La Delegación Presidencial Regional de Los Ríos emitirá 01 (una) Orden de Compra conforme al valor del servicio informado en el Anexo Económico Nº1 siempre y cuando, se haya firmado previamente el contrato entre las partes.
Dicha orden de compra deberá ser aceptada por el contratista para iniciar los procesos de pago contemplados en el contrato.
El pago de cada factura emitida se efectuará en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Reglamento de la Ley N° 19.886, que indica que el pago de las Entidades a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto. Sin perjuicio de lo anterior, podrá establecerse un plazo de hasta sesenta días corridos en las Bases, tratándose de licitaciones públicas o privadas, o en los contratos, tratándose de tratos directos, circunstancia que deberá sustentarse en motivos fundados.
El proveedor sólo podrá facturar servicios efectivamente ejecutados, con la recepción conforme del servicio, en este caso, por parte de quien se designe Encargado/a del Contrato o quien la subrogue, para lo cual se le enviará un correo electrónico con la autorización de facturar.
En caso de facturar antes de la aprobación del estado de pago, se rechazará la factura. Tampoco procederá el pago si el adjudicatario se encuentra en estado inhábil.
En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago, producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En este sentido, será obligación del adjudicatario/a entregar de manera inmediata toda la información requerida, respecto a la nómina de trabajadores/as que laboran en el servicio y pago de obligaciones laborales y cotizaciones sociales, en la oportunidad que lo solicite la Delegación Presidencial Regional. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el inciso anterior, deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, el documento tributario para cursar los pagos que genere la ejecución contractual podrá ser emitido por cualquiera de las empresas que compongan la UTP, detallando lo que factura cada una. Para tales efectos, el adjudicatario deberá informar, al inicio del contrato, las empresas que facturarán y lo que cobrarán según corresponda.
34.1 Procedimiento:
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la Delegación registre en el Sistema de Información:
a) La entrega del servicio o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra.
b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos se efectuará por quien haya sido designado administrador del contrato.
Si no hubiese conformidad con el servicio adquirido, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
El primer estado de pago se presentará dentro de los primeros cinco (05) días hábiles del mes siguiente a aquel en que se haya iniciado la implementación de los servicios contratados, y así sucesivamente, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes hasta completar la vigencia del contrato. Se advierte que, en caso de presentar el Estado de Pago fuera de plazo, se aplicarán las multas señaladas en el acápite MULTAS Y SANCIONES. Dichos estados de pago deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico partesdprlosrios@interior.gob.cl con copia a al coordinador del contrato.
Cada estado de pego deberá contener:
Mes 1:
- Contratos u anexos de contratos de trabajadores.
- Informe de riesgos laborales y derecho a saber de cada trabajador, visado por prevencionista de riesgos.
- Informe proyección de turnos y funcionarios que los realizaran.
- Informe de novedades desde la fecha que inicia el servicio al día 15 de agosto, a fin de optimizar los procesos contables.
Desde el mes 2:
- Informe de novedades desde el día 16 del mes anterior al 15 del mes en curso.
- Informe proyección de turnos y funcionarios que los realizaran.
- Liquidaciones de remuneraciones firmadas por el trabajador, del mes anterior.
- Certificado de cotizaciones, del mes anterior.
- Certificado de obligaciones laborales, del mes anterior.
Ultimo mes de contrato:
- Informe de novedades desde el día 16 del mes anterior, al último día de prestación de servicio.
- Liquidaciones de remuneraciones firmadas por el trabajador del mes anterior y hasta el último día de contrato del servicio.
- Certificado de cotizaciones, del mes anterior y del mes correspondiente hasta el último día de contrato del servicio.
- Certificado de obligaciones laborales, del mes anterior y del mes correspondiente hasta el último día de contrato del servicio.
- Toda la documentación deberá ser entregada con plazo máximo el quinto día hábil posterior al término del contrato, no registrándose remuneraciones ni deudas previsionales pendientes con los trabajadores.