Licitación ID: 3649-47-L123
ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL 2023
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Computadores de escritorio 3 Unidad
Cod: 43211507
EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL. COMPUTADOR DE ESCRITORIO CON MONITOR. ESPECIFICACIONES EN BASES TÉCNICAS.  

2
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211503
EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL. NOTEBOOK. ESPECIFICACIONES EN BASES TÉCNICAS.  

3
Servidores 1 Unidad
Cod: 43211501
EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL. SERVIDOR. ESPECIFICACIONES EN BASES TÉCNICAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO COMPUTACIONAL 2023
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Adquirir elementos computacionales de acuerdo a las necesidades anuales proyectadas para mejorar el funcionamiento tecnológico del municipio y sus funcionarios encargados
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ilustre Municipalidad de Quilleco
R.U.T.:
69.170.400-9
Dirección:
J. M. CARRERA N° 460
Comuna:
Quilleco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-10-2023 11:14:00
Fecha de Publicación: 11-10-2023 17:03:19
Fecha inicio de preguntas: 11-10-2023 17:14:00
Fecha final de preguntas: 14-10-2023 13:14:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-10-2023 13:14:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-10-2023 11:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-10-2023 11:15:00
Fecha de Adjudicación: 31-10-2023 10:46:31
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1 ANEXO 2 ANEXO 3 BASES ADMINISTRATIVAS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 4 BASES TECNICAS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 5
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO Dirigirse al punto N°13.1 de las bases administrativas 45%
2 CALIDAD Dirigirse al punto N°13.1 de las bases administrativas 35%
3 PLAZO DE ENTREGA Dirigirse al punto N°13.1 de las bases administrativas 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 5500000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones IMPUESTOS INCLUIDOS
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: WASHINGTON RIOSECO GUTIERREZ
e-mail de responsable de pago: finanzas@municipalidadquilleco.cl
Nombre de responsable de contrato: DAISY SANHUEZA FUENTES
e-mail de responsable de contrato: administradora@municipalidadquilleco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2633400-401
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Quilleco
Fecha de vencimiento: 28-12-2023
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Forma y oportunidad de restitución: DIRIGIRSE A LAS BASES ADMINISTRATIVAS
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CONSULTAS Y ACLARACIONES

Los oferentes, respecto de las materias pertinentes, sólo podrán realizar consultas a través del Foro del Portal www.mercadopublico.cl, en los plazos indicados en la ficha de la licitación. (Se ruega formular solo preguntas y no realizar comentarios de otra naturaleza)

Derivado de lo anterior y en el evento de que se soliciten aclaraciones a las ofertas. Se le dará un plazo de 24 horas para dar respuesta a lo consultado a través del portal y en el caso de no responder en dicho tiempo, la o las ofertas no serán evaluadas, quedando por tanto eliminadas por incumplimiento de lo estipulado en las bases. En este mismo punto, si por la complejidad en la elaboración de las respuestas se requiere de un mayor tiempo, se podrá conceder un plazo de hasta 24 horas más, previa petición a través del portal por parte de los oferentes que lo requieran.

Si una vez dado respuesta, surgen nuevas aclaraciones, se le solicitarán las aclaraciones correspondientes a los oferentes, otorgando un plazo para dar respuesta de hasta 24 horas y en el evento de que no se dé respuesta, la o las ofertas no serán evaluadas, quedando por tanto eliminadas por incumplimiento de lo estipulado en las bases. Así mismo, si habiendo otorgado este último plazo, aún la respuesta no es satisfactoria, el Municipio se reserva el derecho de dejar fuera de bases la o las ofertas por no satisfacer los intereses municipales.

MULTAS

17. MULTAS

Se podrá aplicar multas, entre otros, por los siguientes hechos:


  • Atraso en la entrega del producto ofertado 1 UTM por cada día de atraso.

  • Entrega de producto defectuoso o de calidad distinta a la ofertada 1 UTM, sin perjuicio de lo señalado en el número siguiente.

  • Incumplimiento en reposición del producto en mal estado para el caso respectivo 1 UTM por cada día de atraso, la empresa deberá efectuar el retiro del producto defectuoso, siendo cargo de la empresa los costos económicos asociados a traslados y despachos del retiro y el envío del nuevo producto. Sin perjuicio de la facultad de la Municipalidad para hacer efecto de la Boleta de Garantía.


Se define como tope de aplicación de multas, el 20% del monto total del contrato pactado en la presente licitación, efectuados los cálculos respectivos. Si el monto de las multas exceda el porcentaje señalado, se considerará que existe un incumplimiento grave de las obligaciones que establece el contrato.

Será labor del funcionario competente informar a la Unidad respectiva y al oferente las Multas a las cuales se encuentre afecto la empresa, aplicándose el siguiente procedimiento:

Si el funcionario competente considerara aplicar multas durante la ejecución del contrato, éstas deberán descontarse del estado de pago más inmediato una vez resuelto todos los procesos de apelación, debiendo notificar por escrito dicha situación a la Unidad respectiva y a la empresa. Este último tendrá un plazo de 3 días hábiles para responder por escrito a la Unidad Técnica, teniendo ésta un plazo de 5 días hábiles para pronunciarse. 

Si la Unidad respectiva decide no aplicar la multa, deberá expresar fundadamente sus razones en un informe técnico; en cambio, si decide aplicar la multa, los antecedentes y fundamentos, tanto de hecho como de derecho, deberán expresarse a través de un informe técnico aprobado por el Decreto Alcaldicio Exento, dando cuenta de los argumentos planteados por la empresa, así como de aquellos señalados por el funcionario competente y la Unidad respectiva.



Resolución de Empates

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "PLAZO DE ENTREGA", de persistir el empate se adjudicará al oferente con “COBRETURA PROVINCIAL” más cercana a la Comuna y por último si el empate persiste, la Comisión evaluadora de ofertas deberá sugerir fundadamente

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

13.3 FORMA NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN 

La notificación del Decreto Alcaldicio de Adjudicación se entenderá realizada en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, esto es, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad Licitante publique en el Sistema de Información el decreto respectivo. Los proponentes no adjudicados serán notificados a través del sistema de igual forma.



sobre comportamiento ético
19. SOBRE COMPORTAMIENTO ÉTICO. En todo el proceso de adquisiciones regulado por estas bases tanto los funcionarios municipales como los oferentes participantes o terceros involucrados deberán actuar manteniendo siempre un correcto comportamiento ético, respetando absolutamente los principios que rigen estos procesos, evitando incurrir en malas prácticas que pongan en duda la correcta toma de decisiones y como consecuencia de ello el buen uso de los recursos públicos. En tal sentido, se prohíbe a los funcionarios municipales aceptar, solicitar, hacerse prometer en forma directa o a través de terceros, regalos, dádivas o incentivos de parte de los oferentes o personas con ellos relacionados. Al funcionario que incurra en estas prácticas reñidas con la ética, le deberá ser investigada su responsabilidad por no respetar el principio de Probidad Administrativa. Si el funcionario que incurra en estas malas prácticas es contratado a honorarios, esta será causal para poner término a su contrato ipso facto, sin derecho a indemnizaciones de ninguna naturaleza. A su vez, se prohíbe en forma estricta a los oferentes o personas con ellos relacionados, ofrecer, prometer y entregar en forma directa o a través de terceros regalos, dádivas o incentivos a los funcionarios municipales involucrados en el proceso. El que incurra en estas prácticas, será considerado fuera de bases y los antecedentes serán enviados a la Dirección de Compras Públicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.