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SERVICIOS REQUERIDOS |
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1.1 Requerimiento de compra El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, requiere de servicios psicosociales para el Programa Tribunales de Tratamiento de Drogas. El programa de Tribunales de Tratamiento de Drogas está inserto dentro del sistema de justicia penal, incorporando una metodología y un conjunto de herramientas dirigidas a otorgar tratamiento supervisado judicialmente para personas imputadas de un delito, de baja penalidad, asociado al consumo problemático de drogas y/o alcohol. Su función principal es disminuir la probabilidad de reincidencia delictiva, y favorece la integración social de las personas beneficiarias. En el Anexo N°12, Orientaciones generales para el quehacer de los servicios psicosociales, se detalla servicio requerido que consiste en evaluar, derivar y hacer seguimiento de las personas que cumplen con los requisitos para ingresar al programa tribunales de tratamiento de drogas, cuyas acciones principales son: 1) Realizar la pesquisa y/o intervención breve de personas con consumo de riesgo. 2) Realizar evaluaciones iniciales de las personas con riesgo alto y referir al nivel de cuidados que corresponda. 3) Elaborar informes de derivación de las personas hacia los centros de tratamiento 4) Realizar entrevistas motivacionales para facilitar la asistencia a evaluación/confirmación diagnóstica, y facilitar la asistencia a centros de tratamiento y/o reiniciar tratamientos tras ausencia. 5) Implementar acciones de rescate de las personas detectadas derivadas y en tratamiento, cuando corresponda, en coordinación con la red y a través de contactos telefónicos, correos electrónicos y visitas domiciliarias, entre otras. 6) Responder a las demandas del Encargado de Tratamiento de la oficina regional de SENDA y participar de reuniones periódicas de coordinación con el equipo de tratamiento de la oficina regional. 7) Seguimiento de las personas, a través de la coordinación con centros de tratamiento y participación en las preparaciones de audiencia, en las audiencias y en la elaboración de informes de seguimiento. 8) Coordinarse permanentemente con el equipo jurídico, y con los referentes del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia (cuando corresponda), Servicio de Reinserción Social Juvenil, centros de tratamiento, la red de salud y las demás instituciones u organismos que sean parte del intersector, en beneficio de la persona usuaria durante su proceso de tratamiento. 9) Facilitar gestiones para la integración social de los egresados del programa, en coordinación con el centro de tratamiento y la oficina regional correspondiente. 10) Elaborar informes mensuales de actividades según anexos adjuntos y sus verificadores 11) Participar en jornadas de coordinación y capacitación de SENDA Nacional o Regional u otras que sean necesarias. 12) Capacitar al equipo jurídico y sanitario cuando sea necesario. 13) Registrar en el módulo de TTD de SISTRAT. 14) Mantener actualizado los sistemas de registro que correspondan e informar sobre las actividades programadas y realizadas. 1.2 De la modalidad de la licitación Se solicita realizar la presente licitación pública en la modalidad de adjudicación por línea de servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación por líneas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero con las siguientes limitaciones, atendida la especial naturaleza del servicio objeto de la presente licitación: - Cuando se trate de una persona natural, que presente una oferta para prestar los servicios personalmente, solamente podrá adjudicarse una línea de servicio. - En el caso de personas jurídicas, podrán postular y adjudicarse una o más líneas de servicio, siempre que se proponga a una persona natural diferente por cada línea de servicio a la que se postula y cumpla con las condiciones técnicas requeridas. - En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), estas podrán postular y adjudicarse más de una línea de servicio, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Con todo, una misma UTP no podrá presentar ofertas que tengan por efecto que dos o más de sus integrantes resulten adjudicatarios de una misma línea de servicio, ya sea actuando dentro de la misma Unión o mediante ofertas paralelas que alteren la competencia. Cuando la UTP postule a más de una línea, deberá designar en su oferta, para cada línea, una persona natural distinta responsable de la ejecución del respectivo servicio, quien deberá cumplir íntegramente con los requisitos técnicos exigidos en las presentes bases. Dicha persona podrá corresponder a uno de los integrantes de la UTP, siempre que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas. En caso de que la UTP postule a una sola línea de servicio, deberá igualmente designar en su oferta a una persona natural responsable de la ejecución, quien deberá cumplir con las exigencias técnicas requeridas. La designación de dichas personas naturales formará parte integrante de la oferta técnica y será obligatoria para efectos de evaluación y eventual adjudicación. En razón de lo anterior, en el caso que postule una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, para efectos de la evaluación, se considerará la información de la entidad o del o la profesional que prestará el servicio según corresponda y como se señala en el punto 5.4 de las presentes bases. En suma, atendida la naturaleza del servicio a contratar objeto de la presente licitación, éste deberá prestarse por una sola persona natural por cada línea de servicio. 1.3. Líneas de servicio Para todos los efectos jurídicos, esta licitación está compuesta por las siguientes líneas de servicio y los respectivos montos máximos por año: LS Región Profesional Monto 2026 Monto 2027 Monto total 1 Arica y Parinacota Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 2 Arica y Parinacota Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 3 Tarapacá Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 4 Tarapacá Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 5 Antofagasta Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 6 Antofagasta Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 7 Coquimbo Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 8 Coquimbo Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 9 O'Higgins Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 10 O'Higgins Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 11 Maule Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 12 Maule Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 13 Biobío Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 14 Biobío Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 15 Araucanía Trabajador/a Social $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 16 Araucanía Psicólogo/a $ 10.156.000 $ 12.187.200 $ 22.343.200 17 Valparaíso Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 18 Metropolitana Psicólogo/a $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 19 Metropolitana Psicólogo/a $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 20 Metropolitana Psicólogo/a $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 21 Metropolitana Psicólogo/a $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 22 Metropolitana Psicólogo/a $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 23 Metropolitana Psicólogo/a $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 24 Metropolitana Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 25 Metropolitana Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 26 Metropolitana Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 27 Metropolitana Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 28 Metropolitana Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 29 Metropolitana Trabajador/a Social $ 20.073.000 $ 24.087.600 $ 44.160.600 Para efectos de estas bases de licitación, se entenderá que el título de Trabajador Social es equivalente al de Asistente Social. Respecto al presupuesto asignado a cada línea de servicio, se ha considerado técnicamente que cada línea de servicio, desde la 1 a la 16, contempla la atención de más de 10 y menos de 20 casos en seguimiento judicial. Por su parte, las líneas de servicio 17 a 29 contemplan la atención de más de 20 y hasta 40 casos en seguimiento judicial. El precio anteriormente indicado podrá ser reajustado en diciembre de 2026, y comenzará a regir en el mes de enero del año siguiente. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la época indicada previamente, teniendo como factores referenciales la variación del factor de actualización del presupuesto del sector público anual y, especialmente, la disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del año correspondiente. Los reajustes serán notificados al prestador una vez totalmente tramitado el acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato si se encontrase suscrito. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas distintas a las expresamente señaladas. Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará estarán sujetos a lo que establezca la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el respectivo año. Se deja expresa constancia de que postular a las líneas de servicio de las regiones de Tarapacá, Valparaíso, Biobío, Metropolitana, implica tener la disponibilidad para movilizarse a uno o más de los Juzgados de Garantía donde se implementa el programa TTD de la respectiva región. Se deja expresa constancia que, de adjudicar líneas de servicio en la Región Metropolitana, la distribución de los profesionales de equipos psicosociales TTD para la ejecución de los servicios, será facultad de la Dirección Regional y podrá ser modificada durante la duración del contrato. 1.4. Recursos disponibles Los recursos disponibles máximos por cada línea de servicio se encuentran desagregados por línea de servicio y año en el número 1.3. SENDA no entregará recursos adicionales a los mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a la correcta realización de los productos solicitados. Se recuerda que, el presupuesto considera montos brutos, siendo responsabilidad exclusiva del oferente, considerar los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
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DURACIÓN DE LOS SERVICIOS |
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2.1 Duración de los Servicios El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta el 31 de diciembre de 2027. Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del respectivo contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Sin embargo, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 1 de marzo de 2026. 2.2. Prórroga SENDA podrá prorrogar los contratos provenientes de la presente licitación solo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, o se defina una nueva modalidad de compra para este tipo de servicios, no pudiendo superar el 30% del total del contrato.
