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REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES |
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Podrán participar en esta oferta pública personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá que estas otorguen mandato con poder suficiente, a una persona natural o jurídica chilena, o que constituyan una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera, de acuerdo a lo establecido en el art. 4° inc. 4º de la ley Nº19.886, con la cual se celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución del mismo.
Por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la ley Nº19.886, no podrán participar en esta licitación:
a) quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código penal.
b) los funcionarios directivos del Hospital Dr. Sotero del Rio, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
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VISITA A TERRENO |
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En función de los requerimientos especiales de instalación del equipo a adquirir, y requerimientos de la sala, se efectuará una visita a terreno de carácter obligatorio, conforme a lo indicado en el calendario de licitación publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, el punto de llegada será en la unidad de equipos médicos del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, ubicado en Av. Concha y Toro Nº 3459, Puente Alto, la que será coordinada por el Jefe de la Unidad de Equipos Médicos del CASR o quien el designe.
El objetivo de la visita es evaluar las condiciones de la infraestructura e instalaciones, e identificar el estado de los requerimientos de pre-instalación para una correcta instalación del equipo, teniendo en consideración las normativas vigentes, guías, o aplicables, necesarias para una correcta operación de este.
Los oferentes no podrán argumentar desconocimiento del terreno, planta física e instalaciones en sus ofertas finales. En caso de existir dudas desde el aspecto técnico u otro, deberán consultarse mediante el Sistema de Información dentro del plazo dispuesto para ello, según lo indicado en el calendario de licitación publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Los participantes deberán realizar una visita a terreno la cual se avisará mediante el Portal, de lunes a viernes en horario estipulado. Esta visita es obligatoria, y será causal de exclusión si no se participa.
Los participantes que concurran a la visita deberán registrarse en el acta que a tal efecto se levante. Deberá registrar la identificación del oferente con su nombre empresa, RUT y teléfono contacto, junto con el nombre y firma de la persona que asiste a la visita en su representación. Pasado diez minutos de la hora estipulada para la visita a terreno se cerrará el acta y no se aceptarán más oferentes.
Debido a la pandemia por Coronavirus (Covid-19), será responsabilidad de cada Oferente que asista a dicha visita con uso de elementos de protección personal.
FECHA DE VISITA EN TERRENO
Dia xxxx xx/08/2023 a las 10 hrs, en la unidad de equipos médicos del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, ubicado en Av. Concha y Toro Nº 3459, Puente Alto, la visita será coordinada por el Jefe de la Unidad de Equipos Médicos del CASR, Sr. Luis Mella o Edison Oliva o quien se designe.
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EVALUACION Y CALIFICACION DE LAS OFERTAS |
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Comisión de Evaluación
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por:
a) Jefe departamento de Finanzas, Sr. Ramon Varas
b) Jefe(a) Departamento Abastecimiento, Sra. Carolina Quinteros
c) Jefe Departamento Ingeniería Sr. Nicolas Pérez Toloza.
d) Jefe unidad de Otorrino, Dr. Cesar Toro
e) Jefe de la Unidad de mantenimiento, Sr. Ivan Navarrete
f) Jefe Unidad de compra, Sr. Cristian Lazo
g) Supervisor de Compras equipamiento y accesorios, Malvina Cofre
O subrogantes de los anteriores.
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CRITERIO DE EVALUACION |
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Solo podrán ser adjudicadas las ofertas evaluadas que cumplan con al menos lo indicado como “obligatorio” en cada uno de los criterios de evaluación, considerándose una escala de 0 a 100 puntos, en donde 0 puntos es el mínimo puntaje a obtener y 100 puntos es el máximo puntaje a obtener. Para cada criterio a evaluar y el final, el puntaje será ponderado de la forma indicada en la tabla N°1, y será considerando hasta 2 decimales.
Tabla Nº1: Criterios de Evaluación
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Criterios de Evaluación
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Puntaje
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Ponderación
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1) Oferta técnica de los bienes (Unidad Técnica)
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0 - 100
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25%
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2) Experiencia del oferente (Unidad Técnica)
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0 - 100
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10%
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3) Oferta económica
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0 - 100
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45%
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5) Plazo Total de entrega
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0 - 100
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20%
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Sumatoria del Puntaje Ponderado en cada Criterio de Evaluación (Puntaje Final)
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0 - 100
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100%
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EVALUACION FINAL |
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La Evaluación Final para el equipo se realizará de acuerdo al siguiente cuadro de ponderación, considerando las calificaciones obtenidas en las evaluaciones anteriores:
Puntaje Final = Oferta Técnica + Experiencia del Oferente + Oferta Económica + Plazo Total de entrega.
