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Bases Administrativas |
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RESOLUCION EXENTA N°
LOTA,
VISTOS: Las atribuciones previstas en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/ 2005 del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2763/1979; Decreto Supremo Nº 140 del 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; Ley Nº 19.886 de fecha 23 de Agosto 2003 y sus modificaciones, sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios; Decreto Nº 661/2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de Ley de Compras; Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Decreto Fuerza de Ley Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834; Decreto Supremo Nº 38 del 2005 del Ministerio de Salud; Ley Nº 21.796 del Presupuesto del Sector Público 2026; Resolución Nº 759/2003 de CGR que Fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas; Resolución Nº 89 de fecha 15 de Enero de 2026 de Hospital de Lota que nombra a Director Subrogante del Hospital de Lota y lo establecido en la Resolución Nº 36 del 2024 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente:
CONSIDERANDO:
1. La necesidad de adquirir “Convenio de Servicios para realización de actividades especialidad Neurología” para el Hospital de Lota y no habiendo encontrado disponible lo solicitado en Convenio Marco, se procede a generar un proceso de adquisición por Licitación Pública superior a 100 UTM y menor de 1000 UTM modalidad Convenio de Servicios, vigencia 36 meses o hasta que el monto lo permita, con adjudicación simple.
2. Que, se revisó el Catálogo de Productos y Servicios del portal www.mercadopublico.cl y se ha constatado que los servicios requeridos no se encuentran disponibles a través de sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
R E S U E L V O
1. LLAMESE: a Licitación Pública a través del portal Mercado Público para la contratación del Servicio “Convenio de Servicios para realización de actividades especialidad Neurología” para pacientes del Hospital, modalidad Convenio de Servicios, vigencia 36 meses, adjudicación simple, sin emisión automática de orden de compra.
2. APRUEBENSE: Las siguientes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y formularios anexos elaborados para efectuar el llamado a Licitación Pública ID 1057430-26-LE26.
A. BASES ADMINISTRATIVAS LICITACION 1057430-26-LE26
“CONVENIO SERVICIO MEDICOS PARA ACTIVIDADES DE LA ESPECIALIDAD NEUROLOGIA
PARA EL HOSPITAL DE LOTA”
1. OBJETIVO DE LA LICITACION
Las presentes Bases Especiales y documentación anexada tiene por objeto regular los procedimientos de: Licitación Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, Ejecución, Recepción y Puestas en Marcha del contrato respectivo motivo de la presente Licitación.
Se requiere contratar servicios de especialidad de Neurología, para pacientes del Hospital de Lota, proceso licitatorio denominado “Convenio Servicios Especialidad Neurología” de acuerdo a requerimientos especificados en Bases Administrativas, Técnicas y anexos de la presente licitación. Se pretende obtener la mejor calidad y oportunidad, a un precio conveniente, con el fin de dar atención a beneficiarios del sistema público de salud de acuerdo a protocolos técnicos y administrativos establecidos por el Hospital.
2. CARACTERISTICAS DE LA LICITACION:
La presente Licitación Pública se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo
acto la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes Administrativos, a través de sistema de información.
Estas ofertas estarán sujetas a un Proceso de Evaluación, a partir del cual se determinarán él o los Oferentes Adjudicados. En la tabla siguiente se resume el tipo de Licitación:
Nombre Adquisición Convenio Servicios Especialidad Neurología
Descripción La finalidad de contar con Convenio de Servicio de actividades especialidad neurológica para pacientes del Hospital de Lota.
Tipo de Adquisición Licitación Pública entre 100 y 1000 UTM, modalidad convenio de servicios, con adjudicación simple, sin emisión automática de Orden de Compra.
Tipo de Convocatoria Abierta
Moneda Peso chileno
Etapas Una etapa
Toma de Razón por Contraloría NO requiere Toma de Razón por Contraloría
Suscripción de Contrato SI, estructurado
Publicidad Ofertas Técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la Licitación
3. ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social HOSPITAL DE LOTA
Unidad de Compra HOSPITAL DE LOTA
RUT 61.602.203-2
Dirección CARRERA 702
COMUNA LOTA
Región OCTAVA
4. ETAPAS Y PLAZOS:
a) Calendario:
Etapa Plazos
Convocatoria de la Propuesta 2 días hábiles a contar de la fecha y firma de Resolución Exenta Aprobatoria de Bases.
Fecha de cierre de recepción de ofertas 7 días corridos, a partir de la fecha de publicación, pudiendo esta fecha reducirse hasta 5 días, a las 15:00 hrs.
Fecha Acto Apertura Técnica y Económica 7 días corridos, a partir de la fecha de publicación, pudiendo esta fecha reducirse hasta 5 días, a las 15:10 hrs.
Fecha de inicio de preguntas 1 día corrido, a partir de la fecha de publicación.
Fecha final de preguntas 2 días corridos, a partir de la fecha de publicación.
Fecha publicación de respuestas 3 días corridos a partir de la fecha de publicación.
Plazo de Evaluación de ofertas 15 días corridos, a partir de la fecha de Apertura
Fecha de Adjudicación 30 días corridos, a partir de la fecha de Apertura.
Los plazos establecidos en el presente, y en general todos los plazos indicados en estas bases de licitación corresponderán a días corridos, salvo que, si alguna fecha coincide un día sábado, domingo o festivos en Chile, el proceso se realizará el día hábil siguiente.
