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Resolución de Empates |
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En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.
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ORDEN DE APLICACIÓN
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REGLA O PAUTA PARA DIRIMIR EMPATES
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Primero
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Oferta Económica
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Segundo
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Ubicación Geográfica
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Tercero
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Comportamiento Contractual Anterior
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Cuarto
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Cumplimiento de Requisitos Formales
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Quinto
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Programa de Integridad
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En el caso de que dos o más oferentes una vez efectuado el proceso de desempate, hubiesen coincidido y obtenido el mismo puntaje en los cinco criterios de desempate informados en el párrafo anterior considerando dos decimales, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas adjudicará a la primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl , de acuerdo al documento “COMPROBANTE DE INGRESO DE LA OFERTA”, el cual registra la fecha y hora de ingreso de la propuesta de cada Proveedor.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar respecto al resultado del proceso de adjudicación, consultas referidas a la misma, estas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a licitaciones@ptovaras.cl , en un plazo no superior a 3(tres) días corridos contados desde la notificación a través del portal de la resolución de adjudicación, unidad que entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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CAUSALES DE COBRO DE GARANTÍA |
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El adjudicatario será sancionado por la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas con el cobro de las garantías del proyecto según:
Fiel cumplimiento del Contrato
Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario para con sus trabajadores.
Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases y el respectivo contrato.
Correcta ejecución de la obra:
Si durante el plazo de la garantía el contratista no subsane, dentro del periodo que se indique, los defectos de construcción que presente la obra y que le son imputables, la Unidad Técnica podrá llevar a cabo la ejecución de los trabajos con CARGO a dichas garantías.
Defectos en la ejecución de la obra y que siendo informados no se hayan subsanado en los plazos estipulados en las presentes bases licitatorias.
Incumplimiento de las normas de seguridad o normas medioambientales o cualquier otra norma que signifique alguna sanción monetaria por alguna entidad o institución hacia la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas.
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Contrato |
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Una vez resuelta la adjudicación de la oferta, se comunicará a través del Portal www.mercadopublico.cl al oferente favorecido y se procederá a firmar el contrato dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde que sea puesto a disposición del adjudicado, además, deberá acompañar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo al plazo indicado en las bases administrativas de la presente licitación.
Todos los costos referentes a autorizaciones de firma ante notario y protocolizaciones, si fuese necesario, deberán correr por cuenta del contratista, tanto para el contrato original de obra como para las eventuales modificaciones o anexos de contrato si los hubiese.
Entre los aspectos más importantes del contrato se destaca:
• La modalidad del contrato corresponderá al sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos, el que será firmado en tres ejemplares del mismo tenor y data ante notario público.
• Se notificará al proveedor adjudicado, vía correo electrónico, solicitando además la gestión y obtención del documento bancario por la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la cual deberá ser presentada dentro un plazo de 10 días hábiles.
• Una vez recibida la garantía y confeccionado el contrato, se informará nuevamente al adjudicatario vía correo electrónico la necesidad de firmar dicho documento, para lo cual, no deberán pasar más de 10 días hábiles.
Si por causa imputable al proponente favorecido, el contrato no se firmare en el plazo estipulado, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas podrá adjudicar al segundo oferente que haya obtenido mayor puntaje en su evaluación o bien declarar desierta la licitación. Debiéndose aprobar todo a través del acto administrativo correspondiente.
Serán parte integrante del contrato las presentes bases de licitación, las especificaciones técnicas y sus aclaraciones, preguntas y respuestas, la oferta adjudicada y toda documentación cursada entre las partes.
El contrato correspondiente se confeccionará con los antecedentes requeridos en las presentes bases. Dicho contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de ambas partes, será redactado por el asesor jurídico de la municipalidad, debiendo ser suscrito por el adjudicatario en la fecha que se le será comunicada oportunamente.
Todos los costos referentes a autorizaciones de firma ante notario y protocolizaciones, si fuese necesario, deberán correr por costa del oferente adjudicado, tanto para el contrato original de obra como para las eventuales modificaciones o anexos de contrato si los hubiese.
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PROCEDIMIENTO |
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Los documentos de pago, deberán ingresar a la unidad técnica de la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas ubicado en San Francisco 413, de la ciudad de Puerto Varas (dirigido a la unidad técnica SECPLA).
Asimismo, cada “ESTADO DE PAGO” deberá ir acompañado de un informe técnico que detalla el cumplimiento satisfactorio de las obligaciones que impone el contrato, suscrito por el inspector técnico de la obra (I.T.O), además de los siguientes antecedentes:
● Oficio conductor dirigido a la unidad técnica.
● Informe I.T.O, donde se demuestre el cumplimiento de los requisitos establecidos en bases administrativas para dar curso al “ESTADO DE PAGO”.
