Licitación ID: 660872-15-LE25
Habilitación Temporal Oficinas DOM Puerto Varas
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 64
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Habilitación Temporal oficinas DOM  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Habilitación Temporal Oficinas DOM Puerto Varas
Estado:
Cerrada
Descripción:
Habilitación inmueble ubicado en calle Del Salvador N328, correspondiente la ejecución de Retiro de escombros, demolición y desarme de tabiques, radier y cerámica existente. Ejecución de radier nuevo, instalación de revestimiento interior en muros y cielos, construcción de vanos y tabiquerías nuevas. Instalación de piso flotante, ventanas puertas y sus accesorios, molduras, entre otros.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Secpla
R.U.T.:
69.220.200-7
Dirección:
Calle San Francisco 413
Comuna:
Puerto Varas
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-12-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 02-12-2025 13:00:00
Fecha inicio de preguntas: 02-12-2025 15:01:00
Fecha final de preguntas: 10-12-2025 15:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-12-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-12-2025 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-12-2025 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 15-02-2026 15:01:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán subir al portal los antecedentes administrativos de su oferta, los que deberán ser debidamente escaneados o en formato PDF según corresponda: I.Copias simples de Escritura Pública de constitución de la Sociedad y modificaciones en su caso, en que conste la personería del o de los Representante(s) Legal(es) de la empresa, e inscripciones en el Registro de Comercio, en caso de que el oferente sea Persona Jurídica. II.Certificado de vigencia de la Persona Jurídica y personería de sus Representantes Legales, extendido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio correspondiente, o quien corresponda, con no más de 60 días corridos de anticipación a la fecha de cierre de la recepción de ofertas, en caso de que el oferente sea Persona Jurídica. III.Fotocopia del Rol Único Tributario de la Persona Jurídica, o del oferente, en caso de que sea Persona Natural. IV.Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad (por ambos lados) del Representante Legal, en caso de que el oferente sea Persona Jurídica. V. Anexo N°1 “PRESENTACIÓN DEL OFERENTE”, el que deberá ser llenado según corresponda y adjuntado, debidamente firmado por el oferente/Representante Legal, u otra persona similar que se encuentre habilitada y/o autorizada para Representar a la empresa. VI.Declaración Jurada a través del portal: Los proveedores sólo deben estar inscritos en forma gratuita en la plataforma www.mercadopublico.cl para poder ofertar en procesos de compra que publican los organismos de Estado. Para ello se les solicitará firmar en línea una Declaración Jurada que muestra que cumplen con los requisitos normativos para ofertar al Estado, los que se describen a continuación. VII. Certificado de Antecedentes Laborales, extendido por la inspección del trabajo correspondiente, vigente, no más de 40 días corridos de anticipación a la fecha de cierre de la recepción de la oferta, y sin observaciones. Si el certificado presenta observaciones o no ha sido adjuntado, podrá ser solicitado vía foro inverso. VIII. Capacidad económica: El certificado bancario indicando el saldo disponible actualizado (no superior a 30 días de la fecha de publicación de la licitación), en la cuenta bancaria del oferente, cuyo monto no podrá ser inferior al 25% del monto total ofertado según lo definido en los criterios de evaluación. En caso de que el oferente no adjunte en su oferta el mencionado documento será solicitado por foro inverso. Si el oferente, aun así, no presenta su certificado será declarado INADMISIBLE.
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica deberá subirse a la plataforma de compras públicas, debidamente firmadas, cumpliendo con las exigencias y características dispuestas en la forma en que se ha establecido en las presentes Bases de Licitación. Para lo cual se deberá ingresar los siguientes antecedentes: •ANEXO N°4, “PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO Y CARTA GANTT”. El plazo de ejecución de esta obra no podrá superar los 60 días corridos y ser menor a 30 días corridos. Las ofertas que no se encuentren dentro de este rango de ejecución serán declaradas inadmisibles. El contratista estará obligado a cumplir con los plazos parciales estipulados en la carta Gantt correspondiente. El plazo de ejecución de las obras que proponga el oferente, deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito calificado por el profesional encargado de inspección de las obras. El atraso se sancionará con multa progresiva, la cual se indicará en el punto “MULTAS” de estas bases, y aprobada por decreto municipal. El modelo de anexo correspondiente a la Carta Gantt tiene carácter referencial. No obstante, el oferente podrá presentar su propio formato, siempre que mantenga las partidas establecidas en las Especificaciones Técnicas y/o en los anexos de la presente licitación. En caso de detectarse la omisión, alteración o modificación de dichas partidas, así como la presentación de plazos incongruentes o que no se ajusten a la realidad del proyecto, la oferta podrá ser declarada inadmisible. •ANEXO N°5, “EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN PROYECTOS SIMILARES” El oferente deberá rellenar el anexo con todas las obras que haya ejecutado y estime pertinentes. Solo se contabilizarán las experiencias que cumplan con lo solicitado en los criterios de evaluación. Junto a esto, deberá presentar además lo siguiente: oAntecedentes de experiencia: Se deberá presentar antecedentes que coincidan con cada una de las obras anotadas en el anexo, debiendo anexar cada oferente medio de comprobación de cada una de ellas, ya sea con certificados de recepción de la obra, factura de cobro o contrato de la misma. La NO presentación de los anexos N° 4 y N° 5, determinará que la oferta presentada, sea declarada INADMISIBLE, por no contener oferta técnica evaluable
 