El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25, inciso final, del reglamento de la ley 19.886.(optativo).
De acuerdo a lo indicado en Art. 25° del Reglamento 661 que Ley 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, se puede rebajar en licitaciones inferiores a 1000 UTM, hasta 5 días corridos, el plazo de publicación, debido a que la presente licitación cumple con la condicionante de ser un proceso simple que no tiene mayor especificidad. (Sujeto a necesidad de rebajar los plazos).
VISITA A TERRENO: NO tiene.
b) Consultas y Respuestas, Aclaraciones y/o Modificaciones:
Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de Licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el Portal, haciendo referencia explícita al punto de las Bases, Especificaciones Técnicas o documentos que la integran y que motiva la consulta.
Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena compresión de las presentes Bases o Ficha Técnica, Especificaciones Técnicas o documentos que integran la propuesta.
No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente.
Cumplimiento requisitos formales:
El Hospital de Lota podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores. A los proveedores que hayan ingresado todos los antecedentes hasta el cierre de recepción de ofertas se les otorgará el máximo puntaje. A aquellos oferentes que se les solicite aclaratoria de ofertas y se le otorgue un plazo adicional para presentar estos antecedentes, se le otorgará un puntaje inferior.
5) GENERALIDADES
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los servicios. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional, salvo que expresamente se indique otra cosa.
6) DOCUMENTOS DE LA LICITACION:
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
• Las presentes Bases Administrativas
• Las Especificaciones Técnicas
• Las consultas y Respuestas
• Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
• Los formularios
• La oferta adjudicada
• La orden de compra y/o contrato
• Todo otro documento que forme parte de la licitación que emane del Hospital de Lota.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la licitación. El Hospital podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las Bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información que no se ajuste a la realidad, obligará al Servicio a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
7) MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION
El Hospital podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación, Especificaciones Técnicas y demás documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o solicitada por un oferente, antes de la recepción de las ofertas y hasta el día de la fecha indicada en el calendario de la Licitación como fecha de término de consultas y respuestas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Mandante. Cualquier modificación a las Bases deberá ser aprobada mediante la respectiva Resolución.
8) DE LOS PARTICIPANTES:
Podrán participar todas las personas naturales y jurídicas, que se encuentren hábiles en el Registro de Proveedores, que cuenten con la capacidad profesional y técnica necesaria para la prestación del servicio que se licita y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas; en la ley Nº 18.575 (Bases Generales de la Administración del Estado); en la Ley Nº 19.886 (sobre Contratos Administrativos) y sus modificaciones. Además, podrán participar proveedores que se acojan al mecanismo de la unión temporal de proveedores (UTP), conforme lo establece en el Capítulo XIII, párrafo 2 del Decreto 661/ 2024 del Ministerio de Hacienda.
Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”. Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el Hospital, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
Los oferentes que participen de este proceso declaran conocer las disposiciones legales, normativas y reglamentarias que rigen las transacciones que se realizan a través del portal y no podrán alegar desconocimiento de ellas bajo ninguna circunstancia estando obligados a cumplirlas cabalmente, aunque ellas no se señalen en forma tácita ni expresa en este documento.
9) REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES:
9.1 PERSONA NATURAL:
9.1.1 Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador en los últimos 2 años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Art. 463 y siguientes del Código Penal y los señalados en la Ley Nº 20.720 dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en Reglamento de la Ley 19.886 y sus modificaciones.
i. Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la fecha de presentación de ofertas a través del Sistema de Información.
9.1.2 Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos:
• No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley 19.886, que establece, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
• Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 661 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886 y sus modificaciones.
• No encontrarse afecto a la causal de inhabilidad consistente en la prohibición de contratar con los órganos de la Administración del Estado prevista en el Art. 26 letra d) del DFL N°1-2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto de Ley N°211, de 1973.
9.2 PERSONA JURIDICA:
9.2.2 Requisitos para ofertar: El oferente debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal y los señalados en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
9.2.3 Requisitos para ser contratado: El adjudicado debe acreditar que cumple con los siguientes requisitos:
• No estar afecto a lo señalado en el art. 35 quáter de la ley 19.886, que establece, Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
• Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en Reglamento de la Ley 19.886 y sus modificaciones.
• No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (Incumplimiento artículo 8 y 10, Ley 20.393).
9.3 UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES. En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica, y deberán cumplir con lo señalado en el Capítulo XIII, párrafo 2 del Decreto 661/ 2024 del Ministerio de Hacienda.
Documentos UTP:
- Escritura pública en el que conste la unión. En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
- Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
- En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
- Cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
10) ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA PROPUESTA:
10.1 Oferta Administrativa:
Para los efectos de la presente licitación se entiende por documentos administrativos las certificaciones, antecedentes y en general, aquellos que den cuenta de la existencia legal y situación económica y financiera de los oferentes y aquellos que los habilitan para desarrollar actividades económicas y profesionales requeridas para la presente licitación.
El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los Anexos N°1, N°2, N°3, N°4, N°5, N°6 y N°7, según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural.
En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar escritura pública ante notario del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
10.2 Oferta Técnica:
La oferta técnica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en formulario anexo y adjuntar las certificaciones o documentos necesarios para obtener el puntaje asignado.
• En caso que el oferente indique que cumple con lo especificado en los pertinentes ítems ofertados y estime que existe algún antecedente importante del producto que deba conocer el Hospital, podrá añadir dicha información en el campo “Observación” de los Formularios Técnicos creados para esta instancia.
