10.1. Comisión Evaluadora
La apertura y evaluación
de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que
estará compuesta por 3 integrantes de la Dirección ChileCompra – en su calidad
de Entidad Licitante –, pudiendo incluirse dentro de esta composición a un
funcionario perteneciente a la DIPRES (Dirección de Presupuestos de Chile), lo
anterior según se indique en Anexo N°1.1 numeral 5, designados por
resolución o acto administrativo del Jefe de
Servicio. Sin
embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número a través del Anexo
N°1 numeral 5.
Excepcionalmente, y de
manera fundada, alguno de los integrantes de la Comisión designados por la
DCCP, podrá ser una persona ajena a la Administración, aunque siempre en número
inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
La designación de la
comisión evaluadora se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl
y sus integrantes se registrarán en el sistema de la ley N°20.730, que regula
el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las
autoridades y funcionarios.
Los miembros de la
Comisión Evaluadora no podrán:
·
Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto
proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27 y 40 del reglamento
de la ley N° 19.886.
·
Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros,
sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras
integren la Comisión Evaluadora.
·
Aceptar ningún donativo de parte de terceros.
Entiéndase como terceros,
entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien,
sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un
informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director/a de la DCCP, o quien
lo subrogue, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación
contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de
evaluación descrito a continuación.
10.2. Consideraciones
Generales
1. Se
exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 7 de
las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a
través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la
propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio
de que concurra y se acredite alguna de las causales de excepción establecidas
en el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras.
2. La
DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan
los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio
de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u
omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras
públicas y en las presentes bases.
3. Los
documentos solicitados por la DCCP deben estar vigentes a la fecha de cierre de
la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 4 de las presentes bases
y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas -en caso de ser
requerido-, por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin
perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información
entregada por el proveedor.
10.3. Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las
ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no
les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información
www.mercadopublico.cl.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas
corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para
responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes
requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes
recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de
la plataforma.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los
respectivos oferentes.
10.4. Solicitud de certificaciones o antecedentes
omitidos
La DCCP tiene la facultad de permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones
o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento
del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por
quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente
y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dicha presentación de certificaciones o
antecedentes se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su
comunicación al oferente por parte de la DCCP, la que se informará a través del
Sistema de información www.mercadopublico.cl.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de
evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
El oferente que haya omitido certificaciones o
antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado
con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en
el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
10.5. Inadmisibilidad de las ofertas
La DCCP declarará inadmisible las ofertas
presentadas que no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las bases
administrativas y en sus respectivas bases técnicas (Anexo N°4), sin perjuicio
de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales
de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Dicha declaración deberá materializarse a través de
la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna
a los oferentes.
10.6. Facultad de declarar desierta la licitación
La DCCP podrá declarar desierta la licitación o las
Líneas de Servicio (pudiendo ser todas o alguna de ellas),
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus
intereses o a los intereses de los órganos públicos mandantes.
Dicha declaración deberá materializarse a través de
la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna
a los oferentes.
10.7. Criterios de Evaluación y Procedimiento de
Evaluación de las ofertas
Todas las
características y requisitos técnicos se encuentran contenidos en el Anexo
N°4. De no cumplirse con dichas condiciones técnicas, la respectiva oferta
será declarada inadmisible en la Línea de Servicio
evaluada.
Si las
ofertas han sido declaradas admisibles, y cumplen con los requisitos técnicos
mínimos del Anexo N°4, se procederá a evaluar cada Línea de Servicio, de
acuerdo a lo siguiente:
La
evaluación se realizará en una etapa, considerando los criterios de evaluación
que se indican en la siguiente tabla y de los cuales podrán prescindirse los
siguientes: (B) Capacidad de venta de impresoras y (C) Comportamiento
Contractual Anterior. Por ello, los criterios que siempre deberán aplicarse
obligatoriamente son: (A) Precio y (D) Cumplimiento de requisitos formales.
En caso de que la entidad licitante no considere
algunos de estos criterios (B y/o C), debe asignar a los criterios
descartados 0% de ponderación. Con todo, la suma de la ponderación de los
criterios utilizados (técnicos + administrativos + económicos) debe
corresponder a 100%.
