9. Disposiciones Generales
9.1 Normativa Aplicable
Para efectos del estudio, preparación y presentación de ofertas, los proponentes deberán considerar los siguientes antecedentes:
1. Las Bases Administrativas y en todo lo no previsto por ellas, las disposiciones de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y sus modificaciones.
2. Reglamento de Compras Públicas contenido en el Decreto Hacienda Nº 661/2024.
3. Las Bases Técnicas.
4. Los Anexos.
5. Las aclaraciones y respuestas a las consultas entregadas a los oferentes a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl (en adelante, el “Portal”).
6. La normativa vigente aplicable a la presente licitación. Dentro de ella, las disposiciones en el D.F.L. MOP Nº 850/1997, Decreto MOP Nº 1141/2006, Modificado por Decreto MOP Nº 412/2007 que aprueba el Reglamento sobre Adquisiciones de Bienes Muebles Nacionales y por Importación y de Contrataciones de Servicios y el Manual de Carreteras en lo que corresponda, y en especial toda la normativa ambiental aplicable para la actividad objeto de las presentes Bases, tanto de carácter general como aquella contenida en Reglamentos u otro instrumento normativo.
Los antecedentes antes indicados, para todos los efectos legales y administrativos, se aplicaran en el orden de prelación antes indicado y formarán parte integrante del contrato que se suscriba con el adjudicatario, y en consecuencia, estará obligado a dar cabal cumplimiento a todas las disposiciones establecidas en ellos.
9.2 Consultas y Aclaraciones a las Bases
Los interesados podrán formular las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, dentro del plazo señalado en el punto 3. de las presentes Bases y solo a través del Portal.
Las consultas se responderán, por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.
Las comunicaciones entre la Entidad Licitante y los oferentes, desde el llamado a licitación y hasta la adjudicación de la misma, se realizarán exclusivamente a través del Portal, por lo que no se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado y/o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, la Dirección de Vialidad podrá efectuar a iniciativa propia las aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro. Dichas aclaraciones estarán disponibles en los archivos adjuntos de la licitación, si es que se efectuaren.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Los oferentes deberán revisar el Portal durante todo el proceso de la licitación, no pudiendo alegar desconocimiento de las comunicaciones realizadas en el mismo.
9.3 Modificaciones a las Bases de Licitación
La Dirección de Vialidad podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes.
Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la fecha de cierre, a través del Portal Mercado Público, otorgando además, un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada y formarán parte integral de las Bases de Licitación.
9.4 Presentación de las Ofertas
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico y a través del Portal, serán de carácter irrevocable y no podrán estar sujetas a condición alguna.
Todos los anexos singularizados en las presentes Bases y los documentos que deban ser suscritos para la contratación, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales, debiendo existir coincidencia entre los datos de identificación del oferente que consten en Registro de Proveedores, por un lado, y los datos de identificación del oferente que consten en los respectivos anexos y documentos de la oferta.
No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19886.
La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y las condiciones que regulan tanto el mecanismo de la licitación, selección y adjudicación, así como la correcta entrega del producto objeto de la licitación, sin necesidad de declaración expresa.
9.5 Precio y Moneda
Los precios presentados por los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, netos (sin IVA), y deben incluir todo gasto que sea requerido para cumplir con la compra o servicio en las condiciones exigidas en las presentes Bases de Licitación.
9.6 Vigencia de las Ofertas
Las ofertas presentadas deben tener una validez mínima de 90 días hábiles, a contar desde la fecha de cierre de la licitación.
9.7. Garantías
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
En las adquisiciones superiores a 1.000 UTM, para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato y/o de las multas que se impusieren, el adjudicatario deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, que deberá ser emitida y entregada conforme lo dispone el numeral 8 de las presentes Bases.
Si el adjudicatario no presentare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido, se podrá adjudicar al proponente que hubiere resultado calificado en segundo lugar en la evaluación, sin perjuicio de la facultad dela Dirección de Vialidad de declarar desierta la licitación.