• Cumpliendo con las características de los ítems señalados en el formulario anexo, el proponente deberá incorporar todos los antecedentes requeridos, a efectos de obtener la máxima calificación en la evaluación de la oferta técnica de los bienes. En caso contrario, es decir, en el evento en que el oferente no acompañe o presente solo algunos de los documentos, su oferta será considerada inadmisible.
• Considerar que los profesionales prestadores del servicio, deben tener la calidad Titular o Contrata en el Sistema Público de Salud, de acuerdo a lo establecido en la Glosa e) de la ley de Presupuesto 2022.
• Los Formatos permitidos son: Word, Excel, PDF.
10.3 Oferta Económica
El oferente debe cotizar en su oferta el valor unitario neto, sin considerar impuestos. El monto a señalar, debe considerar costos asociados a los servicios a postular en el Hospital de Lota.
La oferta económica deberá ser presentada por los oferentes a través del portal del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, según lo indicado en Formulario anexo N° 7
En caso que exista una contradicción entre el valor de la oferta publicada en el portal y el del señalado en el respectivo formulario, primará para todos los efectos el valor indicado en la ficha electrónica.
- Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado, se declararán inadmisibles.
10.4 De los Anexos:
Para presentar su oferta en la presente Licitación, el oferente deberá completar y presentar en Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos del Portal www.mercadopublico.cl los Formularios entregados en la Ficha Técnica del Portal. Para la presente Licitación los documentos requeridos son:
Antecedentes Administrativos ANEXO N°1 Identificación del Oferente:
Deberá completar y subir este anexo indicando antecedentes del oferente.
ANEXO N°2: Declaración Jurada Socios y beneficiarios finales:
Deberá completar Anexo indicando Nombre, Rut y porcentaje de participación en la sociedad de cada uno de los integrantes de la Sociedad. De lo contrario, agregar que es persona Natural, sin dejar de completar el Anexo.
ANEXO N°3: Declaración Jurada Programa de Integridad
Además, El oferente deberá firmar los formularios electrónicos de declaraciones juradas de Mercado Público según corresponda.
Antecedentes Técnicos ANEXO 4: Oferta Técnica:
Debe cumplir con lo solicitado en Especificaciones Técnicas indicadas en Formulario anexo. El puntaje obtenido será la suma de las ponderaciones indicadas en el formulario, siempre y cuando sea corroborada la información por la Comisión Evaluadora.
ANEXO N°5: Experiencia:
Debe completar y subir con su oferta el formulario anexo para acreditación de experiencia. Podrá acreditar con Certificados emitido de algún Centro de Salud donde haya prestado servicios, N° Licitaciones adjudicadas y Órdenes de compra con Recepción Conforme.
ANEXO N°6: Disponibilidad: Debe completar y subir con su oferta el formulario indicando tiempo de respuesta ante un llamado para realizar actividades.
Antecedentes Económicos ANEXO N° 7: Oferta económica:
Debe completar el Formulario Anexo y especificar a qué impuestos está afecto el precio ingresado en su oferta de Especialidad Neurología.
Será de responsabilidad del proveedor ingresar los documentos en archivos formatos legibles, sin claves o codificación privada.
De no adjuntar Anexo Técnico y/o Económico, o los antecedentes de respaldo solicitados, su oferta quedará INADMISIBLE.
11) MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO
Estimación en base a Presupuesto Referencial
Fuente de Financiamiento Hospital de Lota
Moneda Peso chileno
Duración del Contrato Contrato de Ejecución en el tiempo, vigencia 36 meses.
Cláusula Prórroga SI, por 60 días corridos, mientras se adjudica nuevo proceso
Plazos de pago 30 días
Opciones de Pago Transferencia Electrónica
Nombre responsable del Pago Jefe Contabilidad y Presupuesto
Email Responsable Pago ggonzalez@ssconcepcion.cl
12) PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS:
La Entidad podrá solicitar al proveedor la aclaración de errores u omisiones de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones, no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, no pudiendo afectar el principio de igualdad de los oferentes ni el principio de estricta sujeción a las Bases Administrativas. Se deberá informar dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde el requerimiento vía portal www.mercadopublico.cl. para responder lo solicitado por el Hospital de Lota, o acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Hospital de Lota no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
A los proveedores que hayan ingresado todos los antecedentes hasta el cierre de recepción de ofertas se les otorgará el máximo puntaje. A aquellos oferentes que se les solicite aclaratoria de ofertas y se le otorgue un plazo adicional para presentar estos antecedentes, se le otorgará un puntaje inferior.
13) CRITERIOS DE EVALUACION:
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos y fórmulas que se indican, a los aspectos que se detallan. La oferta que logre puntuación más alta, será propuesta para adjudicación:
Criterio %
a) Oferta Económica (Precio) 50%
b) Oferta Técnica 15%
c) Experiencia de los oferentes 15%
d) Disponibilidad y flexibilidad horaria 10%
e) Cumplimiento requisitos formales 5%
f) Comportamiento Contractual Anterior 5%
TOTAL 100%
a) Criterio Económico: 50%
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Precio = Valor Oferta Mínima
Valor Oferta Evaluada
Se entenderá que la oferta a menor precio, mayor puntaje.
