Licitación ID: 761-7-LR22
SERVICIO DE AUDITORIAS FINANCIERAS E38682022
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
LÍNEA A: Municipios de las Regiones de Atacama, Antofagasta, Coquimbo y Valparaíso (1). Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: CASABLANCA, PUCHUNCAVÍ, LA CALERA, COQUIMBO, ANTOFAGASTA, CONCÓN, DIEGO DE ALMAGRO. $111.300.000  

2
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
LÍNEA B: Municipios de las Regiones de Valparaíso (2) y Libertador General Bernardo O’Higgins (1). Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: LA LIGUA, CODEGUA, PAPUDO, MOSTAZAL, VILLA ALEMANA, VIÑA DEL MAR, CATEMU. Presupuesto $94.400.000  

3
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
LÍNEA D: Municipios de las Regiones del Biobío (2), Araucanía y Los Ríos. Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de LUMACO, TEODORO SCHMIDT, VILCÚN, HUALPÉN, PADRE LAS CASAS, VALDIVIA, TEMUCO. Presupuesto máximo disponible: $104.500.000.  

4
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
LÍNEA E: Municipios de las Regiones de Los Lagos y de Magallanes y de la Antártica Chilena. Municipios Beneficiarios (Total: 8): Municipalidad de: PALENA, COCHAMO, PUERTO OCTAY, MAULLÍN, FRUTILLAR, NATALES, PUERTO VARAS, OSORNO. $98.100.000.-  

5
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
LÍNEA F: Región Metropolitana. Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: ISLA DE MAIPO, PIRQUE, TILTIL, SAN RAMÓN, QUINTA NORMAL, QUILICURA, ÑUÑOA. Presupuesto máximo disponible: $101.150.000.-  

6
Servicios de auditoria gubernamentales 1 Unidad
Cod: 93151607
LÍNEA G: Región Metropolitana (2) y Aysén. Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: COYHAIQUE, O´HIGGINS, CALERA DE TANGO, PADRE HURTADO, MELIPILLA, PUDAHUEL, MAIPÚ. Presupuesto máximo disponible: $111.850.000.-  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE AUDITORIAS FINANCIERAS E38682022
Estado:
Revocada
Descripción:
SERVICIOS DE AUDITORÍAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU” E38682022
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ministerio del Interior - Subsecretaría de Desarrollo Regional
R.U.T.:
60.515.000-4
Dirección:
TEATINOS 92 PISO 2°
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-03-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-02-2022 12:13:35
Fecha inicio de preguntas: 22-02-2022 16:00:00
Fecha final de preguntas: 03-03-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-03-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-03-2022 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-03-2022 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 13-04-2022 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 28-04-2022
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
TODOS LOS OFERENTES, deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en edificio Moneda Bicentenario, en calle Teatinos N°92,2°Piso, comuna y ciudad de Santiago, dentro de 25-03-2022 15:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- BASES ADMINISTRATIVAS. 1. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Las propuestas se presentarán EXCLUSIVAMENTE a través del Sistema Electrónico de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. CADA OFERENTE DEBERÁ PRESENTAR UNA SOLA OFERTA POR CADA LÍNEA DE CONTRATACIÓN, PUDIENDO POSTULAR HASTA UN MÁXIMO DE TRES LÍNEAS, mediante formularios separados que contendrán: 1.1. OFERTATÉCNICA: El oferente deberá presentar una oferta técnica por cada línea de contratación que cumpla con todas las exigencias y especificaciones señaladas en las Bases o Especificaciones Técnicas referidas en el acápite IV. En consecuencia, el oferente deberá acompañar a través del portal www.mercadopublico.cl, la siguiente información para su evaluación técnica: a) Anexo Nº 1: Ficha de presentación del oferente, adjuntando certificado de registro vigente en la Comisión del Mercado Financiero (CMF). b) Declaración Jurada de requisitos para Ofertar disponible en el sistema de información sobre Inhabilidades por condenas y Ausencia de Conflictos de interés. Si fuere el caso, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá firmar esta declaración y en el caso de afectar una causal de inhabilidad a alguno de ellos, la Unión Temporal deberá decidir si continúa con el resto de los integrantes no inhábiles o si se desiste de participar en el proceso de contratación. Durante la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión Evaluadora deberá verificar que el respectivo proponente haya extendido esta Declaración Jurada en el sistema de información. c) Anexo Nº 2: Declaración jurada simple “Pacto de Integridad”. d) Anexo N°3: Declaración Jurada Simple sobre Criterio de Sustentabilidad: “Modalidad de la contratación”. e) Anexo N°4: Propuesta técnica por cada línea de contratación a la que postule, que deberá incluir el plan de trabajo, según lo establecido en el numeral 4.1 de las bases técnicas de ésta licitación. f) Anexo N°5: Currículum del oferente con las respectivas certificaciones solicitadas en el punto 4.8 de las Bases Técnicas. Adjuntar adscrito a este Anexo el certificado o formulario de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos. g) Anexo N°6: Carta Gantt o Cronograma completo de las actividades a desarrollar en razón del trabajo con cada uno de los Municipios de la línea a la que postula. h) Anexo 7°: Sobre Propiedad Intelectual i) Anexo N°8: Organigrama del Equipo de Trabajo j) Anexos N°9-A, 9-B y 9-C: Currículum del Equipo de Trabajo (Gerente, Supervisores y Auditores) con las respectivas certificaciones solicitadas en el punto 4.7.2 de las Bases Técnicas literales a) y b)). k) Anexo Nº 10: CARTA DE DECLARACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL EQUIPO DE TRABAJO OFERTADO EN CADA LINEA l) Anexo N° 11: Sobre Confidencialidad y Reserva de Información. 