1.10. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas:
1.10.1. PACTO DE INTEGRIDAD: El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°,4°,5°,6°,12°,y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2. NORMATIVA
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 250/04, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3. PARTICIPANTES
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl.
1.10.4. MODIFICACIONES A LAS BASES
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1.10.5.1. OBJETIVO: “ADQUISICIÓN DE BARRERAS DE HORMIGON TIPO F SIMETRICAS PARA TRABAJOS EN FAENAS DE CONSERVACIÓN EN LA RED VIAL POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIA DE CONCEPCIÓN”.
1.10.5.2. CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO:
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ITEM
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CANTIDAD
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UNIDAD DE MEDIDA
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TIPO
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CODIGO FEMN
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01
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100
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N°
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SUMINISTRO DE BARRERAS DE HORMIGÓN TIPO F SIMETRICAS h= 810 MM, MODULOS L=3 M
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CMSV0002
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Las barreras deben cumplir con lo indicado en:
- Manual de Carreteras Volumen 5, Sección 5.709
- Manual de Carreteras volumen N°4, láminas 4.302.101, 4.302.102, 4.302.103 y 4.302.104. Manual de carreteras vigente al momento de la presentación de la oferta.
- Se aceptarán barreras con o sin placa de conexión.
- El laboratorio regional de Vialidad se reserva el derecho de controlar la fabricación en planta o controlar la resistencia de los hormigones en cualquier momento del proceso de fabricación o entrega de las barreras solicitados.
1.10.5.3. UBICACIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS:
I. Los productos deben incluir el suministro de transporte y acopio Puestos en Piso en Recinto de Vialidad Provincial Cangrejillo Ruta 146, Comuna de Concepción. Cabe mencionar que, la Dirección de Vialidad no prestará ayuda alguna de personal o maquinarias para descargar u ordenar los prefabricados de hormigón que van a ser recepcionados.
- Horarios: De lunes a jueves de 09:30 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 17:00 hrs. y el día viernes de 09:30 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 16:00 hrs, previa coordinación con el Inspector Fiscal.
- La Dirección de Vialidad asignará un Inspector Fiscal, el que estará encargado de la recepción de los productos y de velar por el fiel cumplimiento de las presentes Especificaciones Técnicas.
- Previa coordinación con el Inspector Fiscal que se asigne para dicho efecto, los productos deberán ser descargados y puesto sobre piso y ordenados según las instrucciones de la mencionada coordinación.
1.10.6. INGRESO DE OFERTAS
La documentación referida en el punto Nº 1.5 " Antecedentes para incluir en la oferta " de las presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf u otro archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.6.1 CONTENIDO DE LAS OFERTAS.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
1.10.7. APERTURA DE LICITACIÓN
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA: Esta será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRÓNICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES: Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad, Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de evaluación para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes.
1.10.8. RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de persistir el empate, como segundo mecanismo de desempate, se establece que se adjudicará al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate de la adjudicación, al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio "Comportamiento Contractual Anterior".
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
Se adjudicará esta licitación, al oferente que presente la totalidad de los ítems y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de los revisores, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Así mismo, podrá declarar desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
En este caso, la Entidad licitante considerará, para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores de los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente (ofertas temerarias).
El Proceso de adjudicación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN: Se adjudicará a través de una resolución del Jefe Provincial de Vialidad, Región del Biobío.
1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL: Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al(los) adjudicatario(s), mediante el Portal www.mercadopublico.cl;
1.10.9.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA La Orden de Compra será emitida una vez que el Proveedor adjudicado haya entregado la Garantía Fiel de Cumplimiento de Contrato a plena conformidad y todos los documentos requeridos en el Punto N° 1.6. “Antecedentes para Contratar”.
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, ejecutará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.10. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.11. PLAZO DE ENTREGA
Se considera un plazo de entrega máximo de 15 días hábiles. Este plazo, comenzará a regir al día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl
1.10.12. GESTIÓN DEL CONTRATO
a) TRASPASO DEL CONTRATO: La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil"; en el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 10 (diez) días corridos, para regularizar su situación.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR: La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general.Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura. El formulario de evaluación es el siguiente:
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) VIGENCIA DEL CONTRATO:
El contrato regirá, desde el día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor en la plataforma mercadopublico.cl, hasta incluso con posterioridad al pago, hasta la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS:
La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, deben dar cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada, deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal y su falta dará motivo para aplicación de sanciones de incumplimiento de contrato.
f) MODIFICACIONES O TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
f.1) El contrato podrá modificarse de conformidad al artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 129 del DS Hacienda Nº 661 de 2024, en los siguientes casos:
1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato. En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial.
Se entenderá que se alteran éstos:
(i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
(ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
(i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
(ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
(ii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
(iii) Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2) El contrato podrá tener término anticipado de conformidad al artículo Nº 13 bis de la Ley Nº 19.886 de 2003 y artículo Nº 130 del DS Hacienda Nº 661 de 2024, en los siguientes casos:
Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.13. INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección de Vialidad designará un Inspector Fiscal mediante la resolución de adjudicación, para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases administrativas y especificaciones técnicas de la licitación.
El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes del Inspector Fiscal, las que serán impartidas siempre por escrito a través de correo electrónico.
Las funciones de la Inspección fiscal del contrato, será en términos generales las siguientes:
a) Velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
b) Emitir un Acta de Recepción conforme para adjuntarlo a la factura correspondiente.
c) Revisar y aprobar la documentación de pago, considerando eventuales multas.
d) Evaluar el comportamiento del proveedor según formato establecido.
e) Desarrollar todas las acciones tendientes al control y gestión que facilite la ejecución del contrato.
Toda la comunicación entre la empresa adjudicada y el Inspector fiscal deberá ser, a través de correo electrónico.