En licitaciones inferiores a las 1.000 UTM, solo será exigida la presentación de esta garantía si el Servicio por razones fundadas, lo solicite expresamente en las presentes Bases de Licitación.
El Servicio podrá hacer efectiva esta garantía, si el proveedor no cumple con la entrega de suministro en los términos establecidos en las presentes Bases de Licitación o incurra en alguna causal de terminación anticipada del contrato, lo que deberá ser debidamente declarado mediante resolución fundada.
9.8. Errores u Omisiones y Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes
La Dirección de Vialidad, podrá solicitar a través del Foro Inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones y antecedentes complementarios, como asimismo, información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente entregue respuesta a las solicitudes.
En caso de requerir antecedentes omitidos, estos podrán ser aceptados siempre que se trate de antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se trate de situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo de presentar ofertas y el periodo de evaluación.
9.9. Evaluación de las Ofertas
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente, según sea el caso, por un Revisor o una Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión) compuesta por tres integrantes.
En las licitaciones en las que la evaluación de las ofertas revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, las ofertas deberán ser evaluadas por una comisión de al menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del organismo de la Administración del Estado respectivo o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes.
Los evaluadores no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información.
Se evaluaran únicamente las propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, la ley y Reglamento, y se declararan inadmisibles las ofertas que no cumplan con estos.
Tanto la verificación de cumplimiento de antecedentes a presentar, como la evaluación de las ofertas aceptadas, quedará consignado en el respectivo Informe o Acta de Evaluación y someterse a lo establecido en el párrafo 7 del Capítulo IV del Decreto de Hacienda N°611 de 2024 y artículos 59, 60 y 61 del mismo cuerpo normativo; artículo 9 de la Ley N°19886, y demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables.
Durante el periodo de evaluación, los oferentes solo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de la misma, tales como la solicitud de aclaraciones, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas o visitas a terreno que esta pudiese requerir durante la evaluación y siempre que hubieren sido previstas en las presentes Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
Los evaluadores, no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, circunstancia que se dejará constancia en el Acta de Evaluación de las ofertas, por medio de una declaración jurada simple anexada a dicha acta.
9.10. Verificación de los Requisitos de Admisibilidad
El Revisor o la Comisión, respectivamente, verificarán que las ofertas cumplan los requisitos de admisibilidad establecidos en las presente Bases de Licitación.
Tendrán dicho carácter los documentos señalados en el numeral 4. de las presentes Bases Administrativas y que no sean objeto de asignación de puntaje, y aquellos que demuestren alguna inhabilidad o prohibición para contratar con Organismos del Estado.
Asimismo, los evaluadores podrán proponer, fundadamente, que se declare inadmisible cualquier oferta que no se ajuste a estas Bases o se estime inviable para la adecuada ejecución del contrato, como por ejemplo, cuando la oferta económica sea inferior a la mitad del precio promedio de las otras ofertas presentadas.
La presentación de documentación que contenga información notoriamente no fidedigna, o que venga en formato ilegible o enmendado, se tendrá por no presentada.
En el Acta de Evaluación se consignará si las ofertas son declaradas admisibles o inadmisibles y las razones que en cada caso lo justifican.
9.11. Resolución de Empates
En caso de empate de las ofertas evaluadas, se aplicarán las siguientes reglas de solución de empates:
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CONDICIÓN
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ADJUDICACIÓN
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Igual Puntaje
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Se adjudica al proveedor que presente el menor valor en la oferta económica.
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Igual Puntaje e igual valor en la oferta Económica
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Se adjudica al proveedor con menor tiempo de entrega.
