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omisión de antecedentes |
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10.5. Subsanación de errores u omisiones formales:
10.5.1. Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Hospital podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No obstante, la subsanación de errores u omisiones formales no podrán reemplazar documentos exigidos como requisitos de admisibilidad ni rectificar omisiones o errores sustanciales que afecten la oferta.
10.5.2. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas corridas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl; prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
10.5.3. Lo dispuesto en esta cláusula se aplicará de acuerdo a los factores de evaluación establecidos en el punto 10.8 del presente apartado de las bases administrativas.
10.6. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
10.6.1. El Hospital tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación (Art. N° 56 del Decreto N° 661/24). Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. No obstante, la solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos no podrán reemplazar documentos exigidos como requisitos de admisibilidad.
10.6.2. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de cuarenta y ocho (48) horas corridas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl; prorrogable una sola vez en las mismas condiciones. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
10.6.3. Lo dispuesto en esta cláusula se aplicará de acuerdo a los factores de evaluación establecidos en el punto 10.8 del presente apartado de las bases administrativas.
10.7. Todas las aclaraciones, preguntas y/o respuestas emitidas por el Hospital y los oferentes, formarán parte integrante de la licitación. Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en http://www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
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resolución de empate |
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10.16. En caso de que se produzca igualdad de puntaje entre dos (2) o más Oferentes, el Hospital dirimirá de la siguiente manera:
a) menor precio y de persistir el empate;
b) Mayor puntaje obtenido en plazo de entrega, y de persistir el empate;
c) Mayor puntaje obtenido en experiencia de los oferentes y de persistir el empate;
d) Mayor puntaje obtenido en el programa de integridad y de persistir el empate;
e) Mayor puntaje obtenido en el cumplimiento de entrega de antecedentes.
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11. DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA |
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11.1. Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez confirmada la apertura electrónica en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
11.2. Se declararán inadmisible las ofertas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las presentes bases, la Ley de Compras Públicas y su Reglamento; o cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
11.3. La entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a ofertas que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las bases, ni a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades de la Administración del Estado. Tampoco se adjudicarán ofertas que no emanen de quienes tienen poder suficiente para efectuarlas, en representación del respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley
11.4. La adjudicación deberá realizarse en un plazo no superior a noventa (90) días corridos desde el cierre electrónico, posteriores al resultado de la evaluación señalada en Punto Nº 10.8, en donde, se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la propuesta, en los términos descritos en las presentes bases. En caso de que la adjudicación no se realice en el plazo previsto, se informarán las razones dentro de los cinco días hábiles siguientes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, indicando, además, un nuevo plazo para la adjudicación.
11.5. La adjudicación de los Insumos se realizará mediante resolución exenta firmada por el Director del Hospital, según lo sugerido por la Comisión de Evaluación. Los oferentes deberán postular a todos los ítems, ya que, la evaluación de la propuesta pública será por la totalidad de la oferta y adjudicando a la o las ofertas más convenientes, según el resultado de la evaluación establecida en el punto Nº 10.8 ítem II del Procedimiento Licitatorio.
11.6. Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, será notificada tanto al adjudicatario como al resto de los oferentes, mediante su publicación en el Sistema de Información en el respectivo ID de la propuesta. Asimismo, se publicarán los antecedentes del proceso de evaluación, tales como el informe de la Comisión de Evaluación, los factores de evaluación, el cuadro comparativo, el cuadro de adjudicación, el acta de apertura y la resolución exenta que designó a la Comisión de Evaluación.
11.7. Los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información, para realizar consultas sobre la adjudicación, a través del correo electrónico erwin.contreras@redsalud.gob.cl, Jefe del Subdepartamento de Licitaciones del Departamento de Abastecimiento del Hospital, y los correos andrea.espinozamu@redsalud.gob.cl; y cesar.vasquezq@redsalud.gob.cl; Jefes subrogantes del Subdepartamento de licitaciones. El Hospital dispondrá del plazo de cinco (5) días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
11.8. Para Adjudicaciones inferiores a 1.000 UTM, estas serán sancionadas por Resolución de Adjudicación, la que hará las veces de Resolución - Contrato, y deberá presentar dentro de un plazo de diez (10) días hábiles el Documento de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y, según lo señalado en el punto Nº 5 del ítem III de las presentes Bases, y acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo.
