BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
“PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD
COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO”
1. GENERALIDADES:
La Municipalidad de Coltauco requiere la contratación de servicios veterinarios para la esterilización quirúrgica de caninos y felinos (1000), machos y hembras, con y sin dueño de la comuna de Coltauco, en jornadas de esterilización en diferentes localidades de la comuna en un período de 8 meses, de acuerdo a las presentes bases administrativas y bases técnicas.
Es importante destacar que el objetivo de esta contratación es facilitar la implementación de la Ley N°21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y animales de compañía, como así mismo disminuir la tasa de natalidad de camadas en bienes nacionales y sitios eriazos.
2. FINANCIAMIENTO:
Dicha contratación será financiada con presupuesto municipal, imputado a la cuenta contable, cuyo monto disponible es de $29.800.000 (Veintinueve millones ochocientos mil pesos), impuestos incluidos:
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Área
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Programa
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Sub-Programa
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Nombre Cuenta
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Ítem
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Servicios Comunitarios
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Plan Nacional Esterilización Coltauco 2024
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Plan Nacional Esterilización Coltauco 2024
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Otros
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215.22.11.999.001.001
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3. MANDANTE:
Municipalidad de Coltauco, RUT. N°69.080.700-9, domicilio en Avda. Arturo Prat N°66, Coltauco.
4. UNIDAD TÉCNICA:
Oficina de Medio Ambiente, Aseo y Ornato.
5. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN:
Esta licitación corresponde a una adjudicación simple, menor a 1000 UTM, por lo que corresponde a la sigla LE, de acuerdo a los valores ofertados en el portal www.mercadopublico.cl, en pesos.
6. MARCO REGULATORIO, PLAZOS Y NOTIFICACIONES:
Cabe señalar que la presente licitación pública se regirá por lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas y Técnicas que por este acto se aprueban, y por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal Mercado Público y de acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley de Compras, se entenderán realizadas transcurridas 24 horas desde la publicación del documento o acto en el Sistema de Información. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Compras, y para todas las comunicaciones que se le realicen al proveedor adjudicado durante la vigencia de la contratación, los proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones, la cual deberá ser informada en el Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
7. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Para ofertar:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
6.- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
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GRADO
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CONSANGUINIDAD
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GRADO
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AFINIDAD
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TITULAR (FUNCIONARIO DE PLANTA, CONTRATA U HONORARIOS)
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CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
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1°
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Padres (padre o madre)
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1°
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Suegros / padres del conviviente civil
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Hijos e hijas
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Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
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2°
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Hermanos y hermanas
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2°
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Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
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Abuelos / nietos o nietas
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Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
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Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
8. CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO REQUERIDO:
Los oferentes deberán tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, en adelante la Municipalidad, adjudicará a un solo proveedor las líneas de compra, siempre que reúna y cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases. El servicio requerido es presencial y no podrá extenderse más allá del 30 de noviembre de 2026.
La Municipalidad entregará y coordinará con las Juntas de Vecinos, la habilitación de las sedes para realizar los operativos de esterilización, tomando todos los resguardos administrativos correspondientes.
El oferente adjudicado, que pasará a ser prestador de servicios, no tendrá calidad de funcionario municipal y deberá mantener una conducta intachable tanto al público externo como el interno, siendo de su responsabilidad el traslado a los recintos en donde debe cumplir con los servicios encomendados, que se mencionan a continuación:
- Conformación de un equipo veterinario, el cual incluye un Médico Veterinario a cargo de los operativos y dos técnicos veterinario de apoyo y un administrativo para llenar fichas de atención, entre otros o más.
- Debe presentar una carta Gantt con los diferentes sectores descritos en adjunto de la ficha de proeycto, en el cual se divirán en 3 operativos, priorizando los días viernes, sábados y domingos, para la ejecución de éstos, con el objeto de alcanzar y finalizar los cupos por sector.
- Realización de esterilizaciones para caninos y felinos, instalación de microchip de ser necesario (si la mascota ya tiene debe especificarlo la ficha de TRAC).
Una vez sancionadas las presentas Bases, el funcionario u operador del sistema, creará el Formulario de Adquisición, con las siguientes Líneas de Compras:
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Línea de Compra N°
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Clasificación ONU.
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Cant.
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Unidad de Medida
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Descripción
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1
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42121701
Mesas de operaciones veterinarias
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1000
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Unid.
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Servicio Equipo Veterinario para realizar esterilizaciones a mascotas (perros y gatos), en la comuna de Coltauco
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2
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42121701
Mesas de operaciones veterinarias
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1000
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Unid.
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Servicio de aplicación de chip en forma subcutánea a mascotas
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9. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
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PROCESO
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DESCRIPCION
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Fecha de publicación
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Se publicarán a más tardar, al quinto día de dictado el Decreto aprobatorio correspondiente.
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Fecha inicio y término de preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. del día publicado y el foro estará vigente por 72 horas hábiles.
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Fecha publicación de respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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Se publicará diez (10) días (como mínimo) contados desde la fecha de publicación, y cerrará en día hábil, a las 15:00 hrs.
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Fecha de apertura electrónica
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Se podrá realizar transcurrido 24 horas hábiles, contados desde el cierre de las ofertas (siempre y cuando no exista incidente o reclamo ingresado por Oficina de Partes, por intermitencia en la plataforma www.mercadopublico.cl)
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Fecha de confirmación de apertura electrónica
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Se podrá confirmar hasta transcurridas 48 horas hábiles, contados desde la apertura electrónica.
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Fecha de convocatoria Comisión Evaluadora
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La Comisión Evaluadora se reunirá para revisar los antecedentes, en un plazo no superior a 48 horas hábiles, contados desde la notificación del Departamento de Adquisiciones.
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Fecha de adjudicación
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Se procederá a adjudicar hasta pasado 05 días hábiles, contados desde de la fecha de apertura de la licitación.
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Fecha suscripción de contrato
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No se considera, conforme al Artículo 117° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024).
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10. GARANTÍA DEL CONTRATO:
No se considera.
11. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las ofertas se deberán presentar solamente a través del formulario de presentación de ofertas que incluye el sistema de información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los formularios indicados en las presentes bases.