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Igual Puntaje, igual valor en la oferta Económica e igual plazo de entrega
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Se adjudica al proveedor con mayor puntaje en programa de integridad
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Igual Puntaje, igual valor en la oferta Económica, igual plazo de entrega e igual puntaje en programa de integridad
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Se adjudica al proveedor que presente la totalidad de documentación solicitada dentro del plazo para presentar las ofertas
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En caso de persistir el empate, se elegirá al oferente que ingresó primero su oferta, de acuerdo a la fecha y hora de ingreso en el portal www.mercadopublico.cl. Este hecho quedará consignado en el Acta de Evaluación de ofertas, donde se indicará el método que se utilizó para su verificación.
9.12. Revocación del Llamado y Desestimación de Ofertas
La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de dejar sin efecto el proceso de licitación publicado en el Portal por razones de mérito, conveniencia u oportunidad, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N° 19.880.
Asimismo, la Dirección se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o estás no resulten convenientes al interés del Servicio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, pudiendo desestimarlas independiente de sus montos y condiciones, antes de la adjudicación por razones de interés fiscal.
En todos estos casos, los proponentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.
9.13. Fecha de Cierre y Adjudicación
La fecha de cierre de la licitación podrá ser modificada por decisión del Servicio, para asegurar una mayor participación de oferentes.
Del mismo modo, la fecha de adjudicación podrá ser modificada por necesidades del Servicio, informando en el Sistema de Información del Portal Mercado Público, las razones que lo justifican y el nuevo plazo de adjudicación.
9.14. Adjudicación
La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo, al proveedor que a proposición del Revisor o Comisión cumpla con las exigencias de las presentes Bases y obtenga la mejor calificación según los criterios de evaluación. Esta propuesta, podrá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente por razones fundadas.
El resultado de la licitación se publicará en el Portal Mercado Público, la que se entenderá notificada al Adjudicatario y demás participantes, al día siguiente hábil de su publicación.
9.15. Formalización de la Contratación
Las adquisiciones menores a 1.000 UTM, se formalizaran mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por el proveedor. En estos casos, la Orden de Compra se emitirá conjuntamente con la publicación de la Adjudicación en el Portal.
Emitida la orden de compra, se entenderá notificada al Adjudicatario al día siguiente hábil a su envío a través del Portal Mercado Público, y el proveedor tendrá un plazo máximo de 24 horas contados desde su notificación para aceptarla, de lo contrario, el Servicio podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
En las adquisiciones superiores a 1.000 UTM, la contratación se formalizará con la suscripción del contrato respectivo, el cual será cargado al Portal junto con los datos de la correspondiente licitación.
El proveedor tendrá un plazo máximo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación por el Portal Mercado Público, para hacer llegar al Servicio el contrato suscrito en forma manual o por medios electrónicos, en cuyo caso deberá ser acompañado en formato PDF.
Transcurrido este plazo, se emitirá la Orden de Compra y regirán los mismos plazos y condiciones de notificación y aceptación, indicados para compras inferiores a 1.000 UTM.
En todo caso, en ambos tipos de contratación el proveedor deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo contemplado en el numeral 8.2 de las presentes Bases Administrativas.
9.16. Habilidad del Proveedor
El proveedor adjudicado debe encontrarse en estado “hábil” para contratar con organismos del Estado en el Registro de Proveedores.
9.17. Readjudicación de la Licitación
Una vez adjudicada la propuesta, sin que el proveedor hubiese presentado la Garantía de Fiel Cumplimiento o formalizado la contratación según lo indicado en las presentes Bases, o bien, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento, o incurra en cualquier otro incumplimiento de las obligaciones que impone las presentes Bases o la Ley, previo al inicio de la ejecución del contrato, la Dirección de Vialidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad podrá declarar desierta la licitación a conveniencia del Servicio.
9.18. Monto y Plazo de Vigencia del Contrato
El monto total del contrato ascenderá al valor de la oferta aceptada y su plazo corresponderá al propuesto por el oferente, incluido en el FORMULARIO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS (Anexo N° 3) de la propuesta.
El precio convenido no estará afecto al pago de reajustes ni intereses.