11.9. Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el Hospital procederá a redactar el contrato dentro del plazo de treinta (30) días corridos, tomando como base el texto de las presentes bases de licitación. El adjudicatario deberá presentar dos copias firmadas del contrato, ante notario o con firma electrónica avanzada, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital. Si posee firma electrónica avanzada puede hacer envío del contrato a través de correo electrónico. En caso contrario, de ser firmado ante notario, deberá hacer envío de ambas copias del contrato de manera física al Hospital, en sobre cerrado dirigido al Subdepartamento de Licitaciones, e identificando claramente los datos de la licitación, vale decir, número de la propuesta pública, ID de la licitación, y nombre de la licitación; así como el nombre e identificación del proveedor. A su vez, el adjudicatario deberá advertir e indicar que dichos documentos deberán ser entregados en Oficina de Partes del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena, 1er piso, acceso Hall principal, Manuel Montt N°115, Temuco.
11.10. Los plazos establecidos en el contrato comenzarán a contar desde la fecha que se indique en el punto N°1, “Inicio de la Propuesta” según corresponda, ítem III de las Condiciones de Contratación. Lo anterior, será publicado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través el Portal Mercado Público.
11.11. En caso de que el adjudicatario se desistiere de su oferta, no suscriba el contrato, incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado, no presente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato o el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) en los plazos establecidos en las presentes bases, no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales resultó adjudicado o si, mientras se realizan las gestiones precontractuales (esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el Hospital podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo, siempre que dichas ofertas sean convenientes a los intereses del Hospital y se encuentren vigentes según lo señalado en el punto N°3.4, ítem III, de las bases administrativas.
11.12. Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, al momento de contratar con el Estado deberán acompañar un “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) emitido por la Dirección del Trabajo, que certifique la inexistencia de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Dicho certificado deberá ser entregado a más tardar diez (10) días hábiles posteriores al de la Adjudicación realizada en el Portal Mercado Público. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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1. INICIO DE LA PROPUESTA PÚBLICA |
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1.1 La propuesta será adjudicada mediante resolución exenta dictada por la Dirección.
1.2 Para adjudicaciones con montos inferiores a 1.000 UTM, la fecha de inicio comenzará a partir de la fecha de notificación de la resolución de adjudicación en el Portal Mercado Publico, la que hará las veces de Resolución-Contrato y Orden de Compra.
1.3 Para Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM e inferiores a 5.000 UTM, una vez adjudicada la Licitación, el Hospital procederá a redactar el contrato dentro del plazo de treinta (30) días corridos, tomando como base el texto de las presentes bases de licitación. El adjudicatario deberá presentar dos copias firmadas del contrato, ante notario o con firma electrónica avanzada, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al envío del contrato por parte del Hospital, según se establece en el punto 11.9. ítem II de las bases administrativas.
1.4 El contrato comenzará su vigencia desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, es decir, emitida por la Dirección del Hospital Dr. Hernán Henríquez Aravena y publicada en el Portal Mercado Público.
1.5 No obstante, por razones de buen servicio, el plazo de entrega comenzará a contar desde la notificación de la resolución de adjudicación en el Portal Mercado Público, la cual será estipulada en el contrato, quedando todo pago condicionado a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato y la respectiva recepción conforme de “Los Insumos”.
1.6 El adjudicatario deberá presentar los documentos indicados en el punto N°11.8, N°11.9 y N°12, ítem II, según corresponda, dentro de los plazos estipulados en las presentes bases de licitación. Estos documentos incluyen la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, así como el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” (F-30) de la Dirección del Trabajo. Si no se presentan estos documentos en el plazo establecido, se entenderá por desistida la oferta.
1.7 En caso de que la oferta sea considerada desistida por la no presentación de los documentos mencionados o en caso de desistimiento de celebrar el contrato, se procederá conforme a lo dispuesto en el punto 11.11, ítem II, de las bases administrativas.
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2. DURACIÓN DE LA PROPUESTA PÚBLICA Y OFERTA |
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2.1. La propuesta pública por el suministro de los Insumos tendrá una duración de doce (12) meses, o hasta el consumo total de los montos adjudicados, lo que ocurra primero se traducirá en la finalización del contrato.
