Licitación ID: 1697-17-LE23
SERVICIO DE MANTENCION TABLEROS ELÉCTRICOS
Responsable de esta licitación: CORP ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación o servicio de sistemas de energía eléctrica 1 Unidad
Cod: 72102201
PAC(2693-4-PC23)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MANTENCION TABLEROS ELÉCTRICOS
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
PAC(2693-4-PC23)
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Corp. Adm. del Poder Judicial - Antofagasta
R.U.T.:
60.301.001-9
Dirección:
Uribe 636 piso 14, Edificio Centro de Negocios Uribe
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-05-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 10-05-2023 15:37:18
Fecha inicio de preguntas: 10-05-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 23-05-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-05-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-05-2023 16:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-05-2023 16:10:00
Fecha de Adjudicación: 23-06-2023 10:35:12
Fecha de entrega en soporte fisico 30-05-2023
Fecha estimada de firma de contrato 19-07-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
1. CENTRO DE JUSTICIA; DIRECCIÓN SAN MARTIN #2984 ANTOFAGASTA 15-05-2023 10:00:00
2. ILUSTRÍSIMA CORTE DE APELACIONES; DIRECCIÓN SAN MARTIN #2836 ANTOFAGASTA 15-05-2023 11:00:00
3. CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL; DIRECCIÓN URIBE# 636 PISO 14 ANTOFAGASTA 15-05-2023 12:30:00
4. JUZGADO DE LETRAS DE CALAMA; DIRECCIÓN GRANADEROS #2345 16-05-2023 11:00:00
5. JUZGADO DE GARANTÍA DE CALAMA; DIRECCIÓN AVDA. GRANADEROS #2406 16-05-2023 12:00:00
6. JUZGADO FAMILIA, LETRAS DE TRABAJO Y ORAL EN LO PENAL CALAMA; DIRECCIÓN AVDA. GRECIA #1179 16-05-2023 13:00:00
7. JUZGADO DE LETRA Y GARANTÍA DE MARIA ELENA; DIRECCIÓN PRAT ESQUINA B. O’HIGGINS. 16-05-2023 15:30:00
8. JUZGADO DE LETRAS DE MEJILLONES; DIRECCIÓN BORGOÑO # 200 17-05-2023 11:00:00
9. JUZGADO DE LETRA DE TOCOPILLA; DIRECCIÓN MANUEL RODRÍGUEZ #1280D. 17-05-2023 13:00:00
10. JUZGADO DE GARANTÍA DE TOCOPILLA; DIRECCIÓN 21 DE MAYO #1692 17-05-2023 14:00:00
11. JUZGADO DE LETRA Y GARANTÍA DE TALTAL; DIRECCIÓN SERRANO #480. 18-05-2023 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Bases Administrativas
2.- Anexos
Documentos Técnicos
1.- Bases Técnicas
 
Documentos Económicos
1.- Itemizado
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 TÉCNICA Evaluación segun numeral 23 de las Bases Administrativas 45%
2 ECONOMICA Evaluación segun numeral 23 de las Bases Administrativas 50%
3 FORMALIDADES Evaluación segun numeral 23 de las Bases Administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Marion Yañez
e-mail de responsable de pago: myanezr@pjud.cl
Nombre de responsable de contrato: Harold Schute
e-mail de responsable de contrato: hschute@pjud.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-55-2515701-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Según lo indicado en numeral 38 de las Bases Administrativas
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Administrativa del Poder Judicial
Fecha de vencimiento: 19-08-2024
Monto: 5 %
Descripción: La fecha ingresa en portal es estimativa, se regirá segun lo indicado en numeral 33 de las Bases Administrativas
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato licitación pública ID 1697-17-LE23
Forma y oportunidad de restitución: A la fecha de su vencimiento.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Corporación podrá readjudicar la licitación, al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: a. Si el adjudicatario rechaza o no acepta la orden de compra dentro del plazo de 1 día hábil contado desde que es requerido para tal fin. b. Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario. c. Si el adjudicatario no entrega, en el plazo estipulado, los antecedentes requeridos en las presentes bases para la suscripción del contrato. d. Si el adjudicatario se desiste de su oferta. e. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley N° 19.886, de los artículos 8 y 10 de la Ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. f. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado. g. Si se constata por cualquier medio fehaciente que el adjudicatario presentó en su oferta información falsa, adulterada u ocultó información relevante para la ejecución del contrato. h. Uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores adjudicada se retira de ésta, y los antecedentes de dicho integrante fueron considerados en uno más de los criterios de la evaluación de la oferta. i. Retiro de uno o más integrantes de la Unión Temporal de Proveedores adjudicada y el número de sus integrantes de la Unión Temporal de Proveedores disminuya de dos. La Corporación podrá ejercer esta facultad sucesivamente hasta el tercer oferente mejor evaluado, sin perjuicio de la facultad de declarar desierto el proceso, en caso que las ofertas no sean conveniente a sus intereses. En caso que no exista más oferentes, se podrá declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la Corporación resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en el criterio “Evaluación Económica”. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:
1) Experiencia de la empresa.
2) Formalidad.
De mantenerse el empate la Corporación resolverá sobre cualquier otro criterio o subcriterio de evaluación que permita dirimir fundadamente la adjudicación y que se estime prioritario para la Corporación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.