Licitación ID: 731-39-LQ25
SERV. DE MANT. DE INFRA. E INSTALACIONES CMN
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
SERVICIO DE MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA E INSTALACIONES PARA EL CENTRO METROPOLITANO NORTE  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERV. DE MANT. DE INFRA. E INSTALACIONES CMN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contar con un servicio de mantención y reparación de infraestructura e instalaciones, garantizando la ejecución de los planes de intervención establecidos dentro de estándares de calidad y permanencia en el tiempo, de manera que las condiciones de infraestructura, instalaciones, seguridad y operación del Centro sean óptimas y continuas
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ministerio de Justicia - Sename
R.U.T.:
61.008.000-6
Dirección:
facturas.abastecimientodn@sename.cl
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-10-2025 18:30:00
Fecha de Publicación: 15-09-2025 16:51:00
Fecha inicio de preguntas: 15-09-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 29-09-2025 18:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-10-2025 18:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-10-2025 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-10-2025 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 30-10-2025 11:34:10
Fecha de entrega en soporte fisico 22-09-2025
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
1 ° VISITA A TERRENO 22-09-2025 12:00:00
2° VISITA A TERRENO 24-09-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formato N° 1 Identificación del Oferente
2.- Anexo N° 7 Programa de Integridad
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 4 Formulario de Presentación de Tiempo de Respuesta
 
2.- Anexo N° 5 Experiencia del Oferente
 
3.- Anexo N° 6 Declaración Jurada Simple Criterio de Sustentabilidad Condiciones de Empleo y Remuneración
 