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ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. 3.1 Encargado del proceso de licitación: El encargado del presente proceso de licitación pública es la jefatura de la Unidad de Adquisiciones de SENDA, o quien lo subrogue. 3.2 Encargado del contrato: El encargado del proceso de contratación será la jefatura del Área de Tratamiento, de SENDA, o quien lo subrogue. Sin perjuicio de lo anterior, cada Dirección Regional, previa notificación al Área de Tratamiento, podrá designar a una persona para efectos de la ejecución del contrato. 3.3 Cómputos de plazos. Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y festivos. En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se producirá al día hábil siguiente. 3.4 Etapas de la licitación pública. La presente licitación pública se realizará en una sola etapa, por lo que en el acto de apertura de las ofertas se procederán a abrir las ofertas técnicas y económicas. 3.5 Modificaciones a las bases El Servicio Nacional para Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá modificar las presentes bases de licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada, la que deberá total tramitarse de acuerdo a las normas legales vigentes, incluyendo el trámite de toma de razón si procediere y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación pública. En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. 3.6 Cronograma de actividades ACTIVIDAD PLAZO Plazo para publicar las bases de licitación Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la total tramitación de la respectiva resolución que realice el llamado a licitación Pública. La señalada resolución exenta será tramitada solo una vez que se haya total tramitado con anterioridad la resolución que apruebe bases de licitación ante Contraloría General de la República. Plazo para presentar propuestas 30 días corridos siguientes a la fecha de publicación de las bases de licitación en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas. Plazo para presentar garantía de seriedad de la oferta Hasta las 14:00 hrs. del día de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl Plazo para realizar consultas a las bases de licitación Hasta el día 15 corrido, contados desde la fecha de publicación de las presentes bases a través del portal www.mercadopublico.cl Respuesta a las consultas Hasta el día 4 hábil, desde la fecha de vencimiento para presentar consultas Apertura de las ofertas El día 30 corrido siguiente a la fecha de la publicación de las presentes bases, a las 14:01 hrs. Periodo de evaluación Dentro de los 15 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas. Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 10 días hábiles siguientes a la realización de la evaluación de las ofertas. Presentación de antecedentes para la suscripción del contrato Dentro de los 20 días corridos siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente propuesta pública. Suscripción del contrato Dentro de los 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato. 3.7 Forma de presentación de las ofertas Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de publicación de estas bases en el referido portal, hasta las 14:00 horas del trigésimo día. En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl durante este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago Centro), de lunes a viernes entre las 9:00 y las 14:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo establecido en el N°3 del artículo 115 del Decreto Nº 661, del Ministerio de Hacienda, de 2024. Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas en soporte papel que adjunten un certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública. 3.8 Fecha de recepción de ofertas La fecha de cierre de recepción de ofertas será el día del vencimiento del plazo para la presentación de las mismas, indicado en el número 3.7 precedente, a las 14:00 horas, el cuál será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación pública, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal. En caso de que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, o en un lunes, o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas, se postergará la fecha del cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora. 3.9 Número de ofertas Cuando el oferente sea una persona natural, se deberá presentar solamente una oferta por línea de servicio, o solo una oferta por las líneas de servicio que correspondan a su profesión de la Región Metropolitana, en atención a que estas líneas de servicio corresponden a las mismas prestaciones en cuanto a características y cantidad de casos en seguimiento judicial. Si una persona natural presenta más de una oferta en la plataforma de Mercado Público, este Servicio Público entenderá como válidamente presentada solo una oferta, que será la última oferta subida al portal. Una persona natural sólo podrá adjudicarse UNA línea de servicio. Cuando el oferente sea una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, podrá postular a más de una línea de servicio o región. En el caso de una persona jurídica, ésta deberá señalar determinadamente las personas naturales que prestarán servicios para cada línea de servicio o región, según corresponda, en cuyo caso deberá presentar el Anexo N° 2, debidamente completado. En relación a esto, cabe señalar que, según lo dispuesto en las presentes bases, se evaluará la experiencia y formación relativa a la persona natural que prestará el servicio y NO se tendrá en consideración los antecedentes presentados por la persona jurídica o la Unión Temporal de Proveedores.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación pública, estarán a disposición de los interesados, en el sitio web www.mercadopublico.cl. 4.1 Consultas y aclaraciones Según lo indicado en el artículo N° 35 ter de la ley N° 19.886, los participantes o interesados en el proceso de licitación, sólo podrán formular sus consultas a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, correspondiente a la presente licitación, dentro de los 15 primeros días corridos desde publicadas las bases de licitación quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior. Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. 4.2 Información General Toda oferta deberá incluir todos los antecedentes administrativos y los documentos de la propuesta técnica que se señalan en estas bases.Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha revisado y analizado todas las Bases Administrativas y Técnicas, sus anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida y exigida para participar en dicho proceso. Por todo lo anterior lo hace responsable de todo lo propuesto en su oferta y susceptible de ser supervisado en el cumplimiento de la misma durante la vigencia del contrato si fuera el caso. La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos en la forma prevista en el número 4.3 de estas bases de licitación, quedará sometida a lo establecido en el criterio de evaluación denominado cumplimiento de los requisitos formales. Será declarada inadmisible aquella propuesta que haya presentado datos no fidedignos que resulten determinantes en su oferta. 4.3 Antecedentes administrativos Para postular, los oferentes además de su propuesta técnica deberán presentar una declaración jurada simple, distinguiendo si se trata de persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores, según a continuación se indica: Persona Natural: a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente licitación pública. Persona Jurídica: a) Conocer los términos de referencia, haber estudiado los antecedentes y haber verificado su concordancia, así como también que todos los antecedentes presentados como parte de la oferta, son veraces y exactos, estando conforme con los términos de la presente licitación pública. Unión Temporal de proveedores: Deberán suscribir la respectiva declaración jurada todos los integrantes de la Unión temporal, sean personas naturales o jurídicas. Para facilitar el cumplimiento de este requisito administrativo, se adjuntan a las presentes bases el Anexo 3A modelo de declaración jurada simple de persona natural, y el Anexo 3B: modelo de declaración jurada simple de persona jurídica. La declaración jurada deberá ser ingresada como antecedente administrativo, digitalizados en formato PDF o Word, al portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación pública. De conformidad al artículo 180 letra d) del decreto 661; tratándose de Unión Temporal de Proveedores; si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Así mismo; deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Asimismo, de acuerdo al art. 181 del Reglamento se establece: “el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol revisará que los oferentes se encuentren registrados en el "Registro de Proveedores", a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Se deja constancia, que se declararán inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que no se encuentren registrados en el mencionado registro, en conformidad con lo establecido en el art. 16 de la Ley 19.886. Con todo, se hace presente que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol consultará el listado de empresas condenadas por prácticas antisindicales y por infracción de derechos fundamentales del trabajador, publicado por la Dirección del Trabajo, declarándose inadmisibles las propuestas de aquellos oferentes que aparezcan condenados dentro de los anteriores dos años a la presentación de las mismas. Del mismo modo, quedarán excluidos de este proceso licitatorio aquellas personas naturales, jurídicas o UTP que se encuentren afectos a las siguientes inhabilidades: - Las indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. - Las inhabilidades establecidas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886. - Las indicadas en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595 sobre Delitos Económicos. - Si la entidad ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica - Si la entidad ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973. 4.4 Garantía de seriedad de la oferta Esta garantía se exige para proteger al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol respecto de los riesgos de: desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las Bases, retiro de la oferta una vez seleccionada, falta de seriedad en los términos de la oferta, inhabilidad del seleccionado para contratar con el Estado; falta de entrega de los antecedentes requeridos para elaborar el contrato, falta de firma del contrato y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de contrato. El Proponente deberá presentar una caución o garantía pagadera a la vista, por cada línea de servicio a la que postula, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, y cuyo monto mínimo será de $150.000.