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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación,
acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con
todas y cada una de las estipulaciones contenidas en las presentes bases, sin
perjuicio de las que se señalen los demás documentos integrantes. Especialmente,
el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus
trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política
de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad
al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades,
productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo
con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones
Unidas.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder,
sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza
y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso
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de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se
deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello
se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad,
probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y
él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es
una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y
económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la
misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que
las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas
por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o
como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales
que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
El oferente se obligada a guardar secreto respecto de las actividades desarrolladas
en el Centro de Formación Técnica Estatal de Aysén, tanto durante la vigencia del
contrato como una vez extinguido éste. En consecuencia, no divulgará ni dará a
conocer a nadie, ni utilizará en beneficio propio o de terceros los conocimientos que
obtenga mediante sus funciones y que han llegado a su conocimiento, ni respecto
de los proyectos en desarrollo o en planificación, así como también respecto a los
modelos, sistemas o directrices utilizados o propiedad de la misma, salvo que
medie autorización expresa del CFT de Aysén.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se
considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido
presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del
plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
periodo de evaluación de éstas.
Esta solicitud se efectuará a través del Foro Inverso del Sistema de Información, y
estos dispondrán de 48 horas, a partir de la hora y día en que se hace la solicitud
por dicho foro, para subirla al Sistema de Información antes mencionado.
De no presentar la documentación solicitada en esta segunda instancia o no
presentarla en los plazos o términos señalados, se desestimará la oferta, mediante
el acto administrativo correspondiente
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y
que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se
afectará el principio de igualdad de los oferentes
En tales condiciones, las Bases deberán establecer, dentro de los criterios de
evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta,
asignando un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para
presentación, con todo lo requerido.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o
de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información.
Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el capítulo IV, párrafo 7, artículo 56, del
Decreto N°661/2024 Reglamento de la Ley N°19.886 y Artículo 9º de la misma Ley
de Compras.
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