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IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
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Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en tres (3) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
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Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso primero y sexto, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores toda asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones. Si el acuerdo consta por instrumento privado, éste deberá al menos haber sido suscrito ante Notario Público. La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIII letra b) de las presentes Bases Administrativas.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
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PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
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La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información -sitio www.mercadopublico.cl-, sin perjuicio de la entrega de los demás antecedentes que procedan, conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 62 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El proponente deberá realizar exclusivamente en el portal www.mercadopublico.cl, ambiente privado del proveedor, su oferta económica, su oferta técnica y anexar los antecedentes administrativos solicitados, que sean pertinentes.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá hasta el 28 de enero de 2022.
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada Anexo serán los siguientes:
Contenido de la Oferta Técnica:
La descripción del contenido de cada uno de los antecedentes que a continuación se individualizan, se encuentra detallado en las Bases Técnicas, capítulo I, del presente documento.
1. Currículum de la persona natural y/o jurídica participante.
2. Certificación del oferente como distribuidor autorizado y/o servicio técnico autorizado de equipos marca Atlas Copco. Descripción del servicio a realizar.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
** Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas bases administrativas y técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiestan su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
Contenido de la Oferta Económica:
El proponente deberá completar el Anexo N°5 de las presentes Bases de licitación, indicando claramente el valor neto que corresponda por el servicio que allí se indican. El precio deberá expresarse en moneda nacional.
* Los proponentes deberán enviar la oferta económica digitando $1 en el sistema de información en el apartado destinado a dicho efecto, acompañando la información requerida en el formato contenido en el Anexo N°5. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
Documento Anexo para participar en la Licitación:
Declaración jurada simple del proponente, acreditando que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades que se describen a continuación:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o el contrato) (art. 4° ley 19.886).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos de la Ley General de Pesca (art. 10 ley 20.393).
3.- El proveedor no debe haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (art. 4° ley 19.886).
4.- El proveedor no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26, letra d., de DL 211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (art. 4° ley 19.886).
Las señaladas inhabilidades están definidas en el artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y otros cuerpos legales.
*La referida declaración será visualizada al momento de realizar la oferta en el Sistema, como parte de los “Antecedentes para incluir en la oferta”. Su completitud y envío es obligatorio para que su oferta sea admisible, sin perjuicio de las excepciones que al efecto establece el artículo 62, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
** En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, en cambio, deberá enviarse una declaración por cada uno de sus integrantes, remitiéndolo firmado a través del Sistema de Información, Anexo Antecedentes Administrativos. Para tales efectos deberá considerarse el mismo formato proporcionado por la Dirección de Compras, debe tener presente que en este caso la remisión no se realiza de manera automática.
Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores:
1. En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, una escritura pública o privada firmada por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIII letra b) de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente, en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo deberán indicar la persona natural o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
*Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntándola electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible, sin perjuicio de las excepciones que al efecto establece el artículo 62, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
*Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
3. En cuanto a los antecedentes que integran la Oferta Técnica, los que se consignan en el presente capítulo, en su acápite “Contenido de la Oferta Técnica”, al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. De los antecedentes así presentados, se considerará, para efectos de la valoración del criterio N° 4 del capítulo X de las presentes Bases Administrativas “experiencia del oferente en el servicio solicitado”, únicamente la experiencia del integrante de la Unión que la posea en mayor cantidad de tiempo, de entre todos aquellos integrantes de la Unión que hubieren presentado los antecedentes relativos a dicho criterio.
4. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, ésta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la ley Nº 19.886.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo X, de las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR |
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1) Si la adjudicataria estuviere inscrita en ChileProveedores, deberá tener digitalizados los documentos legales para contratar .
En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación y será su responsabilidad verificar que los documentos señalados en el párrafo anterior se encuentren digitalizados en el Sistema de Información. De no realizarse la inscripción en la forma y plazo aludido, se tendrá a éste por desistido de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
Si no tuviese digitalizados los documentos legales para contratar deberá acompañarlos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, indicando el N° de ID de la licitación y el nombre del proveedor.
2) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, contados desde la fecha de notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información. Lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 22 Nº 9, del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexan a las presentes Bases de licitación los formatos respectivos (Anexo N°1 o N°2, según corresponda).
3) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta que no se encuentra condenada por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado y que, asimismo, no se encuentra condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica y al artículo 26, inciso segundo, letra d), en relación con el artículo 3º, letra a), del decreto ley Nº 211, de 1973, respectivamente. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexa a las presentes Bases de licitación el formato respectivo (Anexo N°3).
