Licitación ID: 4371-13-LE26
SERVICIOS PROFESIONALES PLAN MUNICIPAL DE CULTURA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE
Fecha de Cierre: 01-04-2026 11:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 39
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Contratación de equipo profesional para ejecutar el servicio de elaboración del Plan Municipal de Cultura de San Vicente de Tagua Tagua 2026-2029  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS PROFESIONALES PLAN MUNICIPAL DE CULTURA
Estado:
Publicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto contratar a un equipo profesional para ejecutar el servicio de elaboración del Plan Municipal de Cultura de San Vicente de Tagua Tagua 2026-2029, conforme a las exigencias contenidas en las Bases Técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagu
R.U.T.:
69.081.000-k
Dirección:
Tagua Tagua 222
Comuna:
San Vicente de Tagua Tagua
Región en que se genera la licitación:
Región del Libertador General Bernardo O´Higgins
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-04-2026 11:00:00
Fecha de Publicación: 23-03-2026 11:59:14
Fecha inicio de preguntas: 23-03-2026 12:30:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-03-2026 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-04-2026 11:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-04-2026 11:01:00
Fecha de Adjudicación: 08-04-2026 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMATO 1 IDENTIFICACION PROPONENTE
2.- FORMATO 2 DECLARA ACEPTACION BS
3.- FORMATO 3 DECLARACION INHABILIDADES
Documentos Técnicos
1.- FORMATO 4 DECLARA EXPERIENCIA
 
2.- FORMATO 5 EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO
 
3.- FORMATO 6 PROPUESTA TÉCNICA
 
4.- FORMATO 7 PROGRAMA INTEGRIDAD
 
Documentos Económicos
1.- FORMATO 8 OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PROGRAMA INTEGRIDAD Conforme al Dictamen E37075N23 del Órgano Superior de Control y Artículo 17 del Reglamento de Compras, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formato N° 7. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. 5%
2 Experiencia de los Oferentes Este criterio evaluará Certificados que acrediten experiencia de servicios tales como planes municipales de cultura, realización de procesos participativos y/o gestión cultural y que cumplan con la modalidad descrita para estos encuentros, otros de similares características de procesos de participación ciudadana o prestación de servicios que incentiven la participación local de las comunas (PLADECOS, PLADETUR, etc.) (no órdenes de compra, facturas ni contratos, ya que estos no demuestran la recepción y conformidad del servicio contratado). Se acredita solamente con Certificaciones emitidas por el servicio público pertinente y municipio, donde deberá detallar Nombre del Plan, Mandante, Teléfono, fecha de inicio, fecha de término, monto. Si la oferta la constituyen dos empresas por Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar dicho certificado la persona que postuló a la licitación Así entonces, la experiencia deberá acreditarse mediante uno o más de los siguientes documentos válidos: A) Certificados de experiencia emitidos por mandantes públicos; o B) Certificados de conformidad técnica o actas de recepción conforme emitidas por la Unidad Técnica o Inspector Técnico del Contrato correspondiente. Solo se considerarán para efectos de evaluación aquellos servicios ejecutados o productos entregados y recepcionados conforme, debidamente acreditados, y relacionados directamente con el objeto de la presente licitación. No se aceptarán compromisos futuros, cartas de intención ni contratos sin ejecución acreditada. 20%
3 Precio El oferente con el precio más bajo recibirá la calificación máxima de 45 puntos. A los demás se les asignará una puntuación proporcionalmente decreciente, calculada mediante una regla de tres simples. 45%
4 PLAN DE TRABAJO Y CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN Se evaluará el plan de trabajo y cronograma de ejecución presentado por el oferente en el Formato N°6, en función de su claridad, nivel de detalle, coherencia con las etapas del servicio, hitos, productos y plazos establecidos en las Bases Técnicas. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 214-05-99-033-001-000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Javiera Pacheco
e-mail de responsable de pago: javiera.pacheco@msanvicente.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de que, en la tabla comparativa del Acta de Apertura y Evaluación, resultasen 2 o más oferentes con el mismo puntaje final, se pasará a adjudicar de la siguiente manera:

El 1° Punto para desempate será la OFERTA ECONÓMICA, quien obtenga puntaje mayor, ganará, si hay igualdad se pasa al siguiente criterio.  

El 2° Punto para desempate será la PROPUESTA TÉCNICA, quien obtenga puntaje mayor, ganará, si hay igualdad se pasa al siguiente criterio. 

El 3° Punto para desempate será la EXPERIENCIA, quien obtenga puntaje mayor, ganará.

Si persiste el empate tras aplicar los criterios (Precio → Propuesta técnica → Experiencia), se adjudicará a la oferta ingresada primero en la plataforma. Si el empate también es temporal, se resolverá por sorteo público registrado en acta.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Propuesta, deberán ser realizadas a través de la instancia prevista para estos efectos en la página www.mercadopublico.cl y dentro de los plazos estipulados para ello.

 En relación a las respuestas, serán informadas a través del mismo portal Mercado Público en día y hora señalados en Ficha Electrónica.  