1.2. OFERTA ECONÓMICA: El proponente deberá ofertar por el valor de cada línea en su totalidad, sin perjuicio del monto máximo a ofertar en forma desagregada por cada comuna que conforma cada una de las líneas de contratación, según el valor itemizado que se ha informado en el numeral 6.1 de las bases técnicas de la licitación. Todos los precios deben ser expresados en pesos, en valores netos y totales. Para presentar la oferta económica, el oferente deberá presentar el Anexo 12, por separado: a) Anexo N° 12: Formulario de Oferta Económica. Las propuestas que superen el monto máximo del presupuesto disponible por línea considerado en las bases técnicas del acápite IV, serán rechazadas al momento de la liberación electrónica de las ofertas y luego serán declaradas inadmisibles. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los costos de organización y elaboración de los productos, tales como gastos de traslado, pasajes, viáticos y alojamiento de su equipo de profesionales u otro relacionado con el equipo auditor, considerando también honorarios o remuneraciones de cada uno de ellos. También incluye los costos de materiales, servicios, equipos, derechos e impuestos, reuniones de trabajo y todas las actividades que impliquen el desarrollo del Plan de Trabajo y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán inalterables y fijos hasta el total cumplimiento de los servicios. 1.3. La oferta que no contenga todos los antecedentes referidos en los numerales anteriores, no cumplirá con los requisitos mínimos solicitados en las bases de licitación, por lo que se propondrá su declaración de inadmisibilidad y no será examinada por la comisión evaluadora, salvo que legalmente proceda aplicar la letra b) del párrafo 9.4 de este acápite V. LOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS QUE CONTENGAN LA INFORMACIÓN ANTERIOR U OTROS ADJUNTOS, DEBERÁN SER EN FORMATO PDF, WORD, EXCEL, PDF O JPG. 2. IDIOMA El idioma oficial de la propuesta es el español. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en ese idioma, con la sola excepción de las palabras técnicas que comúnmente se utilizan en un idioma distinto. 3. DOCUMENTOS LEGALES 3.1. TODOS LOS OFERENTES, deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en edificio Moneda Bicentenario, en calle Teatinos N°92,2°Piso, comuna y ciudad de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma de la licitación, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15 y 15.1 de este acápite, pudiendo otorgarse también de manera electrónica, caso en el que deberá ser adjuntada en el sistema de información “portal www.mercadopublico.cl” y remitida al correo electrónico institucional documento.garantia@subdere.gov.cl y ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el anverso de dicho sobre se indicará lo siguiente: Nombre del oferente: Nombre completo del oferente y firma de sus representantes legales. Nombre de la contratación: “SERVICIOS DE AUDITORÍAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU”. (E3868/2022). Requirente-solicitante: Departamento de Finanzas Municipales – División de Municipalidades - Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre, estampando en su anverso el día y hora de su recepción. Será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre, verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.2. EL OFERENTE INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: (www.chileproveedores.cl) deberá indicar en su oferta técnica que cumple esta condición. Además, deberá señalar cuáles son sus Documentos Acreditados disponibles en su Ficha Electrónica Única para que sean revisados en el portal. No obstante, Fiscalía de SUBDERE se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, documentación legal en soporte material. Lo mismo ocurrirá en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento, correspondiendo a esa instancia pronunciarse sobre la materia. 