Para aplicar este criterio de evaluación, Comisión Evaluadora considerará el valor Neto ingresado en cada línea de licitación. En caso de haber algún error en el ingreso de éste, se verificará el valor en el Formulario Anexo Económico.
b) Criterio técnico: 15%
Para la Evaluación Técnica, es imprescindible que el Proponente u Oferente haya analizado y completado cabalmente los formularios de la oferta, especialmente con relación a las Bases Técnicas y Administrativas. Los puntajes que obtendrán serán de acuerdo grado de concordancia de la propuesta técnica y el puntaje obtenido será la suma de la ponderación de factores indicados en formulario Anexo N°4 Técnico.
Descripción Subcriterios SI/NO
Cumple Puntaje
Requisitos del prestador:
Título profesional de Médico Neurólogo y se encuentra inscrito en la Superintendencia de Salud con la especialidad de Neurólogo para adultos y niños. 30
Tiene Flexibilidad de tiempo para realizar las actividades en días semana, sábados, domingos y festivos 40
Compromete comunicación constante con el Hospital ya sea presencial o por medios electrónicos. 20
Compromete entrega de documentos administrativos 10
TOTAL, PONDERACION 100 PUNTOS
Proveedor debe completar columna que se encuentra en color verde.
• INDICA SI CUMPLE y es corroborado por la Comisión Evaluadora ante revisión de documentos ingresados en su oferta: Obtiene el puntaje asignado.
• INDICA SI CUMPLE, NO SUBE FORMULARIO, SUBE FORMULARIO DISTINTO o INCOMPLETO: No será evaluado y su oferta será declarada inadmisible.
• Si el profesional no cumple con el primer y segundo subcriterio, su oferta será declarada oferta inadmisible.
Cálculo de puntaje: Total puntos X 0.15
c) Criterio Experiencia del Oferente: 15%
Persona Natural: El oferente debe tener Título de Médico Cirujano con especialidad en los temas licitados y estar Inscrito y hábil en la Superintendencia de Salud como Prestador (Obligatorio adjuntar certificado de Prestadores de Salud).
Persona Jurídica: Se considerará la suma de años de todos los prestadores, dividido por la cantidad de prestadores, éste promedio es el que se considerará para aplicar este criterio de evaluación
DOCUMENTO PORCENTAJE RANGOS PUNTOS
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA
Formulario Anexo N° 5
15% 8 años y más 100
5 años a 8 años 80
3 años a 5 años 60
1 años a 3 años 40
Menor a 1 años 20
No indica o No acredita 0
IMPORTANTE: En este criterio se debe presentar electrónicamente documentación que permita evaluar este criterio y los documentos a considerar son:
o Certificado de Título
o Currículum Vitae
o Certificado de Centros de Salud Público o Privado que señale la experiencia en el servicio específico a contratar.
o Relación de Servicios
o Órdenes de Compra
o Licitaciones adjudicadas
o En caso de ser médicos extranjeros deben tener acreditado su especialidad en Chile por los organismos correspondientes.
Tener presente que, si el oferente es persona jurídica, debe informar Nombre y Rut del o los profesionales que prestarán el servicio y adjuntar a su oferta todos los antecedentes técnicos solicitados para su evaluación.
SI NO CUMPLE CON ESTOS REQUISITOS, SU OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
Cálculo de puntaje: Total puntos X 0.15
d) Criterio Disponibilidad y Flexibilidad Horaria: 10%
En este criterio se considerará para evaluación el tiempo de respuesta ante el llamado para realización de las actividades:
DOCUMENTO PORCENTAJE RANGOS PUNTOS
DISPONIBILIDAD Y FLEXIBILIDAD HORARIA
Formulario Anexo N° 6 10% Menor a 2 horas 100
Mayor a 2 y menor de 6 horas 60
Mayor de 6 hasta 12 horas 30
Superior a 12 horas 10
No indica 0
Cálculo de puntaje: Total puntos X 0.10
e) Cumplimiento de los Requisitos Formales: 5%
El Hospital de Lota podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores. A los proveedores que hayan ingresado todos los antecedentes hasta el cierre de recepción de ofertas se les otorgará el máximo puntaje 100 puntos. A aquellos oferentes que se les solicite aclaratoria de ofertas para los anexos administrativos y se le otorgue un plazo de 48 horas para presentar estos antecedentes, se le otorgará un puntaje inferior de 1 Punto.
Criterio Puntaje
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre. 100 puntos
Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud 1 punto
No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. Contados desde la solicitud. OFERTA INADMISIBLE
El proveedor que no suba los formularios técnicos y/o económicos, su oferta se declarará INADMISIBLE, por estricta sujeción de bases.
Cálculo de puntaje: Suma de puntos X 0.05
f) Comportamiento Contractual Anterior: 5%
Se calificará de acuerdo a la “Nota comportamiento base” que la empresa tenga en portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Registro de sanciones aplicadas al proveedor”. El puntaje se calificará según lo siguiente:
Nota Comportamiento Contractual Anterior PUNTOS
Nota 5 100
Nota 4 a 4,99 50
Nota 3,99 o menos 1
Esta información se recopila en Ficha de Proveedor del portal www.mercadopublico.cl, la nota se califica en base al comportamiento base en el sistema los últimos 24 meses.
Cálculo de puntaje = puntaje obtenido x 0.05
14) SUBCONTRATACION:
Prohibida subcontratación: NO
15) NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTIAS:
GARANTIA SERIEDAD: No tiene
GARANTIA FIEL CUMPLIMIENTO: No tiene
16) DE LAS OFERTAS:
Las ofertas deberán ser ingresadas en el Portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación) dentro del plazo y hora estipulados en las presentes Bases.
Los documentos obligatorios indicados en las presentes bases deberán ser en idioma español, de lo contrario, la oferta se declarará inadmisible, a excepción de los catálogos que podrán venir en otro idioma. Tratándose de documentos emitidos en el extranjero cuya validez en territorio nacional requiera cumplir con alguna formalidad exigida por la legislación chilena o tratados internacionales suscritos por Chile, ésta será requerida una vez que el proveedor haya sido adjudicado y que deberá entregar previo a la suscripción del contrato. En caso contrario, se aplicará la causal que corresponda para dejar sin efecto la adjudicación.
a. Plazo de vigencia de las ofertas:
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días, desde la fecha de la publicación de la Licitación, si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Mandante podrá solicitar mediante correo electrónico u otro medio escrito a los proponentes antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de la Garantía Seriedad. Si alguno de los oferentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación.
b. Apertura de las ofertas:
El acto de apertura de las ofertas se efectuará en forma electrónica a través del Portal www.mercadopublico.cl , en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto los antecedentes administrativos, oferta técnica y oferta económica, a través del sistema de información.
c. Inadmisibilidad de las ofertas y facultad de declarar desierta la licitación:
Las ofertas serán declaradas fuera de bases o inadmisibles cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y el Hospital podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. A modo de ejemplo:
• La no presentación de las ofertas técnicas y económicas en el Portal de acuerdo a los requerimientos solicitados.
• No respaldar las ofertas técnicas con documentos solicitados en las Bases o subir los anexos o documentos en formatos no conocidos o compatibles.
• Si el adjudicatario infringiere la Ley N” 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 35 quater de la referida Ley.
• Si se determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
• Cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Presentes Bases, y declarará inadmisibles las demás.
Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada, dejando establecido en estas Bases que los oferentes no favorecidos, no percibirán indemnización alguna, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas.
Se deja establecido en estas Bases que los oferentes no favorecidos, no percibirán indemnización alguna, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas
d. Evaluación de las ofertas:
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación en una sola etapa, a partir del cual se determinarán él o los oferentes adjudicados. Este proceso se realizará de la siguiente forma:
Primero, se revisará el cumplimiento de los requerimientos mínimos estipulados en Planilla Evaluación Ofertas indicada a continuación, que resume lo señalado en el punto “ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA PROPUESTA”, en el que se verificará la presentación de los documentos anexos y certificaciones requeridas. El análisis de los mismos se efectuará con posterioridad. La Comisión Evaluadora será la encargada de realizar el check list de cumplimiento.
PLANILLA EVALUACION OFERTAS
(Uso exclusivo Comisión Evaluadora)
INGRESA DOCUMENTOS EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS SI / NO
ANEXO N°1: Identificación del Oferente
ANEXO N°2: Declaración Jurada socios y beneficiarios finales
ANEXO N°3: Declaración Jurada Programa de Integridad
ANEXO N°4: Oferta Técnica
ANEXO N°5: Experiencia
ADJUNTAR: Factura o Boleta, Currículum Vitae y Certificado de Título, Certificado de algún Centro de Salud Pública o Privada, Órdenes de Compra, Licitaciones adjudicadas.
ANEXO N°6: Disponibilidad y Flexibilidad Horaria.
ANEXO N°7: Oferta Económica
Adicional: Certificado inscripción Superintendencia de Salud (Prestadores de Salud de todos los involucrados en este convenio).
Durante esta etapa de evaluación, el Hospital de Lota podrá requerir de los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, otorgándose un plazo no mayor a dos días hábiles desde que se efectúe el requerimiento, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Las ofertas que no den cumplimiento total a los requerimientos mínimos exigidos en el referido anexo, no avanzarán a la segunda parte de la Evaluación.
Parte 2: Se procederá a la evaluación de las propuestas, lo que se efectuará internamente, analizando los antecedentes de aquellos proponentes que los presentaron en forma completa, ponderando las ofertas de acuerdo a los Criterios de Evaluación indicados en el Punto N° 13 de estas Bases.
En esta etapa de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá requerir el apoyo o la asesoría técnica que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento y establecer contacto con los oferentes en los términos descritos en el artículo 39 del Reglamento “Contactos Durante la evaluación”.
Se levantará un acta del proceso de evaluación en la cual quedará constancia de las actividades realizadas y se consignarán las observaciones formuladas respecto de las ofertas declaradas inadmisibles y los fundamentos de tal declaración que, caso de ser necesario, se complementará con un informe técnico por parte del referente. Finalmente incluirá una proposición de adjudicación o deserción, según sea el caso, que será firmada por los integrantes de la Comisión Evaluadora y formará parte de los antecedentes de la propuesta.
e. Comisión Evaluadora
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital de Lota, o quienes le subroguen legalmente:
La Comisión Evaluadora estará integrada por:
Subdirector Administrativo o quien le subrogue
Subdirector Médico Atención Abierta o quien le subrogue
Encargada de Calidad o quien Subrogue
Jefe de SOME o quien le subrogue
Jefe de Finanzas o quien le subrogue
Jefe Enfermero Gestión del Cuidado o quien le subrogue
La Comisión podrá sesionar con al menos 3 integrantes de los descritos y podrá incorporar a un tercero elegido de la Unidad de Abastecimiento.