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DEL CONTRATO |
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Los derechos y obligaciones entre el CASR y el oferente adjudicado se formalizarán mediante la suscripción del contrato respectivo, el cual tiene como objetivo estipular la individualización de los bienes objeto de esta licitación, plazos de entrega, instalación, capacitación, y puesta en marcha de éstos, montos y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso.
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe. El oferente adjudicado se entenderá notificado a partir de la adjudicación efectuada en el Portal de Mercado Público.
La vigencia de contrato será determinada por la garantía técnica ofertada por el proponente adjudicado para los bienes objeto de esta licitación. Sin perjuicio a lo anterior la vigencia no podrá ser inferior a 24 meses, en conformidad a lo estipulado en el artículo Nº 13, letra b), punto 2.1. Los meses indicados en el párrafo anterior deben ser contabilizados desde la recepción de los equipos, además de incluir el periodo de tiempo entre que se firma el contrato y hasta que se realice la recepción de los bienes.
El contrato deberá suscribirse entre las partes en un plazo de 10 días hábiles a partir del envío del documento por parte del CASR.
Previo a la firma del contrato el Proveedor adjudicatario deberá:
a) Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores, en estado “Hábil”. En caso que el adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, cada Proveedor de la Unión Temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, y estar en estado “Hábil”.
b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases.
c) Presentar Declaración Jurada que a su respecto no se aplica ninguna prohibición descrita en el artículo Nº 10 de la Ley 20.393, esto es Prohibición de celebrar actos y contratos con organismos de Estado, si corresponde.
Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado o si no cumple con alguno de los requisitos establecidos en el párrafo anterior, se entenderá ipso facto que aquél no acepta la adjudicación. En tal evento el CASR procederá a dejar sin efecto la respectiva adjudicación debiendo, además, ordenar hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta en los casos en que ello sea procedente y declarar desierta la licitación, desestimada(s) la(s) oferta(s) o bien adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de Evaluación, en conformidad al Acta de Evaluación respectiva. En este último caso, el nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo anterior dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
Posterior a la suscripción del contrato, el CASR emitirá la respectiva orden de compra la cual debe ser aceptada por el Proveedor adjudicado
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DE LAS MULTAS Y PROCEDIMIENTO DE COBRO |
El Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río define a los Bienes Licitados para tales efectos como importante para el cumplimiento de los objetivos sanitarios del CASR, la prestación deficiente de las obligaciones del Proveedor, afecta directamente al cumplimiento de las metas comprometidas en esta materia. Por esto se disponen de multas valorizadas en UTM (Unidades Tributarias Mensuales), según sea la importancia de la falta incurrida por la empresa y sin perjuicio a que se haga efectiva parcial o totalmente la garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y/o el término anticipado del contrato.
Para el Contrato de Adquisición de los Bienes, el CASR multará al adjudicatario en los siguientes casos:
a) Atraso en la Provisión de los bienes u obligaciones objeto de esta licitación: El no cumplimiento de la fecha indicada al plazo establecido para la entrega de los bienes en cuestión se le aplicará una multa de 2 UTM, por cada día de atraso posterior al plazo comprometido en la oferta, con un máximo de 15 días de atraso, posterior a este plazo el Complejo podrá dar termino anticipado al contrato y hacer efectivo el documento por fiel cumplimiento.
b) Entrega de bienes distintos o incompletos a los ofertados. Lo anterior se multará con 3 UTM por evento.
c) Entrega de los bienes sin efectuar la debida coordinación, y no de la forma establecida en el artículo 38° de las presentes Bases de Licitación. Lo anterior se multará con 1 UTM por evento.
d) Incumplimiento de las condiciones de Postventa ofertadas. Lo anterior se multará con 3 UTM por evento.
e) Todo otro incumplimiento al contrato, que no esté contemplado en los puntos anteriores, tendrá una multa de 3 UTM, por evento.
1.- Procedimiento para la aplicación de las multas y Término Anticipado del Contrato.
La Contraparte Técnica o Referente Técnico de los Bienes a adquirir, al detectar un incumplimiento, individualizado en las presentes bases, deberá comunicar dicho incumplimiento, generando para tal efecto un informe respectivo, el cual será notificado al Proveedor. Esta notificación se realizará al encargado del proyecto y/o representante legal, a través del correo electrónico registrado en el Anexo N°1 de las presentes bases.