9.19. Inspección Fiscal o Contraparte Técnica
Con el objetivo de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la Dirección de Vialidad designará en la Resolución de Adjudicación del suministro correspondiente, a un funcionario de su dependencia como Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, quien velarán por el fiel cumplimiento de los plazos y demás obligaciones establecidas en las Bases Técnicas, Bases Administrativas y Oferta del proveedor debidamente aceptada.
Asimismo en la Resolución, se designara al funcionario encargado de recibir los bienes adjudicados al momento de la entrega.
Toda instrucción que realice el Inspector Fiscal debe constar por escrito.
9.20. Prorroga y Modificaciones
El contrato no estará sujeto a modificación o ampliación de plazo alguno. Solo en casos excepcionales, debidamente justificados, como caso fortuito o fuerza mayor u otra situación imprevista no imputable al proveedor, se podrá autorizar un amento de plazo por el Director Regional de Vialidad.
En estos casos, el proveedor deberá informar y entregar al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, antes del vencimiento del plazo del contrato, los antecedentes y medios de verificación que justifiquen el hecho que origina la situación de excepción.
En caso de proceder, el Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada o rechazada por la Dirección. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
El aumento de plazo de ejecución y/o de vigencia de la contratación que se conceda, deberá ser aprobado mediante resolución fundada y será proporcional a la situación, hecho o causa que le ha dado origen.
9.21. De la Entrega y su Inicio
La adquisición de la madera contratada deberá ser transportada, descargada y apilada sobre piso, por cuenta del proveedor, en el lugar y previa coordinación que indiquen las Bases Técnicas, de lunes a viernes, desde 8: 30 a 13:00 horas y desde 14:30 a 16:00 horas.
El plazo de entrega comenzará a más tardar el segundo día hábil siguiente al de la notificación de la respectiva Orden de Compra por el portal.
Si el plazo de inicio o término de la contratación, venciera en un día sábado, domingo o festivo, extenderá automáticamente al día hábil siguiente.
9.22. Especificaciones Técnicas
Las piezas de madera deberán cumplir las especificaciones técnicas que se detallan en las Bases Técnicas de la presente Licitación.
9.23. Guía de Libre Transito
La madera objeto de la contratación, debe transitar con su respectiva Guía de Libre Tránsito, debidamente timbrada por CONAF.
Este documento deberá contener entre otros aspectos, el nombre, Rut y domicilio del titular del Plan de Manejo, además del número de la Placa Patente del camión transportador.
Esta Guía será solicitada por la Dirección de Vialidad al momento de la recepción y será documento obligatorio para este efecto.
9.24. Guía de Despacho
Además de la Guía de Libre Tránsito, para cumplir con la normativa del Servicio de Impuestos Internos, la madera debe ser transportada con la Guía de Despacho o Factura electrónica correspondiente extendida por el proveedor.
9.25. Prevención de Riesgos y Seguridad Vial
Será exclusiva responsabilidad del proveedor adoptar todas las medidas de seguridad necesarias durante la los trabajos que involucren el cumplimiento de la presente compra.
Para estos efectos, el proveedor deberá tomar todas las medidas de seguridad exigidas por la normativa vigente, e implementar a su personal con los elementos de protección que exigen las disposiciones legales.
Se deja establecido que ante la ocurrencia de cualquier daño o accidente que se pudiera afectar a los camiones, operadores o terceros durante el traslado u operación, será de exclusiva responsabilidad del proveedor.
9.26. Recepción del Suministro
La Recepción de la madera, se efectuará por el Inspector Fiscal designado y el funcionario designado para recibir los bienes al momento de su entrega, a quienes les corresponderá efectuar la recepción de los bienes adquiridos, debiendo verificar su conformidad en cuanto a la calidad y cantidad de cada unidad, respectivamente.
9.27. Documentos de Respaldo para Pago
Una vez recibido el suministro por los encargados de la Inspección y previa recepción conforme, los Inspectores darán visto bueno al pago, debiendo adjuntar los siguientes documentos:
- Acta de Recepción.
