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a. incremento de la probabilidad de éxito de establecimiento y sobrevivencia de las plantas nativas |
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Por razones estrictamente de carácter técnico, relativas a incrementar la probabilidad de éxito de establecimiento y sobrevivencia de las plantas nativas, se necesita adquirir plantas cuyas semillas sean procedentes de las distintas localidades de la región de Valparaíso y viverizadas en viveros de la Región de Valparaíso, como también de las localidades de las regiones de Coquimbo, para lograr “migración asistida”, y del secano interior y precordillera de las regiones de la zona mediterránea central de Chile, específicamente de las regiones Metropolitana y O’Higgins.
No se contempla adquirir plantas nativas cuyas semillas procedan de localidades de otras regiones. Se rechazarán en el acto de apertura, todas aquellas ofertas que no sean producidas en los viveros y sus procedencias sea de las regiones señaladas.
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b. Atributos de las plantas ofertadas |
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Tabla 2: Atributos y requisitos que deben cumplir las plantas para ser ofertadas en la licitación.
Atributos de las plantas Requisitos técnicos
1. Estado sanitario - Sanas y vigorosas
- Hojas verdes, sin presencia ni manchas de hongos u otra evidencia de síntomas de enfermedad o deficiencias nutricionales.
2. Contenedor - Bolsa con un mínimo de 15 o más cm de longitud, acorde al tamaño de la planta y que permita una adecuada relación tallo/raíz.
3. Sustrato - Esponjoso, con una adecuada proporción de materiales finos y gruesos y con buen aporte de materia orgánica.
4. Sistema radicular
- Fibroso y bien propagado en el sustrato.
- Raíces activas (blancas), abundantes raicillas secundarias, raíz principal sin deformaciones y acorde al tamaño de la planta.
- El pan radicular debe ser lo suficientemente firme, de manera tal que no se disgregue al extraer la planta de la maceta.
5. Tallo
- Sin daño, ni doble fecha.
- Con inicio de lignificación evidente.
- Diámetro de cuello de plantas según rango de altura: 20-40 cm (DAC) 3 -5 mm; 70-100 cm (DAC) 8-15 mm.
- No se aceptarán plantas con poda apical.
Las plantas deben cumplir con los requisitos expuestos para los 5 atributos indicados, por lo que se efectuará en los viveros oferentes, un muestreo simple, el que consistirá en seleccionar por parte de equipos de profesionales técnicos de CONAF, una parte de las plantas ofrecidas (1% al 5%), de acuerdo a la siguiente tabla:
Muestreo Técnico de Calidad de Plantas Nativas en términos de cumplimiento de Atributos y Requisitos Técnicos
Tamaño LINEA o LOTE plantas requerido Rango de % de muestreo recomendado Rango N° de plantas recomendado
7.000-11.400 2,0 140 - 228
2400-3.200 4,0 96 - 128
500-1600 5,0 25 - 80
A las plantas viverizadas en los viveros oferentes se les aplicará la pauta de los atributos y sus requisitos técnicos establecidos en la Tabla 2. Con el muestreo se pretende obtener un porcentaje de plantas que cumplan satisfactoriamente los 5 atributos y sus requisitos técnicos. De acuerdo con el porcentaje obtenido de cumplimiento satisfactorio en el mencionado muestreo, se otorgará el puntaje en la tabla de criterios, tal como se exhibe en el punto 6 de estas bases:
1) 91 al 100%, 100 puntos
2) 81 al 90%, 75 puntos
3) 75 al 80%, 50 puntos
4) 70 al 74%, 25 puntos
5) Igual o menor al 69% 0 puntos
Si en una línea de productos se obtiene un porcentaje igual o menor al 69% del muestreo de las plantas ofrecidas, considerado en el criterio de evaluación “condiciones técnicas de las plantas”, la comisión podrá declarar la oferta inadmisible, por cuanto las calidades técnicas de las plantas muestreadas no cumplen un estándar mínimo.