4.- Anexo N° 8 Acta Visita a Terreno
 
5.- Anexo N° 9 Declaración Cumplimiento Bases Técnicas
 
6.- BASES TÉCNICAS
 
7.- ANEXO N°3 FORMULARIO DE PERSONAL CALIFICADO
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 2 Formulario de Presentación de Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales de la oferta. Cumplimiento de requisitos formales de la oferta 5%
2 Personal Calificado Personal Calificado 30%
3 Experiencia del Oferente. Experiencia del Oferente. 10%
4 Tiempo de Respuesta Tiempo de Respuesta 10%
5 Precio Precio. 35%
6 Criterio de sustentabilidad 5%
7 Programa de Integridad Programa de Integridad 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Certificado de Presupuesto
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SERVICIO NACIONAL DE MENORES
e-mail de responsable de pago: trasferencia@sename.cl
Nombre de responsable de contrato: EDUARDO QUEVEDO RAMIREZ
e-mail de responsable de contrato: equevedo@sename.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-3522400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4º inciso 3°, de la Ley 19.886, su Reglamento, y por la Ley Nº 20.123el adjudicatario podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad será del adjudicado
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO NACIONAL DE MENORES
Fecha de vencimiento: 10-01-2028
Monto: 5 %
Descripción: En el caso de UTP, estos instrumentos no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de las UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la misma o incluso un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista, irrevocable, y a nombre del Servicio. También se aceptarán garantías tomadas por terceros respecto del resto de los oferentes que no sean UTP, siempre y cuando cumplan con lo estipulado en el artículo 52 del reglamento de la Ley N° 19.886. Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante y multas: El contratista, al momento de firmar el contrato, deberá entregar en las dependencias de Tesorería de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores, una Póliza de Seguro, Boleta de Garantía Bancaria, Certificado de Fianza, o cualquier otro documento, pagaderos a la vista e irrevocables, a nombre del Servicio Nacional de Menores por el 5% del monto neto ofertado, con una vigencia no inferior al plazo de la prestación del servicio, más 90 días corridos desde el término del contrato, a fin de garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento de las obligaciones contraídas mediante el contrato respectivo, pago de multas cursadas, y el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de los contratantes. La garantía debe ser presentada o enviada dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución, en caso contrario, se entenderá por desestimada la adjudicación. En el evento que dicho documento corresponda a una Boleta de Garantía Bancaria deberá contener la siguiente glosa: “Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante en la prestación del SERVICIO DE MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA E INSTALACIONES PARA EL CENTRO METROPOLITANO NORTE”, o en su defecto el ID de la presente licitación. En el evento que dicho documento corresponda a una póliza de seguro, esta deberá ser pagadera a primer requerimiento y a la vista. Además, siendo una póliza o certificado de fianza, se deberá dejar establecido expresamente el monto en pesos, independientemente que sea tomada en UF. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser recepcionada por la Tesorería de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Menores, a más tardar, al momento de suscribirse el contrato. Dicha garantía deberá ser remitida al Departamento Jurídico a fin de que este realice un examen de legalidad respecto de su respectiva emisión teniendo a la vista lo requerido en las bases administrativas. Comprobado que cumple con los requisitos de emisión establecidos en las bases de licitación, el Departamento Jurídico remitirá el documento a custodia a la Unidad de Tesorería de la Dirección Nacional de Servicio Nacional de Menores. En caso que el adjudicatario no entregue la garantía antes mencionada, a lo menos, al momento de la firma del contrato, se entenderá que se desiste de la oferta, procediéndose a readjudicar a la siguiente oferta mejor evaluada o a rechazar todo el resto de las ofertas, según el Servicio Nacional de Menores lo estime conveniente. El Servicio Nacional de Menores hará efectiva la garantía, en los siguientes casos:  Cuando se haya decretado, por Resolución Exenta, el término anticipado del contrato por incumplimiento del contratista.  Cuando los estados de pago no son suficientes para solventar el valor de las multas aplicadas mediante Resolución Exenta. En dicho evento, se deberá cobrar solo hasta el monto de la multa, haciéndose devolución del excedente al contratista, en la medida que haya entregado una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos que el presente numeral regula.  Si se decretara la Resolución de liquidación firme y ejecutoriada, en procedimiento concursal de liquidación o se disolviere la sociedad, respecto del contratista. Salvo que se dé aplicación a lo dispuesto en el numeral 15.2 letra c), de las presentes bases. En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer previamente la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza.
Glosa: “Garantía de oportuno y fiel cumplimiento de las obligaciones del contrato, pago de multas, y de pago de obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante en la prestación del SERVICIO DE MANTENCIÓN DE INFRAESTRUCTURA E INSTALACIONES PARA EL CENTRO METROPOLITANO NORTE”
Forma y oportunidad de restitución: Este documento de garantía será devuelto una vez vencido su plazo de vigencia y bajo solicitud del contratista a la contraparte técnica. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento de la Ley N°19.886, la constitución de las garantías para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato definitivo se exigirá en las contrataciones superiores a las 1.000 UTM y alcanzará, un cinco por ciento del precio final neto ofertado por el Adjudicatario, a menos que, según lo establecido en las Bases, sean declaradas ofertas temerarias o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En las contrataciones iguales e inferiores a las 1.000 UTM, la Entidad licitante podrá fundadamente requerir la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en virtud del riesgo involucrado en la contratación, en el porcentaje previamente señalado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, el SENAME podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje. El SENAME procederá a readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, según el informe emitido por la Comisión de Evaluación. En cuyo caso, se procederá a ejecutar el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, cuando corresponda. Si existiese el retiro de alguno de los integrantes de una UTP, la misma deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo señalado recientemente, y otras características objeto de evaluación de la oferta, esta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Resolución de Empates

La comisión evaluadora dirimirá entre proveedores que alcancen las máximas puntuaciones y estén en situación de empate, de la siguiente manera:

a)      El primer criterio para desempatar será el precio.

b)      El segundo criterio para desempatar será los requisitos técnicos.

c)      El tercer criterio para desempatar será la experiencia del oferente.

d)      El cuarto criterio para desempatar será el cumplimiento de los requisitos técnicos.

e)      El quinto criterio para desempatar será el criterio de sustentabilidad.

f)       El sexto criterio para desempatar será el criterio del programa de integridad.

g)      De continuarse el empate para desempatar se tomará la primera propuesta ingresada en el portal.

 

La Comisión de Evaluación propondrá a la Directora Nacional o quien la subrogue, a más tardar, dentro de los diez (10) días corridos contados desde la recepción de los antecedentes del proceso licitatorio, las ofertas que técnicamente sean las más convenientes y adecuadas para el Servicio, quien tomará la decisión final de adjudicación y ordenará la celebración del contrato correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, el SENAME se reserva el derecho de ampliar hasta por dos días hábiles más el plazo para que la Comisión de Evaluación emita su informe.

