Licitación ID: 4306-13-LE26
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESP COMPARTIDA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE ERCILLA
Fecha de Cierre: 30-03-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 371
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 11 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Instrumental de castración veterinaria 1 Global
Cod: 42121513
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA AÑO 2025, CODIGO:92040318  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESP COMPARTIDA
Estado:
Publicada
Descripción:
SE SOLICITA EL SERVICIO DE ESTERILIZACIONES, EN CONFORMIDAD AL PROYECTO: PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA AÑO 2025, COMUNA DE ERCILLA, CODIGO :92040318. PROYECTO FINANCIADO POR SUBDERE.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Adquisiciones
R.U.T.:
69.180.600-6
Dirección:
Ongolmo 351
Comuna:
Ercilla
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-03-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 19-03-2026 13:52:41
Fecha inicio de preguntas: 19-03-2026 14:06:00
Fecha final de preguntas: 23-03-2026 15:10:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-03-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-03-2026 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-03-2026 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- SEGUN BASES ADM VER ANEXO
Documentos Técnicos
1.- SEGUN BASES ADM VER ANEXO
 
Documentos Económicos
1.- SEGUN BASES ADM VER ANEXO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia De Esterilizaciones del Oferente SEGUN PTO N°14.2 DE LAS BASES ADM 35%
2 Metodología y Plan de Trabajo SEGUN PTO N°14.2 DE LAS BASES ADM 30%
3 Cumplimento De Los Requisitos Formales SEGUN PTO N°14.2 DE LAS BASES ADM 5%
4 Precio SEGUN PTO N°14.2 DE LAS BASES ADM 15%
5 Localidad del Equipo Ofertado SEGUN PTO N°14.2 DE LAS BASES ADM 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 215-31-02-002-006
Monto Total Estimado: 28600000
Justificación del monto estimado Decreto Exento N2161 de fecha 06.11.2025, Aprueba Convenio Subvención Concurso vinculación con la Comunidad 8% del Gobierno Regional de la Araucanía, Municipalidades Año 2025, Proyecto Operativos de Esterilización Masiva Ercilla 2025.-
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: ROBERTO BARRA SANCHEZ
e-mail de responsable de pago: FINANZAS@MUNIERCILLA.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 41, inciso final, del Reglamento de la Ley N.º 19.886. La Municipalidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público. Procederá la adjudicación en caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, de firmar el contrato, o de aceptar la orden de compra para formalizar la contratación acorde al artículo 63 del Reglamento de la Ley N.º 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4°, inciso 6°, de la Ley N.º 19.886 al momento de la suscripción del contrato o de la emisión de la orden de compra. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir, la licitación será adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser adjudicada al s
Resolución de Empates

Mecanismos de resolución de empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que resultaren con igual puntaje final, se privilegiará al oferente que

Ha obtenido el mayor puntaje en la evaluación de la oferta de plazo de entrega.

• De mantenerse el empate, se escogerá entre esas ofertas, al proponente que haya obtenido

mayor puntuación en la oferta técnica/económica.

• De persistir este, se decidirá según el puntaje obtenido por el criterio de cumplimiento de

requisitos formales.

• Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en

el portal   www.mercadopublico.cl


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

 Consultas respecto de la adjudicación.

Los oferentes podrán hacer consultas en relación con la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles

a contar de la fecha de la publicación en el Sistema de información www.mercadopublico.cl de la

Resolución Adjudicataria. Dichas consultas deberán dirigirse al correo electrónico.

La Municipalidad de Ercilla dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar

respuesta a dichas consultas.

Pacto de integridad

PACTO DE INTEGRIDAD  punto n18 de las bases 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta

expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las

estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases

de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda

la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las

presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,

entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo

19, números 10, 40, 50, 60, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo.

Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe

evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades,

productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios

Rectores de Derechos Humanos.

b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,

premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario

público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los

contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a

terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma

de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas

que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la

conducta o acto específico, y especialmente aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas

de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y

transparencia en el presente proceso licitatorio.

e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones

establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos

se derivase.

f) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta

seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que

aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

g) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones

anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,

asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o

indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,

haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las

responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los

organismos correspondientes.


