Durante la etapa de evaluación, la Dirección de Vialidad según lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de Compras Públicas, podrá solicitar a los oferentes a través del Portal:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. NO se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad Licitante y que se soliciten y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectaría el principio de igualdad y no discriminación de los oferentes.
Para la rectificación de los errores u omisiones detectados por parte de los proveedores, se otorgará un plazo fatal de 48 horas, contados desde el requerimiento por parte de la Entidad Licitante a través del Sistema de información. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación, recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Referente a lo expuesto en el párrafo anterior, se hace presente que esto NO incluye la presentación de los Anexos Nº2 (oferta económica) y N° 3 (oferta técnica); los cuales por ser de carácter esencial, si no son presentados antes del cierre de recepción de ofertas de la licitación, implicará que la oferta será declarada inadmisible por resolución fundada totalmente tramitada, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases.