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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CONSIDERACIONES GENERALES |
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1° Que, Fundación Integra, es una institución educativa de derecho privado sin fines de lucro, que ofrece educación parvularia pública, gratuita y de calidad, situando en el centro de su gestión institucional a las niñas y niños como sujetos de derechos y ciudadanos activos de la sociedad, para contribuir a una sociedad más inclusiva, justa y democrática.
2° Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N°19.886, a Fundación Integra le resultan aplicables las normas y principios establecidos en la Ley de Compras Públicas y su reglamento, en los contratos que esta Fundación celebre a título oneroso, para el suministro de bienes muebles, y de los servicios que se requieran y de las obras que deba ejecutar para el desarrollo de sus funciones.
3° Que, con el propósito de simplificar y hacer más expedita la tramitación de los procesos de adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras de Fundación Integra se elaboraron las Bases Administrativas Generales (BAG), como un instrumento de alcance general.
4° Que, para complementar las Bases Administrativas Generales (BAG), se ha estimado pertinente contar con Bases Administrativas Especiales (BAE) para la Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios y Ejecución de Obras a través de Licitación Pública o Privada de Fundación Integra, las cuales deben ser ajustadas según las características de cada requerimiento.
5° Que, bajo este marco normativo, Fundación Integra requiere contratar el “Servicio Integral para control de plagas para jardines infantiles, salas cuna y oficina regional de Fundación Integra, región metropolitana Norponiente”.
6° Que, los servicios que se requiere adquirir se encuentran identificados en el Plan Anual de Compras de Fundación Integra, en los términos dispuestos en el artículo 27 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
7° Que, esta contratación, con las especificaciones técnicas requeridas, no se encuentra en el catálogo electrónico de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, lo que se encuentra verificado por la unidad requirente, siendo necesario, para efectos de la contratación de estos servicios, someter dicha contratación a Licitación Pública, de conformidad al artículo 29° del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
8° Que, existe disponibilidad de recursos en el presupuesto de Fundación Integra para efectuar la contratación señalada precedentemente, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria Nº 07 de fecha 15-12-2025, suscrito y autorizado por Juan Pablo Toro.
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