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Resolución de Empates |
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1. En primer lugar, se procederá con la etapa de apertura de la licitación indicada en la cláusula 9.1 de las bases
administrativas de esta licitación
2. En segundo lugar, se analizará el cumplimiento de las exigencias formales y de contenido, establecidas en las Bases
de Licitación, es decir, si todos los documentos y antecedentes exigidos efectivamente han sido aportados y si el
contenido de la propuesta corresponde a lo solicitado. No procede estipular la calificación de éstos, sino que simplemente
constatar la existencia de cada uno de los antecedentes exigidos en las Bases de Licitación, toda vez que la no
presentación de uno, cualquiera que sea, ameritará necesariamente la exclusión inmediata de la oferta del proceso de
licitación.
3. En tercer lugar, la evaluación se efectuará a través de un análisis económico y técnico de cada una de las ofertas, para
lo cual, INDAP se remitirá a los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases de Licitación, para proceder con
la evaluación, considerando la tabla de definición de rangos y asignación de puntajes establecidas indicadas en el punto
10.4. Criterios de Evaluación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Respecto a cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social (obligaciones laborales y previsionales)
se indica que:
INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los
contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por
término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la
Ley N°20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado
de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto a sus trabajadores,
previo requerimiento de INDAP. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y
previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o
bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo
establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
En el caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y
previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor del subcontratista, el
monto de que es responsable, debiendo pagar con esta retención a los trabajadores o institución previsional acreedora, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. De la misma forma, en caso de incumplimiento del
contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, INDAP estará facultado para hacer efectiva la
garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna,
según lo establece el artículo 124 del Reglamento de la Ley de Compras N°19.886.
El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente
adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con
ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño
que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la
ejecución de los servicios, ya que del oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas
las normas de higiene y seg
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado
con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo
establecido en las presentes bases.
Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados en estas
bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y
adecuadamente sus ofertas.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se
produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede
ser impreso o guardado por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos
adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el
envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte
de la evaluación respectiva.
En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse
de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo
“Comprobante de envío de oferta”.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se
aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto, a excepción del artículo 115 del Decreto 661, Reglamento de la
Ley de Compras 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar
oportuna y adecuadamente sus ofertas.
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Pacto de integridad |
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El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, aceptan el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos y obligaciones:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución
Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del
Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos
efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones
Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese
su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública,
ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven, que pudiera implicar un conflicto de intereses
presente o futuro, entre el respectivo proveedor e NDAP.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de
cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión
y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es
presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la
misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y
en la ejecución del contrato.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estos términos de referencia, así
como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. No tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de INDAP.
9. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso de contratación es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir
con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
10. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general,
todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
11. El proveedor, una vez iniciado el procedimiento de contratación, se obliga a cumplir la prohibición contenida en el
artículo 35 ter de la Ley N°19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el
proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones
en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo
referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de
Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las
bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad
indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus
respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del
adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación,
dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado,
pudiendo re-adjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N°11.1 de las presentes bases de
licitación.
En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada
por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el
proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en
conformidad con la cláusula N°18.1 y cláusula 11, de estas bases de licitación.
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