- Guía de Libre Tránsito, debidamente firmada por uno de los funcionarios designados para la recepción.
- Guía de Despacho o copia de factura.
- Planilla de multas por atrasos si corresponde.
9.28. Facturación Electrónica y Forma de Pago
El pago al proveedor se generara en un plazo no superior a 30 días hábiles contados desde la presentación de la factura, previa recepción conforme del suministro y firma de la factura por el Servicio.
De acuerdo a la Ley N° 20.727 del Ministerio de Hacienda y sus Modificaciones, que establece el uso obligatorio de la factura electrónica, el proveedor deberá emitir sus respectivas facturas al Ministerio de Obras Públicas, de forma electrónica, para lo cual deberán realizar ciertos ajustes en el formato XML de la misma, de manera que ésta refleje el lugar donde se efectuó la compra de bienes y/o servicios.
Para ello, las facturas emitidas deberán llevar dos campos para lograr la identificación de la Región y el lugar de pago en donde se produjo la compra, con el objeto de su correcta identificación y envío automático del documento a los correos electrónicos que se disponen.
Asimismo, deberá contener los siguientes datos:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF
Región: LOS LAGOS
Domicilio: CAMINO A PARGUA KM. 4 CIUDAD: PUERTO MONTT
Comuna: PUERTO MONTT
RUT: 61.202.000-0
Giro: SERVICIO PUBLICO
CODIGO FACTURACIÓN: 1280 REG 10 DIRECCION DE VIALIDAD LLANQUIHUE
9.29. Autorización de Pago a través de Bancos
Para efectos del pago, el proveedor deberá efectuar el trámite “Autorización de Pago a Través de Bancos”, que permite a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas, abonar a la cuenta bancaria que indique el proveedor, el monto presentado a cobro.
Para acceder a la autorización deberá dirigirse al enlace https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, acceder mediante clave única y completar el formulario web.
El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento ORD. N° 708 de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas del MOP, que Instruye Sobre la Modalidad de Pago Electrónico a contar del año 2022.
9.30. Variación de Cantidades
La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta en un 30% las cantidades adjudicadas, de acuerdo a las necesidades de orden técnico o administrativo, sin que esto afecte los precios ofrecidos.
9.31. Multas y Sanciones
Ante un eventual incumplimiento en el plazo de entrega, la Dirección de Vialidad aplicará una multa del 2 % del valor total del suministro IVA incluido, por cada día corrido de atraso, a contar del día inmediatamente después de la fecha de término de entrega correspondiente.
La multa se hará efectiva al momento del pago, descontándose del monto a pagar por el suministro contratado.
Cuando las multas representen un 30% o más del valor total adjudicado IVA incluido, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado el contrato y se hará efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato.
9.32. Procedimiento para la Aplicación de Multas
En caso de incumplimiento en la entrega, deberá ser informado por el Inspector Fiscal mediante correo electrónico enviado al proveedor, indicado los hechos que lo configuran.
Si existiesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que justifiquen el incumplimiento, será responsabilidad del proveedor comunicar y entregar los antecedentes y medios de verificación al Inspector Fiscal o Contraparte Técnica, a más tardar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la comunicación por correo electrónico efectuada por el Fiscalizador.
El Inspector Fiscal elaborará un informe con los antecedentes de respaldo para ser remitido al Director Regional de Vialidad, solicitud que podrá ser aprobada total o parcialmente, o bien, rechazada por este último. La falta de antecedentes que justifiquen la solicitud, será merito suficiente para su rechazo.
La Dirección de Vialidad, analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y deberá publicarse oportunamente en el Portal. La notificación de la misma, se entenderá efectuada luego de las 24 horas siguientes a su publicación.