Documentos Económicos
1.- La oferta que se informe en la ficha electrónica deberá realizarse por costo unitario en peso chileno, sin IVA, ya que en caso que sea adjudicado, el portal suma automáticamente el IVA. Por tratarse de una contratación a suma alzada, deberá incluir todo gasto necesario para el cumplimiento total de los servicios contratados, esto quiere decir, que el valor neto de la propuesta debe incluir, gastos generales, utilidades y todos los gastos de operación que involucre la propuesta. El monto ofertado no tendrá derecho a reajustes ni intereses de ningún tipo. Para lo cual se deberá ingresar los siguientes antecedentes: 1) ANEXO N° 6, “OFERTA ECONÓMICA”. En este anexo se deberá indicar el monto neto, IVA y monto total. El formulario oferta económica será el único válido para la presentación de la propuesta, no sirviendo ningún otro, aunque sea legalizado. Los formularios referidos deberán entregarse completos y debidamente firmados por el oferente, caso contrario se entregará puntaje según lo indicado en criterios de evaluación. En el caso de que los oferentes no presenten coincidencia entre el “OFERTA ECONÓMICA” que detallen en el anexo y la oferta económica ingresada al sistema a través de la ficha electrónica, se considerará la oferta ingresada en el anexo, lo mismo en caso de que exista contradicción entre la oferta ingresada a través de la ficha electrónica, y algún documento anexo, se considerará la oferta ingresada en el anexo. Todo esto aplicando las sanciones necesarias según los criterios de evaluación de las ofertas. 2) PRESUPUESTO DETALLADO: Se presentará en pesos chilenos en el cual se incluirán todas las partidas e ítems solicitados por el mandante, detallados en las especificaciones técnicas, indicando unidad de medida, cantidades, valor unitario, subtotales, gastos generales, utilidades, total neto, IVA y total IVA incluido. Firmado por el representante legal. El presupuesto, no podrá ser modificado por el oferente. Solo tendrá la facultad de poder modificar las cubicaciones del itemizado. 3) PROGRAMACIÓN FINANCIERA: Documento que se refiere a una previsualización de los pagos que deberá ser ratificado o rectificado por el contratista al momento de la entrega de terreno. Documento debe ser coincidente con la carta Gantt y presupuesto. La NO presentación de los anexos y/o documentos, determinará que la oferta presentada, podría ser declarada INADMISIBLE.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica Remitirse al punto 14.2.1 de las Bases Administrativas 80%
2 Ubicación Geográfica Remitirse al punto 14.2.2 de las Bases Administrativas 10%
3 Comportamiento Contractual Anterior Remitirse al punto 14.2.3 de las Bases Administrativas 5%
4 Cumplimiento Requisitos Formales Remitirse al punto 14.2.4 de las Bases Administrativas. 3%
5 Programa de Integridad Remitirse al punto 14.1.5 de las Bases Administrativas. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jorge Millado
e-mail de responsable de pago: jorge.millado@ptovaras.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
Fecha de vencimiento: 11-06-2026
Monto: 5 %
Descripción: Esta garantía se otorgará para caucionar el fiel cumplimiento del contrato una vez formalizado, la que acredita las obligaciones que se han estipulado en el documento. De esa forma se podrá indemnizar al asegurado si es que no se cumple con lo definido en el acuerdo. El documento deberá ser entregado a través de las siguientes formas: 1) Formato digital: La garantía podrá entregarse electrónicamente y deberá ajustarse a la ley n° 19.779 sobre documento electrónico, firma electrónica y servicio de certificación de dicha firma. para realizar el ingreso de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, los oferentes deberán remitir un correo electrónico a: licitaciones@ptovaras.cl , con copia a jorge.millado@ptovaras.cl , indicando el nombre de la licitación pública y el id, domicilio del oferente, nombre del proponente, nombre del representante legal. 2) En forma Física: La garantía debe presentarse en un sobre cerrado, sellado y caratulado como: “documento en garantía” indicando en la carátula del sobre lo siguiente: a) Nombre de la Licitación Pública y la ID señalada en el portal www.mercadopublico.cl. b) Nombre del proponente. c) Nombre del Representante Legal. d) Domicilio del oferente. En la Oficina de PARTES de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, ubicada en Calle San Francisco N°413, ciudad de Puerto Varas. El adjudicatario tendrá 10 días hábiles para presentar su garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, desde la fecha de información de adjudicación mediante correo electrónico. el adjudicatario que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según informe de la comisión evaluadora o, declarar desierta la licitación. El incumplimiento de esta disposición facultará a la Municipalidad para desistirse de la adjudicación del oferente, sin derecho de indemnización.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación “HABILITACIÓN TEMPORAL OFICINAS DOM, PUERTO VARAS”, (en aquellos casos que el banco no incorpore dicha información, esta información deberá ser incluida por el oferente al reverso de este y firmado en señal de conformidad).