- a la orden del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA, Rut 61.980.170-9, (El nombre podrá abreviarse en cuyo caso deberá indicarse el RUT1 ); con una vigencia no inferior a 150 días corridos contados desde la apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl. De acuerdo a lo indicado en el numeral 3.9 de las presentes bases, se deja constancia que, respecto de las líneas de servicio de la Región Metropolitana, cuando se trate de una persona natural, esta podrá postular con una sola oferta y con un solo documento de garantía de seriedad de la oferta para las líneas de servicio de dichas regiones. La caución o garantía presentada deberá señalar que está tomada como Garantía de Seriedad de la Oferta indicando el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicios a la que postula. Si la Garantía de Seriedad de la Oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Cuando se trate de garantías electrónicas, los antecedentes podrán ser enviados de manera virtual mediante el sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual o podrá ser ingresada junto con su oferta en la plataforma Mercado Público, y dentro del mismo plazo para presentar las ofertas. Cuando se trate de garantías en papel, deberán presentarse en las oficinas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7° comuna de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio del oferente, hasta el día de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 14:00 horas. El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del proponente, nombre y cédula de identidad de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la misma. La copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía. Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos antes señalados la oferta será declarada inadmisible. Dicha situación será comunicada a la Comisión Evaluadora por la División Jurídica, previo al proceso de evaluación. Ejemplo de llenado: Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable No se aceptarán documentos que requieran aviso previo para su cobro Beneficiario Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA RUT 61.980.170-9 El nombre podrá abreviarse (SENDA), pero deberá contener el RUT. Vigencia Mínima Vigencia mínima de 150 días corridos contados desde la apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl La fecha exacta será comunicada en el portal www.mercadopublico.cl Con el objeto de precaver posibles errores en la validez de la fecha de la garantía, recordamos que la vigencia mínima es de 150 días corridos contados desde la apertura de la oferta señalada en el portal www.mercadopublico.cl, pudiendo por tanto extenderse por un plazo superior. Monto mínimo $150.000.- Expresada en Pesos chilenos. En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro y esté expresada en UF, se calculará el valor de ésta según la fecha de emisión de la garantía. Glosa Garantía de Seriedad de la Oferta, indicando el número de ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio a la que postula. Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo Nº 8A En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones generales no se establece expresamente su carácter irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la glosa del referido instrumento. Esta garantía se hará efectiva: ▪ Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su oferta. ▪ Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el número 7.2 de estas bases. ▪ Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el número 7.3. de las presentes bases. ▪ El oferente, cuya oferta ha sido adjudicada, no acompaña dentro de plazo la garantía de fiel cumplimiento de contrato, solicitada en el número 7.6 de las presentes bases. ▪ Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el número 7.5 de las presentes bases. ▪ El oferente cuya oferta haya sido adjudicada, habiendo presentado datos inexactos o no fidedignos en su oferta y ésta deba ser dejada sin efectos. Devolución de la Garantía de seriedad de la oferta. En virtud de lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las garantías de seriedad de la oferta serán devueltas a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, dentro de los 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, salvo que recurran de cualquier forma en contra de la resolución respectiva. Asimismo, la devolución de garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas se devolverá en el plazo de 10 días hábiles, contados desde la resolución que adjudica la línea respectiva a la que postuló. Considerando que las presentes Bases contemplan la posibilidad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya tenido la mejor calificación en caso que éste se desista de celebrar el respectivo contrato, todo de acuerdo a lo dispuesto en el número 5.1 de estas bases; la devolución de la garantía de seriedad, de la oferta a la segunda calificación más alta, será devuelta en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la línea de servicio respectiva. Tratándose del oferente adjudicado, la restitución del documento de garantía de seriedad de la oferta se hará una vez que el contrato respectivo se encuentre firmado por el adjudicatario y una vez que éste haya hecho entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el número 7.4, 7.5, y 7.6 de estas bases. Los oferentes deberán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en las oficinas de Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 6°, comuna y ciudad de Santiago o en la Dirección Regional de SENDA correspondiente al domicilio del oferente. La devolución de los documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso de que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de retiro y recepción pertinente. Respecto de la devolución de las garantías de seriedad de la oferta presentada de manera electrónica, serán devueltas en el plazo de 61 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la línea de servicio respectiva, para lo cual se entregará respaldo del documento electrónico al interesado, realizado previamente el registro de la devolución en el Sistema de Control de Garantías del SENDA (SISGAR). 4.5 Propuesta Técnica Se deberá presentar un formulario de presentación de propuesta técnica por cada línea de servicio a la que se postule. Para el caso que una persona jurídica o una unión temporal de proveedores quiera presentar ofertas en dos o más líneas de servicio o región, deberá presentar tantos formularios de presentación de propuesta técnica como ofertas y ellos deberán ser escaneados en un solo archivo para ser subido en el portal www.mercadopublico.cl No se podrá postular en un mismo formulario de presentación de propuesta técnica a diferentes líneas de servicios. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 3.7 de estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas, sin perjuicio de lo establecido 3.9 de las presentes bases. El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo 1, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta Técnica”. La falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta.
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ADMISIBILIDAD Y EVALUACIÓN TÉCNICA |
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La apertura de las ofertas se realizará el mismo día del cierre de recepción de estas, referido en el numeral 3.7 de estas Bases, a partir de las 14:01 horas. Posteriormente se inicia la admisibilidad administrativa. 5.1 Admisibilidad Administrativa El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, antes de evaluar las ofertas técnicas, realizará una revisión de los antecedentes presentados por los oferentes, en la que verificará que se presenten los antecedentes mínimos exigidos en las presentes bases. En esta etapa, se revisará: 1. Presentación de “Formulario de presentación de propuesta técnica” (Anexo 1) 2. Presentación y pertinencia de garantía de seriedad de la oferta (Anexo 8A) 3. Presentación y pertinencia de declaración jurada (Anexo 3A - 3B) 4. Presentación y pertinencia de declaración jurada de inhabilidades (Anexo 5A - 5B) 5. En el caso de la UTP, revisará que se haya dado cumplimiento a la presentación del documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme al 4.3 de las presentes Bases. No serán evaluadas técnicamente, aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos precedentemente, declarando en consecuencia, su inadmisibilidad. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. 5.2 Modalidad de Evaluación El proceso de evaluación será interno y se realizará en una sola etapa. Se evaluarán las propuestas técnicas presentadas por aquellos oferentes que hayan cumplido con presentar los antecedentes administrativos en la forma exigida en estas bases. Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente. 5.3 Comisión Evaluadora Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo menos, tres funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Se deja constancia que, de acuerdo al art. 35 nonies de la Ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Para ello los miembros de la comisión evaluadora deberán completar antes de evaluar el proceso licitatorio, la respectiva declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este caso. Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes funcionarios: a) Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a) designe mediante memorándum interno debidamente firmado. b) Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum interno debidamente firmado. c) Jefe(a) del Área de Tratamiento de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum interno debidamente firmado. Además, un abogado de la División Jurídica de SENDA, actuará como ministro de fe de la comisión. En los casos en que corresponda podrá ser parte de la Comisión Evaluadora una persona contratada a honorarios, la cual tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el ejercicio de sus funciones dentro de la comisión. En cualquier caso y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en SENDA Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración al especial carácter técnico de los servicios que se licitan, la comisión evaluadora podrá ser asistida por un grupo de asesores de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar, dependientes del Ministerio de Salud. Serán funciones de la comisión evaluadora, las siguientes: 1. Determinar si las ofertas técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las bases. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta y dejar constancia en el acta final de evaluación a objeto que, posteriormente, se declare mediante el acto administrativo pertinente la inadmisibilidad de la oferta. 2. Evaluar las ofertas técnicas presentadas. 3. Solicitar a los oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, y solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta. 4. El acta de evaluación de la comisión evaluadora deberá referirse a las siguientes materias: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. c) La proposición de declaración de líneas de servicio desiertas, cuando no se presentan ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgue que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de SENDA. d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. e) La puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas, y la proposición de adjudicación. 5.4 Criterios de Evaluación Criterio Subcriterio % Subítem % Ítem I Formación del Oferente a. Formación en doctorados, magíster, diplomados y/o postítulos en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social. 60 35 b. Formación en cursos de capacitación en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. 40 II Experiencia del Oferente a. Experiencia en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 60 50 b. Experiencia en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos2 . 40 III Condiciones de empleo y remuneración a. Recurso humano contratado. 5 IV Cumplimiento de los requisitos formales 3 V Cumplimiento del Programa de integridad 2 VI Propuesta económica 5 Criterio I: Formación del oferente (35%) a. Formación en doctorados, magíster, diplomados y/o postítulos en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social. Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente el servicio. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado ha completado formación de uno o más doctorados en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social. 100 El o la profesional evaluado ha completado formación en uno o más magíster en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social. 60 El o la profesional evaluado ha completado uno o más postítulos y/o diplomados en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social. 30 El o la profesional evaluado no ha completado doctorados, magíster, postítulos y diplomados en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y/u otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social. o, si la tiene, no la informa. 0 b. Formación en cursos de capacitación en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente el servicio. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado posee 130 horas o más de capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. 100 El o la profesional evaluado posee 100 horas o más y menos de 130 horas de capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. 75 El o la profesional evaluado posee 50 horas o más y menos de 100 horas de capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. 50 El o la profesional evaluado posee menos de 50 horas de capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. 25 El o la profesional evaluado no posee horas de capacitación certificadas en temáticas de alcohol y/u otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/o temáticas vinculadas a la reinserción social. o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 Criterio II: Experiencia del Oferente (50%) a. Experiencia en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. Si la entidad postulante es persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del o la profesional que ejecutará directamente el servicio. Nivel de cumplimiento Puntaje El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 3 años en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 100 El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 2 años y menor a 3 años en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 75 El o la profesional evaluado posee experiencia igual o superior a 1 año y menor a 2 años en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 50 El o la profesional evaluado posee experiencia inferior a 1 año en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas. 25 El o la profesional evaluado no posee experiencia en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y/u otras drogas o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 b. Experiencia en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos. Este subcriterio se evaluará en base a la información entregada de la entidad postulante, sea persona natural, jurídica o unión temporal de proveedores. Nivel de cumplimiento Puntaje La entidad presenta experiencia igual o superior a 3 años en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos. 100 La entidad presenta experiencia inferior a 3 años e igual o superior a 2 años en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos. 75 La entidad presenta experiencia inferior a 2 años e igual o superior a 1 años en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos. 50 La entidad presenta experiencia inferior a 1 año en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos. 25 La entidad no presenta experiencia en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos o, si la tiene, no la informa y/o no la acredita. 0 Criterio III: Condiciones de empleo y remuneración (5%) Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores, este subcriterio se evaluará en base a la información entregada del profesional que ejecutará directamente los servicios. Este ítem se evaluará según la Información ingresada en el Anexo 13 en conjunto con los antecedentes solicitados. Equivale a un porcentaje del 5%. Asignación de puntajes: Si la entidad postulante es una persona jurídica o unión temporal de proveedores se deberá indicar en el correspondiente anexo el monto del pago destinado a la persona natural que ejecutará directamente el servicio (se deberá llenar el anexo indicando la persona que ejecutará el servicio en cada línea de servicio a postular). En caso de que el oferente sea una persona natural que desempeñará personalmente el servicio, deberá indicar en el anexo respectivo que ejecutará directamente el servicio y deberá indicar el monto correspondiente a su oferta económica. El puntaje de este criterio se calculará asignando 100 puntos a la oferta que destine el pago más alto a la persona natural (sea directamente o por línea de servicio en el caso de personas jurídicas o UTP) que ejecutará directamente el servicio por cada línea multiplicando cada valor por 100 y dividiendo el resultado por el monto del pago más alto. Si no indica información será asignada la oferta con 0 puntos. La forma de calcular el puntaje será la siguiente: Puntaje = (OPMA * 100) / OE OPMA: oferta que destine el pago más alto a la persona natural OE: es el precio de la oferta evaluada. 100: es el puntaje mayor. Criterio IV: Cumplimiento de los requisitos formales (3%) Nivel de cumplimiento Puntaje El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello y no se le solicitan antecedentes conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 100 No cumple con la presentación completa de los antecedentes, pero los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al art. 56 del Decreto N°661 reglamento de la Ley 19.886. 50 No acompaña con posterioridad los documentos solicitados, conforme al art. 56 del Decreto N°661 Reglamento de la ley N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo solicitado. 0 Criterio V: Cumplimiento del programa de integridad (2%) Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo 6. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Lo antes mencionado de acuerdo a lo establecido en el Dictamen E370752N23 de la Contraloría General de la República, el 20 de junio de 2023. Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización. Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará puntaje 100 al oferente que cuente con dicho programa y acompañe los respectivos verificadores. En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 6), se evaluará la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a la persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de ello. Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse el anexo N° 6 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores. En caso de que el oferente no cuente con un programa de integridad o este no haya sido difundido en el caso de las personas jurídicas y UTP, su oferta llevará por ello nota 0 en este criterio. Nivel de cumplimiento Puntaje Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales cuenta con formación personal acreditada en 100 materia de integridad o compliance. Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido por su organización o en caso de las personas naturales no se cuenta con formación personal acreditada en materia de integridad o compliance. 0 Para acreditar el siguiente criterio deberá adjuntar Copia de documentación o certificación de declaración jurada exigida en anexo 6, adjuntar Programa de integridad implementado en su organización y deberá adjuntar medios que acrediten la difusión entre el personal mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno, correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la implementación y difusión del señalado programa. Si los oferentes nada dicen al respecto a este criterio o no acompañan documentos para verificar su implementación se asignará la nota cero. Criterio VI: Propuesta económica (5%) El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos), expresados en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo adjunto los valores ofertados neto y brutos totales, así como también el impuesto al cual se encuentra afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo número 7 del acápite III de estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. Las ofertas económicas presentadas por un monto valor total bruto superior a las señaladas en el numeral 1.3 en la línea de servicio que se licita, no serán objeto de evaluación y serán declaradas inadmisibles por SENDA. Del mismo modo, no se admitirán ofertas inferiores al 90% del valor total bruto señalado en estas bases. La forma de calcular el puntaje económico será la siguiente: Puntaje económico = OPM * 100 OE OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas. OE: es el precio de la oferta evaluada. 100: es el puntaje mayor. 5.5 Errores, omisiones y aclaraciones La comisión evaluadora podrá solicitar a las entidades oferentes que salven errores u omisiones detectados durante la evaluación, o presenten certificaciones o antecedentes, según a continuación se indica: SENDA, podrá solicitar a los oferentes que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Además, la comisión evaluadora podrá solicitar a la entidad oferente la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación En todos los casos señalados, los oferentes tendrán un plazo de 3 días hábiles para enviar su respuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, contados desde efectuado el requerimiento por el mismo medio. 