TIPO DE CRITERIO
|
CRITERIO
|
PONDERACIÓN
|
ECONÓMICO
|
(A) PRECIO
|
Indicado
en Anexo N°1.1 numeral 6
|
TÉCNICO
|
(B) CAPACIDAD DE VENTA
DE IMPRESORAS – con Fabricante de la marca del equipo ofertado.
|
Indicado
en Anexo N°1.1 numeral 6
|
ADMINISTRATIVO
|
(C) COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR (*)
|
Indicado
en Anexo N°1.1 numeral 6
|
(D) CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES
|
Indicado
en Anexo N°1.1 numeral 6
|
*Este criterio resta puntaje a aquellos proveedores que
tienen un mal comportamiento contractual de acuerdo con lo definido en “Comportamiento
contractual anterior”.
El puntaje total de la propuesta se obtendrá al sumar
el puntaje ponderado de cada criterio, y restar el puntaje obtenido por mal
comportamiento contractual anterior (esto último, solo en caso de que este
criterio haya sido seleccionado para la evaluación).
(A) PRECIO
Se
comparará el valor total a evaluar indicado en el Anexo N°5, el cual se
obtiene automáticamente con los valores ofertados por el oferente en sus
ofertas en valores netos en USD (sin impuestos), según lo informado en el Anexo
N°5 Oferta económica.
El
puntaje será asignado de acuerdo al siguiente mecanismo:
Puntaje Precio = (Precio
Total Mínimo Ofertado / Precio Total Proponente) *100
En caso
de que algún proponente omita algunos de los valores solicitados, la oferta
completa será declara inadmisible y no evaluada.
El precio ofertado no puede
superar los valores netos (USD) que se indicarán en un archivo adjunto en cada llamado, al momento de la publicación. Aquellas ofertas económicas
cuyos valores (costo fijo y/o costo variable) sean superiores a los
establecidos en el mencionado archivo
adjunto, no serán evaluadas y se declararán inadmisibles en la Línea de Servicio respectiva.
CRITERIO TÉCNICO
(B) CAPACIDAD
DE VENTA IMPRESORAS- con Fabricante de la marca del equipo ofertado.
La
evaluación de este criterio se realizará considerando la información indicada
en el Anexo 6.2 (Carta del fabricante), según la línea de servicio a
ofertar, respecto de la cantidad de
impresoras vendidas o arrendadas en los últimos 3 años fiscales chilenos,
anteriores a la publicación del llamado, a todo tipo de cliente, específicamente
con el fabricante de la marca del equipo ofertado. Los años
específicos para cada llamado se indicarán en Anexo N°1.1 numeral 7.
En el caso del arriendo de las impresoras señaladas
en el párrafo anterior, se considerará para la evaluación del criterio el año fiscal
en que se inició el servicio de arriendo, sin embargo, no podrá ser contabilizado
nuevamente en los siguientes años, es decir, solo podrán ser contabilizados una
única vez. A modo de ejemplo, supongamos que los 3 años fiscales son 2019, 2020
y 2021, si un equipo arrendado inicia su servicio de arriendo en 2019, puede
ser contabilizado para este criterio de evaluación, en cambio, si un equipo
inició su servicio de arriendo en 2018, y terminó en 2021, no puede ser
contabilizado, ya que el servicio de arriendo inició en 2018, que es un año que
se encuentra fuera del alcance señalado en este ejemplo.
Se deja expresa constancia que la comisión evaluadora
podrá verificar la información declarada, pudiendo tomar contacto con el
fabricante OEM (indicado en el anexo Nº6.2). En caso de inconsistencias la oferta será declarada inadmisible.
Para cada “tipo de equipo” solicitado en cada
llamado, deberá ofertar una única marca, pudiendo ofertar, en todo caso, una
marca distinta entre tipos de equipo distintos. En caso de que el oferente
opte por la opción de marcas distintas entre tipos de equipos, debe presentar
un anexo 6.2 (Carta del fabricante) para cada una de las marcas con las que
presenta su oferta.
Se utilizará como “cantidad
total de equipos del fabricante vendido o arrendados por parte del proponente
en los últimos 3 años fiscales” el promedio ponderado, utilizando como
ponderadores la cantidad determinada por la agregación de demanda indicada en cada
llamado, según cada Línea de Servicio.