Forma y oportunidad de restitución: La unidad requirente deberá revisar y remitir la garantía a la Dirección de Administración y Finanzas para su custodia. La devolución de la garantía se hará previa solicitud del contratista a la unidad técnica una vez que se haya aprobado el decreto de recepción provisoria sin observaciones e ingresado la garantía de correcta ejecución de las obras. En la oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, ubicada en calle san francisco N°413, ciudad de Puerto Varas.
    Otras Garantías
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
Fecha de vencimiento: 06-06-2027
Monto: 5 %
Descripción: Esta garantía se otorgará para caucionar la correcta ejecución de las obras, una vez concluida, por la vigencia indicada, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el código civil en su artículo 2.003 inciso 3. De esa forma se podrá indemnizar al asegurado si es que no se cumple con lo definido en el acuerdo. El documento deberá ser entregado a través de una de las siguientes formas: 1) Forma Digital: La Garantía podrá entregarse Electrónicamente y deberá ajustarse a la Ley N° 19.779 sobre documento electrónico, firma electrónica y servicio de certificación de dicha firma. Para realizar el ingreso de la Garantía por correcta ejecución de la obra, los oferentes deberán remitir un correo electrónico: licitaciones@ptovaras.cl con copia a jorge.millado@ptovaras.cl, indicando el nombre de la Licitación Pública y el ID, domicilio del oferente, además del detalle de la garantía que se encuentra ingresando. 2) Forma Física: La garantía debe presentarse en un sobre cerrado, sellado y caratulado como: “documento en garantía” indicando en la caratula del sobre lo siguiente: a) Nombre de la licitación Pública y la ID señalada en el portal www.mercadopublico.cl . b) Nombre del proponente. c) Nombre del Representante Legal. d) Domicilio del oferente. En la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, ubicada en calle San Francisco N°413, ciudad de Puerto Varas. En conjunto a la devolución de la garantía por fiel cumplimiento del contrato (posterior a la recepción provisoria sin observación).
Glosa: Para Garantizar la correcta ejecución de la obra “HABILITACIÓN TEMPORAL OFICINAS DOM, PUERTO VARAS”, (En aquellos casos que el banco no incorpore dicha información, esta información deberá ser incluida por el oferente al reverso de este y firmado en señal de conformidad).
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se hará previa solicitud del contratista o la unidad técnica una vez que se haya realizado la recepción definitiva de la obra, sin observación. En la oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, ubicada en calle San Francisco N°413, ciudad de Puerto Varas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, podrá realizar una nueva adjudicación o re adjudicación, según lo indicado por el Artículo 58 del reglamento 661 de ley de compras públicas, así como en los siguientes casos: •El oferente adjudicado no acepte la orden de compra dentro de las 48 cuarenta y ocho horas corridas desde que la orden de compra se encuentre en estado “ENVIADA A PROVEEDOR”. •Si el oferente adjudicado, previo a la perfección del contrato, figurase en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado en estado inhábil. •Si se descubre en cualquier momento, entre la adjudicación y la firma del contrato, que el oferente adolece de alguna inhabilidad para contratar con el Estado. •El oferente pretende modificar su oferta una vez adjudicado o se negara a dar cumplimiento de esta. •También se podrá re adjudicar en caso de que se compruebe algún error en el acta de evaluación propuesta. •El adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro de los plazos establecidos. •No constituye la UTP de acuerdo a lo establecido en bases. La nueva adjudicación, que se efectuará mediante acto administrativo totalmente tramitado, recaerá en el oferente que haya obtenido el siguiente más alto puntaje y así sucesivamente.
Resolución de Empates