5.6 Evaluación El puntaje final que los oferentes obtengan por línea de servicio será la suma de las ponderaciones obtenidas conforme a la evaluación señalada en el número 5.4 de estas bases. El puntaje final será con aproximación y se expresará con dos decimales. Cada oferta relativa a una línea de servicio será evaluada de forma independiente, sin perjuicio de lo indicado en el número 4.5. a) Descuento por comportamiento contractual Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación señalados en el numeral 5.4 de estas bases, se revisará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de los contratos con la entidad licitante, durante los últimos 3 años contados desde la fecha de apertura de las propuestas de la presente licitación. De la revisión efectuada se realizará el descuento correspondiente al tipo de sanción que se detallará a continuación respecto del puntaje total obtenido en la etapa de evaluación. El mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar (en el total del puntaje obtenido en la etapa de evaluación de acuerdo a los criterios del N°5.4.) el puntaje indicado en la tabla siguiente por el número de sanciones recibidas por parte de la entidad licitante: Tabla de descuento por comportamiento contractual anterior (Cca): Sanción Disminución de puntaje por sanción Término anticipado total o parcial de contrato 20 puntos por cada vez que se haya establecido un término anticipado de contrato. Multas aplicadas en el período observado 10 puntos por cada ocasión en que se haya aplicado una multa. Amonestaciones aplicadas en el período observado 5 puntos por cada ocasión en que se haya amonestado a la entidad. A modo de ejemplo: Un proveedor ha recibido un cobro de 2 multas y 1 amonestación en los últimos 3 años, el puntaje de descuento que recibe en este criterio es de 25 puntos. Este último puntaje (a modo de ejemplo: -25 puntos) se restará al puntaje total que haya obtenido el oferente en conformidad del N°5.4. Si en los últimos 3 años contados desde la fecha de apertura de las propuestas de la presente licitación, el oferente no ha suscrito convenio(s) previo(s) con SENDA no se aplicará descuento al puntaje obtenido en los criterios de evaluación respecto de este aspecto. b) Puntaje Final Una vez obtenido los puntajes de los criterios de evaluación: Formación del Oferente (FO); Experiencia del Oferente (ExO); Condiciones de empleo y remuneración (CER); Cumplimiento de los requisitos formales en la presentación de la oferta (CRF); cumplimiento del programa de integridad (CPI); y oferta económica (OE) se sumarán los respectivos ponderadores para determinar el puntaje de evaluación. Una vez realizado esto se aplicará el descuento que corresponda de acuerdo al comportamiento contractual anterior del oferente, dando como resultado el puntaje final de la oferta, el cual se obtendrá según la siguiente fórmula: Puntaje Total Evaluación (PTE): (FO*0,35) + (ExO*0,50)+ (CER*0,05) + (CRF*0,03) + (OE * 0,05) + (CPI*0,02). El puntaje total de evaluación (PTE) será con aproximación y se expresará con dos decimales. Puntaje Final (PF): (PTE- puntaje de descuento (Cca)) Una vez obtenido el puntaje total de evaluación (PTE), se les revisará su comportamiento contractual anterior y se les aplicará las tablas de descuento por (Cca) dando como resultado el puntaje final de la evaluación de su oferta. El oferente que obtenga la más alta calificación que resulte de la suma de las notas finales obtenidas en la evaluación del cumplimiento de la propuesta técnica, requisitos formales, programa de integridad y aplicado el descuento por cumplimiento contractual anterior, será quien se adjudique la presente licitación. La evaluación se realizará dentro de los 15 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas. Por su parte el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, adjudicará la presente licitación, por la línea de servicio, a quien presente la mejor propuesta en la respectiva línea, dentro de los 25 días hábiles posteriores a la apertura de las ofertas. La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto administrativo, el que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, a través de acto administrativo fundado totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. Con todo, sin perjuicio de lo dispuesto en la resolución que adjudique las líneas de servicio de la presente licitación, se deja constancia que los servicios que se contraten con quienes resulten adjudicados, queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria que establezca la Ley de Presupuestos para el sector público correspondiente a los años 2026, 2027 y 2028. 5.7 Mecanismo para dirimir empates En caso de que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica: 1.- Inicialmente se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica “Experiencia del Oferente en intervención directa en programas de tratamiento en población adulta y/o adolescente con consumo problemático de alcohol y otras drogas”. 2.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Experiencia del Oferente en programas para adultos y/o adolescentes en conflicto con la justicia y/o programas que se relacionen e interactúen con el sistema judicial que impliquen comparecencia a audiencias y coordinación con diferentes actores jurídicos”. 3.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Formación del Oferente en doctorados, magíster, diplomados y/o postítulos en temáticas de intervenciones terapéuticas dirigidas a personas con problemas de consumo de alcohol y otras drogas y/o temas vinculados a la justicia terapéutica y/o reinserción social”. 4.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en “Formación en cursos de capacitación en temáticas de alcohol y otras drogas, justicia terapéutica, salud mental y/ o temáticas vinculadas a la reinserción social”. 5. -Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Condiciones de empleo y remuneración; Recurso Humano Contratado”. 9.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “Propuesta Económica” 10.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Cumplimiento de los Requisitos Formales en la Presentación de la Oferta” 11.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Cumplimiento de Programa de Integridad”. 12.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el puntaje más bajo de descuento por cumplimiento contractual anterior. Finalmente, si, aplicados todos los criterios de desempate establecidos en las presentes bases, persistiere la igualdad, la adjudicación se resolverá en favor del oferente cuya oferta haya sido ingresada con anterioridad en el Portal de Compras Públicas, conforme al registro de fecha y hora que conste en dicho sistema. 5.8 Rechazo de las ofertas El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea de servicio respectiva, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
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ADJUDICACIÓN |
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6.1 Selección del adjudicado Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga el puntaje final más alto entre los oferentes de la línea de servicio en cuestión. Los oferentes que como personas naturales presenten ofertas en más de una línea de servicio deberán completar el respectivo anexo N°14 de priorización de adjudicación, el que servirá como referencia a la hora de adjudicar. Esto por cuanto, de acuerdo con el N°1.9 en relación con el 3.9 de estas bases, los oferentes que sean personas naturales solo podrán resultar adjudicados en una línea de servicio, por lo tanto, en caso de tener puntaje suficiente para adjudicar en más de una línea, SENDA revisará la selección de prioridad señalada por el oferente en el respectivo anexo para indicar en cuál línea deberá ser adjudicado; procediendo a correr la lista de puntajes en aquellas líneas en que teniendo puntaje suficiente no sé pueda adjudicar por ya haber sido seleccionado en otra línea, pasando a ocupar el lugar el oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente a los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol y así sucesivamente, hasta completar los cupos a adjudicar o la línea, según corresponda. Si no hubiera otras ofertas convenientes a los intereses del servicio, se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con la Administración del Estado, que desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta requerida en el número 4.4 de estas bases, y se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente a los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o bien, se declarará desierta la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 6.2 Causales para dejar sin efecto la adjudicación El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales: a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el número 7.2 de estas bases. b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el número 7.3 de las presentes bases. c. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo señalado en el número 7.4 de las presentes bases. d. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su oferta. e. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el número 7.5 de las presentes bases. f. Si el oferente cuya oferta haya sido adjudicada, ha presentado datos inexactos o no fidedignos en su oferta. De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta requerida en estas bases, y adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final en la línea de servicio respectiva, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
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CONTRATACIÓN |