1.10.14. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
1.10.14.1. RECEPCIÓN:
El inspector fiscal, recibirá conforme el producto, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1) Que se haya efectuado la entrega física de los productos, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas guías de despacho de los productos.
2) Presentar certificado de conformidad correspondiente a la norma ISO CASCO N° 5 de la fabricación de barreras de hormigón, identificando las guías de despacho.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el acta de recepción conforme del Inspector Fiscal, la que será anexada a la recepción conforme de respectiva Orden de Compra emitida por www.mercadopublico.cl y que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.14.2. FACTURACIÓN:
1) Deberá aceptar la Orden de compra en www.mercadopublico.cl, para dar inicio a la entrega del producto.
2) Que se haya efectuado la entrega física de todos los ítems considerados en la presente licitación y en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra.
3) Luego deberá verificar que la Orden respectiva esté en estado "Recepción Conforme" para facturar.
La factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl
Para el caso que sea Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut, de la empresa que hará la facturación.
Además, al momento de generar la factura es necesario indicar el siguiente código 1000, REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION, que identifica a esta Dirección.
La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) Factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N° 21.722 de presupuestos año 2025, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°.
Autorización de Transferencia Electrónica: los proveedores deberán efectuar el trámite de autorización de transferencia electrónica a través de la plataforma digital: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio , para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa.
1.10.14.3. PAGO:
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.
1.10.15.- FACTORING:
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley. (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.16.- SANCIONES
1.10.16.1. Las multas se aplicarán de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.11.7.1. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS y se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.
a) MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO TOTAL DE LA ENTREGA: Frente a faltas de este tipo, la Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1% del monto de la factura respectiva por cada día de atraso en la entrega de la totalidad de los productos contratados. Lo anterior con un tope de 5 días hábiles, luego de eso la Dirección de Vialidad pondrá término al contrato por incumplimiento grave, cancelando lo efectivamente entregado y recepcionado conforme.
b) MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO DE REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS RECHAZADOS POR EL INSPECTOR FISCAL: La Dirección de Vialidad aplicará una multa equivalente al 1% del monto de la factura respectiva, por cada día de atraso en la reposición de los productos que hayan sido rechazados por el Inspector Fiscal. Lo anterior con un máximo de 5 días hábiles de atraso, luego de eso la Dirección de Vialidad pondrá término al contrato por incumplimiento grave, cancelando lo efectivamente entregado y recepcionado conforme.
c) MULTA POR INCUMPLIMIENTO LEGAL EN MATERIAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS.
En caso de que el personal de la empresa, no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal, sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. El máximo de incumplimientos permitidos en esta materia será de 3 oportunidades, de superarlo, será sancionado con término anticipado de contrato.
1.10.16.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Se pondrá término anticipado administrativamente, cuando haya incumplimiento grave a las obligaciones que impone el contrato y especialmente:
a) Si la empresa adjudicada entrega los productos con más de 5 días hábiles de atraso, sin que exista fuerza mayor calificada por la Dirección Regional de Vialidad que lo justifique. O, si transcurrido dicho plazo no entrega los productos, o solo efectuó entrega parcial.
b) Si la empresa adjudicada no efectúa la reposición conforme a lo establecido en el punto 1.10.16.1.
c) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES:
1.10.17.1. Procedimiento para Aplicación de Multas:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.17.2. Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.19. ESTÁNDARES DE PROBIDAD
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
1.10.20. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta, esta Dirección de Vialidad solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
1.10.21.- FORMULARIOS ANEXOS
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, “ADQUISICIÓN DE BARRERAS DE HORMIGON TIPO F SIMETRICAS PARA TRABAJOS EN FAENAS DE CONSERVACIÓN EN LA RED VIAL POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIA DE CONCEPCIÓN”, declara bajo juramento que:
- El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descritos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886, ley de Compras Públicas.
- Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, y
- No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
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Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025.
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública“ADQUISICIÓN DE BARRERAS DE HORMIGON TIPO F SIMETRICAS PARA TRABAJOS EN FAENAS DE CONSERVACIÓN EN LA RED VIAL POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA DIRECCION DE VIALIDAD PROVINCIA DE CONCEPCIÓN”, declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
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Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA ____ de _____________ de 2025.
FORMULARIO N° 3
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Programas de integridad y ética empresarial
En x de Chile, a _______ de ________________del 20__, don/doña ____________________________________, RUT __________________________, con domicilio en ___________________, en su calidad de persona natural o representante legal de _________________, viene en declarar lo siguiente:
Que, él o ella, o su representada, ___ (Sí/No) tiene programas de integridad y ética empresarial, los que son conocidos y aplicados por su personal, en conformidad al artículo 13 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.
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Nombre, RUT y Firma
Oferente o Representante (s) Legal (es)*
* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
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OBSERVACIONES:
- Si el oferente es una UTP, debe presentar este formulario por cada empresa que forme parte de la UTP
- La Comisión de Evaluación podrá verificar lo informado mediante la presente declaración jurada.
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FECHA ____ de _____________ de 2025.
2.- COMUNÍQUESE, la presente Resolución de acuerdo a lo indicado en distribución.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE
DISTRIBUCIÓN:
- Oficina de Partes Provincia de Concepción
- Sr. Jefe Provincial Vialidad Concepción. mario.lopez@mop.gov.cl
- Unidad de Conservación y Adm. Directa Provincial. osvaldo.marchant@mop.gov.cl
- Unidad de Abastecimiento Provincial leslie.rubilar@mop.gov.cl; regina.sanhueza@mop.gov.cl
- Unidad de Gestión y ejecución Presupuestaria: Maribel.chavarria@mop.gov.cl
PROCESO Nº: 18890361