Se establecerá un plazo de 10 días corridos a contar del momento de recibida la notificación, el adjudicatario podrá efectuar sus descargos, al correo, gestióndemultasCASR@ssmso.cl, acompañado todos los antecedentes que estime pertinentes. desde esta notificación, para que el Proveedor pueda realizar sus descargos al respecto. Transcurrido este plazo, la Contraparte Técnica, o Referente Técnico, emitirá un informe final, el cual contendrá los descargos del Proveedor, en caso que los hubiere, y las proposiciones de multa a aplicar en caso que se ameriten a su juicio, al DIRECTOR del CASR, quien resolverá el rechazo, aceptación o modificación de la multa propuesta. En caso de aplicar la Multa, esta se formalizará, por medio de resolución fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras Públicas para su notificación.
Sin perjuicio a lo anterior, el Proveedor podrá reponer por escrito de la aplicación de una multa dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes de ser informada de ella. Esta reposición será dirigida al Director del CASR, quien tendrá un plazo no superior a 30 días para resolverlo.
Las multas aprobadas por el CASR, estarán expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, conforme al valor de dicha unidad del mes en que se aplique la respectiva multa.
Los montos asociados a los casos de multa señalados en las letras citadas serán acumulados para ser cobrados, descontando su valor del estado de pago en primera instancia, es decir, el Proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera.
En segunda instancia, en los casos en que no pueda ser descontado de la factura por estar ella pagada, los montos asociados al caso de multa señalado en las letras citadas, serán acumulados, y previa notificación al Proveedor, se acordará un medio y plazo de pago (de preferencia Vale Vista o Transferencia Electrónica a nombre de Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río, RUT 61.608.502-6), dentro de los 10 días hábiles de dicha notificación.
De no haber acuerdo, el monto a cobrar, será descontado de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, establecida en el Artículo 21° de las presentes bases. En caso de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, producto de la situación anteriormente descrita, el Proveedor deberá reponer la garantía por la totalidad del monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato en caso en que no se produzca la restitución de la garantía.
Con todo, las multas que se cobren, no podrán sobrepasar el 30% del valor total bruto, impuestos incluidos, del contrato a suscribir.
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“El monto de las multas será ingresado directamente en Tesorería del CASR presentando la “Resolución de Multa”. Una vez pagada dicha multa, el adjudicatario debe presentar el comprobante de caja en la Unidad Técnica encargada del contrato, esto de conformidad a la implementación de pago centralizado (DIPRES/Sistema acepta)”.
El no pago de la multa, obliga al CASR para proceder a la ejecución de la Garantía por Fiel y oportuno Cumplimiento.
No obstante, al cobro y posterior pago de la multa, el proveedor está obligado a subsanar la causal que originó la penalización.
Es importante señalar que, el proveedor podrá recurrir a cualquiera de los recursos contemplados en la Ley 19.880, para efectos del cobro de la multa.
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CAPACITACION |
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Una vez instalados los equipos, el Proveedor debe efectuar 2 tipos de capacitaciones: una para los usuarios y otra para el personal técnico del establecimiento, en caso de corresponder. Es obligación del proveedor capacitar a la totalidad del personal que corresponda, lo cual será informado al momento de la recepción de los equipos.
El programa de capacitación debe considerar como mínimo:
- Descripción del Plan de capacitación del usuario final del equipo, que incluya la capacitación de todos los usuarios del equipo, y que indique el detalle de actividades, tiempo requerido para cada jornada, metodología y contenidos (funcionalidades, cuidado de los equipos, precauciones de uso, fallas más comunes de los equipos, entre otros).
- Las capacitaciones deben incluir folletos de ayuda, deben ser realizadas en terreno.
- Posterior a la capacitación se deberá entregar el listado de participantes (con la firma de cada uno).
Se notificará fecha de realización del plan de capacitación a través del Supervisor General del Contrato de los equipos desde esa fecha correrán sus plazos ofertados.
Si por razones que no sean imputables al contratista, debidamente acreditadas por el Contraparte Técnica del proceso de adquisición de los equipos, éstas no puedan realizarse en el plazo antes señalado, se dejará constancia por escrito de ello, y dicho retardo no implicará la aplicación de multas. En el mismo documento se fijará un nuevo plazo para la ejecución de las mismas, el que se regirá por las normas generales establecidas en las presentes bases respecto a la materia.
Es obligación del proveedor, a su entero costo y cargo, ejecutar el programa de capacitación para cada equipo.
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