No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases. Sin embargo, conforme al Artículo 115° de Decreto Supremo N°661/2024, las entidades podrán excepcionalmente efectuar los procesos de compra o ejecución contractual fuera del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En lo referido al numeral 3°, señala que cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por la Entidades o los oferentes por las vías que informe dicho Servicio. En el caso de los oferentes, el certificado deberá ser solicitado dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información. Todos los documentos aprobados o enviados fuera del Sistema de Información deberán ser publicados en dicho sistema una vez solucionada la indisponibilidad.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito.
Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
El Oferente deberá ingresar debidamente llenado los siguientes antecedentes, conforme a Formularios proporcionado en la presente Licitación:
Documentos Administrativos:
i) Formulario N°1-A Individualización del Oferente: conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT. o C.I., domicilio, teléfono.
Si estos antecedentes están presentes en el registro de proveedores, bastará con que el oferente adjunte un “pantallazo” del portal. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corroborar y solicitar información complementaria pertinente, para la validez de tales antecedentes.
En el caso de presentar una UTP, se incluye Formulario N°1-B Individualización del Oferente, debiendo además adjunta documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar como UTP, si corresponde (Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP). Estos dos últimos documentos, sólo se completarán si se presenta Unión Temporal de Proveedores.
ii) Patente Municipal Vigente y al día. Ésta debe ser acorde al rubro que está ofertando. En caso de omitirla, se descontará puntaje en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Documentos Técnicos:
iii) Formulario Nº2 “Experiencia en el Rubro”, conforme a formato adjunto, deberá ser completado con la información requerida, de fácil descarga, con sus respectivos respaldos, en lo posible agrupados en un solo documento contenedor de formato PDF.
iv) Requisitos Técnicos. El oferente deberá adjuntar los siguientes documentos, en formatos pdf o Word de fácil descarga, en formato libre:
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N°
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Requisitos
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Puntos
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1
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Nombre y Título Profesional del Veterinario
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5
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2
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Nombre y Certificado del Técnico Veterinario
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5
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3
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Nombre y Currículum del Administrativo
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5
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4
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Revisión Técnica del Vehículo
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5
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5
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Plan de Trabajo por esterilización e instalación de chip
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10
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6
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Cuenta dicho plan con medidas de higiene y salubridad para la esterilización y aplicación de chip
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10
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7
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Cuenta dicho plan con medidas de contingencia
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5
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8
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Cuenta dicho plan con medidas para almacenamiento y/o eliminación de residuos corto punzantes, biológicos y asimilables
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10
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9
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Cuenta dicho plan con difusión y entrega de papelería con tema de Tenencia Responsable
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5
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10
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Cuenta dicho Plan con detalle del equipamiento mínimo
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10
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11
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Cuenta dicho Plan con una evaluación previa, procedimiento quirúrgico y sus respectivas especificaciones técnicas.
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10
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12
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Cuenta dicho Plan con un plazo post operatorio y revisión de la herida.
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5
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13
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Cuenta dicho Plan con un manejo respecto de la muerte de la mascota durante el procedimiento.
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5
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14
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Cuenta dicho Plan con plazos para ingresar los datos en la plataforma de tenencia responsable
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10
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Total
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100
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Documentos económicos:
v) Formulario N°3 “Oferta Económica”, conforme a formato adjunto, deberá ser completado con la información requerida, de fácil descarga (puede ser en Word, escaneado o PDF).
En aquellos casos que los archivos no se puedan descargar, o bien no se puedan abrir, se informará a través de foro inverso para subsanar la situación, descontándose el puntaje del “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Se informara a través de foro inverso de la plataforma www.mercadopublico.cl a los oferentes que hubiesen incurrido en dicha situación. Mientras transcurre este plazo, la confirmación de la apertura electrónica, quedará pendiente hasta haber resuelto el inconveniente.
Los documentos solicitados se entregarán en formato digital con letra clara y fácilmente legible. Las medidas se expresarán en las unidades que correspondan, según partida y los valores en pesos chilenos. Los nombres que se asignen o den a los archivos, deberán hacer mención a su contenido. De preferencia subir archivos en formato en Word, escaneados, PDF y/o jpg.
12. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las ofertas que presenten las empresas deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos a contar de la fecha de presentación de la propuesta. La oferta cuyo periodo de validez sea inferior podrá ser rechazada por no ajustarse a este requisito. Si no lo señala expresamente el plazo de vigencia, se entenderá que por el solo hecho de presentar una oferta, el proponente le otorga la vigencia antes mencionada. Sólo en circunstancias excepcionales, se podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de validez de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas deberán ser hechas por escrito a través del sistema.
13. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será realizada por el funcionario con clave del Departamento de Adquisiciones, dejando constancia e informando a los oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°11 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, que rigen para esta Licitación.
No obstante, lo establecido anteriormente, la no presentación del Formulario Nº1-A “Individualización del Oferente”, o el Formulario N°1-B Idetificación de la UTP, se entiende que constituyen una omisión formal, de aquellas referidas en el Artículo 56° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) la Ley N°21.634/2023. Por tanto, los oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contadas desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Y en caso de persistir la omisión, se aplicará 0 punto.
14. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
Respecto de la evaluación de las ofertas, se considera los siguientes aspectos:
14.1 De la Comisión Evaluadora:
Se designará a tres funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Municipal para realizar la evaluación de las ofertas, quien tendrá las siguientes atribuciones:
i) Realizar la evaluación de las ofertas, dentro del plazo que exija las bases, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos exigidos en la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
ii) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas.
Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
iii) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
iv) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
v) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
vi) Podrá realizar las consultas y aclaraciones que considere necesarias para aclarar y/o consultar aspectos de los antecedentes de la oferta, que merezcan dudas y que se estimen necesarias para una mejor evaluación de la propuesta, las que en ningún caso podrán constituir modificación a la oferta económica ya presentada.
vii) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde o en quien esté delegada esta atribución, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
viii) Serán responsables de avisar oportunamente por canales oficiales, si requieren de más plazo para la revisión de las ofertas, argumentado el motivo de tal decisión.