En caso de considerar pertinente, la Comisión Evaluadora podrá requerir asesoría del Departamento Jurídico del Servicio de Salud Concepción.
La Comisión de Evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Mandante, de acuerdo al contenido de estas Bases y demás antecedentes, queda facultada para:
Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnicas y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas. Así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión.
Si, alguno de los miembros de la Comisión Evaluadora detectara que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el acto de evaluación, debiendo reemplazarlo su subrogante legal, en caso de ser jefatura o un profesional de igual calidad en caso de no serlo, quien continuará en el proceso de evaluación.
Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones o terceros oferentes o no, relativas a materiales vinculadas en la evaluación.
De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
Confeccionar un Acta de Evaluación, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación. Cuadro comparativo de las ofertas, el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente Comisión para ser presentado al Director del Hospital.
f. Resolución de Empates
Una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, en el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la mejor oferta serán los siguientes, los que se aplicarán de uno a uno, en el orden de su numeración, hasta resolver el desempate:
1. Mayor puntaje Criterio Precio.
2. Mayor puntaje Criterio oferta técnica.
3. Mayor puntaje Criterio Programas de Integridad
4. Mayor puntaje Criterio Disponibilidad y Flexibilidad horaria.
5. Mayor puntaje Criterio Cumplimiento requisitos formales.
6. Mayor puntaje Criterio Comportamiento contractual anterior.
Si a pesar de lo anterior, continúa la igualdad, se adjudicará a la oferta que según la Comisión Evaluadora presente un mejor nivel de cumplimiento considerando comportamiento contractual, de acuerdo a registro interno de la unidad de Adquisiciones del Mandante.
17) CONTACTO CON LOS OFERENTES:
Está definido que no puede existir contacto con los oferentes, salvo aclaraciones y lo especificado en las Bases y solo a través del Portal hasta la fecha de cierre de las ofertas.
Respecto a las consultas de adjudicación, el proveedor podrá realizar sus consultas vía email al contacto angela.rodriguez@ssconcepcion.cl , dentro de los 30 días corridos.
Las preguntas y respuestas serán publicadas en la Licitación y formarán parte integrante del proceso adjudicatario.
18) DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital de Lota adjudicará la Licitación en forma múltiple, aceptando las ofertas que obtengan el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada Iuego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto.
Por otra parte, la adjudicación será dejada sin efecto dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. Incluye el rechazo de la primera Orden de Compra que formaliza el contrato.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° 35 quater de la referida Ley.
d) Si se comprobare que alguno de los documentos o antecedentes presentados por el adjudicado no corresponden a la realidad.
e) Si se comprobare que alguno de los documentos o antecedentes presentados por el adjudicado no corresponden a la realidad.
En todos estos casos, y sin perjuicio de la aplicación de la garantía de seriedad de la oferta, el Hospital podrá readjudicar la licitación, dentro de los 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El Hospital tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente indicando las razones del atraso, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes.
19) DEL CONTRATO:
El plazo de duración del contrato será de treinta y seis (36) meses, a contar de la tramitación de la resolución que lo apruebe, sin perjuicio de las causales de terminación anticipada, que se estipulen en el referido contrato. Los derechos y obligaciones nacidos del contrato respectivo, sólo serán exigibles a partir de la fecha del acto administrativo que lo apruebe.
Que, en razón de buen servicio y para efectuar a la brevedad el uso del suministro que se contrata con la presente licitación pública, que busca no entorpecer el normal funcionamiento de estos servicios, que se deben dar de manera constante e ininterrumpida, se ha determinado dar inicio al Contrato, a partir de la notificación de la Resolución de Adjudicación de la Licitación en el www.mercadopublico.cl, siempre que haya generándose las órdenes de compras correspondientes, pero con la salvedad que el pago de estos deberá realizarse posterior a la firma y publicación de la Resolución Exenta que aprueba el Contrato de Suministros en el Portal www.mercadopublico.cl
El presupuesto estimado para financiar este contrato y que exceda al presente ejercicio anual, estará sujeta a la aprobación de las leyes respectivas que contemplen recursos para financiar el contrato.
Para la solución de conflictos que pudieren originarse durante el proceso de Licitación, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes fijan domicilio en la ciudad de Lota y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
El Hospital se reserva el derecho de rechazar el convenio, ya sea por no cumplimiento a las bases o por no satisfacer la demanda interna solicitada. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. Por lo tanto, el Hospital podrá aplicar las sanciones contempladas en las presentes bases y ejercer los derechos que le corresponden para obtener la reparación integra oportuna y total de los daños que causaren.
Supervisión del contrato:
El Hospital encomendará al Referente Técnico y/o Jefe de Atención al Usuario o quien les subrogue, Supervisar el fiel cumplimiento del contrato según lo estipulado en las presentes Bases Técnicas y Administrativas e informar a la Unidad de Abastecimiento en caso de incumplimiento.
20) DEL SERVICIO:
a) Operatoria del Convenio:
Durante la vigencia del contrato se seguirá el siguiente procedimiento:
• Esta Licitación se regirá por el sistema denominado “Adjudicación simple sin emisión automática de la Orden de Compra”, cuyas características y condiciones generales se encuentran en la Normativa e Instrucciones del Sistema de Compras y Contratación Pública, por lo cual el Mandante irá emitiendo a medida que se presenten las necesidades o requerimientos.
b) De los precios:
• El ingresado por línea de licitación en ficha electrónica debe ser valor neto y expresado en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo, con excepción de los impuestos, que incida el mismo.