3.1. EL OFERENTE NO INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl),que se ubique en el primer lugar del ranking luego de la evaluación de las ofertas y que fuere adjudicado, deberá acompañar para efectos de su contratación y en el plazo de 5 días hábiles desde la publicación en el sistema de la resolución de adjudicación de la presente licitación, un sobre sellado con los siguientes documentos: a) Fotocopia autorizada del RUT del oferente. b) Fotocopia autorizada de la cédula de identidad por ambos lados del/los representantes legales de la entidad oferente. c) Certificado de vigencia de la sociedad y anotaciones marginales o certificado de vigencia con nómina de directorio, de fecha no anterior a 10 días, según corresponda, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o Certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659. d) Copia legalizada de: i) La escritura pública de constitución de la sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; ii) Extracto de constitución de la sociedad (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); iii) La inscripción del extracto de constitución de la sociedad; (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); iv) La publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); v) La o las escrituras públicas de modificación de la sociedad con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron; (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659); vi) Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; vii) El poder vigente del representante legal, si no estuviere acreditado en los documentos anteriores. viii) En el caso de personas jurídicas sin fines de lucro, se deberá acompañar copia autorizada del acta de constitución y estatutos. Tratándose de universidades estatales o universidades privadas reconocidas por el Estado de Chile, bastará que se adjunte el estatuto correspondiente actualizado y copia del decreto de nombramiento del rector o, en su caso, del decano respectivo o persona con poder suficiente para actuar en representación de la Universidad. En este último caso, además, deberá adjuntarse el instrumento en que conste la capacidad del decano o persona con poder para firmar el contrato respectivo en nombre de la universidad, escuela o departamento según corresponda, si no constare en los estatutos. e) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo. f) Certificado de Deuda de la Tesorería General de la República. Las personas naturales sólo deberán acompañar los documentos indicados en las letras b), e) y f) anteriores. El sobre sellado se entregará en las oficinas de SUBDERE ubicadas actualmente en Edificio Moneda Bicentenario en calle Teatinos N° 92, 2° piso, (Oficina de Partes), Santiago, indicando el nombre y el Nº de ID de la Licitación. El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre, estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre verificar que esta diligencia sea cumplida. 3.4. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. Si dos o más proveedores se unen para efecto de participar en este proceso de licitación, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad, entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con esta entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando la contratación sea igual o superior a 1.000 UTM, como es el caso, tal representante deberá acompañar escritura pública en la que conste la unión temporal, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. En todo caso, la vigencia de dicho acuerdo no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación si fuere el caso. Las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 4. CONSULTAS Y ACLARACIONES. 4.1. Los proponentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en el Cronograma de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación. Las consultas se efectuarán solamente vía portal www.mercadopublico.cl. 4.2. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el mismo cronograma. 4.3. Todas las respuestas a las consultas o aclaraciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl el día que establece el Cronograma de la licitación (punto III de estas bases). Las respuestas serán entendidas como interpretación de la SUBDERE a la presentes Bases en aquellos aspectos consultados. 5. MODIFICACIÓN DE LAS BASES. Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa de la SUBDERE o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a efecto, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y entrarán en vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 6. VALIDEZ DE LA OFERTA. Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, SUBDERE podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de aquellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. 7. RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS. 7.1. Las ofertas o propuestas técnicas y económicas se recibirán hasta el día y hora señalados en el Cronograma (Punto III de estas bases), EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl. Sólo serán consideradas aquellas ofertas que hubieren sido presentadas dentro de dicho plazo, en consecuencia, expirado dicho período no se admitirá propuesta alguna, salvo cuando la Dirección de Compras emita certificado de indisponibilidad técnica del Sistema de Información y se solicite dicha ratificación dentro de las 24 horas siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles, contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información. Lo anterior, sin perjuicio de haberse dado oportuno cumplimiento a a la entrega de la garantía de seriedad de la oferta de acuerdo al punto 3) “Documentos Legales” y punto 15 y 15.1 de estas Bases Administrativas, dentro de los plazos que se establecen. 