El vivero adjudicado estará obligado a mantener en la etapa de entrega -en el 100% de las plantas- el estándar técnico evaluado al momento de la visita al mismo y que se tuvo como parte integrante de la evaluación de las ofertas, por lo que, los viveros adjudicados deberán adoptar los resguardos, efectuar el manejo y cuidados culturales necesarios para que las plantas adjudicadas califiquen con los mismos rangos porcentuales en el cumplimiento de los atributos y sus requisitos técnicos en los plazos acordados.
CONAF podrá efectuar las visitas de seguimiento técnico que sean necesarias de las líneas de plantas adjudicadas en los viveros oferentes.
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c. Aplazamiento o modificación de los plazos de entrega de las plantas |
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Los plazos de entrega de plantas podrán ser modificados por razones técnicas y por motivos derivados de la emergencia sanitaria. Si lo requiere el proveedor, deberá solicitarlo por escrito a CONAF. En caso que esta Corporación requiera hacer uso de esta posibilidad, lo informará, también por escrito al adjudicatario, oportunamente. Una vez resuelta la ampliación o modificación en los plazos de entrega, se coordinará por correo electrónico con el administrador del contrato.
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d. Plazo para reposición de plantas rechazadas por incumplimiento de requisitos técnicos |
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Los viveros oferentes que resulten adjudicados ejecutarán la entrega de plantas dentro del plazo establecido en las bases de licitación para la línea de producto que se trate, salvo que opere la cláusula de modificación o aplazamiento. CONAF efectuará la revisión de las plantas entregadas, rechazando y devolviendo al vivero adjudicado aquellas que no cumplan los atributos y sus requisitos técnicos o presenten daño de cualquier tipo, el vivero tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles contados desde la solicitud, efectuada a través de correo electrónico por el Administrador del Contrato, para su reposición y entrega en el vivero de la Reserva Nacional Lago Peñuelas. Las plantas repuestas por el vivero oferente, en la misma cantidad que fueron rechazadas, solo se recepcionará las que cumplan satisfactoriamente los atributos y sus requisitos técnicos.
Respecto del plazo para reposición también podrá operar la cláusula de “Aplazamiento o modificación de entrega de plantas”.
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a) Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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b) Adjudicación |
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La adjudicación se realizará solo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
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c) Cláusula de Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
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d) Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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e) Metodología de desempate |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, el desempate se efectuará aplicando los criterios de evaluación, en un orden de mayor a menor porcentaje de ponderación, en este orden Condiciones Técnicas de las Plantas y Precio. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
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f) Recepción de antecedentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante, CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en su puntaje en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
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g) Consultas a la adjudicación |
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Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: miguel.vargas@conaf.cl
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h) Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
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i) Orden de Compra |
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Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra por las plantas y cantidad ofrecidas, el o los proveedores adjudicados tendrán 48 horas para aceptar la orden de compra emitida.
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j) Aplazamiento del cierre de la Licitación |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por 10 días corridos desde la fecha de cierre original.
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k) Modificación de Bases |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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l) Comisión Evaluadora |
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Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por el jefe (a) del Departamento Finanzas y Administración o por quien designe, el jefe(a) de la Sección Administración o por quien designe, el jefe (a) del Departamento de Desarrollo Forestal (DEFOR) o por quien designe, el jefe de la Sección de Bosque Nativo o por quien designe y como Ministro de Fe la jefa (a) de la Unidad de Jurídica o por quién designe. La comisión podrá delegar en los profesionales del DEFOR, la evaluación y obtención de los puntajes, asociados al factor “requisitos técnicos de las plantas ofertadas” por los oferentes, requerida en los Criterios de evaluación. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
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ll) Visita Técnica a los viveros oferentes |
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Los viveros oferentes de las regiones de Valparaíso; Coquimbo, O’Higgins y Metropolitana, durante el proceso de evaluación, serán visitados por personal técnico de CONAF perteneciente al Departamento de Desarrollo Forestal, para evaluar el cumplimiento de los requisitos técnicos de los distintos atributos de las plantas. En dicha visita, se efectuará un muestreo de las plantas ofertadas y se efectuará un informe, el que será parte integrante del proceso de evaluación.
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m) Suscripción del contrato |
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El o los viveros adjudicatarios deberán suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la adjudicación.
Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los diez días hábiles siguientes a la adjudicación, la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial.