Multas
17.1. MULTAS La Municipalidad estará facultada para aplicar multas, cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado al contrato. Se aplicarán multas de 1 UTM frente a hechos tales como: 1- Retardo injustificado en el cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes bases y/o ficha de requerimiento técnico y el respectivo contrato. 2- Por no cumplir las instrucciones dadas por la Municipalidad de Ercilla. 3- Por no tomar las medidas necesarias en caso de verse imposibilitado de cumplir con los requerimientos solicitados, faltando de manera reiterada. 4- En los demás casos en que la Municipalidad, previa resolución fundada, estime que no se dio cumplimiento a lo requerido en las presentes bases establecidas en los aspectos técnicos y de contrato. En relación directa al servicio ofertado, también se podrán aplicar las siguientes multas -En el evento de que el Prestador incurra en alguna falta en el procedimiento técnico, deberá esta ser subsanada en un plazo no superior a 2 días corridos, lo cual será verificado por la UTM, de no ser subsanada se aplicará una multa de 2 UTM. -Suspensión de jornadas: En caso de suspensión de una jornada de trabajo previamente establecida y planificada por calendario de trabajo se multará con 1 UTM. -Entrega de información falsa o adulterada en fichas de pacientes, lo cual se sancionará con una multa de 5 UTM. -Por no comunicar el cambio de equipo médico indicado en la postulación, multa 1 UTM. -No proceder con la extracción de los órganos reproductivos (ovario, útero, testículos) en los animales intervenidos, multa 1 UTM por evento detectado. - No efectuar marcaje e identificación de todos los animales esterilizados, multa 1 UTM por evento detectado. - Realizar cobro del servicio o recibir donaciones durante la jornada, multa 1 UTM por evento detectado. - La ejecución de las esterilizaciones no realizadas por el Médico veterinario Titulado. - La utilización de implementos y/o insumos insuficientes o de calidad inferior a los requeridos por el programa, multa 1 UTM por evento detectado - No reportar animales fallecidos al programa, multa 1 UTM por evento detectado - Si el Médico veterinario a cargo del proyecto no se encuentra de manera presencial con su equipo de trabajo durante toda la ejecución del proyecto, 2 UTM. Asimismo, en caso de que los valores a aplicarse por multas o la sumatoria de estas excedan al 20% (veinte por ciento) del valor total del contrato, la Municipalidad, estará facultada para poner término unilateral y de forma administrativa al contrato, sin forma de juicio. Junto con ello podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución, y tomar todas las medidas que estime conveniente. Las multas que fueren procedentes se cursarán administrativamente, sin forma de juicio y serán descontadas de los estados de pago pendientes y/o de las garantías del Contrato, o de cualquier otro valor que se le adeuda al oferente adjudicado. En el caso de aplicarse multas, el Municipio notificará por escrito esta decisión al oferente adjudicado, indicando la causa y la multa a que da origen el incumplimiento y éste podrá reclamar de su aplicación al Municipio dentro de 5 días hábiles contados desde la notificación. El Municipio resolverá la reclamación presentada sobre la base de los fundamentos dados por el oferente. El municipio dejará constancia en el Portal Mercado Público, de incumplimientos por parte del Contratista, que sean causales de multas efectivamente cursadas. Las multas que fueren procedentes se cursarán administrativamente, sin forma de juicio, y se cobrarán en el respectivo estado de pago, sin embargo, el proveedor podrá pagar la multa directamente, y si no lo hiciere, la Municipalidad estará facultado para deducir del valor del estado de pago que corresponda efectuar. La aplicación de multas no libera al contratista de otras sanciones, como el término del contrato, si procediera, según lo establecido en las presentes bases. De conformidad al artículo 79 ter del Reglamento de Compras, el monto total de las multas no podrá exceder el 20% del valor total del contrato. Si así fuera, se podrá proceder al término anticipado del contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.