Si la adjudicataria corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, las condiciones dispuestas en los numerales 1, 2 y 3 del presente capítulo serán exigibles respecto de cada uno de los proveedores que la integran.
De no entregar la adjudicataria los documentos requeridos en los numerales precedentes, dentro del plazo aludido de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, se le tendrá por desistida de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, declare desierta la licitación o la adjudique al proponente cuya oferta le suceda en la calificación y así sucesivamente.
Finalmente, cabe hacer presente que no podrán contratar con la Subsecretaría las personas jurídicas, que se encuentren condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado. La Subsecretaría verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. En caso que esta prohibición recaiga sobre el proveedor adjudicado, se tendrá a éste por desistido de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por los siguientes funcionarios del Departamento Desarrollo Tecnológico de esta Subsecretaría, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el Capítulo XIV de las presentes Bases Administrativas:
1.- Sr. Marco Espoz Montaña, profesional, grado 5° E.U.S., Encargado de proyectos del Departamento de Desarrollo Tecnológico.
2.- Sra. Yenny Román González, profesional, grado 9° E.U.S., Encargada de proyectos del Departamento de Desarrollo Tecnológico.
3. - Sr. Rodrigo Tello Aróstica, profesional, grado 6° E.U.S., Jefe Departamento de Desarrollo Tecnológico.
Si uno de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el integrante que se vean impedido de participar, será reemplazado por el Sr. Eduardo Bascur Moncada, profesional, grado 12° E.U.S., Profesional asesor del Departamento de Desarrollo Tecnológico, quien desempeñará las funciones de integrante de la Comisión Evaluadora de las ofertas.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, indicando en el documento que se adjunte que este va dirigido a la Jefa de la División Administración y Finanzas, y titulando el asunto: “Servicio de soporte, mantención y reparación del grupo generador del Data Center para la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, y con el nombre de la proponente. Asimismo, podrán presentarse dichos documentos de manera presencial en la Oficina de Partes de la Subsecretaría
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios:
1. Distribuidor autorizado y/o servicio técnico autorizado de equipos marca Atlas Copco:
Ponderación: 25%
Fórmula de cálculo:
- El oferente acredita la calidad de distribuidor autorizado y/o servicio técnico autorizado de equipos marca Atlas Copco: 100 puntos.
- El oferente no acredita la calidad de distribuidor autorizado y/o servicio técnico autorizado de equipo marca Atlas Copco: 0 punto.
2. Experiencia del oferente en el servicio de mantención de equipos de refrigeración de centros de datos:
Ponderación: 25%
Fórmula de cálculo:
- El oferente acredita seis (6) años o más de experiencia: 100 puntos.
- El oferente acredita tres (3), cuatro (4) o cinco (5) años de experiencia: 60 puntos.
- El oferente acredita uno (1) o dos (2) años de experiencia: 20 puntos.
- El oferente acredita menos de un (1) año de experiencia o no acredita experiencia: 0 punto.
3. Oferta Económica:
Ponderación: 25%
Fórmula de cálculo:
Se asignará 100 puntos al oferente que entregue el menor precio para el servicio de mantención del grupo generador del Data Center de la Subsecretaría, a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente formula (precio mínimo ofertado/precio oferta)*100.
4. Tiempo de respuesta del oferente ante los requerimientos de la Subsecretaría en caso de emergencias:
Ponderación: 25%
- Oferente propone tiempo de respuesta menor a 4 horas: 100 puntos.
- Oferente propone tiempo de respuesta igual o mayor a 4 horas y menor a 8 horas: 60 puntos.
- Oferente propone tiempo de respuesta igual o mayor a 8 horas y menor a 13 horas: 20 puntos.
- Oferente propone tiempo de respuesta igual o mayor a 13 horas: 0 puntos.
Aquella oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea convenientes a los intereses del Servicio, se adjudicarán la licitación.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 2
2° Criterio N° 1
3° Criterio N° 4
4° Criterio N° 3
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, éste no se produce, se definirá la licitación adjudicando la licitación al proponente que oferte el menor plazo de implementación.
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada mediante sorteo público.
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ADJUDICACIÓN |
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La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la resolución de Adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo IV, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta.
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CONTRATO |
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Atendido que la contratación será por un monto inferior a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de una Orden de Compra por la Subsecretaría a través del Sistema de Información y la aceptación de ésta por parte de la adjudicataria.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, la orden de compra se emitirá a nombre del integrante a través del cual dicha Unión formuló la oferta en el Sistema de Información.