2.2. Podrá acordarse entre las partes, una renovación del Contrato hasta por un plazo similar al plazo del contrato originario, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el Decreto N°661 del año 2024, que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio, existiendo motivos fundados para ello, tales como, cuando se justifique adecuadamente que no se pudo contar oportunamente con un nuevo contrato, basado esto, en hechos que provengan de una causa enteramente ajena a la voluntad de la entidad o que el carecer de un nuevo contrato se deba a causas inevitables o, en su caso, que el renovar el contrato sea necesario para la continuidad del servicio, o que por la urgencia de la prestación o servicio, sea necesaria tal renovación, todo esto, solo y únicamente si es debidamente justificado, el monto de la renovación no podrá superar el monto de lo adjudicado en el contrato originario.
2.3. Los precios del servicio ofertado serán fijos por el periodo que dure la Licitación (12 Meses). De conformidad a lo señalado en el punto anterior, en caso de que el Sub Departamento de Abastecimiento General solicite la renovación del contrato al adjudicatario, el valor podrá ser reajustado, siempre y cuando el adjudicatario acepte la renovación del contrato por el mismo periodo (12 Meses) y en los mismos términos y condiciones del contrato original.
2.4. El valor a convenir para su Renovación será Reajustado de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos Doce (12) meses previos al término del periodo de esta Licitación, utilizando los valores obtenidos en la Calculadora de IPC del INE del siguiente enlace: https://calculadoraipc.ine.cl/.
2.5. El Reajuste obtenido de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los Últimos Doce (12) meses, previos al término del periodo de esta Licitación, se aplicará automáticamente con la aceptación de la Renovación por parte del Proveedor, y comenzará a regir desde la fecha en que se renueve el contrato. El valor del reajuste tendrá una vigencia por el periodo que dure la renovación de esta licitación (12 meses), no pudiendo ser modificado en forma posterior a su entrada en vigencia ni ser reajustado nuevamente.
2.6. Para renovar el contrato, se tendrá en consideración, la evaluación técnica, del contrato originario, debidamente fundada y firmada en documento ad-hoc por el inspector técnico, señalando si ha existido o no, un adecuado cumplimiento de este, por el prestador; además, la renovación, está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del año que se realice la renovación.
2.7. En el caso de renovarse el contrato, siempre el adjudicatario, deberá complementar la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por otra, por un monto no inferior al cinco por ciento (5%) del valor estimado de la renovación y bajo los mismos requisitos de forma que se señala en las presentes Bases, con vencimiento noventa (90) días corridos, después del nuevo vencimiento del contrato.
2.8. Para generar la señalada renovación se requerirá acuerdo con la entidad adjudicada del contrato original.
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3. PRECIO |
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3.1 El precio que se incluya en la(s) Oferta(s), debe expresarse en pesos (moneda nacional), y NETO, el cual debe ser ingresado en el portal mercado público y declarado en el Anexo N°1, el cual se considerará para el criterio “factor económico” en la evaluación de las ofertas, punto N°10.8 del ítem II de las bases administrativas. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos y lo ingresado en el Portal Mercado Público, primarán estos últimos.
3.2 El precio (ingresado al portal) será UNITARIO NETO, y debe corresponder al valor total final del insumo requerido, es decir, debiendo considerar todos los costos asociados a este.
3.3 Se deja establecido que de acuerdo a lo dispuesto en el DL Nº 825, Ley sobre Impuesto a la Ventas y Servicios, lo señalado en el ORD Nº 2928, de 29.10.2012, y lo establecido en la Circular N°50 del SII, los valores a pagar están afectos a IVA.
3.4 Para todos los efectos, las Ofertas se considerarán con una vigencia mínima de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de la Apertura Electrónica de la Propuesta Pública, en circunstancias excepcionales, el Hospital podrá solicitar la extensión del periodo de validez de las ofertas, realizando una aclaratoria a todos los oferentes a través del Portal Mercado Público. Una vez adjudicada la licitación, la oferta tendrá vigencia durante todo el contrato, el cual entrará en vigencia desde la total tramitación de la resolución que lo aprueba, y publicada en el Portal Mercado Público.
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6. CONTRATO DE FACTORING O CESIÓN DE CRÉDITO |
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En el el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Hospital dicha circunstancia dentro de un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su celebración.
Para estos efectos, se dará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 127 del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, el cual establece que las Entidades deberán cumplir con los contratos de factoring siempre y cuando se les notifique oportunamente.