• Si el oferente emite factura afecta a IVA o No afecta a IVA, la oferta económica por línea de licitación debe ser por el valor unitario, en pesos. Si el oferente emite Boleta de Honorarios deberá ofertar el valor Bruto, es decir, incluido el 13% de retención.
• Por línea de licitación el proveedor deberá ingresar el valor del servicio a ofertar que deberá ser coincidente con la información ingresada en formulario anexo económico. Este será el valor que competirá en la aplicación de los criterios de evaluación.
• Los precios ofertados regirán inalterables durante 12 meses, en el tiempo restante, el oferente podrá solicitar vía email, reajuste con una anticipación mínima de 30 días antes de finalizar los primeros 12 meses. El reajuste propuesto no podrá exceder la variación del IPC y se hará efectivo a contar de la publicación del porcentaje que regirá en el periodo siguiente. El Hospital podrá aceptar o rechazar la propuesta presentada en un plazo de 15 días corridos y se hará analizando la conveniencia para la Institución.
c) De las cantidades:
• El Hospital se reserva el derecho de modificar las partidas licitadas o programadas, ya sea disminuyéndolas o aumentándolas, respetando en ambos casos los precios adjudicados, sin que dichas modificaciones signifiquen gravamen alguno para el Hospital.
• Se considerarán como modificaciones (aumentos) de las cantidades adjudicadas, los requerimientos de productos/servicios que se formulen en virtud de las variaciones de la demanda.
d) De la orden de compra:
• La primera orden de compra será emitida una vez que esté totalmente tramitado la Resolución de Adjudicación y Contrato correspondiente. Las órdenes de compra generadas al proveedor adjudicado. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de compra desde la notificación en el portal Mercado Público.
e) De la facturación
• De la facturación y presentación de estado de pago:
La facturación será por prestaciones ejecutadas, previa conformidad del Jefe de Atención al Usuario o quién lo subrogue.
El adjudicatario deberá presentar una factura emitida al Hospital de Lota, que deberá indicar los siguientes datos:
• Razón Social
• RUT
• Domicilio
• N° ID Licitación
o Detalle servicio
• Nº de Actividades
• Mes de realización
• Valor cobro
• Programa asociado (Opcional).
La factura deberá ser emitida a nombre del Hospital de Lota, RUT. 61.602.203-2, dirección Carrera N° 702, Lota, cancelada en original y dos copias.
En el caso que la adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico indicado en la orden de compra.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
NOTA: Se solicita revisar o actualizar sistema de facturación electrónica a fin de que su factura sea enviada al correo dipresrecepcion@custodium.com en formato XML para poder ser rescatados por nuestro sistema. Adicionalmente incorporar número de orden de compra en COD: 801 al momento de emitir factura.
f) De la Recepción:
Jefe SOME emitirá un Memorándum indicando el mes de prestación, nombre del programa, N° de Licitación, Cantidad de Consultas ejecutadas. En planilla Excel debe indicar Especialidad, Nombre completo paciente, RUT, Edad, Tramo, Comuna origen, Nombre del profesional, Fecha solicitud, Fecha de citación, Estado, Establecimiento de origen.
g) Del pago:
El pago se realizará contra Acta de Recepción Conforme sin observaciones extendida por el Referente Jefe Atención al Usuario de acuerdo a los términos y condiciones establecidas en las presentes bases a través de emisión Memorándum, especificaciones técnicas, debe indicar cuenta corriente y entidad bancaria, para efectuar pago mediante transferencia electrónica.
El pago se efectuará en el plazo 30 días contados desde la fecha de recepción conforme de la factura y de los artículos requeridos, salvo que se presenten algunas de las siguientes situaciones:
• Las facturas mal extendidas o que no se incorporen los antecedentes propios del servicio, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.
Se pagará las actividades ejecutadas y con respaldo de SOME, que deberá emitir listado de pacientes atendidos.
21) DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN.
El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común
22) SANCIONES Y MULTAS:
a) De las multas y sanciones por el Servicio:
Cualquier incumplimiento de las bases y del acuerdo establecido con el proveedor facultará al Hospital de Lota para aplicar una o varias de las siguientes multas y sanciones:
MULTAS LEVES
Ítem Descripción Sanción
1 Atraso en inicio del día de prestaciones Salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente a 0.5 UTM, por evento, hasta un tope de 3 situaciones por mes.
MULTAS GRAVES
Ítem Descripción Sanción
1 Abandono a media jornada Salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente a 1 UTM, por evento, hasta un tope de 2 situaciones por mes.
2 Reclamos de Usuarios registrado en OIRS, por beneficiarios atendidos por el adjudicatario referidos a la calidad del servicio u atenciones otorgadas, tales como trato digno y respetuoso a los beneficiarios respetando la confidencialidad, derecho a la información, atención profesional adecuada, entre otros.
Salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente a 1,5 UTM, por cada uno de los reclamos ingresados y que el Mandante certifique que se ha cometido tal acción, hasta un tope de 2 situaciones por mes.
FALTAS GRAVISIMAS
Ítem Descripción Sanción
1 Inasistencia injustificada. Si el proveedor desiste de realizar las prestaciones adjudicadas en el día programado, sin dar aviso al Hospital Salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, se aplicará una multa equivalente a 5 UTM, por día de inasistencia injustificada, hasta un tope de 2 situaciones por mes.