7.2. Los oferentes no podrán hacer modificaciones en sus propuestas una vez presentadas.Tampoco podrán retirarlas, y si lo hacen se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta. 8. LIBERACIÓN DE LAS OFERTAS. 8.1. El funcionario encargado de Adquisiciones, el día y hora señalado en el Cronograma, realizará el cierre electrónico y liberación de las ofertas técnicas y económicas presentadas, con la presencia de los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. 8.2. A la Comisión Evaluadora de Ofertas, en este acto de apertura, le corresponderá lo siguiente: a) Proponer se declare desierta la licitación en caso de comprobar que no se presentaron ofertas. b) Proponer se declaren inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren en la siguiente situación: - Aquellas cuyas garantías de Seriedad de la Oferta y/o Declaraciones Juradas Simples (requisitos para ofertar y Pacto de Integridad) no hubieren sido presentadas, o hubieren sido presentadas fuera del plazo establecido en el cronograma de las bases, o en el caso que ellas se encuentren incorrectamente extendidas. - Aquellas que no hayan acompañado la oferta técnica o económica en las condiciones señaladas en el acápite IV de las Bases o Especificaciones Técnicas. En todos estos casos, no resultará aplicable lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. 9.1. La evaluación de todas las Ofertas Técnicas y Económicas presentadas, será realizada por la Comisión Evaluadora, la que deberá estar integrada por funcionarios de la SUBDERE que serán designados al efecto a través de una resolución exenta que se publicará antes de la apertura electrónica de la licitación. 9.2. Los suplentes pasarán a integrar la Comisión Evaluadora y reemplazarán a los titulares en el mismo orden que indique dicha resolución, siempre que algún miembro titular esté inhabilitado o impedido para participar por cualquier causa legal. 9.3. Presidirá esta Comisión la persona de más alto rango que la integre, y en el caso de que existan dos personas en la misma situación, lo hará aquella que acredite mayor antigüedad. Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dichos cuerpos normativos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº 6, de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 9.4. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, una vez concluida la liberación electrónica de las ofertas, las siguientes: a) Evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los oferentes por cada línea a la que postulen, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el acápite IV de estas Bases. b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886,de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. Conforme al mismo artículo 40 citado en el párrafo anterior, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. La Comisión Evaluadora concederá el plazo fatal de 2 (dos) días hábiles para la corrección de estos errores u omisiones, contado desde el requerimiento, el que se informará a través del Sistema de Información. La SUBDERE no considerará las respuestas o antecedentes recibidos, una vez vencido dicho plazo. c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En aquel se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y/o ponderaciones que se indican en el numeral siguiente. En el caso de que el puntaje obtenido sea un número con decimales, se aproximará al número entero más cercano (Si el número decimal es igual o mayor que 5 se aumentará al entero más cercano. Por otro lado, si el número decimal es menor que 5 se disminuirá al entero más cercano). Las aproximaciones mencionadas sólo se aplicarán al final de la evaluación, esto al ponderar el puntaje final, en las etapas anteriores se evaluará considerando decimales. d) La Comisión Evaluadora analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente y en cada línea de contratación en el plazo establecido en las presentes Bases y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo la Comisión podrá requerir a los oferentes, aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las presentes bases, todo esto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39 del D.S.Nº250,de2004,del Ministerio de Hacienda. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia de la oferta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. 9.5. La Comisión evaluará las propuestas sobre la base de su adecuación a las Bases Técnicas, aplicando los factores y sub-factores de evaluación y el mecanismo de asignación de puntaje especificado más adelante. A cada propuesta adecuada a las Bases se le asignará un puntaje. El puntaje máximo que puede obtenerse es de 100 puntos, construyéndose el mismo a partir de la sumatoria de puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y ponderaciones que se indican a continuación: 1. OFERTA TÉCNICA: 65% 2. OFERTA ECONÓMICA: 30% 3. CRITERIO DE SUSTENTABILIDAD “MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN”: 3% 4. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR DEL PROVEEDOR INSCRITO SEGÚN EL REGISTRO: 1% 5. CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: 1% TOTAL: 100%, EQUIVALENTE A 100 PUNTOS. ESCALA 0 A 100 PUNTOS