14.2 De los Criterios de Evaluación:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones que hubiere, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, la Comisión Evaluadora procederá a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes, se expresarán con dos decimales.
La Comisión aplicará la pauta de evaluación que se indica más adelante y conforme a ello, elaborar unas nomina en que se consignaran las ofertas admisibles y hábiles en estricto orden de prelación, según el puntaje obtenido por cada una de ellas. Con lo anterior, la comisión propondrá la adjudicación del oferente que, aplicado la pauta de evaluación, obtenga el mayor porcentaje.
Se establecerá pauta de evaluación en función de los porcentajes de importancia de los siguientes aspectos, cuyas ponderaciones, para los oferentes son:
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N°
|
Criterio
de Evaluación
|
Rangos
|
|
1
|
Oferta económica 30%
|
|
Precio Mínimo Ofertado
|
X 100
|
|
Precio de la Oferta
|
|
|
2
|
Requisito Técnico
30%
|
Cumple con un 100% de requerido de lo solicitado
|
=
|
100 puntos
|
|
Si obtiene entre un 60 y 99 Puntos
|
=
|
70 puntos
|
|
Si obtiene entre un 21 y 59 Puntos
|
=
|
40 puntos
|
|
Si obtiene 20 Puntos
|
=
|
20 puntos
|
|
No presenta
|
=
|
Inadmisible
|
|
3
|
Experiencia en el Rubro 30%
|
+ de 3 Órdenes de compra o contratos
|
=
|
100 puntos
|
|
Entre 2 a 3 Órdenes de compra o contratos
|
=
|
80 puntos
|
|
Tiene 1 Orden de compra o contrato
|
=
|
60 puntos
|
|
No tiene trabajos afines o no informa
|
=
|
0 punto
|
|
4
|
Cumplimiento de los requisitos formales 5%
|
Si cumple con todos los requisitos.
|
=
|
100 puntos
|
|
Si obtiene entre 70 y 99 puntos.
|
=
|
80 puntos
|
|
Si obtiene entre 40 y 69 puntos.
|
=
|
60 puntos
|
|
Si obtiene entre 10 y 39 puntos.
|
=
|
20 puntos
|
|
Si obtiene menos de 9 puntos.
|
=
|
0 puntos
|
|
5
|
Materias de alto impacto social 4%
|
Enfoque de género (2%)
|
Cuenta con sello mujer
|
=
|
100 puntos
|
|
No cuenta con sello mujer
|
=
|
0 punto
|
|
Proveedor local (2%)
|
Domicilio comercial en la comuna de Coltauco
|
=
|
100 puntos
|
|
Domicilio comercial en otra comuna de la provincia de Cachapoal
|
=
|
80 puntos
|
|
Domicilio comercial fuera de la provincia y dentro de la región LBO
|
=
|
60 puntos
|
|
Domicilio fuera de la región.
|
=
|
40 puntos
|
|
6
|
Programa de Integridad 1%
|
Cuenta con programa de integridad y es aplicado por los trabajadores
|
=
|
100 puntos
|
|
Cuenta con programa de integridad
|
=
|
50 puntos
|
|
No presenta programa de integridad
|
=
|
0 punto
|
i. OFERTA ECONOMICA (30%):
El proponente deberá indicar separadamente el valor neto, el impuesto respectivo y valor total ofertado (Valor bruto) en el Formulario N°3 “Oferta Económica”, igualmente, deberá indicar el régimen tributario al cual se encuentran afectos, el porcentaje impositivo respectivo o de lo contrario indicar si los servicios no son afecto a IVA o impuesto. Dicho formulario deberá ser ingresado en anexos económicos.
El oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, el valor total de los servicios a contratar, sin IVA o sin impuesto. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado. Este criterio se calculará según la siguiente fórmula, considerando 2 decimales.
Si al momento de la evaluación, se detecta que el valor de la oferta no se ajusta al presupuesto disponible, ésta no será considerada para adjudicar.
ii. REQUISITOS TÉCNICOS (30%):
Se asignará con mayor puntaje a aquella oferta que presente todos los requisitos técnicos solicitados en tabla de “requisitos técnicos”, que permita garantizar, optimizar y ejecutar los servicios de esterilización. Para ello, el oferente podrá ingresar documento en Word, Excel o PDF, denominado y titulado Anexo técnico, en donde concentrará la mayor cantidad de información respecto de los servicios a ejecutar hasta diciembre o antes de fin de año del presenta año.
iii. EXPERIENCIA EN EL RUBRO (30%):
Se evaluará con mejor puntaje a aquella oferta que en el Formulario Nº2 “Experiencia del Oferente” indique en que organismos públicos y/o empresas del sector privado ha prestado servicios similares al consultado en esta Licitación (esterilizaciones y colocación chip), en los últimos 4 años. En el caso de tener contrataciones con el sector privado
Se priorizará experiencia prestada en entidades públicas y/o privadas, conforme a Formulario N°2 “Experiencia en el Rubro”, adjunto. En dicho formulario el Oferente deberá señalar el número de la orden de compra electrónica, o bien, contratos, conforme a lo siguiente:
a) Organismos Públicos: Para certificar los servicios consultados, Municipalidades u otros Organismos Públicos, se exigirá el Número de la Orden de Compra Electrónica (o contrato) con su respectiva “Recepción Conforme” o “Aceptada” en el caso de orden de compra”.
b) Sector Privado: Para certificar servicios consultados se exigirá el contrato y/o copia escaneada de boleta o factura emitida.
El oferente que no adjunte el o los documentos que validen la experiencia, se les asignará un puntaje equivalente a 0 (cero) puntos.
El oferente que ingrese otro tipo de documentos que no sea el solicitado, en los párrafos anteriores del punto experiencia en el rubro, se les descontara 05 puntos del total obtenido, conforme a lo dispuesto en el Punto 13.8 “Documentos extras”, de las presentes bases.
iv. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%:
Obtendrá mayor puntaje aquel oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas.