A la Comisión de Evaluación le corresponderá proponer la adjudicación respecto de cualquiera de las ofertas presentadas, solo en la medida de que haya obtenido el mayor puntaje - aún cuando no sea la de más bajo costo – y siempre que cumpla con las Bases y se adecue a los intereses de la Institución; o de declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases; y desierta cuando no se presentaran ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses; en todos los casos, por resolución fundada.

El informe final de la comisión evaluadora, según lo dispone el Reglamento de Compras Públicas, en su artículo 57, deberá referirse a que a las siguientes materias:

  1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
    1. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 de este reglamento.
    2. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
    3. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
    4. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contratista estará obligado a cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales a favor de los trabajadores que prestan el servicio y que se desempeñen bajo su dependencia, así como con las medidas necesarias para proteger la vida y salud de los mismos, de conformidad con la normativa legal y reglamentaria vigente.

El adjudicatario será el único responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada, que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de sus trabajadores en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato.

El Servicio Nacional de Menores, exigirá que se realicen dichos pagos, debiendo el contratista entregar los respectivos comprobantes, planillas o documentos que demuestren el cumplimiento de la totalidad de la obligación (F30). El incumplimiento de lo señalado precedentemente por parte de la contratista, dará derecho a poner término al contrato de acuerdo a lo establecido en el punto 15.2 de las presentes bases.

El Servicio Nacional de Menores, cuando así lo solicite, tendrá derecho a ser informado por el contratista, sobre el monto y estado del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas, en el caso en que los hubiere, con sus trabajadores.

Tal obligación del contratista, así como del subcontratista, si lo hubiera, debe ser acreditada mediante certificados emitidos por la respectiva Dirección del Trabajo (F30-1).

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

a)    Respecto de las propuestas Técnica y Económica.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales, dentro del plazo fatal de 48 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud se realizará a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl.

Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado.

b)   Respecto de los documentos requeridos en el acápite 9.1.

El SENAME podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de presentar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no susceptibles de variación, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Para subsanar estas omisiones se otorgará un plazo fatal de presentación por parte del/los oferente/s de 48 horas, contados desde que la Comisión Evaluadora tenga en su poder los antecedentes respectivos, lo que se notificará a través de la página www.mercadopublico.cl, tal como lo dispone el artículo 9 del Decreto 661, que aprueba el reglamento de la Ley de Compras, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de la licitación. Se consideran que alteran el tratamiento igualitario a todos los oferentes y/o que vulneran aspectos esenciales de toda la licitación, la omisión o presentación errónea de todos aquellos antecedentes necesarios para la correcta individualización del proponente, para contratar válidamente con aquél, en cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen al Servicio, y que sirvan para acreditar su idoneidad financiera.

Con todo, la Comisión Evaluadora tendrá las más amplias facultades para verificar la idoneidad, respecto de aquellas propuestas en las cuales se determine que uno o más de los documentos acompañados, no den fe de su contenido, pudiendo acudir a los medios que estime pertinente para corroborarlos.

En caso que determine de falta de idoneidad, veracidad o autenticidad del o los documentos acompañados junto con la/las propuesta/s, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la oferta del proponente, dejando constancia en su informe las circunstancias que llevaron a determinar su descalificación y los medios por los cuales se corroboró la falta de idoneidad, veracidad o autenticidad de/l o los documentos cuestionados.

Pacto de integridad

En cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 del Decreto N°661, los oferentes deberán demostrar mediante la documentación requerida durante el proceso de evaluación la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Este punto, constituye un criterio de evaluación, cuyo puntaje corresponde al 5% del total ponderado.

Por otro lado, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la licitación, aceptan expresamente el pacto de integridad propuesto por Sename.

En ese entendido, el adjudicatario se obliga a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas este pacto de integridad, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, aceptan suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Empresas.

  1. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

  1. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Programa de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en las presentes bases de licitación.

El proveedor adjudicado, manifiesta conocer las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato, y se comprometen a respetarlas.

Asimismo, reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, asegurando la posibilidad de cumplirla en las condiciones y oportunidad ofertadas.

El proveedor adjudicado, se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes, subcontratistas y, en general, todas las personas con que aquél se relacione, directa o indirectamente, en virtud o como efecto del contrato. Por tanto, se harán plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Finalmente, se hace presente que el Programa de Integridad del oferente adjudicado será incorporado en una cláusula del contrato respectivo.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.