Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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17-02-2028
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Monto:
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5
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laboral y sociales, el proponente adjudicado deberá entregar una garantía para el CONTRATO DE MANTENCIÓN Y/O REPARACIÓNES DEL VEHÍCULO INSTITUCIONAL NISSAN NEW X-TRAIL, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS RIOS PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, por el 5% del total del contrato, con una vigencia mínima de 3 meses posteriores a la fecha de término de contrato.
Esta garantía deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT N°70.072.600-2, pagadera a la vista e irrevocable, expresarse en pesos chilenos y tomada por cualquier persona.
Se aceptarán como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento la boleta de garantía bancaria, vale vista, deposito a la vista, instrumentos que aseguren el cobro de la misma de manera rápida y efectiva.
El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo certificado y recibido en la oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles XIV Región, ubicada en calle Arauco 371-373.
El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta el quinto día hábil contado desde la notificación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl del llamado a licitación pública, en el siguiente horario:
Lunes a Viernes : de 08:00 hasta las 14:00 horas.
La glosa de la garantía debe indicar: "EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE MANTENCIÓN Y/O REPARACIÓNES DEL VEHÍCULO INSTITUCIONAL NISSAN NEW X-TRAIL, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS RIOS PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES. O similar.
Respecto al vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N°11.
Esta garantía será entregada en la Oficina de Partes de la Dirección Regional de Los Ríos, en forma previa a la firma del contrato respectivo y su devolución se efectuará en la fecha de la recepción definitiva, a través de la Oficina de tesorería.
Al momento de hacerse efectiva la devolución del documento de garantía, la persona que lo retira deberá firmar, donde señalara la fecha de devolución, presentando su Cédula de Identidad y copia de esta, la que será guardad para archivo de la institución, además de poder emitido por la empresa que autoriza a entregar dicho documento, en caso de que no se trate del representante legal.
El contrato que se suscribirá deberá individualizar tanto la naturaleza de la garantía, esto es, si se está en presencia de una Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, además de señalar, expresamente, la fecha de vencimiento de dicho instrumento.
Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato.
La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última.
El proveedor podrá solicitar la devolución de la Boleta de Garantía, una vez establecido por la Unidad requirente que se encuentra sin observaciones la ejecución, fiel y oportuna del cumplimiento del contrato.
La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en el punto 27 de las presentes Bases sobre término anticipado de contrato; y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato.
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Glosa:
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"EN GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE MANTENCIÓN Y/O REPARACIÓNES DEL VEHÍCULO INSTITUCIONAL NISSAN NEW X-TRAIL, DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE LOS RIOS PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES. O similar.
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Forma y oportunidad de restitución:
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El proveedor podrá solicitar la devolución de la Boleta de Garantía, una vez establecido por la Unidad requirente que se encuentra sin observaciones la ejecución, fiel y oportuna del cumplimiento del contrato.
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