Para ello, se asignará puntos a cada ítem solicitado (ver cuadro), cuya sumatoria final dará un máximo de 100 puntos, multiplicándose por 5%. En aquellos puntajes que sean menores a 100 puntos, deberá ceñirse a lo indicado en el cuadro siguiente y multiplicar por el porcentaje antes citado:
|
N°
|
Requisitos a Cumplir
|
Puntaje
|
|
1
|
Ingreso de formulario N°1 “Individualización del Oferente”
|
25
|
|
2
|
Ingreso de Patente Municipal vigente y a día
|
25
|
|
3
|
Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes bases administrativas y técnicas con la información solicitada. (si ingresa documentos extras no solicitados, o bien falto ingresar alguno, o el documento no contiene la información requerida, no se asignará puntaje).
|
10
|
|
4
|
Presenta los documentos de respaldo en un solo archivo, facilitando revisión al momento de la apertura.
|
10
|
|
5
|
Que oferte en el portal www.mercadopublico.cl por el valor neto y por lo señalado en las bases.
|
10
|
|
6
|
Que respete los formatos proporcionados en la presente licitación, llenado correctamente, sin cambiar su estructura.
|
10
|
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7
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Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente.
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05
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8
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Que el nombre asignado al archivo, esté acordes con el contenido de éste.
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05
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Puntaje Total
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100
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v. MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL (4%):
Las materias de alto impacto social son aquellas que contribuyen al desarrollo social, económico o ambiental, y que benefician a las comunidades. Por tanto, con el propósito de fomentar la participación de mujeres en el sistema de compras públicas, impulso a las empresas de menor tamaño, proveedores locales, se considera subdividir en:
1.- ENFOQUE DE GÉNERO (2%):
Se asignará 100 puntos a quien cuente con Sello Mujer, multiplicándose por 2%. Esta información será obtenida y corroborada en el Registro de Proveedores.
2.- PROVEEDOR LOCAL (2%):
Se asignará 100 puntos al oferente que tenga domicilio comercial en la comuna de Coltauco. En el caso de aquellos oferentes que tengan domicilio en otra comuna, pero dentro de la provincia de Cachapoal, obtendrá 80 puntos. Dentro de la región del Libertador B. O’Higgins, obtendrá 60 puntos. Y recibirá 40 puntos aquella oferta que no tenga domicilio comercial en la región. Este puntaje se multiplicará por el 2% y así se obtendrá el puntaje final. Esta información será obtenida desde el Registro de Proveedores.
vi. PROGRAMA DE INTEGRIDAD (1%):
De acuerdo al Artículo 17° del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024), … “los oferentes que contraten con las entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocido y aplicados por su personal…”. Por tanto, se asignará el puntaje máximo a aquel oferente que acredite contar con programas de integridad que sean conocidos por su personal. De no contar con el programa obtendrá 0 puntos.
14.3 Otros aspectos de la evaluación:
14.3.1 De las consultas (foro inverso):
La Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
14.3.2 De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Oferta económica.
2° Requisito técnico
3° Experiencia en el rubro
4° Cumplimiento de Requisitos Formales
5° Programa de Integridad
6° El oferente que haya ingresado primero su oferta.
14.3.3 Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta, que cumplan con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes sea igual o superior a 70 puntos.
14.3.4 De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta. La comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
14.3.5 Número de ofertas:
Se aceptará únicamente una propuesta por oferente. Si un oferente presenta más de una oferta, se considerará aquella que resulte más conveniente a los intereses de la Municipalidad, es decir, aquella que obtenga mayor puntaje en la evaluación respectiva, y el resto de las ofertas presentadas por el oferente serán declaradas inadmisibles.
14.3.6 De presentarse una sola oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la comisión de evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo.
14.3.7 Del contacto entre la municipalidad y los oferentes:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
14.3.8 Documentos extras:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humano, aquellas ofertas donde el oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, estos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora y se procederá a descontar 5 puntos, por no respetar esta medida. Este descuento ser realizará del puntaje total obtenido de todos los criterios.
14.3.9 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
En aquellos casos donde el oferente haya omitido el ingreso de los documentos que se mencionan a continuación, el oferente tendrá un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, para ello se activará el link correspondiente:
- Formulario N°1-A Individualización del Oferente.
- Formulario N°1-B Identificación de la Unión Temporal de Proveedores,
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
- Requisito técnico.
- Currículum Vitae Médico Veterinario
- Formulario N°2 “Experiencia en el Rubro”.
- Formulario N°3 “Oferta Económica”.
- Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP (si hubiere)
15. REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN:
En el caso de que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, se podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
16. OFERTAS TEMERARIAS:
La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato.
17. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP):
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
18. DE LA ADJUDICACIÓN Y/O DESERCIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco, adjudicará a un solo proveedor, la totalidad de las Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta hecha por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde o a quien delegue esta función, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no presenta la patente municipal vigente o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma.
19. DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO:
No se contempla. Conforme al Artículo Nº117 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, se formalizará a través de la orden de compra electrónica y las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas servirán para salvaguardar los intereses del Municipio.
Dicha orden será enviada al proveedor adjudicado, transcurrido 24 horas contadas desde la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl y tendrá 24 horas hábiles para revisar y aceptarla. En caso de no aceptar, deberá indicar los motivos de tal rechazo y se procederá a adjudicar al segundo en la terna, realizando todos los trámites administrativos que correspondan.
19.1 Anticipo:
No se contempla.
19.2 Del pago del Contrato:
El pago de los servicios se realizará de manera parcial y progresiva, asociado al cumplimiento de los hitos establecidos en el contrato o en las bases técnicas que forman parte integrante del mismo.
Para efectos de pago, el adjudicatario deberá presentar los correspondientes estados de pago o estados de avance, los cuales deberán detallar las actividades ejecutadas durante el período respectivo, junto con los respaldos que acrediten su cumplimiento.
Dichos estados de pago deberán ser revisados y validados por la contraparte técnica designada por la entidad licitante, quien verificará el cumplimiento de los hitos comprometidos. La aprobación de la contraparte técnica será requisito indispensable para la tramitación del pago.
Una vez aprobado el respectivo estado de pago, el adjudicatario deberá emitir el documento tributario correspondiente, conforme a la normativa vigente.
El pago se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos (o hábiles) contados desde la recepción conforme del documento tributario, y siempre que no existan observaciones pendientes por parte de la contraparte técnica.