En caso de que el adjudicatario no notifique al Hospital la celebración del contrato de factoring o cesión de crédito dentro del plazo estipulado, y el Hospital realice el pago al proveedor original, dicho pago se entenderá válido y extinguirá la obligación del Hospital con el proveedor. En consecuencia, el Hospital quedará eximido de toda responsabilidad frente al cesionario o entidad financiera, recayendo exclusivamente en el proveedor la responsabilidad de responder ante la empresa de factoring por los montos percibidos indebidamente.
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7. NO DEPENDENCIA LABORAL |
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Se deja expresamente establecido que “el Hospital”, no tiene ni tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación para con el personal que el Prestador destine o contrate para la provisión de los Insumos descrito en este Contrato, especialmente aquellas relacionadas con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del Prestador, quien prestará el servicio bajo su propia responsabilidad y riesgo. Sin perjuicio de la responsabilidad personal de los prestadores que intervengan en los servicios ofertados.
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8. DE LAS OBLIGACIONES |
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8.1. Será obligación del Adjudicatario cumplir con plazos y horarios de entrega de los Insumos.
8.2. Será obligación del Adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas en las Bases Técnicas.
8.3. Será obligación del Adjudicatario hacer entrega de la documentación legal exigida al momento de la entrega del Insumo (Facturas o Guías de Despacho).
8.4. Será obligación del Adjudicatario contar con asistentes acreditados y capacitados para el desempeño de instalar, conectar y manipular las consolas durante la cirugía.
8.5. Será obligación del Adjudicatario entregar a su personal una credencial de identificación, la que deberá ser utilizada en un lugar visible. Dicha credencial deberá contar con fotografía, nombre completo, servicio a prestar y la identificación de la empresa.
8.6. El Adjudicatario deberá prohibir que su personal coma, beba o fume en su puesto de trabajo y menos en las zonas en las que existan riesgos sanitarios.
8.7. Todos los prestadores de servicios deben usar los elementos de protección personal correspondientes, los que serán proporcionados por el Hospital,
8.8. El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y normas relacionadas con la Licitación y con los demás aspectos que digan relación con el desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por tanto, integradas a las presentes Bases.
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13. FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO |
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Erwin Contreras Poblete; Erwin.contreras@redsalud.gob.cl, jefe del Sub-Departamento de Licitaciones. En todo caso se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal Mercado Público.
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14. FUNCIONARIO ENCARGADO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO Y COMPRA |
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Daniela Montes Adúnate, daniela.montes@redsalud.gob.cl, Jefe del Subdepartamento de Abastecimiento General del Hospital. En todo caso se recuerda que todas las consultas, para ser válidas, deben realizarse a través del Portal Mercado Público.
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15. REFERENTE A LA FUNCIÓN DE LOS INSPECTORES DEL CONVENIO |
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Para efectos de coordinar las acciones que sean pertinentes entre el Hospital y el Adjudicatario de este convenio, el Director del Hospital nombrará mediante Resolución exenta a un Inspector Técnico del Convenio (ITC) y a un inspector administrativo, quienes serán los responsables de cumplir a lo menos las siguientes funciones:
15.1. Referente a la función del Inspector Técnico del Convenio del Área Clínica:
- Redactar Informes Técnicos ante anomalías de los Insumos adjudicados.
- Deberá fiscalizar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el punto 3 de las bases técnicas.
- Dar a conocer oportunamente las modificaciones, problemas de despacho u otros incumplimientos que no permitan el normal abastecimiento de los insumos.
- Informar al ITC del Área Administrativa a través de correo electrónico, para solicitar restitución de los Insumos defectuoso en su presentación o que no cumplan con las características de calidad o especificaciones técnicas ofertadas.
15.2. Referente a la función del Inspector Técnico del Convenio del Área Administrativa:
- Solicitar al adjudicado, la restitución integra de ítems defectuosos en su presentación o que no cumpla con la calidad o especificaciones técnicas ofertadas.
- Deberá monitorear la vigencia de la propuesta pública y tramitar con antelación la renovación del requerimiento de los Insumos.
- Tendrá la responsabilidad de realizar las acciones según lo establecido en punto N° 9, N°10, N°11 y N°12 Ítem III de las Condiciones de Contratación.
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