Se permite la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo
para presentar ofertas y el periodo de evaluación, o bien que los antecedentes o
certificaciones solicitados no sean evaluables.
Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de
dos días hábiles, contados desde su comunicación al oferente, por parte del Departamento
de Pregrado, la que se informará a través del sistema de información mercadopublico.cl. La
responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación
recae exclusivamente en los respectivos oferentes.