|
1. Aspectos que los oferentes deben considerar |
a) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la Licitación si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Modificar la cantidad a adquirir.
- Revocar la Licitación.
b) Se entenderá que el proponente acepta y cumple todas las condiciones estipuladas en la presente Licitación por el solo hecho de ofertar.
c) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
d) No se adjudicará a oferente inhábil en Chileproveedores, otorgándose un plazo de 15 días hábiles para realizar la habilitación; si transcurrido este plazo no se ha habilitado, el Municipio readjudicará de acuerdo al orden de prelación de los oferentes. No obstante lo anterior, si sólo se presentara un oferente, inhábil en Chileproveedores, la Municipalidad podrá otorgar un plazo discrecional para que se habilite como Proveedor del Estado.
e) Los proponentes deberán ceñirse estrictamente a las especificaciones publicadas, las ofertas que no lo hagan serán rechazadas.
f) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores.
Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
g) Los oferentes deberán incluir en su oferta todos los costos asociados a la prestación del servicio según lo dispuesto en las presentes Bases y Términos de Referencia adjuntos.
h) En caso de inconsistencia entre el valor ofertado en el Comprobante de Oferta del Sistema de Compras y Anexos del Proponente, prevalecerá la información contenida en el Comprobante de Oferta del Sistema de Compras.
|
|
|
|
2. Forma de pago |
Se procederá al pago vía transferencia electrónica, contra entrega de Factura o Boleta de Honorarios en Oficina de Partes de la Municipalidad o envío al mail facturacion@nacimiento.cl, dentro de los siguientes 30 días corridos.
La Factura deberá ser emitida una vez prestado el servicio, previa recepción conforme del Departamento solicitante.En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública.
|
|
|
|
3. Cancelación de la orden de compra |
La Orden de compra podrá ser cancelada en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo entre el Prestador de Servicio y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas, como por ejemplo incumplimiento en el plazo de envío del diseño para V°B°.
c) Incumplimiento del plazo de entrega.
d) El servicio no corresponde a lo ofertado a través del Portal www.mercadopublico.cl
|
|
|
|
4. Readjudicación |
La Licitación Pública podrá ser readjudicada al oferente siguiente en orden de puntaje del cuadro comparativo, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de dos días hábiles desde su envío.
b) Si el adjudicatario rechaza la orden de compra.
c) Si no suscribe Contrato o no entrega la garantía.
d) La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
e) La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente Licitación.
|
|
|
|
5. Resolución de empates |
En el evento de producirse un empate, entre dos o más oferentes, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales, considerando el criterio de evaluación que tiene una mayor ponderación. Si el empate persiste se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, según la siguiente mayor ponderación.
De persistir el empate se dirimirá en base a otros aspectos contenidos en la oferta, que resulten convenientes al interés municipal.
|
|
|
|
6. Multas |
1.- El incumplimiento en la prestación del servicio será sancionado con multa del 15% del monto neto total del Contrato, por cada incumplimiento, con tope de 50% del valor total del Contrato. Excedido este monto la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato.
2.- Se considerarán incumplimientos la realización parcial y/o no realización de jornadas exigidas en los Términos de referencia adjuntos N°1 Descripción de la Actividad.
2.- La aplicación de la multa se hará administrativamente.
Sobre apelación:
Se podrá realizar sólo por los siguientes motivos:
- Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, o bien aquellas relacionadas con incumplimiento de bases o cálculo erróneo por parte del Municipio.
- Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico entregándole un plazo de 2 días hábiles para que presente su apelación, dirigida al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes o vía correo electrónico.
- La apelación será analizada y su resultado se informará vía correo electrónico al Proveedor dentro de 5 días hábiles.
|
|
|
|
7. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
8. Contrato |
|
La prestación del servicio se formalizará con Contrato el que deberá ser garantizado según lo dispuesto en el N°8 "Garantías requeridas" de las presentes Bases.
|
|
|
|
9. Causales de Término Anticipado del Contrato |
Se aplicarán las causales de terminación anticipada contenidas en el Artículo 77 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda:
Los Contratos administrativos regulados por el Reglamento de la Ley de Compras podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
6. Si se disuelve la empresa adjudicada.
7. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a Municipalidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
8. No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento, si correspondiera.
9. Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores o disolución de la U.T.P.
10. Fallecimiento del contratante en caso de Persona Natural, o término de la personería por causas distintas a la quiebra en caso de Persona Jurídica. En este caso, se cancelarán las obligaciones legales pendientes del contratante, devolviendo el saldo en caso de haber excedentes.
|
|
|
|
8. Causales de Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato |
El adjudicatario será sancionado por la Municipalidad con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario para con sus trabajadores.
b) Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
c) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
d) Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases y el respectivo contrato.
|
|
|
|