En caso de existir observaciones, estas deberán ser subsanadas por el adjudicatario antes de proceder al pago correspondiente.
El adjudicatario o Prestador de Servicios, podrá presentar a través del correo electrónico oficinadepartes@coltauco.cl, con especial atención al departamento requirente, su correspondiente documento tributario, el cual deberá contener de forma clara y precisa la Orden de Compra Electrónica e indicar que número de estado de pago o avance.
Para el caso de Boleta de Honorarios, deberá emitirla cuando el Supervisor Técnico se lo indique, teniendo presente que el programa de contabilidad municipal obliga a pagar las boletas de servicios el mismo mes en que se emiten, por tanto, se devolverán aquellas boletas que sean presentadas en forma posterior a fecha que señale el Supervisor Técnico del Contrato.
19.3 Término anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá dar término anticipado administrativamente al contrato y sin forma de juicio, y puesta en conocimiento al Adjudicatario o Prestador de Servicios, aduciendo las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) Si el adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
c) Si el adjudicatario o prestador de Servicios fuese condenado a pena aflictiva.
d) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario o prestador de servicios. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Municipalidad de Coltauco un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
e) El abandono del servicio, entendiéndose como la interrupción total o parcial de la prestación de los servicios, sin causa justificada ni comunicación formal a la contraparte técnica, por un período superior a 3 días corridos (o hábiles), lo cual será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.
f) Si el adjudicatario o prestador de servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
g) De común acuerdo entre la Municipalidad y el adjudicatario o prestador de servicios, sin cargo para ambas partes.
i) En el caso de que el adjudicatario o prestador de servicios sea una Unión Temporal de Proveedores y se presente la siguiente situación:
i) cuando uno de los miembros de la UTP se retira de ésta, será, y dicho integrante hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
ii) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
iii) Inhabilidad sobreviniente de algunos de sus integrantes, en la media que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
iv) Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
Procedimiento de término anticipado del contrato:
El Supervisor Técnico notificará al adjudicatario o prestador de servicios, a través de correo electrónico (Ley N°21.180/2019 Transformación digital del Estado) o carta certificada (Ley N°19.880/2003 Procedimientos Administrativos que rigen para los actos de los órganos de la administración del Estado) mediante Oficio que consten los hechos y circunstancia que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello.
El adjudicatario o prestador de servicios dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta la Municipalidad.
Si el adjudicatario o prestador de servicios no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrá por acreditada la causal de término anticipado dictándose el decreto por parte de la autoridad correspondiente.
Si se han presentado descargos oportunamente, la autoridad pertinente dispondrá de 10 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto se dictará el correspondiente acto administrativo.
El adjudicatario o prestador de servicios podrá presentar recurso de reposición ante la autoridad, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación del Decreto que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente o se rechaza. Si el adjudicatario o prestador de servicios no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término de contrato quedará firme.
19.4 De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión técnica del contrato será realizada por el Encargado de Medio Ambiente, Aseo y Ornato o quien subrogue, quien velará por el fiel cumplimiento del Contrato, coordinando para ello, los mecanismos de control respecto de que se ejecute a cabalidad los operativos, salvo que en las Bases técnicas indiquen otra situación.
19.5 De las sanciones, multas y aplicación:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá del documento tributario.
Las multas serán aplicables en virtud a las causales indicadas más adelante, en el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:
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N°
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Tipología
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Detalle
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Multa
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i)
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Incumplimiento de programación:
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Por no ejecutar las jornadas de esterilización en las fechas, horarios o lugares previamente establecidos, sin causa justificada:
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Multa equivalente a 10 UTM por cada jornada no realizada o suspendida.
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ii)
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Atrasos:
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Por atraso en el inicio o desarrollo de las jornadas de esterilización:
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Multa de 2 UTM por cada hora de atraso, con un tope de 10 UTM por jornada.
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iii)
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Incumplimiento de metas:
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Por no cumplir con el número mínimo de esterilizaciones comprometidas por jornada o período:
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Multa de 10 UTM por cada procedimiento no ejecutado, salvo causa debidamente justificada y aceptada por la contraparte técnica.
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iv)
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Deficiencias técnicas o sanitarias:
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Por incumplimiento de protocolos sanitarios, condiciones de higiene, manejo animal o normativa vigente en procedimientos veterinarios:
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Multa de 10 UTM por evento, sin perjuicio de la suspensión inmediata de la jornada.
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v)
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Personal no calificado:
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Por utilización de personal no acreditado o que no cumpla con los requisitos técnicos exigidos:
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Multa de 10 UTM por evento.
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vi)
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Registro y documentación:
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Por no entregar fichas clínicas, registros, informes o respaldos exigidos:
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Multa de 10 UTM por cada incumplimiento o atraso en la entrega.
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vii)
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Abandono o interrupción del servicio:
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Por suspensión o abandono injustificado de la prestación del servicio:
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Multa de 10 UTM por jornada afectada, sin perjuicio de configurar causal de término anticipado.
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viii)
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Maltrato animal:
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Por acciones u omisiones que constituyan maltrato animal o vulneración de la normativa vigente:
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Multa de 10 UTM por evento, sin perjuicio de la denuncia a las autoridades competentes y eventual término anticipado del contrato.
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A continuación, se establece como será el procedimiento para aplicar las multas:
1. Notificación del incumplimiento:
Una vez verificados los hechos constitutivos de infracción, la contraparte técnica notificará inmediatamente al proveedor mediante el correo electrónico registrado en Formulario N°1-A “Individualización del Oferente”, que debe coincider con el informado en el portal www.mercadopublico.cl, indicando con precisión los hechos que motivan la medida, el monto de la multa y todos los antecedentes que la fundamentan. Esta notificación será válida con el solo envío del correo electrónico, sin perjuicio de que pueda utilizarse también notificación personal o carta certificada.
