Se deberá privilegiar en primera instancia aquella oferta que presente mayor puntaje, de acuerdo a los factores de evaluación señalados en el punto anterior.
En caso de haber empate en el máximo puntaje total, se privilegiará los criterios de evaluación para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a) En el criterio “Oferta económica”, se seleccionará al oferente que presente mayor valor ofertado.
b) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presente el mayor puntaje en el criterio "Descentralización y desarrollo local".
c) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que en el criterio “Cantidad de trabajadores”, presente una mayor cantidad.
d) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que presenta el mayor puntaje en el criterio “comportamiento contractual”.
e) Si persiste el empate, se deberá privilegiar a aquel proveedor que en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta”, tenga el máximo puntaje.
f) Finalmente, Si persiste el empate, se deberá privilegiar aquella oferta que haya sido ingresada primero al portal de Mercado Publico.