En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.

ORDEN DE APLICACIÓN

REGLA O PAUTA PARA DIRIMIR EMPATES

Primero

Oferta Económica

Segundo

Ubicación Geográfica

Tercero

Comportamiento Contractual Anterior

Cuarto

Cumplimiento de Requisitos Formales

Quinto

Programa de Integridad


CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación de la oferta, se comunicará a través del Portal www.mercadopublico.cl al oferente favorecido y se procederá a firmar el contrato dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde que sea puesto a disposición del adjudicado, además, deberá acompañar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo al plazo indicado en las bases administrativas de la presente licitación. Todos los costos referentes a autorizaciones de firma ante notario y protocolizaciones, si fuese necesario, deberán correr por cuenta del contratista, tanto para el contrato original de obra como para las eventuales modificaciones o anexos de contrato si los hubiese. Entre los aspectos más importantes del contrato se destaca: • La modalidad del contrato corresponderá al sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos, el que será firmado en tres ejemplares del mismo tenor y data ante notario público. • Se notificará al proveedor adjudicado, vía correo electrónico, solicitando además la gestión y obtención del documento bancario por la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la cual deberá ser presentada dentro un plazo de 10 días hábiles. • Una vez recibida la garantía y confeccionado el contrato, se informará nuevamente al adjudicatario vía correo electrónico la necesidad de firmar dicho documento, para lo cual, no deberán pasar más de 10 días hábiles. Si por causa imputable al proponente favorecido, el contrato no se firmare en el plazo estipulado, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas podrá adjudicar al segundo oferente que haya obtenido mayor puntaje en su evaluación o bien declarar desierta la licitación. Debiéndose aprobar todo a través del acto administrativo correspondiente. Serán parte integrante del contrato las presentes bases de licitación, las especificaciones técnicas y sus aclaraciones, preguntas y respuestas, la oferta adjudicada y toda documentación cursada entre las partes. El contrato correspondiente se confeccionará con los antecedentes requeridos en las presentes bases. Dicho contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de ambas partes, será redactado por el asesor jurídico de la municipalidad, debiendo ser suscrito por el adjudicatario en la fecha que se le será comunicada oportunamente. Todos los costos referentes a autorizaciones de firma ante notario y protocolizaciones, si fuese necesario, deberán correr por costa del oferente adjudicado, tanto para el contrato original de obra como para las eventuales modificaciones o anexos de contrato si los hubiese.
PAGOS
PAGO FORMA DE PAGO La obra se pagará en pesos chilenos mediante un “ESTADO DE PAGO”, debiéndose restar los valores que correspondan por concepto de retenciones, por atraso y multas, si las hubiese. Cada estado de pago con su correspondiente estado de avance se deberá poner a disposición del I.T.O para su revisión y aprobación. Los estados de pago se presentarán en tres copias, quedando una para la inspección técnica. PROCEDIMIENTO Los documentos de pago, deberán ingresar a la unidad técnica de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas ubicado en San Francisco 413, de la ciudad de Puerto Varas (dirigido a la unidad técnica SECPLA). Asimismo, cada “ESTADO DE PAGO” deberá ir acompañado de un informe técnico que detalla el cumplimiento satisfactorio de las obligaciones que impone el contrato, suscrito por el inspector técnico de la obra (I.T.O), además de los siguientes antecedentes: ●Oficio conductor dirigido a la unidad técnica. ●Informe I.T.O, donde se demuestre el cumplimiento de los requisitos establecidos en bases administrativas para dar curso al “ESTADO DE PAGO”. ●Carátula de “ESTADO DE PAGO” según formato proporcionado por la unidad técnica. ●Detalle del presupuesto(itemizado) conforme avance físico-financiero de todas las partidas que están en cobro, firmado por el contratista y el I.T.O. ●Certificado de obligaciones laborales vigente, debe indicar el nombre de la obra, que acredite que no tiene pagos pendientes por tratos o salarios insolutos, multas y pagos provisionales, en la medida que se haya cumplido un mes de funciones de los trabajadores desde el inicio de las obras, o en el caso de un estado de pago único. ●Fotografías, de las partidas más importantes que se están pagando. El proveedor NO podrá emitir facturas previo a la revisión y aprobación por parte del mandante, y en caso que así ocurra, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas procederá a la reclamación de la factura respectiva según establece el procedimiento contemplado en la Ley N°19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la aprobación sin observaciones del “ESTADO DE PAGO”. Aprobado el “ESTADO DE PAGO” por parte del mandante, el contratista podrá emitir la factura correspondiente con los siguientes datos: Fecha:Según emisión Señor (es):Ilustre Municipalidad de Puerto Varas R.U.T. 69.220.200-7 Dirección:San Francisco N°413 Giro Administración Publica Comuna Puerto Varas • Se deberá realizar notificación formal de factoring con la cesión de dicha factura, en caso de que corresponda (responsabilidad del contratista). Las partidas cuya unidad de medida sea global, no podrán pagarse en forma fraccionada, y sólo se pagarán una vez que estén ejecutadas en su totalidad. Ello deberá ser considerado para realizar el flujo de caja por parte del contratista. En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas de los estados de pago.
MULTA
La aplicación de las multas estipuladas en las presentes bases administrativas, se efectuará por la unidad técnica, y se deducirán de los “ESTADO DE PAGO”, de las retenciones hechas al contratista o de la garantía, si aquellas no fueran suficientes. El registro de las multas se deberá llevar a cabo en el Libro de Obras, indicando la circunstancia que procede al cobro de la sanción, así como también a modo de respaldo se notificará mediante oficio o correo electrónico en su eventualidad. 6.1. MULTA POR ATRASO Y/O INCUMPLIMIENTO Las multas establecidas en este punto tienen por objetivo asegurar el cumplimiento de los plazos parciales y finales comprometidos para la ejecución de la obra, de acuerdo con la programación presentada y aprobada. 6.2. MULTA POR ATRASO PARCIAL Estas multas se aplicarán si se detecta un incumplimiento en los plazos parciales comprometidos por el contratista en la carta Gantt presentada en su oferta. El monto de la multa en caso de verificar incumplimiento será de 4 UTM diario, considerando todas las modificaciones aprobadas al mismo. El atraso parcial se determinará mediante la comparación entre el avance físico programado y el avance físico real. Si se verifica un atraso igual o superior a 20% por una sola vez, o si es mayor a un 15% por segunda vez consecutiva, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas podrá aplicar la multa por cada día de incumplimiento que supere este margen. La multa busca garantizar que el contratista respete los plazos intermedios esenciales para el avance ordenado de la obra, asegurando la continuidad del proyecto según lo planificado. El monto de la multa no podrá exceder del 7% del monto total contratado. De ocurrir lo anterior, se podrá poner término anticipado al contrato y proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 6.3. MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA FINAL DE LA OBRA Si el contratista no cumple con la entrega total y en conformidad con las especificaciones dentro del plazo contractual establecido (incluidas las modificaciones aprobadas), se aplicará una multa diaria equivalente a 4 UTM con un tope máximo del 7% del monto total contratado hasta que se solicite por parte del contratista la correspondiente recepción provisoria de la obra. Superado este límite del 7%, se podrá poner término anticipado al contrato con cargo a la garantía correspondiente. En caso de existir observaciones a las obras ejecutadas, la comisión técnica de recepción provisoria, fijará un plazo al contratista para subsanarlas. Dichas observaciones deberán quedar detalladas en un informe, donde deberá quedar establecido el plazo de entrega de observaciones subsanadas según título “RECEPCIÓN DE LAS OBRAS” de las presentes bases administrativas, contado desde la fecha del informe de la comisión técnica. Vencido este plazo, si éste no ha dado cabal cumplimiento a lo solicitado por la comisión técnica de recepción provisoria, estará afecto a la misma multa diaria, la que se hará efectiva desde la fecha del informe con observaciones hasta que estas hayan sido subsanadas en su totalidad, situación que deberá constar con el acta de recepción provisoria. 6.4. MULTA POR INCUMPLIMIENTO La multa por incumplimiento injustificado de todas o parte de sus obligaciones, en relación a la correcta ejecución del contrato, según se definió en las especificaciones técnicas y oferta adjudicada. Será diaria y procederá aplicarlas en las siguientes circunstancias, pudiendo aplicarse más de una causal en el día: FALTA SANCIÓN DIARIA Falta de equipos de seguridad para los trabajadores. 2 UTM Falta del libro de obras o libro de visitas. 