Para la evaluación de este
criterio se utilizarán el siguiente mecanismo de evaluación:
Se define como:
-Marca de equipos del
fabricante OEM (i): i=
{Marca 1, Marca 2, … , Marca N}
-Proponente u oferente (j): donde j= {oferente 1, oferente 2, … , oferente M}
-Tipo de equipo (k): k= {tipo de equipo 1, tipo de equipo 2, … , tiempo de
equipo N}
Ejemplo: tipo de equipo 1=
“Equipo Color” y tipo de equipo 2= “Equipo Blanco y Negro”
-A (i) (j): Cantidad total de equipos del fabricante OEM (i)
vendidos o arrendados por parte del proponente (j) los últimos 3 años fiscales.
-B(k): Cantidad
de equipos de tipo k como resultado de la agregación de demanda, según cada Línea de Servicio.
Se realizarán los siguientes pasos:
Paso 1
Se aplicará la siguiente fórmula para
calcular la Cantidad total de equipos del fabricante vendidos o arrendados por
parte del proponente los últimos 3 años fiscales de cada proveedor, según cada
Línea de Servicio:

Donde N es la cantidad total de tipos de equipos
solicitadas para la compra, según la Línea de Servicio.
Paso 2:
El
puntaje de cada proveedor para este criterio se calculará mediante “regla de 3”:

En caso de que el denominador sea 0 (cero) el
puntaje de este criterio será 0 puntos para todos los proveedores.
A modo de ejemplo:
Supongamos,
para misma Línea de Servicio:
-
2 proveedores (j)={Proveedor 1, proveedor 2}
-
2 marcas (i)={Marca Alfa, Marca Beta}
-
2 tipos de equipo (k) para este llamado “Equipos Blanco y negro”, y “Equipos
Color”
-
Agregación de demanda para “equipos Blanco y Negro”: 1.000 equipos
-
Agregación de demanda para “equipos Color”: 300 equipos.
- El proveedor 1 oferta ambos tipos de
equipo con la Marca Alfa.
- El proveedor 2 oferta equipos Blanco y
Negro con la Marca la Alfa, y equipos a color con la Marca Beta.
Proveedor
1 (marca única):
Tipos de equipos
|
Cantidad de impresoras solicitadas en el
llamado, en la línea de servicio respectiva.
|
Marca
|
Cantidad total de equipos vendidos de la
marca los últimos 3 años fiscales
según Anexo 6.2
(Se repite el valor en ambos cuadrantes,
dado que oferta solo 1 marca para ambos equipos)
|
Multifuncional Blanco y Negro
|
1.000
|
Alfa
|
2.000
|
Multifuncional a Color
|
300
|
Alfa
|
2.000
|
Proveedor
2 (multi-marca):
Tipos de equipos
|
Cantidad de impresoras solicitadas en el
llamado, en la línea de servicio respectiva
|
Marca
|
Cantidad total de equipos vendidos de la
marca los últimos 3 años fiscales
según Anexo 6.2
(En este caso el proveedor 2, debió haber
presentado 2 anexos 6.2, uno para cada marca)
|
Multifuncional Blanco y Negro
|
1.000
|
Alfa
|
4.000
|
Multifuncional a Color
|
300
|
Beta
|
1.000
|
Dado
lo antes expuesto, el cálculo sería el siguiente:
Paso 1:
Calcular
la Cantidad total de equipos del fabricante vendido o arrendado de cada
proveedor:
Proveedor
1:

Proveedor
2:

Paso 2:
Aplicar
regla de 3 para obtener el puntaje de cada proveedor en este criterio
Proveedor
1:

Proveedor
2:

(C) COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Para la evaluación de este criterio, se evaluará el
comportamiento contractual anterior del oferente, respecto
de los todos los organismos públicos (incluidos los de convenios marco) durante
los últimos 2 años (24 meses) antes del momento del cierre de presentación
oferta. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Sólo se considerarán las medidas ejecutoriadas durante el
periodo señalado.
El
mecanismo de asignación de puntaje es el resultado de descontar el puntaje
indicado en la tabla siguiente, del puntaje total ponderado de la evaluación
por el número de medidas obtenidas en el registro de proveedores.
Medidas
|
Pérdida de puntaje por medida
|
Término anticipado de
contrato por aplicación de medidas
|
- 10
|
Suspensión temporal en el catálogo de
convenio marco
|
-5
|
Cobro de garantías (fiel
cumplimiento)
|
-3
|
A modo de ejemplo:
Un proveedor ha recibido 2
sanciones de cobro de garantía (publicada en el Registro de Proveedores) por
parte de algún organismo público (y que esté ingresado en el registro de
proveedores) el puntaje a descontar en este criterio es:
(2 x -3 puntos) = - 6 puntos
Este puntaje se restará del
puntaje total ponderado de la propuesta.
