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5.- INSTANCIAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS |
5.1 Si los interesados en participar en la presente licitación, estimaren que existen contradicciones u omisiones en los antecedentes de la licitación o requieren aclaraciones respecto de estos, deberán presentar sus preguntas y solicitudes de aclaraciones a través del sistema de información, esto es a través del portal mercado público (www.mercadopublico.cl) en los plazos estipulados en estas bases.
5.2 Las respuestas se pondrán a la disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl propuesta pública ID 5905-11-L124, las cuales se entenderán informadas a los participantes por el solo hecho de ser publicadas en dicho portal, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes bases.
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8.- DOCUMENTOS SOLICITADOS |
8.1 Todo oferente deberá presentar, a través del sistema de información, es decir, subir los documentos digitales a las carpetas habilitadas en el portal www.mercadopublico.cl de esta licitación pública, en el plazo indicado en el punto 4, los siguientes antecedentes:
ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Anexo N°1, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal para conciencia de los detalles en los requerimientos, individualizados mediante tabla.
- Formulario N° 1: Identificación del oferente, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N° 2: Declaración Jurada Simple, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N°3: Plazo de Entrega, Monto Mínimo de Envío y Lugar de entrega(obligatorio): Deberá estar debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- El plazo de entrega deberá ser indicado en días hábiles, los que se contarán desde el momento en que el oferente acepte la orden de compra.
- El monto mínimo de envío deberá indicar el monto bruto (IVA Incluido) por el cual el proveedor está en condiciones de hacer el despacho con entrega en el CESFAM de Huara. (ver formulario N°3).
- Formulario N°4: Garantías(obligatorio): Deberá estar debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- El tiempo de la garantía deberá indicar en meses.
- En caso de no indicar garantía, la oferta será rechazada sin derecho a reclamos e indemnización, puesto que se pone en riesgo el buen funcionamiento del equipo
OFERTA ECONÓMICA:
- El Comprobante de Oferta ingresado por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl asociado a la ID 5905-11-L124, será el que se considere para realizar la evaluación económica.
- Es indispensable que el proveedor tome en cuenta que todo valor ingresado deberá ser NETO (sin IVA Incluido).
8.2 Los oferentes que NO adjunten los anexos con sus respectivos formularios solicitados según los formatos ingresados en el portal de mercado público correspondiente a las Bases Administrativas y Técnicas de la propuesta pública ID 5905-11-L124, no rellenen o no firmen y que son calificados como obligatorios en estas bases, serán descartados en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.
8.3 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “comprobante de envío de oferta” que entrega el sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
8.4 Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presente por un medio distinto al establecido en estas bases.
8.5 Será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
8.6 Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.
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10.- APERTURA |
10.1 Se entiende como “Apertura de la Propuesta” el acto en el cual se procede a verificar y aceptar o rechazar electrónicamente las ofertas a través del portal, constatando respecto de cada una de ellas que se haya constituido y entregado oportunamente en el municipio, la respectiva garantía, si procediera.
10.2 La IMH se reserva el derecho de rechazar todas o cada una de las ofertas, cuando estas no se ajusten a los requisitos solicitados en las presentes bases y ni al presupuesto disponible, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
10.3 En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimara que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases, o desierta, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la municipalidad.
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13.- LA ADJUDICACIÓN |
13.1 Los oferentes podrán ofertar la totalidad de las líneas de productos, en caso contrario los oferentes podrán ofertar por líneas separadas, teniendo en consideración el presupuesto asignado para éstos, cumpliendo con los bienes que se encuentran indicados en el Anexo N°1, siempre y cuando las ofertas sean convenientes para la Ilustre Municipalidad de Huara.
13.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación pública.
13.3 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
13.4 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.
13.5 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
13.6 Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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15.- CONTRATO |
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15.1 El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley 19.886.
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16.- ENTREGA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
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16.1 Una vez enviada la orden de compra proveniente de la licitación adjudicada a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a la entrega de los equipos adjudicados en dependencias del CESFAM de Huara, ubicado en Av. Francisco Saavedra S/N, Comuna de Huara o en el lugar que indique el oferente (Ver formulario N°3), en el plazo indicado por el oferente en su oferta en el formulario N°3 del Anexo 2.
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17.- GARANTÍA |
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17.1 Los oferentes deben indicar el tiempo de garantía del equipo en el Anexo N°2. En caso de no indicar garantía, la oferta será rechazada sin derecho a reclamos e indemnización, puesto que se pone en riesgo el buen funcionamiento del equipo.
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19.- EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
1.- Multas: El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 3% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 5 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 15% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
2.- Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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