2 UTM Falta del letrero indicativo de la obra, en caso de ser exigido. 2 UTM Por la no entrega de la renovación de alguna garantía solicitada a través de las presentes bases en el caso que corresponda. 2 UTM. Atraso o incumplimiento en la entrega de ensayos de materiales que impongan las EE.TT. o que fundadamente solicite adicionalmente el I.T.O. 2 UTM. Incumplimiento al programa de prevención de riesgos. 2 UTM. Por cada día de atraso en el cumplimiento de las instrucciones impartidas expresamente en el libro de obras por el I.T.O, procederá la aplicación de una multa como sanción, si la I.T.O por escrito instruye al representante del contratista en terreno, de las observaciones y el plazo fijado para subsanarlas. 2 UTM. Si el contratista presenta un atraso superior a 3 días corridos en la entrega de sus análisis de precios unitarios (A.P.U). 2 UTM. El I.T.O se reserva el derecho de cobrar multa en caso de falta de comunicación por parte del residente y/o del representante legal, entendiéndose tres días sin respuesta y se cobrará por cada día extra. Esta será notificada vía libro de obras y correo electrónico. 2 UTM. En caso de que se acumulen más de 20 multas efectivamente cursadas (no importando cuáles de las anteriormente señaladas), se realizará la liquidación del contrato con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Esta multa se considera con un monto de UTM, valor que será el vigente a la fecha en que se notifique el pago de la multa. Las multas antes indicadas, serán compatibles con cualquier otra medida que el municipio decida adoptar, tales como término anticipado del contrato, cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, interposición de acciones judiciales o administrativas, etc., según lo que determine la municipalidad. 6.5. MULTA BASADA EN EVIDENCIA Para asegurar un trato justo al adjudicatario y resguardar la probidad, el contrato establece que las multas se deban ser cursadas solamente si existe evidencia objetiva de la falta. Se considera evidencia objetiva, entre otras cosas, la siguiente: ●Fotos y videos obtenidos en terreno por la inspección técnica de la obra o por algún funcionario municipal, siempre que presenten rasgos de certeza y verosimilitud. ●Videos de las cámaras de vigilancia de la municipalidad. ●Fotos y videos enviados por los ciudadanos al municipio, o publicados en internet (incluidas redes sociales), siempre que presenten rasgos de certeza y verosimilitud. ●Libro de obras. ●Correos electrónicos o mensajería instantánea (tal como WhatsApp).
CAUSALES RECHAZO OFERTA
Podrán ser causales de inadmisibilidad de las ofertas, alguno de los siguientes aspectos: • No presentar ninguno de los documentos solicitados como obligatorios. • Antecedentes de la propuesta incompletos o que caigan en inconsistencias graves, entendiendo esto como falta de información relevante para la evaluación. • Falta de firmas en los antecedentes o que la firma no sea la del representante legal (cédula de identidad). • La oferta no da cumplimiento a lo solicitado a través de las bases de la presente licitación pública. • El oferente no presenta garantía de fiel cumplimiento del contrato según lo especificado en las presentes bases administrativas. • El oferente no se presenta para firmar el contrato según los plazos establecidos.
Procedimiento de adjudicación
La adjudicación de la licitación se efectuará mediante decreto alcaldicio, para lo cual se elegirá la oferta más ventajosa y más conveniente a los intereses finales del proyecto, de conformidad a lo informado por la comisión evaluadora y de acuerdo con la pauta de evaluación definida en la presente licitación. En caso de existir una sola oferta, la licitación será adjudicada a ésta siempre que ella dé cumplimiento a las bases administrativas y especificaciones técnicas, y demás requerimientos establecidos en las presentes bases. En el evento de que no se realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma se informará en el Portal las razones que justifican dicho incumplimiento e indican un nuevo plazo para la adjudicación. Si dentro de los 60 (sesenta) días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos podrán desistirse y retirar sus ofertas, sin derecho a indemnización alguna. No se adjudicará la oferta de aquel oferente que se encuentre inhabilitado para contratar con el estado. Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza. Si al momento de realizar la apertura de ofertas los integrantes de la comisión evaluadora se percatan de que algún oferente se encuentra inhábil, esta situación se informará a través del foro inverso, desde este momento el o los oferentes tendrá 7 días hábiles para resolver su estado de inhabilidad. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a las citadas inhabilidades establecidas en el Artículo 35 quater de la Ley 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro de un plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistir, la licitación podrá ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. De conformidad a lo establecido en el Artículo 65, letra J, de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, se requerirá el acuerdo del Honorable Concejo Municipal para la Adjudicación de este Contrato, el cual tendrá la facultad legal de aprobar o rechazar en base a argumentos fundados la propuesta seleccionada. 17. NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Se entenderá realizada la notificación de adjudicación, luego de las 24 (veinticuatro) horas transcurridas desde que se publique en el portal mercado público del decreto alcaldicio correspondiente y el informe de evaluación de las ofertas.
MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
En el eventual caso de presentarse la necesidad de modificaciones de obra, estas deberán ser solicitadas formalmente y autorizadas por el Mandante, para ello el Contratista deberá adjuntar los antecedentes relevantes del caso, así como los presupuestos y/o análisis de costos asociados. Cabe señalar que las modificaciones presentadas por el contratista a la Inspección Técnica de Obras, deberán ser aprobadas por el servicio que corresponda, de modo tal que, en cualquier caso, obtenga la respectiva recepción final del servicio competente. La demora en la tramitación para aceptar esta clase de variantes o modificaciones no dará lugar a un aumento de plazo de ejecución de los trabajos, salvo casos plenamente justificados, en opinión del Mandante. 7.1. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN Y/O ANEXO DE CONTRATO Para llevar a cabo la modificación del contrato, el contratista adjudicado deberá realizar la presentación de los siguientes documentos para hacer efectiva la solicitud. • Solicitud presentada por el contratista al ITO, debidamente justificada. • Presupuesto modificado. • Nueva Programación de Obras (especificaciones técnicas, Carta Gantt y presupuesto actualizado con su respectivo análisis de precios unitarios). • Nuevo flujo de caja financiero o programación financiera. • Informe favorable del ITO. • Solicitud de la ITO enviada al Mandante. 7.2. FORMALIZACIÓN DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN Una vez otorgada la conformidad por parte de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas de la modificación de contrato, la unidad técnica deberá formalizar tal situación, suscribiendo la modificación de contrato respectiva y la realización de las siguientes acciones: • Modificación del contrato. • Actualización de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato de las presentes bases administrativas, que cubra la diferencia entre el precio adjudicado y los nuevos montos involucrados en la modificación. • Modificación del seguro de responsabilidad civil ante terceros, para dar cobertura y cumplimiento a los nuevos plazos y valores establecidos, en caso de ser necesario. • Decreto alcaldicio que aprueba la modificación de contrato. No se podrá dar inicio a ningún tipo de ejecución de obras, producto de una modificación de contrato, a la cual no se haya otorgado debida conformidad por parte del Mandante, en caso contrario deberá sancionar a quien corresponda. 7.3. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, por las causales establecidas en el artículo 13 bis de la Ley 19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y lo indicado en el artículo 130 del decreto 661 del reglamento de ley N°19.886: • La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. • La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. • El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. • El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. • La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del decreto 661. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del decreto 661. • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. • Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. 