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

En virtud de lo establecido en el artículo 4º de la Ley N°19.886, una vez adjudicada la licitación se verificarán los antecedentes laborales del adjudicatario mediante un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales expedido por la Dirección del Trabajo.

De contar con saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, con trabajadores contratados en los últimos dos años o con trabajadores subcontratados, los primeros estados de pago serán destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista, o subcontratista en caso que lo hubiere, acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El contratista deberá proceder a dichos pagos, debiendo presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones, por parte del contratista o subcontratista, dará derecho a poner término anticipado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá – siempre que se trate de documentos NO ESENCIALES - ejercer la facultad contemplada en el artículo 56 del Decreto Reglamento de la Ley de Compras, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, los oferentes tendrán un plazo de 48 horas para dar respuesta a las solicitudes de la Municipalidad.

Por su parte, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones inmutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

Pacto de integridad

La presentación de una oferta implica, para quien la formule, la aceptación del presente

pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas sus estipulaciones, que se indican

a continuación, tanto durante el proceso licitatorio como durante la contratación:

  • El oferente respetará los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República, en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, respetará los derechos humanos, evitando toda acción u omisión que dé lugar o contribuya a generar efectos adversos a ellos y subsanará tales efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  • El oferente no ofrecerá, no concederá, ni intentará ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno relacionado con su oferta, con el proceso de licitación pública o con la ejecución del contrato que eventualmente derive de ella, tampoco las ofrecerá o concederá a terceros que pudiesen influir directa o indirectamente en tales procesos.

  • El oferente no llegará ni intentará llegar a acuerdos, tampoco realizará negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar, de cualquier forma, la libre competencia, especialmente, aquellos de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

  • El oferente revisará y verificará la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de toda la información y documentación que presente para efectos del presente proceso licitatorio.

  • El oferente ajustará su actuar y cumplirá con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  • El oferente adoptará las medidas que sean necesarias para que las estipulaciones señaladas sean cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes, subcontratistas, y, en general, por cualquier persona con quien se relacione, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, siendo responsable de las consecuencias de su infracción por parte de éstas. Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  • ·

La contravención de alguna de las estipulaciones señaladas en este punto se considerará

como un incumplimiento grave de la contratación, “para efectos del término anticipado del contrato establecido en estas bases.

FACTORING
Que, la ley N°19.983 reconoce la validez de la cesión de facturas a terceros, como es el caso de empresas de factoring, permitiendo así que los proveedores puedan ceder sus derechos de cobro como mecanismo de financiamiento. Sin embargo, esta cesión de crédito no equivale ni habilita el pago inmediato de la factura por parte del órgano público, así, conforme al principio de legalidad del gasto público, establecido en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República, y en la Ley N°18.695, toda erogación de fondos públicos debe estar precedida, a lo menos, por: (1) un acto administrativo válido; (2) la existencia de una contraprestación real, verificada y conforme, y, (3) el cumplimiento de los procedimientos internos de control. Por tanto, aun cuando una factura haya sido cedida por el proveedor a una empresa de factoring, la Municipalidad sólo puede pagarla una vez que se haya cumplido con la revisión, aceptación técnica, respaldo presupuestario y recepción conforme de los servicios o la correcta ejecución de las obras, según sea el caso. De acuerdo con el artículo 4° de la Ley N° 19.983, la cesión de una factura debe ser notificada al deudor (en este caso, la Municipalidad) para que tenga efectos respecto de él. La Oficina de Partes actúa como órgano receptor oficial de toda correspondencia externa, según el principio de coordinación administrativa contenido en el artículo 5° de la Ley N° 18.575 (Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado). Que para los fines únicamente de la factorización y actuaciones relacionadas se utiliza como medio válido el correo oficina.partes@msanvicente.cl. Una vez recepcionada la notificación, esta debe ser remitida a la Unidad de Finanzas, encargada de la gestión de pagos, control presupuestario y cumplimiento de obligaciones financieras. Esta acción se fundamenta en el principio de eficiencia administrativa (art. 3° Ley N° 18.575) y en el rol funcional de Finanzas según el artículo 21 letra d) de la Ley N° 18.695 (Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades). Para ello, se dispone el correo electrónico sanvifinan@msanvicente.cl. Que, por su parte, la Dirección de Administración y Finanzas debe verificar que la cesión cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 4° y 5° de la Ley N° 19.983, tales como: la notificación dentro de plazo; que se trate de factura cedible, y los datos del cesionario. Sin perjuicio de ello el Municipio reserva el derecho de solicitar los respaldos de la prestación de servicios o de verificación de partidas ejecutadas, tanto al proveedor como a quien haya cedido dicha factura, por tanto, para efectos del presente instrumento no basta con la mera cesión del crédito ni con el cumplimiento del plazo del cobro ejecutivo de 8 días si lo anterior no se cumple en tiempo y forma y reserva su derecho a repetición así como las demás acciones civiles que en Derecho correspondan. Finalmente, cumplidos todos los requisitos legales y administrativos, corresponde a la Municipalidad autorizar el pago al cesionario, quien se subroga en los derechos del proveedor para todos los efectos legales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.