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7.1 Del Contrato Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios, dentro de los 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato. El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la Jefe(a) del Área de Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. 7.2 Inhabilidades para contratar No podrán celebrar el contrato respectivo los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades: a. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quater de la Ley 19.886. b. Quienes dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 19.886. c. Las personas naturales que sean funcionarios directivos del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. d. Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. e. Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos que indica f. Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°211 de 1973. g. Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará, en la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. 7.3 Requisitos para contratar Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, en el plazo de 20 días corridos contados desde la notificación de la resolución que adjudica la presente propuesta pública, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo: (1) Todos los oferentes: a. Encontrarse inscrito y hábil en registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Públicas. b. Acompañar una declaración jurada en la que el adjudicatario señale si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con aquellos trabajadores contratados en los dos últimos dos años. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°4 A en caso de Persona Natural y Anexo N°4 B en caso de ser persona jurídica: modelo de declaración jurada simple sobre deudas laborales o previsionales dependiendo de si el oferente seleccionado es persona natural o jurídica, respectivamente. Si el oferente registra o declara saldos insolutos, éste deberá señalar el monto al que asciende la deuda y los antecedentes que justifiquen el monto de la misma, para efectos de lo dispuesto en el párrafo tercero del número 6.5 de estas bases. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°4C c. Garantía de fiel cumplimiento del contrato en los términos del número 7.4 de estas bases. (2) Documentos para persona natural: a. Fotocopia simple de su cédula nacional de identidad. b. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5A: Modelo de declaración jurada simple. (3) Documentos para persona jurídica nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): a. En el caso de las Sociedades: a.1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente. a.2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente. a.3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, o por la autoridad facultada para ello. a.4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. a.5. Fotocopia simple de la cédula de identidad de él o los representantes legales. a.6. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N°5B: Modelo de declaración jurada simple. b. En caso de las Fundaciones y las Corporaciones: b.1. Entidades constituidas conforme al Decreto 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. b.2. En entidades constituidas conforme a la ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil. b.3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. b.4. Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial. b.5. Certificado de vigencia con nómina de directorio. b.6. Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir contratos. b.7. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. b.8. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales de la entidad. b.9. Declaración jurada de que, tanto el representante legal como la entidad que representa, no están afectos a las inhabilidades para contratar. Para facilitar el cumplimiento de este requisito se adjunta a las presentes bases el Anexo N° 5B: Modelo de declaración jurada simple. (4) Documentos para persona jurídica extranjera: a. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. b. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, R.U.T de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, R.U.T de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. c. Deberá designar domicilio en Chile. d. Si se trata de una sociedad anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. (5) Unión Temporal de Proveedores En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de sus integrantes deberá cumplir individualmente con los requisitos generales establecidos en el numeral precedente, especialmente: a) Encontrarse inscrito y hábil en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Públicas; b) Acompañar la declaración jurada sobre deudas laborales o previsionales, según corresponda a su naturaleza jurídica; c) Cumplir con las exigencias relativas a inhabilidades establecidas en la normativa vigente. La Unión Temporal de Proveedores deberá constituirse exclusivamente para el presente proceso de compra y su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo sus eventuales renovaciones o prórrogas. El acuerdo que formaliza la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública. No obstante, cuando el monto total adjudicado sea inferior a 1.000 unidades tributarias mensuales, dicho acuerdo podrá constar en instrumento público o privado, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 19.886 y adjuntarse al momento de la presentación de la oferta. Dicho instrumento deberá contener, a lo menos: 1. La identificación de todos sus integrantes; 2. La designación de un representante o apoderado común, con facultades suficientes para actuar durante el proceso y ejecución contractual; 3. La responsabilidad solidaria de todos sus integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad. La garantía de fiel cumplimiento del contrato en si corresponde, deberá otorgarse a nombre de la Unión Temporal de Proveedores, indicando expresamente la responsabilidad solidaria de sus integrantes. Los integrantes de una UTP no podrán participar, individualmente o integrando otra Unión, en el mismo proceso de compra. Se deja constancia que, el presente proceso de licitación no corresponde a un procedimiento de contratación para la innovación ni de diálogo competitivo, por lo tanto, las Uniones Temporales de Proveedores deberán estar conformadas exclusivamente por empresas de menor tamaño, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En todos los casos, no se exigirá la presentación de los documentos señalados cuando se encuentren digitalizados y vigentes en el Registro de Proveedores. Con todo, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá requerir toda la información legal adicional a que haya lugar en protección de sus intereses y podrá solicitar, especialmente, los documentos auténticos o debidamente autorizados. Además, SENDA se reserva el derecho de revisar la pertinencia y legalidad de todos los antecedentes recabados durante el proceso de licitación. 7.4 Presentación de Antecedentes Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, señalados en el número 7.3, deberán ser presentados en la Unidad de Gestión Documental (oficina de partes) del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7, comuna de Santiago, en la oficina regional correspondiente al domicilio del oferente. Dicha oficina regional de SENDA deberá remitir los antecedentes a más tardar el día hábil siguiente al Servicio Nacional. Los antecedentes podrán ser enviados de manera virtual solamente mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual 7.5 Formalización del contrato. El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la elaboración del contrato. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, y adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, en la línea de servicio correspondiente o declarará desierta la licitación en la línea de servicio respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 7.6 Garantía de Fiel Cumplimiento Una vez notificado al oferente la adjudicación, y en el caso de que el contrato final del oferente supere los 1000 UTM, éste deberá, dentro de 15 días corridos a contar de dicha notificación, presentar una caución o garantía pagadera a la vista, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter de irrevocable, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, con una vigencia que exceda en, al menos, 60 días hábiles después de la finalización del contrato. Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Rut 61.980.170-9, por un monto mínimo del 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, considerando la o las líneas adjudicadas de acuerdo al número 1.3 de las presentes bases de licitación. En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro o certificado de fianza y esté expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su emisión. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será pagadera a la vista, con carácter de irrevocable. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho documento se indique la individualización del oferente seleccionado. La garantía deberá señalar que se encuentra tomada como Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, e indicando ID que identifica a la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, señalando además la o las líneas de servicio garantizada por la misma. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales, y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato suscrito. Cuando se acompañe una póliza de seguro, ésta deberá excluir las cláusulas de arbitraje. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Cuando se trate de garantías electrónicas, podrá ser enviados de manera virtual solamente mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual y dentro del plazo de 15 días corridos a contar de la notificación de la adjudicación. En el caso que la garantía consista en un Depósito a la vista o Vale Vista, se deberá presentar conjuntamente con éste el Anexo 8B. Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. Si en el documento en que consta la garantía no alcanza a escribirse el nombre de Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, R.U.T. 61.980.170-9, este se podrá abreviar, señalando el R.U.T. 61.980.170-9. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación o la línea respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter irrevocable Beneficiario Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA RUT 61.980.170-9 El nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse el RUT. Vigencia mínima Vigencia mínima de 60 días hábiles después de la finalización del contrato Monto Deberá ser equivalente a al menos el 5% (cinco) del precio final neto ofertado por el adjudicatario. Expresada en Pesos chilenos (En el caso en que la garantía esté expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su emisión.) Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y multas, e indicar el número de ID que identifica a la presente licitación a través del portal www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio respectiva. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera dar origen el incumplimiento del contrato. Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se requerirá glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo 8B. En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones generales no se establece expresamente su carácter irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la glosa del referido instrumento. La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se realizará, una vez recibido conforme los servicios por parte de la contraparte técnica, y cumplido a satisfacción el contrato. 7.7 De la aprobación del contrato. El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. No obstante, lo anterior, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 1 de enero de 2026. En ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. 7.8 Duración del servicio. El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante este período, el contratista deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio que haya resultado adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo.
