El Hospital no admitirá modificaciones a los formatos, formularios y/o documentos anexos, los que son parte de las condiciones que rigen la licitación. En consecuencia, declarará inadmisible toda propuesta que omita requisitos, contenga contraproyectos, modificaciones o variantes, así como incongruencias entre la oferta electrónica y los antecedentes entregados a través de formularios elaborados para este proceso licitatorio; salvo que, tal como prescribe el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compres Públicas 19.886, se traten de:
A) Omisiones errores formales al momento de presentar los antecedentes: en este caso, el Hospital le podrá solicitar a el(los) oferente(s) que salve(n) dicha omisión o error, siempre y cuando dichas rectificaciones no le(s) confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores y comunicando esta situación a través del Portal, todo dentro del plazo fatal que al efecto fije el Hospital, el que en ningún caso podrá ser superior dos (2) días hábiles (exceptuando si existiesen días sábado, domingo o festivos).
B) Omisión de certificados y antecedentes que se hayan producido y obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o bien, se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para postular a la presente licitación y el periodo de evaluación: si al momento de postular los oferentes no han acompañado estos documentos, el Hospital podrá, si así lo estima, solicitar a el(los) oferente(s), vía Portal, que dentro del plazo que aquel fije, el cual podrá ser hasta un máximo de dos (2) días corridos (exceptuando si existiesen días sábado, domingo y feriados) para que acompañe estos certificados y antecedentes faltantes, e informando de estos hechos en el portal, los que se admitirán siempre y cuando estén fechados con anterioridad al cierre de las ofertas.
Asimismo, en caso de existir errores de trascripción que no alteren el valor final de la oferta, la Comisión, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones, en las mismas condiciones ya señaladas.
De producirse los casos señalados en los párrafos anteriores, y siempre que no correspondan a requisitos de admisibilidad, los oferentes serán evaluados a través del criterio de requisitos formales en su correcta presentación de la oferta según los parámetros descritos en las presentes bases.
Esto aplica para aquellos oferentes que omitan uno o alguno de los anexos, no aplicara en antecedentes que sean evaluables o provoque una situación de privilegio respecto de los demás competidores.