Licitación ID: 1499-58-B226
Servicio de Administración para Derecho de Sala Cuna para sus Funcionarias
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DEL TORAX
Fecha de Cierre: 02-04-2026 18:18:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 37
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Jardines infantiles o salas cunas 1 Global
Cod: 91111901
Servicio de Administración para Derecho de Sala Cuna para sus Funcionarias de acuerdo con las Bases adjuntas por un período de 36 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Administración para Derecho de Sala Cuna para sus Funcionarias
Estado:
Publicada
Descripción:
El Instituto Nacional del Tórax, indistintamente “el Instituto”, requiere el Servicio de Administración para Derecho de Sala Cuna para sus Funcionarias, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas y técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Privada-Licitación Privada igual o superior a 1000 UTM e inferior a 5000 UTM (B2).
Tipo de convocatoria:
CERRADO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
INSTITUTO NACIONAL DEL TORAX
R.U.T.:
61.608.402-k
Dirección:
José Manuel Infante 717
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-04-2026 18:18:00
Fecha de Publicación: 13-03-2026 13:11:20
Fecha inicio de preguntas: 13-03-2026 16:23:00
Fecha final de preguntas: 23-03-2026 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-03-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2026 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2026 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 11-05-2026 15:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA El Instituto Nacional del Tórax, indistintamente “el Instituto”, requiere el Servicio de Administración para Derecho de Sala Cuna para sus Funcionarias, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas y técnicas y sus anexos. Las propuestas deberán tener una validez de 90 (noventa) días corridos a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, costos de garantía y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Este llamado se hace a través del portal www.mercadopublico.cl. El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por decreto supremo Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes Bases, sus anexos, las preguntas, respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente. 2. PARTICIPANTES Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o agencias extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos. Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. “El Instituto” no suscribirá contrato con sus funcionarios ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo N°54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones. Para estos efectos, se entiende por funcionarios toda persona que tenga vínculo contractual laboral con el hospital, cualquiera sea la naturaleza de la contratación, cargo o grado. Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años. Tratándose de personas jurídicas, no podrán ser contratadas aquellas que se encuentren cumpliendo pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad a la Ley N°20.393, que establece responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Al momento de la suscripción del contrato, resultado de la propuesta, el oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado de Inscripción. El Hospital no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. La información y todo antecedente de carácter personal o sensible que los participantes obtengan con motivo de esta licitación y su posterior ejecución tiene carácter de estrictamente confidencial o privado, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia; reservándose el Instituto, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 3. Evaluación de ofertas simultaneas y ofertas riesgosas o temerarias. 3.1 Ofertas simultáneas de empresas relacionadas Cuando se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, el Instituto Nacional del Tórax considerará, para efectos de evaluación, únicamente la oferta más conveniente presentada por dicho grupo o empresas relacionadas, declarando inadmisibles las demás. Se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenecen al mismo grupo empresarial cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Una sociedad y su controlador. b. Todas las sociedades que tienen un controlador común, y dicho controlador. Para estos efectos, se considerará como controlador a toda persona natural o jurídica, o grupo de personas con acuerdo de actuación conjunta, que participe en la propiedad de una sociedad y tenga poder para realizar alguna de las actuaciones señaladas en los numerales 1 y 2 del artículo 9 de la Ley N.º 19.886. Asimismo, se entenderá que dos o más oferentes son empresas o personas relacionadas en los siguientes casos: i. Entidades que pertenecen a un mismo grupo empresarial, cualquiera sea su calidad o estructura jurídica. ii. Personas jurídicas que tengan la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, conforme a la Ley N.º 18.046 sobre sociedades anónimas. iii. Una sociedad y sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores, así como sus cónyuges, convivientes civiles o parientes hasta segundo grado de consanguinidad. iv. Una sociedad y toda persona que, por sí sola o con otras con las que tenga acuerdo de actuación conjunta, pueda designar al menos un miembro de su administración o controle un 10% o más del capital o del capital con derecho a voto. v. El cónyuge, conviviente civil y los parientes, ascendientes o descendientes, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. vi. Empresas que tengan la misma persona beneficiaria final, conforme al artículo 16 de la Ley N.º 19.886. vii. La oferta más ventajosa entre las relacionadas será aquella de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del Reglamento N.º 661. 3.2 Ofertas simultáneas de empresas relacionadas Se considerarán como ofertas riesgosas o temerarias aquellas propuestas cuyo precio: i. Sea inferior al 50% del precio de la oferta que le sigue en competencia (cuando existan solo dos ofertas), o ii. Sea inferior al 50% del promedio de las demás ofertas en evaluación, o de los precios de mercado obtenidos en el proceso de RFI, y que no justifiquen documentadamente en sus especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Estas ofertas serán evaluadas conforme a los siguientes criterios: iii. La justificación será considerada insuficiente si está incompleta, basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o si el precio ofertado compromete el cumplimiento del contrato. iv. Las ofertas serán declaradas inadmisibles si el precio resulta de prácticas que infringen normativas sociales, laborales, medioambientales o vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad de una oferta temeraria o riesgosa, la Entidad deberá realizar el siguiente procedimiento: v. La Comisión Evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, que el proveedor acompañe en un plazo de tres (3) días hábiles los antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o parámetros utilizados en la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros, innovaciones técnicas, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. vi. La Comisión Evaluadora analizará los antecedentes y deberá emitir, en un plazo de cinco (5) días hábiles, un informe técnico junto a la propuesta de adjudicación, indicando si recomienda adjudicar la oferta o declararla inadmisible. En caso de adjudicación de una oferta considerada riesgosa, la Entidad licitante deberá exigir al proveedor el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme a los siguientes criterios: vii. Si existe otra oferta en competencia, el aumento será equivalente al 5% neto de la diferencia entre el precio ofertado por el proveedor adjudicado y el precio de la oferta siguiente en la evaluación económica. viii. Si no existe otra oferta, se aplicará un aumento del 2% adicional sobre el porcentaje de garantía originalmente exigido. 4. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICA - ECONÓMICA Y DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS
Documentos Técnicos
1.- Propuesta técnica 1. Documentos que acrediten la experiencia del oferente en Servicios de administración de Salas Cunas (formulario anexo técnico. No se considerarán datos incompletos para la evaluación. 2. Cartera de Salas Cunas en convenio que contempla la oferta, dentro de la comuna de providencia, con el detalle de los montos en cuanto a: mensualidad (Jornada Completa), y de matrícula. 3. Todos los cargos e impuestos deben estar incluidos en los montos. El listado y precios debe ser concordante con la información solicitada en el anexo tecnico. Se deben completar todos los campos anteriormente referidos, de lo contrario no será considerado en la evaluación. 4. Documentos que acrediten la calidad de los servicios ofrecidos por cada sala cuna, a través del Código de Empadronamiento JUNJI, Autorización de Funcionamiento o Reconocimiento Oficial del Estado todo en conformidad con la normativa vigente. Este requisito es de carácter obligatorio, de no presentar antecedentes, la oferta será declarada inadmisible. Revisar Bases técnicas
 