2. Presentación de descargos:
Desde la fecha de notificación, el proveedor contratará con un plazo de 5 días hábiles para presentar descargos por escrito al Alcalde, con copia a la Unidad Técnica y a la Dirección de Asesoría Jurídica, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
3. Resolución de descargos:
Si el proveedor no presenta descargos dentro del plazo, la Municipalidad aplicará la multa mediante una resolución fundada. En caso de presentarse descargos dentro del plazo establecido, la Municipalidad contará con un plazo de hasta 20 días hábiles para emitir un pronunciamiento, previa evaluación de la Unidad Técnica y de la Dirección de Asesoría Jurídica. La resolución será emitida por el Alcalde y deberá notificarse al proveedor mediante correo electrónico.
Si transcurrido el plazo no existe pronunciamiento, se entenderá que el recurso no fue acogido.
4. Reposición y apelación:
El proveedor podrá impugnar la resolución mediante recurso de reposición, presentado por escrito dentro de los mismos 5 días hábiles desde la notificación de la sanción, dirigido al Alcalde con copia a la Unidad Técnica y a la Dirección de Asesoría Jurídica. El Alcalde deberá resolver este recurso dentro del plazo de 20 días hábiles, tras recibir el informe técnico y jurídico correspondiente.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Las resoluciones que impongan sanciones también podrán ser impugnadas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N°19.880, en lo que sea aplicable.
19.7 Modificación al Contrato:
La Municipalidad podrá modificar el contrato durante su ejecución, mediante acto administrativo fundado, cuando concurran circunstancias imprevistas al momento de la contratación, no imputables al adjudicatario, que afecten el normal desarrollo del servicio.
Dichas modificaciones deberán tener por objeto asegurar la correcta ejecución del contrato y podrán considerar ajustes en la programación de las jornadas, plazos de ejecución u otros aspectos operativos, sin alterar la naturaleza ni el objeto del contrato.
En ningún caso estas modificaciones podrán implicar un aumento del monto total del contrato que exceda los límites establecidos por la normativa vigente, debiendo contar, en todo caso, con la respectiva disponibilidad presupuestaria.
Toda modificación deberá ser previamente validada por la contraparte técnica y podrían atender las siguientes circunstancias:
- Condiciones climáticas que impiden jornadas.
- Baja asistencia por factores externos (no atribuibles al proveedor).
- Problemas sanitarios o exigencias de la autoridad sanitaria.
- Cambios logísticos del municipio (lugares no disponibles.)
Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato.
Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo.
19.8 Pago de cotizaciones:
Según la Ley N°20.255 “Reforma Previsional y la Ley N°20.894, que prorroga la obligatoriedad de cotizar a los trabajadores independientes, el oferente declara estar en conocimientos de la obligación que le asiste respecto del pago de las cotizaciones previsionales (salud y pensiones, seguro de accidente y que no es responsabilidad de la Municipalidad de Coltauco efectuar descuentos por estos conceptos.
Respecto de la responsabilidad del Contratista con respecto a los trabajadores, es de exclusiva responsabilidad de la empresa Contratista la seguridad del personal y el suministro de acuerdo a los trabajos que deberán realizar. Hacer entrega del equipamiento y elementos de seguridad, según las normas vigentes y requerimientos de los organismos de seguridad competentes. El personal que no cumpla con las disposiciones de seguridad indicadas, deberá ser reemplazado dentro de las 24 horas de notificación de la ITS, lo mismo se aplicará a los implementos de trabajo que no estén de acuerdo con las normas de seguridad.
Todo accidente que ocurra en la ejecución de los servicios que obedezca a negligencia o culpa de la Contratista o de los dependientes de estos, será de su exclusivo cargo y responsabilidad y, en general, todo gasto o pago de cualquier naturaleza que se produzca por causa o con ocasión de estos trabajos, son de su exclusiva cuenta y riesgo.
Será de cargo exclusivo de la Contratista cualquier pago, multa o sanción pecuniaria o indemnización de cualquier especie, que éste deba pagar por causa de omisión o incumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y de los demás que se deriven de su calidad de empleador para con sus trabajadores. En el caso de que la Municipalidad de Coltauco se viera obligada a cualquier desembolso por tales conceptos, queda expresamente establecido que tendrá derecho a reembolsarse de las sumas que corresponda, deduciéndolas de las cantidades que se deban pagar al Contratista, de las retenciones o de las garantías que obren en poder de la Municipalidad y también podrán ser deducidas de cualquier suma que la Municipalidad adeude al Contratista y que se deriven de la ejecución del presente contrato.
La Municipalidad hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo. En consecuencia, el Contratista deberá acreditar el cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales que le afecten respecto de sus trabajadores durante todo el tiempo o período el cual el o los trabajadores se desempeñan en las obras o servicios que se contraten por este instrumento. En virtud de lo señalado en la presente cláusula, para cursar cualquier pago, anticipo o para devolver retenciones o garantías, la Municipalidad exigirá a la Contratista que acredite mediante un Certificado emitido por la Inspección del Trabajo respectiva u otro medio idóneo que acredite que a la fecha del respectivo pago, no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra o en contra de los subcontratistas de la obra y que se encuentra al día en el cumplimiento de dichas obligaciones laborales y, previsionales respecto de sus trabajadores que ejecutan una obra o presten servicios en virtud del presente contrato.
Será también causal de término anticipado de contrato el incumplimiento permanente de las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad que el Contratista debe cumplir para con sus trabajadores de conformidad a lo establecido en la Legislación Laboral Vigente.
19.9 Plazo de ejecución e inicio de los servicios:
El plazo de ejecución de los servicios será hasta el 30 de Noviembre de 2026.
El inicio de la prestación de servicios será 10 días posteriores a la aceptación de la orden de compra y conforme a la propuesta de la Carta Gantt, teniendo presente que se consultan 03 (tres) operativos. Se pretende que en el primer operativo, se alcance un 40% del total (abril), el segundo otro 40% (junio) y el último operativo un 20% (octubre).
Sin embargo, en el caso de que el proceso de licitación presente retraso, tales como intermitencias en la plataforma de www.mercadopublico.cl, o bien incidentes (eventos inesperados) que requieran de una revisión más exhaustiva, debiéndose tomar más tiempo de lo planificado, la máxima autoridad podrá ordenar, que por razones de buen servicio municipal, los servicios inicien al momento de la adjudicación, a fin de poder responder de mejor manera a los requerimientos de la Municipalidad y cumplir con el principio de estricta sujeción a las bases.
20. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
21. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 60 días corridos.
22. OTRAS CONSIDERACIONES:
22.1 De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
22.2 De la Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación (por tratarse de servicio en donde se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del oferente).
22.3 Mecanismos para solución de consultas y aclaraciones respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito al correo electrónico: consultasmercadopublico@coltauco.cl. Una vez recibido será derivado a la comisión evaluadora quienes procederán a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, en un plazo de 05 días hábiles.
22.4 Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
23. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y ARBITRAJE:
Para todos los efectos producto de la presente Licitación Pública, a que se refieren estas bases, así como de los que deriven del Contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la comuna de Coltauco y prorrogan la competencia antes los Tribunales de Justicia correspondientes.
24. DE LA NORMATIVA QUE RIGE PARA ESTA LICITACIÓN:
La presente licitación y el contrato que de ella se derive se regirán por la normativa vigente en la República de Chile, en especial por las disposiciones contenidas en la Ley N°19.886 y el Reglamento de Compras, Decreto N°661/2024, las disposiciones de la Ley N°21.020, sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía y toda la normativa sanitaria vigente relacionada con procedimientos veterinarios, bienestar animal y control de población canina y felina, incluyendo las instrucciones emanadas de la autoridad sanitaria competente.
El adjudicatario deberá cumplir con todas las exigencias legales y reglamentarias para el ejercicio de la actividad, debiendo contar, entre otros, con patente municipal vigente conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley N°3.063, así como con las autorizaciones sanitarias correspondientes cuando proceda.
Del mismo modo, deberá dar cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales y tributarias vigentes, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de dichas normativas respecto de su personal.
Cualquier otra normativa que resulte aplicable al objeto de la contratación se entenderá incorporada al contrato, aun cuando no se encuentre expresamente señalada en las presentes bases.
25. DE LOS FORMULARIOS PROPORCIONADOS EN ESTA LICITACIÓN:
- Formulario N°1-A Individualización del Oferente
- Formulario N°1-B Identificación de UTP
- Formulario N°1-C Constitución de Unión Temporal de Proveedores UTP
- Formulario Nº2 “Experiencia en el Rubro”.
- Formulario N°3 “Oferta Económica”.
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
GCV/cgf.
FORMULARIO N°1-A
INDIVIDUALIZACION DEL OFERENTE
“PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD
COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO”
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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DATOS BANCARIOS
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E-MAIL
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
La cuenta de correo electrónico o e-mail que proporcione el oferente, será el medio de comunicación para realizar las notificaciones, en caso de aplicación de sanciones y multas.
FORMULARIO Nº1-B
IDENTIFICACION DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
“PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD
COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO”
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NOMBRE LICITACIÓN PÚBLICA
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ID N° DE MERCADOPUBLICO
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NOMBRE DEL OFERENTE
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RUT. N° OFERENTE
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IDENTIFICACIÓN REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
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NOMBRE Y APELLIDOS
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CEDULA DE IDENTIDAD N°
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TELEFONO FIJO
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TELEFONO CELULAR
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E-MAIL
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IDENTIFICACIÓN DE ASOCIADOS
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ASOCIADOS PERSONA NATURAL
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NOMBRES Y APELLIDOS
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CEDULA DE IDENTIDAD N°
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IDENTIFICACIÓN DE ASOCIADOS
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ASOCIADOS PERSONA JURIDICA
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NOMBRES PERSONAS JURIDICA
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RUT. N° PERSONA JURIDICA
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IDENTIFICACION DE SOCIOS O ACCIONISTA DE LA PERSONA JURIDICA
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NOMBRE
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CEDULA DE IDENTIDAD O RUT. N°
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NOMBRE, RUT. Y FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
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NOTA: Si el oferente es Unión Temporal de Proveedores adjuntar el presente formato.
FORMULARIO Nº1-C
CONSTITUCION DE UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
ENTRE
XXXX
Y
XXXX
LICITACIÓN PÚBLICA
“PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD
COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO
”
ID 3997- -LE26
Comparecencia personas naturales
Comparecencia personas jurídicas
Los comparecientes, todos mayores de edad, declaran que a sus representadas, oferentes en la presente licitación, son empresas de menor tamaño y no les afecta ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la administración contenidas en los artículos 4 y 35 quáter de la Ley N°19.886, ni ninguna de las causales de inhabilidad para integrar el Registro de Proveedores del Estado definidas en el artículo 154 del Decreto Supremo N°661,de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, y exponen:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN: Los comparecientes con ocasión del proceso de licitación “PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO”, publicado por la Municipalidad de Coltauco, por este acto acuerdan constituir y formalizar una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, en adelante “UTP”, según los términos dispuestos en el artículo 180 del Decreto Supremo N°661,de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, para los efectos de la presentación conjunta de una propuesta, la celebración del contrato una vez adjudicada la Unión, si procediere, y la posterior ejecución de la prestación en los términos descritos en las bases de la licitación y demás documentos aplicables.
SEGUNDO: SOLIDARIDAD: Las partes comparecientes, pactan en este acto solidaridad respecto de todas las obligaciones que deriven de la oferta que presenten, en las bases de la licitación que regulan el proceso singularizado en la cláusula primera, y del contrato que se suscriban en atención al mismo. En virtud de dicha solidaridad, la Municipalidad de Coltauco podrá exigir a cualquiera de los integrantes de la UTP que por este acto se constituye, indistintamente, el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por la Municipalidad de Coltauco a cualquiera de los integrantes de la Unión que por este acto se constituye, será válido y extinguirá la deuda respecto de los demás integrantes de la UTP. Serán aplicables a este pacto las disposiciones del Título IX “De las Obligaciones Solidarias, del Libro Cuarto “De las Obligaciones en General y de los Contratos” del Código Civil.
Se deja expresa constancia que cada uno de los miembros de la unión de proveedores sean ellos personas naturales o jurídicas mantendrán su autonomía jurídica y económica.