● Carátula de “ESTADO DE PAGO” según formato proporcionado por la unidad técnica.
● Detalle del presupuesto(itemizado) conforme avance físico-financiero de todas las partidas que están en cobro, firmado por el contratista y el I.T.O.
● Certificado de obligaciones laborales vigente, debe indicar el nombre de la obra, que acredite que no tiene pagos pendientes por tratos o salarios insolutos, multas y pagos provisionales, en la medida que se haya cumplido un mes de funciones de los trabajadores desde el inicio de las obras, o en el caso de un estado de pago único.
● Fotografías, de las partidas más importantes que se están pagando.
El proveedor NO podrá emitir facturas previo a la revisión y aprobación por parte del mandante, y en caso que así ocurra, la Ilustre Municipalidad de Puerto Varas procederá a la reclamación de la factura respectiva según establece el procedimiento contemplado en la Ley N°19.983, debiendo, por tanto, el proveedor emitir una nueva factura una vez realizada la aprobación sin observaciones del “ESTADO DE PAGO”.
Aprobado el “ESTADO DE PAGO” por parte del mandante, el contratista podrá emitir la factura correspondiente con los siguientes datos:
Fecha Según emisión
Señor (es) Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
R.U.T. 69.220.200-7
Dirección San Francisco N°413
Giro Administración Publica
Comuna Puerto Varas
• Se deberá realizar notificación formal de factoring con la cesión de dicha factura, en caso de que corresponda (responsabilidad del contratista).
Las partidas cuya unidad de medida sea global, no podrán pagarse en forma fraccionada, y sólo se pagarán una vez que estén ejecutadas en su totalidad. Ello deberá ser considerado para realizar el flujo de caja por parte del contratista.
En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas de los estados de pago.
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MULTA |
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La aplicación de las multas estipuladas en las presentes bases administrativas, se efectuará por la unidad técnica, y se deducirán de los “ESTADO DE PAGO”, de las retenciones hechas al contratista o de la garantía, si aquellas no fueran suficientes.
El registro de las multas se deberá llevar a cabo en el Libro de Obras o informes, indicando la circunstancia que procede al cobro de la sanción, así como también a modo de respaldo se notificará mediante oficio o correo electrónico en su eventualidad.
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MULTA POR ATRASO Y/O INCUMPLIMIENTO |
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Las multas establecidas en este punto tienen por objetivo asegurar el cumplimiento de los plazos parciales y finales comprometidos para la ejecución de la obra, de acuerdo con la programación presentada y aprobada.
La multa por incumplimiento injustificado de todas o parte de sus obligaciones, en relación a la correcta ejecución del contrato, según se definió en las especificaciones técnicas y oferta adjudicada. Será diaria y procederá aplicarlas en las siguientes circunstancias, pudiendo aplicarse más de una causal en el día:
FALTA SANCIÓN DIARIA
Falta de equipos de seguridad para los trabajadores. 2 UTM
Falta del libro de obras o libro de visitas. 2 UTM
Falta del letrero indicativo de la obra, en caso de ser exigido. 2 UTM
Por la no entrega de la renovación de alguna garantía solicitada a través de las presentes bases en el caso que corresponda. 2 UTM.
Atraso o incumplimiento en la entrega de ensayos de materiales que impongan las EE.TT. o que fundadamente solicite adicionalmente el I.T.O. 2 UTM.
Incumplimiento al programa de prevención de riesgos. 2 UTM.
Por cada día de atraso en el cumplimiento de las instrucciones impartidas expresamente en el libro de obras por el I.T.O, procederá la aplicación de una multa como sanción, si la I.T.O por escrito instruye al representante del contratista en terreno, de las observaciones y el plazo fijado para subsanarlas. 2 UTM.
Si el contratista presenta un atraso superior a 3 días corridos en la entrega de sus análisis de precios unitarios (A.P.U). 2 UTM.
El I.T.O se reserva el derecho de cobrar multa en caso de falta de comunicación por parte del residente y/o del representante legal, entendiéndose tres días sin respuesta y se cobrará por cada día extra. Esta será notificada vía libro de obras y correo electrónico. 2 UTM.
En caso de que se acumulen más de 20 multas efectivamente cursadas (no importando cuáles de las anteriormente señaladas), se realizará la liquidación del contrato con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Esta multa se considera con un monto de UTM, valor que será el vigente a la fecha en que se notifique el pago de la multa.
Las multas antes indicadas, serán compatibles con cualquier otra medida que el municipio decida adoptar, tales como término anticipado del contrato, cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, interposición de acciones judiciales o administrativas, etc., según lo que determine la municipalidad.
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