insumos para los residuos ESPECIALES:
- Mensualmente deberá proveer al hospital 3000 amarras plásticas de 200 mm.
- 1000 unidades de bolsas amarillas para acopio interno de 80x80 y 2000 de 60x60 para residuos especiales, rotuladas de acuerdo a las características de peligrosidad y que defina el servicio de procedencia del desecho.
- 3000 unidades de bolsas amarillas para tratamiento por autoclave de 64x90, para residuos especiales, rotuladas de acuerdo a las características de peligrosidad y que defina el servicio de procedencia del desecho.
- 1000 unidades de bolsas amarillas para incinerar de 64x90 para residuos especiales, rotuladas de acuerdo a las características de peligrosidad y que defina el servicio de procedencia del desecho.
- En emergencias sanitarias como pandemia o aumento de la generación de los residuos, el adjudicatario deberá aumentar sin costo para el envío de bolsas según tipo de residuo, objeto asegurar la continuidad del proceso interno de segregación, transporte y almacenamiento de los residuos.
- El adjudicatario deberá proveer mensualmente al Hospital contenedores plásticos amarillos desechables y reutilizables (Con el fin evitar el impacto sanitario-ambiental, reducir la cantidad de material dispuesto en rellenos sanitarios y la huella de carbono) rígidos y resistentes al corte y la punción, en comodato para el material cortopunzante, rotulados y provistos de sellos de seguridad, todo bajo normas del SEREMI de Salud. Lo anterior en las siguientes cantidades mínimas mensual:
- Contenedores desechables:
ü 120 unidades de una capacidad de 0.8 o 1 litro.
ü 200 unidades de una capacidad de 2 litros.
ü 150 unidades de una capacidad de 8 o 10 litros.
ü 40 unidades de una capacidad de 42 o 50 litros.
- Contenedores reutilizables:
ü 200 unidades de una capacidad de 2 litros.
ü 20 unidades de una capacidad de 3 litros.
ü 10 unidades de una capacidad de 4 litros.
Para los contenedores reutilizables el oferente deberá contar con una planta de sanitización y de esterilización de contenedores, propia y autorizada por la Autoridad Sanitaria. Estos parámetros deberán acreditarse mediante la presentación de las correspondientes autorizaciones sanitarias.
- Junto con cada contenedor, el adjudicatario debe proveer un sistema de anclaje (para pared, carros o mesones), en cada servicio o área que el Hospital designe para la eliminación del material cortopunzante, del cual el adjudicatario será responsable de todos los materiales para su instalación.
- En los retiros de los contenedores reutilizables utilizados para el material cortopunzante, se deberán registrar las cantidades de contenedores retirados y el peso total de los residuos retirados, los cuales sólo deben considerar el material contaminado, descontando el peso total del contenedor.
- En emergencias sanitarias como pandemia, aumento de la generación de residuos, u otros, el adjudicatario deberá aumentar el envío de contenedores según tipo de residuo, objeto asegurar la continuidad del proceso interno de segregación, transporte y almacenamiento de los residuos.
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El adjudicatario deberá proveer al Hospital DIPRECA en forma mensual los siguientes insumos para los residuos PELIGROSOS
- 1.000 unidades de bolsas de 64x90 para retiro externo fabricadas en polietileno de 100 micrones de espesor, pigmentadas en color rojo, rotulados con riesgo 6 (tóxico) y provistos de sellos de seguridad, todo bajo normas del SEREMI de Salud.
- 1.000 unidades de bolsas de 64x90 para retiro externo fabricadas en polietileno de 100 micrones de espesor, pigmentadas en color rojo, rotulados con riesgo 9 (otros riesgos) y provistos de sellos de seguridad, todo bajo normas del SEREMI de Salud.
- 2.000 unidades de bolsas de 64x90 para retiro externo fabricadas en polietileno de 120 micrones de espesor, pigmentadas en color rojo, rotulados con riesgo citotóxico y provistos de sellos de seguridad, conforme al Protocolo de Vigilancia para trabajadores expuestos a citostáticos (MINSAL 2016).