TERCERO: OBJETO Y ALCANCE: El objeto de la presente Unión Temporal consiste en la presentación conjunta a la Municipalidad de Coltauco, de una propuesta para el proceso de licitación singularizado en la cláusula primera de este acto, como, asimismo, asumir la obligación legal, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad, y domicilio común con la sociedad.
Además, deberán tratarse de exclusivamente de empresas de menor tamaño, en caso contrario, no podrán integrar la UTP, conjunta del cumplimiento de la contratación, el que será ejecutado de conformidad a las bases de licitación que regulan el proceso y al contrato que se suscriba para ello.
Los comparecientes se encargarán de elaborar la propuesta solicitada, como también de suministrar
el mutuo apoyo técnico, logístico y administrativo que se requiera para dicha presentación.
Además, y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo en el artículo 181 del Decreto Supremo
N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº19.886, los integrantes de la
Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante
para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo tener presente que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas y la suscripción de contratos afectan a cada integrante de la UTP.
CUARTO: VIGENCIA: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores que se constituye por este acto, inicia a contar de esta fecha y su validez será hasta la total liquidación del contrato, incluyendo la prórroga del mismo, en caso de existir, la cual solo podrá realizarse por una vez.
Con todo, la vigencia de la presente UTP deberá considerar el tiempo necesario para atender la
solución de las garantías prestadas en el referido proceso de licitación.
QUINTO: DOMICILIO: Los miembros de la Unión Temporal de Proveedores fijan como domicilio, el ubicado en ________________________________________________________3.
SEXTO: REPRESENTANTE O APODERADO COMÚN DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES: La presente UTP designa en este acto, como Representante o Apoderado común
de ésta, a don(ña) __________________________4, el (la) cual está facultado (a) para5:
a)_________________, b)_____________________(….). En caso de ausencia e impedimento temporal del representante recién designado, se nombra como suplente del Representante o Apoderado común de ésta UTP, a don(ña)6____________________________ con las mismas facultades.
SÉPTIMA: PERSONERÍAS: La personería de don(ña) ________7 para actuar en representación de la ________________8, consta en escritura pública de fecha _____________9, otorgada ante don(ña) ________________10 Notario Público11 de la ______________12, La personería de don(ña) ____________ para actuar en representación de la ___________________, consta en escritura pública de fecha____________________________ otorgada ante don(ña) _______________ Notario Público de la ____________________, que no se inserta por ser conocida de las partes.
En comprobante previa lectura firman los comparecientes.
Coltauco, ____de ________________de 2026
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1 Comparecencia de personas naturales, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, número de cédula nacional de identidad y, domicilio.
2 Comparecencia de personas jurídicas, se deberá identificar claramente a los oferentes que participarán de la Unión Temporal de Proveedores con señalamiento expreso de: nombre de la sociedad u otra, número de rol único tributario, nombre (s) del representante
3 Informar domicilio común de la unión temporal de proveedores, con señalamiento de dirección, comuna y Región.
4 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común con poderes suficientes para representar a la unión temporal de proveedores, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
5 Incorporar las facultades que se entregan al representante o apoderado común, las que en todo caso deberán considerar las de suscribir en nombre de la UTP las declaraciones a que aluden los anexos de las bases de licitación, presentar en nombre de la UTP la oferta técnica y económica para participar en el proceso señalado en la cláusula primera del acuerdo, suscribir el contrato que derive la licitación indicada en la cláusula primera, representar a la UTP ante la entidad licitante, gestionar el envío de las facturas para el pago respectivo y suscribir en representación de la UTP las modificaciones de contrato que sean necesarias previo consentimiento de las personas naturales o jurídicas que integran la UTP.
6 Se deberá identificar claramente al representante o apoderado común que representará al titular, el cual deberá tener las mismas facultades, con señalamiento expreso de: su nombre completo, su nacionalidad, estado civil, profesión u oficio, y número de cédula nacional de identidad, y domicilio.
7 Nombre del representante legal o administrador de la persona jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
8 Nombre de la persona natural o jurídica que forma parte de la unión temporal de proveedores.
9 Incorporar fecha de la escritura pública donde consten los poderes.
10 Incorporar nombre del o la Notario Público que otorgó la escritura.
11 Notario Público y se no se ha constituido por Escritura Pública, deberá indicar quien lo autoriza.
12 Incorporar N° y Ciudad de la Notaría que otorgó la escritura.
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FORMULARIO Nº2
EXPERIENCIA EN EL RUBRO
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD
COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO
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NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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FONO
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E-MAIL
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Nº
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ENTIDAD PUBLICA
O
RAZON SOCIAL
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RUT. N°
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CONTRATO / NUMERO ORDEN DE COMPRA ELECTRONICA
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FECHA contrato / Orden de Compra
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LABORES REALIZADAS
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1
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2
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3
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4
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5
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6
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7
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8
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9
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10
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NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, éstos pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato pdf.
FORMULARIO N°3
OFERTA ECONOMICA
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD
COMPARTIDA COMUNA DE COLTAUCO
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NOMBRE COMPLETO DEL OFERENTE O RAZON SOCIAL
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R.U.T. N°
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REPRESENTANTE LEGAL
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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:
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CELULAR
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:
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Previo estudio de todos los antecedentes de la licitación, declaro conocer las obligaciones de la misma y las tareas que en ella se comprenden, las que serán ejecutadas en conformidad con las disposiciones mencionadas en las Bases Administrativas y Técnicas, cuyo texto declaro conocer ampliamente.
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ITEM
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CONCEPTO
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VALOR UNITARIO
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VALOR TOTAL
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1
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$
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2
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SUB TOTAL
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IMPUESTO___%
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TOTAL
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INDICAR QUE DOCUMENTO TRIBUTARIO UTILIZARÁ:
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FACTURA
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BOLETA DE HONORARIOS
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Marcar con una X
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Nota: Este documento debe ser firmado e ingresado en los anexos económicos de la licitación pública correspondiente a través del sitio web www.mercadopublico.cl
FORMATO REFERENCIAL (SOLO PARA CONOCIMIENTO)
DECLARACION JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
- No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha:
(FORMATO REFERENCIAL, SOLO PARA CONOCIMIENTO)