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DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS |
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8.1 Del pago El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pagará a los adjudicatarios a que se refiere el número 1.1. de estas bases, según la línea de servicio. De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, el financiamiento de las líneas de servicio será el siguiente: - De la 1 a la 16: el monto máximo a financiar el 2026 es de $10.156.000. El monto máximo a financiar el 2027, es de $12.187.200. - De la 17 a la 29: el monto máximo a financiar el 2026 es de $20.073.000. El monto máximo a financiar el 2027, es de $24.087.600. La totalidad del contrato derivado de cada línea de servicio se pagará en once (11) cuotas sucesivas, a contar de la fecha en que se comience a prestar los servicios, cinco (5) el 2026 y seis (6) el 2027 Cada cuota se pagará, previa presentación y aprobación de un informe: - La primera cuota se pagará 15 días corridos a contar de la total tramitación del contrato, previa entrega de un informe inicial. - Las 10 cuotas siguientes se pagarán previa presentación y aprobación de informe de ejecución, de acuerdo al plan de trabajo y las fechas indicadas en la siguiente tabla: Año Tipo de Informe Plazo de entrega del Informe 2026 Informe 1 inicial Actualización del estado de personas en supervisión judicial 15 días corridos desde la total tramitación del contrato Informe 2 de gestión 10 de mayo Informe 3 de gestión 10 de julio Informe 4 de gestión 10 de septiembre Informe 5 de gestión 10 de noviembre 2027 Informe 6 de gestión 10 de enero Informe 7 de gestión 10 de marzo Informe 8 de gestión 10 de mayo Informe 9 de gestión 10 de julio Informe 10 de gestión 10 de septiembre Informe 11 de gestión 10 de noviembre * Los adjudicatarios deberán continuar ejecutando el contrato hasta el 31 de diciembre del año 2027, los servicios requeridos en la presente licitación. Los informes deberán ser entregados en las fechas detalladas en el cuadro anterior, a través de ventanilla única (https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual), además el oferente deberá entregar la correspondiente boleta o factura cuando el informe sea aprobado por la contraparte técnica, de acuerdo al 8.2. Todas las boletas o facturas deben ser extendidas a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9. El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista dará derecho a dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas o boletas y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos que corresponda efectuar durante el año 2027 estarán condicionados a que la Ley de presupuestos del referido año, contemple los recursos necesarios al efecto. Se deja expresa constancia que si el adjudicatario declara que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos efectos, en este plazo, deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren fehacientemente el total cumplimiento de la obligación. 8.2. De los informes de gestión y la aprobación de los mismos. En cuanto al contenido de los informes: El informe inicial, deberá contener, a lo menos: - Actualización del estado de los procesos de las personas que se encuentran en supervisión judicial y que la oficina regional de SENDA le ha asignado para gestionar, considerando el estado de las audiencias, los informes de seguimiento y otros insumos relevantes. Los informes de gestión, es decir, desde el informe 2 al informe 11, deberán elaborarse de acuerdo al formato establecido en el Anexo 11 e incluir, a lo menos: - Resumen de acciones realizadas durante el periodo (evaluaciones, audiencias, reuniones, entre otras). - Actividades de coordinación intersectorial realizadas durante el período. - Actas de reuniones con intersector, actas de reunión de coordinación con encargado de tratamiento de SENDA. Además, se deberá adjuntar a cada informe los productos elaborados en el periodo cuando corresponda. Además de los informes inicial y de gestión, la Entidad deberá presentar un informe final, a más tardar el 31 de diciembre del 2027, que, a lo menos, debe contener: - Informe resumen del estado de cada usuario que se encuentra en seguimiento judicial, fechas de futuras audiencias de seguimiento y sugerencias para de continuidad según cada persona en tratamiento. - Informe resumen de coordinaciones con el intersector y reuniones con la oficina regional de SENDA y los verificadores. - Respaldo o verificador de sistemas de registro que correspondan actualizados y con la información al 31 de diciembre completa. Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al siguiente procedimiento: Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte Técnica, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para hacer observaciones a cada uno de los informes, contados desde que éste haya sido recibido por parte de este Servicio. Si dentro de dicho plazo, la Contraparte Técnica de SENDA no formula observaciones, éste se tendrá por aprobado. En caso de realizarse observaciones, el proveedor tendrá el mismo plazo anterior (5 días hábiles) para contestar las observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las indicaciones presentadas por el Servicio. Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se seguirá el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento que hayan transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se mantengan las observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado definitivamente y SENDA se encontrará facultado para poner término anticipado al presente convenio. Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos a petición de la contraparte o por necesidad del Servicio, notificando tal circunstancia al proveedor del servicio. 8.3 Contraparte Técnica La labor de Contraparte Técnica de SENDA será realizada por la o el encargado de tratamiento regional de SENDA respectivo, o quien subrogue a éste. Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Revisar y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases, planteando al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos. b) Colaborar y asistir al profesional en el ámbito de sus competencias c) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados. d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas.
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DEL CONTRATO |
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9.1 Cesión de contrato Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación. 9.2 Modificación Del Contrato Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al originalmente propuesto. Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto administrativo, totalmente tramitado. Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y adjudicados. 9.3 EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de licitación, en el contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio contratado, el Servicio Nacional para la prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá aplicar al prestador, las sanciones de amonestación, multa y/o termino anticipado. Teniendo en consideración que el prestador es evaluado cada 3 o 6 meses por la prestación de sus servicios, las causales de amonestación y multas se encuentran vinculada al puntaje obtenido en las evaluaciones. Asimismo, algunas causales de término anticipado de contrato también se encuentran vinculadas al puntaje obtenido. Así, de acuerdo a la pauta de evaluación del servicio especializado que consta en el anexo N°10 de las presentes bases, existen 6 diferentes criterios que se evalúan de acuerdo al cumplimiento de condiciones indicadas en el mismo instrumento. Los criterios señalados se pueden evaluar con puntajes 1,2 y 3, siendo el puntaje 1 un cumplimiento muy deficiente y el puntaje 3 un cumplimiento excelente. Explicado lo anterior, indicamos que solamente se aplica sanción la obtención de un criterio en puntaje 1 y/o 2, de acuerdo a lo siguiente al siguiente cuadro y a las sanciones mencionadas: Pauta Evaluación de la Ejecución del Servicio Personal Especializado Tribunales de Tratamiento de Drogas Criterio Puntaje Puntaje 1 2 1. Remite en tiempo y forma la calendarización mensual con las actividades programadas a la contraparte de SENDA regional Remite menos del 50% de la calendarización mensual con las actividades programadas a la contraparte de SENDA Regional Remite hasta el 75% de la calendarización mensual con las actividades programadas a la contraparte de SENDA Regional 2. Reuniones con el intersector ejecutadas (reuniones de la Red de Centros de Tratamiento de adultos y adolescentes, reuniones con Defensoría Penal Pública, Fiscalía y Poder judicial) Asiste a menos del 50% de las reuniones de coordinación programadas en su calendarización con el intersector Asiste entre el 50% y 74% de las reuniones de coordinación programadas en su calendarización con el intersector 3. Asistencia en audiencias programadas TTD en los Juzgados de Garantía Asiste menos del 70% de las audiencias programadas TTD en los Juzgados de Garantía Asiste entre el 70% y 89% de las audiencias programadas TTD en los Juzgados de Garantía 4. Uso de sistemas de registros (planillas de registro, Ficha de demanda (SISTRAT)) No utiliza y/o registra en los sistemas proporcionados por el servicio (planillas de registro, SISTRAT Ficha de demanda) Utiliza al menos uno de los medios de registros proporcionados por el servicio (planilla de registro, SISTRAT Ficha de demanda) al menos en el 70% de los casos derivados 5. Coordinación con contraparte regional SENDA Presenta inasistencia injustificada en 2 ocasiones o más a reuniones de coordinación con encargados/as de Tratamiento y/o profesional asesor Presenta inasistencia injustificada en 1 ocasión a reuniones de coordinación con encargados/as de Tratamiento y/o profesional asesor 6. Presenta informe de gestión a la contraparte SENDA en tiempo y forma No presenta en tiempo y/o en forma informes de gestión en al menos 2 ocasiones No presenta en tiempo y/o en forma informes de gestión en una ocasión 9.3.1. AMONESTACIÓN Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir. SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos establecidos en el artículo 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases. Causales de amonestación a) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 1 en uno o dos criterios. b) Cuando, en una misma evaluación, el prestador obtenga puntaje 2 en uno, dos o tres criterios. 9.3.2.