- 500 unidades de bolsas de 80x80 para acopio interno, fabricadas en polietileno de 100 micrones de espesor, pigmentadas en color rojo, y provistos de sellos de seguridad, todo bajo normas del SEREMI de Salud.
El adjudicatario deberá proveer mensualmente al Hospital contenedores plásticos rojos para material corto punzante, rotulados y provistos de sellos de seguridad, todo bajo normas del SEREMI de Salud. Lo anterior en las siguientes cantidades:
ü 120 unidades de una capacidad de 0.8 o 1 litro.
ü 180 unidades de una capacidad de 2 litros.
ü 60 unidades de una capacidad de 5 litros.
ü 230 unidades de una capacidad de 8 o 10 litros.
ü 50 unidades de una capacidad de 13 a 15 litros.
El adjudicatario deberá proveer al Hospital Dipreca soportes y cajas de cartón para el almacenamiento de tubos fluorescentes.
El adjudicatario deberá entregar mensualmente 40 bidones de 5 lts y 40 bidones de 20 lts para el almacenamiento de los residuos líquidos peligrosos en el hospital DIPRECA todos rotulados de acuerdo a la característica de peligrosidad.
El adjudicatario deberá considerar un aumento en las cantidades solicitadas en caso de solitud por parte del Hospital, debido al aumento de la generación de los residuos, por emergencia sanitaria por pandemia u otra que la autoridad informe.
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El adjudicatario, deberá abastecer de un de un stock inicial de los siguientes insumos, sin costo adicional para el Hospital:
Bolsas amarillas para autoclave de 64x90 3000 unidades, bolsas amarillas para acopio interno de 80x80 1000 unidades y de 60x60 2000 unidades, bolsas amarillas para incinerar 64x90 1000 unidades.
Bolsas rojas para fármacos 64x90 1000 unidades, bolsas rojas para citostáticos 64x90 2000 unidades, bolsas rojas para residuos peligrosos misceláneos 64x90 1000 unidades y bolsas rojas para acopio interno 80x80 500 unidades.
Bidones para RESPEL 5 litros 40 unidades, bidones para RESPEL 20 litros 50 unidades.
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El Adjudicatario proveerá al Hospital DIPRECA, carros contenedores entregados mientras esté vigente el contrato, de color según la norma vigente para cada tipo de residuos, de 110 litros, plásticos con tapa, rotulados conforme a la norma Chilena N° 2190 y en las cantidades que sean necesarias, para el traslado interno de los residuos hacia el lugar de acopio.
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En emergencias sanitarias como pandemia u otros el adjudicatario deberá aumentar el envío de contenedores de 110 litros según tipo de residuo, objeto asegurar la continuidad del proceso interno de segregación, transporte y almacenamiento de los residuos del Hospital.
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Todos los insumos anteriormente señalados, son de cargo de la empresa adjudicada, en donde las cantidades pueden variar, aumentando o disminuyendo, de acuerdo a las observaciones que realice el encargado de REAS del Hospital o quien lo subrogue.
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El adjudicatario deberá contar con un plan de capacitación dirigido a las/os funcionarias/os del hospital, que realizan actividades de segregación en el origen, recolección interna, transporte y/o eliminación de residuos generados en el Hospital DIPRECA. Las capacitaciones se deberán llevar a cabo en los Servicios y/o en otro lugar que el encargado de REAS o quien lo subrogue determine, distribuidas de lunes a viernes en el periodo que dure la licitación, con una duración de no menos 1 hora de acuerdo a las necesidades detectadas por el Hospital DIPRECA, objeto alcanzar la totalidad de las/os funcionarias/os. El contenido de la capacitación deberá ser visada por el encargado de REAS del Hospital o quien lo subroga y deberá entregar un certificado de aprobación de la capacitación.
El adjudicatario deberá entregar el Plan de capacitación y el contenido de la misma en un plazo máximo de 6 semanas desde la adjudicación de esta licitación.
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El personal que el adjudicatario destine a realizar el retiro de los desechos desde el HOSPITAL y que tenga contacto con material contaminado con residuos especiales, deberá estar vacunado contra la Hepatitis B.