2 Cobro indebido de prestaciones 100% del valor cobrado o por cobrar, sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados indebidamente, se aplicará una multa equivalente a 5 UTM por incidente.
Estas multas serán aplicadas igualmente en los casos de incumplimiento de lo ofertado por el adjudicatario en virtud de las Bases Técnicas y cualquier otro respecto de las obligaciones asumidas en las presentes Bases.
Sanciones: Cualquier incumplimiento facultará al Hospital de Lota para aplicar lo siguiente:
1. Poner término anticipado del contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento de ninguna especie.
2. Readjudicar el proceso licitatorio al segundo oferente o al tercero, si las condiciones son ventajosas y no han impedimento legal para realizar la readjudicación.
El monto de las multas, será rebajado del pago que la Entidad
deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente.
b) Procedimiento de aplicación de multas:
EL ENCARGADO DEL CONTRATO DEBE NOTIFICAR A LA UNIDAD DE MULTAS POR ESCRITO DEL INCUMPLIMIENTO, CONFIGURÁNDOSE ASÍ LA CAUSAL DE PROCEDIMIENTO APLICACIONES DE SANCIONES Y/O TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones” el cual será notificado mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato” comunicando del inicio del procedimiento y especificando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl modulo gestión de contrato los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución aplicando o no la sanción.
Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 137 del Reglamento de Compras Públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público “Gestión de Contrato”.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) desde notificada la resolución en portal Mercado público “Gestión de Contrato” para presentar recurso de reposición a través de carta certificada o con entrega presencial en Oficina de Partes o derivando sus descargos al correo electrónico oficinapartes@ssconcepcion.cl – Angela.rodriguez@ssconcepcion.cl. Resuelto el recurso de reposición, ya sea éste acogido parcial o totalmente, será notificado al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones”, el que a su vez notificará mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico que el Sistema dirige al “administrador del Contrato”; en caso que el recurso de reposición sea rechazado, el acto administrativo que así lo resuelva será notificado por correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato”.
23) DE LAS MODIFICACIONES Y DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
a) De las modificaciones:
Los contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato. En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos:
i. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
ii. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
iii. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
i. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
ii. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
iii. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
b) Del Término Anticipado:
Serán causales de término anticipado del contrato que suscriba el Adjudicatario, las numeradas en el artículo 130 del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones, del ministerio de Hacienda, a saber:
1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:
a. Dos veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de una multa por Falta Leve.
b. Por una Falta Gravísima.
2. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
5. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
6. Por la incapacidad del adjudicatario para seguir adelante con la prestación de servicios contratados, derivada de problemas internos, pérdida de la representación de la marca ofertada, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros.
7. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
8. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e. Disolución de la UTP.
9. Por infracción a lo estipulado en el artículo 4º de la ley de compras.
10. Abandono de prestación del convenio. Esto ocurre cuando el proveedor suspende el despacho arbitrariamente e interrumpe la comunicación con el mandante.
11. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
12. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
a. No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
b. Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación.
En el evento que se incurra en una de las causales contempladas precedentemente, se producirá el término del contrato, sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor de esencial a la presente cláusula.
c) Del procedimiento:
a. En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 al 10, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada u otro medio, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada u otro medio al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
El Hospital tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, si lo considerase necesario.
b. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 12 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
d) Del procedimiento: EL ENCARGADO DEL CONTRATO DEBE NOTIFICAR A LA UNIDAD DE MULTAS POR ESCRITO DEL INCUMPLIMIENTO, CONFIGURÁNDOSE ASÍ LA CAUSAL DE PROCEDIMIENTO APLICACIONES DE TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de término anticipado, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones” el cual será notificado mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato” comunicando del inicio del procedimiento y especificando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de término anticipado, además se informará su monto. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de término anticipado o efectuar sus descargos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl modulo gestión de contrato los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución aplicando o no la sanción.
Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 137 del Reglamento de Compras Públicas la resolución que aplique el término anticipado deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público “Gestión de Contrato”.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) desde notificada la resolución en portal Mercado público “Gestión de Contrato” para presentar recurso de reposición a través de carta certificada o con entrega presencial en Oficina de Partes o derivando sus descargos al correo electrónico oficinapartes@ssconcepcion.cl – ingridflores@ssconcepcion.cl – angela.rodriguez@ssconcepcion.cl. Resuelto el recurso de reposición, ya sea éste acogido parcial o totalmente, será notificado al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones”, el que a su vez notificará mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico que el Sistema dirige al “administrador del Contrato”; en caso que el recurso de reposición sea rechazado, el acto administrativo que así lo resuelva será notificado por correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato”.
a. El término del contrato por la causal establecida en el numeral 12 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
24) PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
25) DE LA OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el p. 23 de las presentes bases.
26) RE-ADJUDICACION:
La presente Licitación podrá ser re-adjudicada a la segunda oferta, en los siguientes casos:
Que el proveedor adjudicado rechazara la primera Orden de Compra que formaliza el contrato.
Por interrupción del servicio por parte de la empresa adjudicada sin dar ningún tipo de explicación e un plazo no mayor a 10 días corridos.
En aquellos casos que por razones de interés público así lo determine el Hospital de Lota.
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