Documentos Económicos
1.- Propuesta económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl y deberá ser expresado en pesos chilenos. Además, el proponente deberá completar el Anexo Económico (Oferta Económica) y adjuntarlo como archivo electrónico en el portal indicado, donde debe indicar lo siguiente: - % de comisión ofertado - Valor horario Jornada completa de Lunes a viernes - Valor Horario Jornada extendida Lunes a viernes - Valor media jornada (mañana - tarde) - Valor jornada 24 horas - Valor jornada fin de semana De existir diferencias entre los valores indicados por el oferente, se tendrá como válido el valor ingresado en el Anexo económico “Oferta económica”. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos previamente establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente de compras públicas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Administrativo Revisar Bases. 5%
2 Económico revisar Bases 60%
3 Técnico revisar Bases. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Maximiliano Acevedo
e-mail de responsable de pago: macevedo@torax.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto Nacional del Tórax
Fecha de vencimiento: 25-09-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato ID 1499-58-B226 para el Instituto Nacional del Tórax Licitación.
Forma y oportunidad de restitución: Devolución en el caso de soporte de papel: La Garantía por Fiel Cumplimiento podrá retirarse por el adjudicatario en la Unidad de Finanzas del Instituto Nacional del Tórax al vencimiento, siempre que no existan observaciones pendientes. El horario será de lunes a viernes entre las 08:00 y las 16:00 horas. Para el retiro deberá presentarse un poder simple timbrado por la empresa y una fotocopia de la cédula de identidad del representante autorizado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

  1. Criterios de Desempate

En el caso de producirse igualdad en el puntaje final prevalecerá el mayor puntaje obtenido en el Criterio económico. De mantenerse la igualdad, prevalecerá el puntaje obtenido en el Criterio de experiencia. Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Todas las consultas que se generen una vez adjudicada la licitación deberán ser formuladas a través del portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas serán publicadas por el mismo medio

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.