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Por otro lado, este personal debe contar con Elementos de Protección Personal acorde al riesgo asociado según el tipo de residuos que maneje.
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Para la recolección de los residuos, el adjudicatario llenará una guía de recepción foliada, en cada retiro, indicando la ubicación de retiro, el número de bolsas retiradas, la cantidad de kilos retirados, nombre de la persona que entrega y de la persona que recibe. La guía original de cada retiro se adjuntará a la facturación quincenal, dejando una copia firmada en el Hospital al momento del retiro de los desechos.
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El transporte de los residuos fuera del Hospital será de cargo y responsabilidad del adjudicatario, con vehículos de su propiedad, aptos y exclusivos para este fin, diseñados para proporcionar aislamiento térmico al contenido transportado, fácil de lavar y desinfectar, los que deberán contar con las autorizaciones que corresponda según la reglamentación vigente.
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El adjudicatario deberá informar en su propuesta técnica en qué consiste el proceso de tratamiento de los residuos, cómo se lleva a cabo y si participa otra empresa con cargo al adjudicatario, adjuntando currículum de dicha empresa, como, asimismo, las autorizaciones sanitarias pertinentes.
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El adjudicatario deberá efectuar las declaraciones correspondientes en forma regular, periódica y oportuna en el Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisión y Transferencias de Contaminantes (RETC), del Ministerio de Medio Ambiente, como transportista y centro de disposición final, o deberá demostrar los contratos con centros de disposición final autorizados para estos fines.
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El adjudicatario estará obligado a entregar mensualmente, anexo a la facturación, un certificado que acredite ante el SEREMI de Salud y otro organismo que le competa, el total retiro de los residuos del Hospital y su posterior tratamiento y disposición, de acuerdo a las normas vigentes.
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El adjudicatario deberá cumplir con todas las normas sobre Higiene y Seguridad para sus trabajadores dotando a su personal de los Elementos de Protección Personal, que permitan evitar accidentes laborales y enfermedades profesionales del trabajador en el cumplimiento de sus labores, de acuerdo a la Ley Nº 16.744 y sus reglamentos.
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El adjudicatario asegurará la idoneidad, eficiencia y moralidad de sus trabajadores, y se hará responsable de las eventuales sustracciones, daños, deterioros y otros actos que éstos pudieran cometer en el interior del Hospital, o con motivo del traslado de los desechos desde el Hospital y obligándose a efectuar de inmediato las reparaciones, o a pagar las indemnizaciones del caso.
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Con todo, el Hospital se reserva el derecho de exigir la sustitución de uno o más de dichos empleados, cuando fundadamente no sean idóneos para la ejecución de sus labores, ocasionen daños a los bienes del Hospital, atente contra el bienestar de los pacientes, mantenga actitudes reñidas con la moral o cree conflictos con el personal del Hospital. El ejercicio de esta facultad no importará obligación alguna de la Dirección respecto de la empresa oferente o de los trabajadores afectados.
El adjudicatario deberá informar al Hospital, sobre la identidad de sus empleados que se desempeñarán en el Hospital, quienes deberán portar su identificación en un lugar visible.
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El adjudicatario deberá encontrarse al día en las obligaciones laborales y previsionales de dar respecto de sus trabajadores, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de relaciones laborales, debiendo entregar con cada estado de pago los certificados F30-1 del personal.
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La Contratación del Servicio de Retiro Residuos Especiales y Peligrosos tendrá un valor por Kilogramo (Kg) de Retiro.
- Los pagos serán validados por el jefe de Prevención de Riesgos o quien lo subrogue, tras la entrega de informes mensuales señalando fecha de retiro, área correspondiente, tipo de residuos, numero de kilos, números de bolsas, la totalidad y el monto a que asciende en pesos, esto otorgado por el supervisor asignado por el adjudicatario.
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El Hospital no se responsabilizará por los accidentes y/o daños que sufra el personal dependiente del adjudicatario dentro o fuera del recinto del Hospital, como, asimismo, no asume ninguna obligación de orden laboral, previsional o de salud con respecto a este personal.
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Los oferentes, deberán acompañar toda la información técnica y certificados correspondientes, que respalden su oferta.
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