Se deja expresa constancia que para
UTP (uniones temporales de proveedores) este criterio se aplicará para todos
los integrantes señalados en el Anexo Nº7, debiendo sumarse la pérdida de
puntaje de cada integrante.
(D) CUMPLIMIENTO
DE REQUISITOS FORMALES
El
oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de
presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos en la
cláusula 7 “Anexos e Instrucciones para la Presentación de Ofertas” antes del
cierre de presentación de oferta obtendrá 100 puntos.
Si el
oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido
certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las cláusulas 10.3 y
10.4 precedentes, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí
indicado, obtendrá 50 puntos asignados al criterio.
Por
último, si el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o
certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo
hace fuera del plazo indicado en los artículos 10.3 y 10.4, obtendrá 0 puntos
en este criterio.
De acuerdo a lo señalado, la asignación de
puntajes en este criterio se puede resumir de la siguiente forma:
CRITERIO
|
PUNTAJE
|
Cumple con requisitos formales y presentación de todos los antecedentes
|
100
|
No cumple con requisitos formales y/u omite algún antecedente, pero
subsana dentro de plazo
|
50
|
No cumple con requisitos formales y/u omite algún antecedente, sin
subsanar dentro de plazo
|
0
|
10.8. Mecanismo de resolución de empates
En el evento que, una vez culminado el proceso de
evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo
puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se
optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio
Precio.
Si aún persiste el empate, se seleccionará a la
propuesta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Capacidad de venta impresoras- con Fabricante de la marca del equipo ofertado”,
siempre que se haya utilizado este criterio de evaluación.
En caso de que el empate persista, se adjudicará la
oferta que obtenga el mayor puntaje en el criterio de cumplimiento de
requisitos formales.
Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará a la
oferta que obtenga el mejor puntaje en el criterio comportamiento contractual
anterioren caso de que este criterio de evaluación haya sido
utilizado.
Finalmente, si aún persiste el empate, se adjudicará la
propuesta que se envió primero en el portal www.mercadopublico.cl verificable en el “Comprobante de Ingreso de Oferta”.
10.9. Adjudicación
Cada
oferente deberá presentar una propuesta por el total de requerimientos
descritos en el Anexo N° 5, según
sea la Línea de Servicio a ofertar. Se adjudicará cada
Línea de Servicio al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de
las propuestas de dicha Línea, de acuerdo con lo indicado en el Anexo
1.1, numeral 10, y en los términos descritos en las presentes bases. Se hace presente
que un proveedor podrá adjudicar una o más líneas, según el tope máximo
establecido en el Anexo 1.1, numeral 10 ya referido.
En los casos en que un
proveedor oferte y, una vez evaluado, esté en condiciones de adjudicarse más
Líneas de Servicio que las máximas permitidas, se compararán sus ofertas de
acuerdo con el siguiente orden y se le adjudicarán las Líneas de Servicio
(máximas permitidas) que obtengan mayor puntaje en relación con las demás
Líneas de su oferta:
1º lugar: Criterio Precio.
2º lugar: Criterio Capacidad de venta de impresoras
– con Fabricante de la marca del equipo ofertado.
En último caso, se adjudicarán las Líneas de
Servicio que tengan el mayor monto total a pagar, en términos de “costos fijos”
de cada Línea de Servicio.
La presente licitación se adjudicará a través de
una resolución dictada por la autoridad competente de la DCCP, la que será
publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente
tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del
reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se
entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el
portal www.mercadopublico.cl.
Una vez notificada la resolución de adjudicación,
la DCCP citará a una reunión de coordinación general al proveedor adjudicado,
dentro del plazo de 5 días hábiles, a efectos de propender a la correcta
coordinación entre este último y los organismos compradores mandantes.
10.10. Resolución de consultas respecto de la
Adjudicación
Las consultas sobre la adjudicación deberán
realizarse a la DCCP dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la
publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl,
a través del siguiente enlace:
https://ayuda.mercadopublico.cl/ingresosolicitudes/
La DCCP dispondrá de 10 días hábiles para
responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas
consultas.