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
Las presentes bases de licitación, sus anexos y la oferta de adjudicado, formarán parte integrante del contrato a suscribir.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:
1) Ejecutar la entrega total de plantas nativas cuya calidad cumplan los atributos y requisitos técnicos solicitados
2) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en las instalaciones del vivero de CONAF y, en general de la Reserva Nacional Lago Peñuelas.
3) Incumplir por parte del contratista el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.
4) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.
El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante, de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contra to, y se decida por parte de CONAF, continuar el mismo, el proveedor del servicio deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
Toda controversia, divergencia o dificultad que se suscite entre el proveedor y CONAF, respecto del cumplimiento, incumplimiento, interpretación, validez, nulidad o cualquiera otra cuestión o consecuencia relacionada, tanto respecto de alguna cláusula del contrato o de las Bases referidas, que no pueda ser resuelta directamente por las partes, quedará sometida a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia de la comuna y ciudad de Viña del Mar.
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n) Término anticipado del contrato |
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CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1. El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
2. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
3. En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
4. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
5. Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
6. Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del contrato.
7. El haberse cursado más de tres (3) multas.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 1 y 3.
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o) Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato |
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1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF enviará una carta certificada a la dirección indicada en el contrato, comunicando la intención de poner término anticipado al contrato.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada, señalado precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia al administrador del contrato, a la casilla claudio.ilabaca@conaf.cl
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, efectuados o no, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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p) Finiquito del contrato |
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Se procederá a elaborar el finiquito del contrato previo informe técnico de recepción conforme del Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días corridos, contados desde el término del contrato.
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q) Prórroga de contrato |
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El contrato podrá ser prorrogado hasta por igual periodo, de común acuerdo entre las partes. Asimismo, ésta se regirá de acuerdo a los demás términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato, ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga.
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r) Forma de Pago |
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Una vez enviada la orden de compra respectiva, el pago de la compra se efectuará contra la recepción conforme por parte de CONAF de la totalidad o parcialidad de las plantas entregadas, según calendario de entrega y recinto de la Reserva, personal técnico de CONAF emitirá el “Informe Técnico de Recepción Conforme de Plantas Nativas del Vivero Oferente:…”, el que deberá llevar el visto bueno del administrador del contrato, y se solicitará la factura electrónica al proveedor al vivero oferente adjudicado respectivo, solo por las plantas recibidas conforme, procediéndose a la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF solo si coincide con lo informado que se ha recibido en conformidad.
En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona natural o jurídica que fue adjudicado. Si así no fuere la facturación será rechazada.
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p) Multas |
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Serán causales de aplicación de multa:
1. Salvo que hubiera operado la cláusula “Aplazamiento o modificación de los plazos de entrega de las plantas”, el atraso por cada día hábil en la entrega de las plantas, de acuerdo a lo señalado en las bases de licitación. Si cumplido el plazo de entrega del calendario indicado en las bases, no se ha hecho entrega de las plantas, se aplicará una multa ascendiente al 3UF por cada día de atraso, con un máximo de 15 días, el vivero oferente tendrá la obligación de descontar el valor de la multa en la(s) factura(s) que emita.
2. Salvo que hubiera operado la cláusula “Aplazamiento o modificación de los plazos de entrega de las plantas”, el atraso en la reposición o cambios de plantas rechazadas por incumplimiento de atributos y sus requisitos técnicos. Se aplicará una multa de 0,5 U.F por día de atraso en la entrega de la cantidad de plantas comprometida.
3. Incumplimiento del protocolo de prevención de COVID -19 en la oportunidad de la entrega de plantas en el vivero CONAF de la Reserva con 1 UF.
La aplicación de las multas, será informada al correo electrónico del proveedor, indicado en la oferta.
El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla oficina.partes.valparaiso@conaf.cl con copia a claudio.ilabaca@conaf.cl
Una vez transcurrido el plazo para realizar los descargos, efectuados o no, la Corporación emitirá una resolución, respecto de la aplicación o no de la multa.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Si procediere la aplicación de la multa, ésta siempre deberá ser descontada de la facturación respectiva.
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