9.33. Recursos
Las decisiones que adopte la Dirección de Vialidad, serán susceptibles de los recursos administrativos que correspondan de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9.34. Modificación o Término Anticipado del Contrato
El contrato podrá modificarse o terminar anticipadamente, con arreglo al artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 77 del DS Hacienda Nº 250 de 2004, por las siguientes causales:
1. por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
2. Por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
3. Por multa equivalente al 30% o más del valor adjudicado.
4. Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes, sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
6. por presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
7. Las demás que se establezcan en las Bases de Licitación o en el contrato.
9.35. Solución de Controversias
Toda controversia entre la Dirección de Vialidad y el proveedor, que se verifique durante el desarrollo del contrato, será sometida a la consideración del Señor Fiscal de Obras Públicas, quien emitirá un Informe en derecho, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
9.36. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
9.37 DESCRIPCIÓN PRODUCTO
Las Piezas de madera serán destinadas para Construcción y Reparación de Infraestructura y Superestructura para Puentes en los Caminos de la red vial de Administración Directa de la Provincia de Llanquihue, y que cumpla con las siguientes Especificaciones Técnicas:
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ESCUADRIA EN PULGADAS
|
LARGO PIEZA
|
CANT. PIEZAS
|
TOTAL PULG MADERERAS
|
|
2
|
x
|
4
|
3,6
|
150
|
120
|
|
3
|
x
|
10
|
3,6
|
150
|
450
|
|
3
|
x
|
10
|
5
|
100
|
417
|
|
4
|
x
|
8
|
3,6
|
300
|
960
|
|
4
|
x
|
8
|
5
|
300
|
1.333
|
|
8
|
x
|
8
|
3,6
|
100
|
640
|
|
8
|
x
|
8
|
5
|
100
|
889
|
|
|
|
|
|
Total Pulg.
|
4.809
|
9.38. LUGAR DE ENTREGA
Los productos deberán ser entregador y descargados en el recinto Fiscal ubicado en Camino a Pargua Km. 4, Puerto Montt
9.39. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las maderas deben ser de Coigüe y cumplir con la norma NCH 174, además de las siguientes características técnicas:
a) Maderas de Coigüe Aserrado.
b) Grado Estructural N° 1 a 3 (primera a tercera).
c) Nudos: Se aceptan sanos, sin forma de racimo o grupo de nudos y, que su diámetro o suma de sus diámetros no sea superior a 1/7 del ancho de la superficie donde aparecen.
d) Arqueaduras: Se aceptarán de una flecha de un máximo de 19 mm (en la cara)
e) Encorvadura: Se aceptan de una flecha máxima de 10 mm (en los cantos)
f) Grietas: Se aceptan superficiales; en superficie de hasta 75 mm., las grietas no serán mayores de 2 mm de ancho y en superficies superiores a 75 mm, estas grietas no superarán los 3 mm de ancho.
g) Arista Faltante o Canto Muerto: Se aceptan si el área afectada (A) solo cumple con a
h) Cada pieza de madera del grado estructural N° 1 a 3 (primera a tercera), debe estar libre de perforaciones, pudrición y que en los extremos de la pieza no tengan rajaduras ni corteza.
i) = área afectada por el defecto.
j) = ancho de la pieza
k) = espesor de la pieza.
l) = magnitud del defecto
Productos o servicios
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Cantidad
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Descripción
|
Unidad
|
|
150
|
PIEZA COIGUE DE 2" X 4" X 3,6 METROS
|
Unidad
|
|
150
|
PIEZA COIGUE DE 3" X 10" X 3,6 METROS
|
Unidad
|
|
100
|
PIEZA COIGUE DE 3" X 10" X 5 METROS
|
Unidad
|
|
300
|
PIEZA COIGUE DE 4" X 8" X 3,6 METROS
|
Unidad
|
|
300
|
PIEZA COIGUE DE 4" X 8" X 5 METROS
|
Unidad
|
|
100
|
PIEZA COIGUE DE 8" X 8" X 3,6 METROS
|
Unidad
|
|
100
|
PIEZA COIGUE DE 8" X 8" X 5 METROS
|
Unidad
|