- MULTAS: El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol cobrará una multa de 10 UF al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con incumplimientos de las obligaciones contempladas en el contrato, aplicables en los siguientes casos: a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 3 a 4 criterios con puntaje 1. b) Si en una misma evaluación el prestador presenta 4 o más criterios con puntaje 2. c) Si en una 2da evaluación el prestador tiene 1 o 2 criterios con puntaje 1. d) Si en una 2da evaluación el prestador tiene de 1 a 5 criterios con puntaje 2. e) Si en una 3era evaluación el prestador tiene de 1 a 3 criterios con puntaje 2. En todo caso, el monto total acumulado de las multas que se impongan durante la vigencia contractual no podrá exceder del treinta por ciento (30%) del precio total del contrato, de conformidad con el artículo 136 del Reglamento de la Ley N° 19.886. 9.3.3.- TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias: a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 5 criterios en puntaje 1. b) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 3 o 4 criterios en puntaje 1. c) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 1 a 2 criterios en puntaje 1 d) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 4 a 5 criterios en puntaje 2 e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado de obligaciones esenciales del servicio contratado, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) podrá poner término anticipado al contrato, mediante acto administrativo fundado únicamente en los siguientes casos: e1) Si el prestador se niega a ejecutar o no ejecuta instrucciones técnicas impartidas por escrito por SENDA, destinadas a corregir una situación crítica que comprometa la oportuna entrega de herramientas al equipo técnico clínico, la adecuada coordinación con SENDA Regional o con las demás instituciones vinculadas al servicio, y dicha omisión persiste pese a requerimiento formal de cumplimiento. e2) Si el prestador, en el marco de visitas, monitoreos o asesorías, toma conocimiento de una situación crítica que implique un riesgo grave o inminente para la continuidad, seguridad o calidad del tratamiento y no informa de manera inmediata al Encargado de Tratamiento de SENDA por los canales formales definidos, o no adopta las acciones de coordinación instruidas por SENDA para su abordaje. Se entenderá por riesgo grave o inminente toda situación que represente una amenaza seria y próxima para: la vida, integridad física o psíquica, seguridad o salud de las personas usuarias, del equipo de trabajo o de terceros vinculados al servicio; o la continuidad o calidad del tratamiento, de modo tal que pueda generarse un daño relevante en su ejecución o resultados. El riesgo será grave cuando sus posibles consecuencias puedan afectar significativamente la seguridad de las personas o el adecuado funcionamiento del tratamiento. El riesgo será inminente cuando exista una alta probabilidad de ocurrencia en el corto plazo, de forma inmediata o próxima, si no se adoptan medidas urgentes de contención, mitigación o corrección e3) Si el prestador presenta, entrega o utiliza información o respaldos falsos, adulterados o manifiestamente inveraces respecto de actividades ejecutadas, monitoreos, asesorías, resultados o entregables del servicio, cuando ello afecte la trazabilidad, fiscalización o control de la ejecución contractual. f) Si el prestador o el ejecutor del servicio solicita o acepta donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza para sí o para terceros; g) Si el prestador o el ejecutor del servicio realiza actividades, utilizar personal, material o información reservada o confidencial del SENDA para fines ajenos a sus labores; h) Si el prestador o el ejecutor del servicio atenta contra los bienes del servicio, comete actos que produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo o disminuyan su valor o causen su deterioro; i) Si el prestador o el ejecutor del servicio incita a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar en hechos que las dañen; j) Si el prestador o ejecutor del servicio no realiza las actividades comprometidas durante más de 3 días consecutivos sin causa justificada de forma oportuna. k) Si el ejecutor del servicio presenta condena por crimen o simple delito, siempre que la naturaleza de los mismos tenga relación con las funciones que la persona debe desempeñar y/o afecte al normal desempeño de sus funciones. No obstante, si el ejecutor es persona jurídica o UTP y la condena le afecta al profesional que ejecuta directamente los servicios, podrá al momento de tomar conocimiento de dicha condena solicitar el reemplazo del profesional mediante lo indicado respecto de la vacancia definitiva siguiendo el procedimiento detallado en estas bases, de no cambiar al profesional en el plazo allí indicado se aplicará esta causal y el correspondiente procedimiento de término anticipado del contrato. l) Si el prestador que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. m) Si el prestador o ejecutor del servicio efectúa cualquier tipo de cobro a algún centro de tratamiento o a uno o más usuarios del programa. n) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren iguales al 30% del monto total del contrato, según lo establecido en el numeral de la presente cláusula. o) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el proceso de licitación, en particular, aquella que fue especialmente considerada en el proceso de evaluación de propuestas. p) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un Procedimiento Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. q) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las prestaciones contratadas. r) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. s) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere. t) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. u) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo. v) En el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21595, de Delitos Económicos, así como también en el caso que al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393. 9.3.4. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES: Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de multas por este Servicio, el Director Regional de SENDA le comunicará al prestador, mediante oficio, los hechos que originan la sanción y su monto en caso de las multas. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el prestador en su propuesta técnica. Se entenderá por notificado al día hábil siguiente desde el envío del referido correo electrónico. Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo electrónico, Senda podrá efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al domicilio proporcionado por el prestador. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. El prestador de servicios dispondrá de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las sanciones que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y en la que se establecerá, si correspondiere, el monto de la multa en pesos chilenos, de acuerdo al valor de la UF. Con todo, el prestador podrá renunciar a su derecho a presentar descargos y proceder directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de la U.F. correspondiente al 01 de enero del año en que se dictó el oficio. Si el prestador ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. De lo resuelto, se notificará al contratista por correo electrónico. En virtud de lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el prestador podrá presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal. Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar la multa voluntariamente en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución. No obstante, si el proveedor no paga directamente la multa, SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que SENDA le corresponda efectuar respecto de cualquiera de sus contrataciones de análoga naturaleza, o satisfacer el monto de aquélla haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, lo que deberá informar al prestador mediante oficio. Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo al valor de la UF que indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año en que dictó el oficio que comunicó los hechos que originaron la multa. La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pueda poner término anticipado al contrato si se configuran las causales previstas en el siguiente título, de la presente cláusula.
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DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS |
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El profesional adjudicado deberá ejecutar los servicios contratados a partir de lo indicado en las presentes bases, debiendo mantener la continuidad de los mismos conforme a lo requerido. 10.1 De la Vacancia temporal del cargo contratado con persona jurídica En caso de vacancia temporal del cargo, esto es, por un período igual o superior a 30 días corridos, la entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de tratamiento regional, el Anexo 9A, comunicando dicha vacancia, dentro de los 5 días corridos de acaecida. En tal caso, el formulario deberá contar con la siguiente información: 1. Nombre del Profesional; 2. Periodo de cese de funciones; 3. Profesional que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y profesionales; Es importante señalar que, habida consideración de la especialidad del cargo, el profesional suplente, deberá contar, al menos, con las mismas aptitudes y características académicas y profesionales que el titular del cargo. Por lo anterior, recibido el formulario por el encargado de tratamiento regional, este, podrá aprobarlo o rechazarlo, para lo cual, en el segundo caso, la entidad deberá, dentro del plazo de 5 días hábiles, subsanar las observaciones o presentar otro profesional que cumpla con los requisitos. Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario, transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente. 10.2 De la vacancia definitiva del cargo con persona jurídica La entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de tratamiento regional, el Anexo 9B comunicando la vacancia definitiva del cargo con la siguiente información: 1. Nombre del Profesional; 2. Periodo de cese de funciones; 3. Profesional suplente y/o definitivo que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y profesionales; Con todo, si la entidad, al momento de comunicar no cuenta con un profesional definitivo que asuma el cargo, deberá informar al encargado de tratamiento regional de dicha situación, presentado un plan de mitigación y estado de la ejecución de las obligaciones hasta el momento, pudiéndose en tal caso, otorgarse a la entidad, un plazo extraordinario de 5 días hábiles para presentar una propuesta de profesional, en calidad de titular del cargo. Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario, transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente, pudiendo SENDA dar término anticipado al contrato en caso de presentarse una nueva solicitud de vacancia definitiva, para lo cual, el encargado de tratamiento regional o quien se designe, deberá presentar un informe debidamente fundado, justificando tal decisión.
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