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Supervición del servicio |
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La inspección general del servicio y actualización de los datos estará a cargo de la Administración Municipal, y de los Departamentos y Unidades Municipales que se vean afectados por los siniestros, teniendo la responsabilidad y obligación de fiscalizar el cumplimiento de la oferta correspondiente, decreto de adjudicación, especificaciones técnicas, bases administrativas y pólizas entregadas por el oferente adjudicado.
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Formas de pago |
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El pago de los servicios contratados se realizará en 4 cuotas semestrales iguales y sucesivas en UF, al final de cada periodo, y dentro de 30 días corridos, contra presentación y aceptación de factura, la que se reducirá en pesos, moneda nacional, al valor de la UF tenga al día primero del mes en que se deba emitir la factura (al final de cada semestre), independiente de cualquier atraso en facturación por parte de la compañía de seguros.
El plazo de pago de la factura comenzará desde la recepción conforme de la factura por parte de la municipalidad.
En caso de no presentarse la factura y las pólizas correspondientes, el municipio no dará curso al pago, no pudiendo la Compañía por ese hecho dejar sin cobertura a la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas.
El pago se efectuará mediante cheque nominativo a nombre del adjudicatario o a través de Transferencia electrónica.
Los datos del municipio para la correcta emisión de la factura se encuentran previstos en el punto 2 de las presentes bases
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Procedimiento para aplicación de multa |
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Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Municipalidad, éste le informará al adjudicatario, por Correo electrónico, indicando, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del 2° día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma oportuna, La Municipalidad tendrá un plazo de 20 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente la multa, lo que se comunicara a través de correo electrónico o carta certificada.
La multa será aplicada mediante Decreto alcaldicio, previo informe del inspector del contrato, y con la respectiva ponderación de los antecedentes presentados.
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Modificación y termino anticipado del contrato |
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El contrato que emane de la presente licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de Servicios y en el artículo 129 de su reglamento.
En concordancia con lo anterior, en caso que eventualmente se observe la necesidad de contratar un producto no contemplado en la licitación, dicho aumento se considerará modificación del contrato, la que se autorizará mediante el correspondiente decreto alcaldicio. Lo anterior, siempre que no se desnaturalice el objeto de la contratación, ni su contratación a suma alzada y que no se infrinja el principio de igualdad de los oferentes, ni de estricta sujeción a las bases.
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
2) Si se disuelve la empresa o la unión temporal de proveedores adjudicada.
3) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
4) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
5) En caso de que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 20 % del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 6 meses consecutivos.
6) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
7) Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la siguiente cláusula 10.9.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar respecto al resultado del proceso de adjudicación, consultas referidas a la misma, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jessica.kortmann@ptovaras.cl, en un plazo no superior a 3(tres) días corridos contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación, unidad que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Resolución de Empates |
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En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.
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Orden de Aplicación
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Regla o Pauta para Dirimir Empates
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Primero
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Evaluación Económica
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Segundo
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Deducible por robo de Especie
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Tercero
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Experiencia
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Cuarto
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Comportamiento Contractual Anterior
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Quinto
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Cumplimiento Requisitos Formales
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Sexto
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Asistencia a reunión técnica
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Séptimo
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Programa Integridad
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