En caso que la Orden de Compra no sea aceptada, la Subsecretaría podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Cabe advertir que en caso que la orden de compra sea rechazada, se tendrá a la adjudicataria como desistida de la oferta.
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
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a) Presupuesto de la contratación:
La presente contratación dispone de un presupuesto que asciende a la suma de $5.400.000.- (cinco millones cuatrocientos mil pesos), impuestos incluidos, para el pago de 24 mantenciones mensuales.
En caso que se requieran trabajos adicionales al servicio contratado, esta Subsecretaría cuenta con un presupuesto adicional referencial de $ $5.000.000, impuesto incluido, de acuerdo al siguiente desglose:
$1.000.000.- Reparaciones extraordinarias.
$4.000.000.- Repuestos que se requieran en el marco de una reparación.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir el 1 de febrero de 2022, siempre y cuando a esa fecha la adjudicataria haya aceptado la Orden de Compra emitida por la Subsecretaría a través del Sistema de Información, o en la fecha en que la aceptare si ésta fuere posterior, y su vigencia se extenderá hasta el 31 de enero de 2024.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
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La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por dos (2) funcionarios del Departamento Desarrollo Tecnológico de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Esta Contraparte Técnica deberá aclarar y orientar respecto del desarrollo de las actividades, informar mensualmente sobre la recepción conforme de los servicios prestados por el contratista y, en caso de atrasos en la entrega de los servicios contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
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PAGOS Y MULTAS |
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a) Forma de pago:
La forma de pago por la prestación del servicio, será en veinticuatro (24) cuotas mensuales bajo la modalidad de mes vencido, es decir, una vez cumplido un mes de servicio, el contratista deberá emitir la factura o boleta del cobro respectivo, documento que será pagado por la Subsecretaría dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de su presentación en la Oficina de Partes de la Subsecretaría.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe advertir -atendido que los pagos mensuales se deben imputar al presupuesto vigente al año correspondiente en que se presten los servicios-, que la ejecución de éstos y su correspondiente pago para los años 2023 y 2024 se encuentran bajo condición de tener disponibilidad presupuestaria.
1. Que el contratista haya aceptado la Orden de Compra emitida por la Subsecretaría;
2. Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de los productos.
3. Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura respectiva.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, el pago se realizará al integrante o representante designado para ello en el documento de constitución, de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas, acápite "Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores".
b) Multas
Si ante un requerimiento de la Subsecretaría y/o por razones no imputables a ésta, la contratada no prestare el Servicio de soporte y mantención del equipo en los términos y plazos convenidos, la Subsecretaría podrá aplicar a título de multa, la cantidad de $20.000 (veinte mil pesos) por cada día de retraso con un tope de 5 días corridos de atraso.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por el contratista, entendiéndose por tal, el atraso por más de cinco (5) días corridos en la prestación de los servicios objeto de la presente licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
3. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
4. El estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
6. Si el contratista registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato con un máximo de seis (6) meses.
En caso que se dé término anticipado al contrato, ello dará derecho a que se pague al contratista solamente por los servicios efectivamente prestados y recepcionados conforme por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría hasta antes de la notificación del referido término anticipado. Sobre esta base, el contratista no tendrá derecho a percibir pagos posteriores a la terminación del contrato.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una medida o más medidas, tales como multa o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de celebración del contrato.
El contratista, podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante una resolución fundada. En caso que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los productos licitados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de 5 días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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NORMAS DE TRABAJO |
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Las actividades deberán ser ejecutadas por el consultor en conformidad a las siguientes normas:
a) Forma de entrega de Información:
El contratista deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con el servicio. En caso contrario, la Subsecretaría se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo.
b) Subcontratación:
Se permite la subcontratación para efectos de la adquisión de repuestos originales de marca y labores complementarias que sea estrictamente necesario subcontratar con los proveedores de dichos repuestos. En tal caso el contratista conservará la responsabilidad por el cumplimiento de los plazos y condiciones establecidas en la presente contratación, así como con la garantía de los servicios prestados y repuestos utilizados.
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CONTRATO |
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Atendido que la contratación será por un monto inferior a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de una Orden de Compra por la Subsecretaría a través del Sistema de Información y la aceptación de ésta por parte de la adjudicataria.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, la orden de compra se emitirá a nombre del integrante a través del cual dicha Unión formuló la oferta en el Sistema de Información.
En caso que la Orden de Compra no sea aceptada, la Subsecretaría podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
Cabe advertir que en caso que la orden de compra sea rechazada, se tendrá a la adjudicataria como desistida de la oferta.
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