7.4. LIQUIDACIÓN CON CARGO A LA GARANTÍA Sin perjuicio de lo señalado en el numeral anterior, el mandante podrá poner término anticipado al contrato con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en caso de que el contratista incurra en alguno de los siguientes hechos: • Si el contratista por causa que le fuere imputable no iniciare las obras dentro del plazo máximo de 3 (tres) días corridos, contadas desde la fecha de entrega del terreno. • Si el contratista o alguno de los socios de la empresa contratista fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o el gerente. • Si el contratista es declarado en quiebra. • Si el contratista paraliza las obras por más de 5 (cinco) días hábiles seguidos, sin justificación alguna. Lo cual deberá quedar reflejado en el libro de obras por el I.T.O. • Incumplimiento de los plazos contractuales y/o programación de la obra. Si la obra se encuentra atrasada, de manera que la diferencia entre el avance físico programado y el avance físico real es mayor a 20% por una sola vez, o si es mayor a un 15% por segunda vez consecutiva. • Si por error en la ejecución de los trabajos la obra quedará con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran su seguridad u obligan a modificaciones sustanciales del proyecto. • Si se detectan observaciones en la ejecución de obras, en el proceso de recepción provisoria de las mismas y estas no son subsanadas en el plazo otorgado por el I.T.O para tal efecto. TOMANDO COMO PLAZO MÁXIMO 4 DÍAS CORRIDOS DESDE NOTIFICADA LA OBSERVACIÓN. • Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes las boletas de garantía o pólizas correspondientes, solicitadas en las presentes bases, posterior a las diferentes modificaciones a la que se someta el contrato. Para proceder a realizar la liquidación con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, se deberán realizar los siguientes procedimientos: • Notificar mediante correo electrónico o libro de obra al contratista del procedimiento de liquidación con cargo. • La unidad técnica debe remitir informe de término anticipado del I.T.O donde alude las causales de liquidación, de acuerdo a bases y menciona costos relacionados a estados de pago, retenciones, garantías, multas, deudas, resumen de lo contratado, pagado, ejecutado real, por ejecutar (faltante). • Tomado conocimiento del informe de término, la unidad técnica deberá dictar resolución decretando la liquidación y solicitando hacer efectiva la garantía correspondiente. En esta resolución además debe establecerse las multas que corresponde sean aplicadas al contratista. • La unidad técnica deberá nombrar comisión de recepción de obras y de liquidación. • Comisión de recepción deberá recepcionar las obras en el estado actual. • Confección del acta de liquidación firmada por la comisión, la cual se basa en el informe de término anticipado, y en la cual debe quedar reflejado en una planilla Excel, obras contratadas, con porcentajes y valores, lo pagado, lo recepcionado por la comisión, obras por ejecutar (sólo en % y cantidades), obras por rehacer (sólo en % y cantidades) y obras para terminar (suma de obras por ejecutar y obras por rehacer, solo % y cantidades). • En dicha planilla tendrá que haber una columna de observaciones donde se indiquen las razones de la comisión para recepcionar partidas en menor porcentaje, en el caso que proceda. • Las obras por terminar, que serán las obras por rehacer más las obras por ejecutar (obras pendientes), deberán reflejarse en el presupuesto futuro a licitar, posterior al proceso completo de liquidación. • En dicha acta de liquidación, deberán quedar señaladas las garantías ejecutadas y así como la ejecución de retenciones, si así las bases lo señalan y aplicación de multas si correspondiese. • Informe I.T.O en el cual se expresen las causas o razones que llevarán a poner términos al contrato, indicando lo siguiente: Resumen de LOS PAGOS EFECTUADOS, RETENCIONES, MULTAS, GARANTÍAS VIGENTES, RESUMEN TE LO PAGADO, EJECUTADO Y FALTANTE. • Oficio conductor informado y solicitando autorización al mandante, por parte del I.T.O. Posterior a la aprobación por parte del mandante, se deberá constituir una comisión, previamente designada en el proceso de entrega de terreno, para recepcionar las obras tal como están, lo cual deberá quedar reflejado en el acta de recepción que se levante. 7.5. TERMINO DE MUTUO ACUERDO O RESCILIACIÓN DEL CONTRATO Cuando la unidad técnica en común acuerdo con el contratista, resuelve liquidar anticipadamente el contrato, por causas no atribuibles a ambas partes (caso fortuito o fuerza mayor). Para tal efecto el interesado deberá solicitarlo por escrito a la contraparte. Se deberá resciliar el contrato sin indemnización para las partes, reembolsando al contratista obras efectivamente ejecutadas en obra y devolviéndose las garantías pertinentes en el caso que corresponda. Para dicho efecto, se deberá llevar a cabo el mismo proceso administrativo que la liquidación con cargo, es decir, designar a una comisión nombrada mediante decreto alcaldicio, para decretar la resciliación y recepcionar las obras con el avance real, reflejado en el informe levantado por la inspección técnica.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.