Documentos Técnicos
1.- BASES O ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: Nombre Contratación: “SERVICIOS DE AUDITORÍAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU”. Duración: Todas las actividades deberán ejecutarse en un plazo máximo de 180 días corridos, incluyendo la revisión y aprobación de los respectivos informes. contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato de prestación de servicios. Ahora bien, el servicio propiamente tal deberá prestarse en un plazo máximo de 90 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato de prestación de servicios Lugar y Jornada de Trabajo: Las auditorías deberán desarrollarse de manera semipresencial, debiendo el/los auditor(es) constituirse de manera presencial, en cada uno de los municipios de la línea que sea adjudicada, un tiempo mínimo de 5 días hábiles en jornada completa (para la evaluación de control interno) durante la vigencia del contrato. Presupuesto Disponible:$621.300.000.- (seiscientos veintiún millones trescientos mil pesos) impuestos incluidos. Modalidad: Adjudicación Múltiple (CADA OFERENTE PODRÁ POSTULAR A UN MÁXIMO DE TRES LÍNEAS) Formato: Semipresencial Perfil de los oferentes: Podrán participar personas naturales, jurídicas y las Uniones Temporales de Proveedores, habilitadas para contratar con organismos de la Administración del Estado (artículo 4º de la Ley Nº 19.886), que cumplan con el perfil y que se encuentren inscritos y vigentes en los Registro de Empresas de Auditoría Externa y/o en el de Inspectores de Cuentas y Auditores Externos de la Comisión para el Mercado Financiero de Chile. 1. PREÁMBULO: En el marco del proyecto denominado Sistema de Información Municipal “SIM” y de la Ficha de Información Municipal Única FIMU, el que consiste en visualizar en una plataforma web, alojada en la SUBDERE, información e indicadores analíticos que permitan conocer la gestión municipal y financiera a un momento determinado, y otros de interés público trimestralmente. Dicho proyecto, está amparado en las disposiciones contenidas en el Artículo 2º de la Ley N°19.602, donde se establece que corresponde a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, recoger, procesar y difundir la información relacionada con el quehacer de las I. Municipalidades, especialmente en lo relativo a su gestión financiera y presupuestaria, administración de personal y prestación de servicios. Con el espíritu de mejorar la calidad de la información revelada en los estados financieros de las municipalidades del país y de fomentar los estándares de probidad y transparencia de los gobiernos locales, se ha planificado dentro de los alcances del programa SIM-FIMU, el desarrollo de auditorías financieras de traspaso de autoridad comunal, en el marco de las elecciones de alcaldes y concejales para el período 2021-2024. En virtud de lo anterior, se ha dispuesto auditar a 51 municipalidades integrantes del programa compuesto por un universo actual de 189 corporaciones edilicias, lo que implica una cobertura del 26% de los municipios integrantes del citado programa y, equivalente a un 15% del total nacional; la muestra considerada para la auditoría se plantea particularmente enfocada en aquellos municipios que cuentan con cambios de administración edilicia. Los procesos de auditorías están orientados a una verificación de la información contable de los municipios, en particular de los estados financieros revelados para el período correspondiente entre 01 de enero al 31 de diciembre del año 2020 y de los reportes financieros del área municipal registrados hasta la fecha del acta de traspaso de gestión, además de la evaluación de ciclos críticos como lo son los ciclos de control, cobranza, personal, entre otros. El proceso de licitación se perfeccionará mediante la modalidad de adjudicación múltiple, por lo que los oferentes interesados podrán presentar propuesta para una y hasta tres líneas de contratación, sin posibilidad de realizar ofertas parciales por comunas consideradas en cada línea. Cada línea está conformada por un grupo distinto de municipios, las que se detallan a continuación señalando el presupuesto máximo disponible para cada una de ellas: 1. LÍNEA A: Municipios de las Regiones de Atacama, Antofagasta, Coquimbo y Valparaíso (1). Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: CASABLANCA, PUCHUNCAVÍ, LA CALERA, COQUIMBO, ANTOFAGASTA, CONCÓN, DIEGO DE ALMAGRO. Presupuesto máximo disponible: $111.300.000.- (Ciento once millones trescientos mil pesos, impuestos incluidos. 2. LÍNEA B: Municipios de las Regiones de Valparaíso (2) y Libertador General Bernardo O’Higgins (1). Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: LA LIGUA, CODEGUA, PAPUDO, MOSTAZAL, VILLA ALEMANA, VIÑA DEL MAR, CATEMU. Presupuesto máximo disponible: $94.400.000.- (noventa y cuatro millones cuatrocientos mil pesos), impuestos incluidos. 3. LÍNEA D: Municipios de las Regiones del Biobío (2), Araucanía y Los Ríos. Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de LUMACO, TEODORO SCHMIDT, VILCÚN, HUALPÉN, PADRE LAS CASAS, VALDIVIA, TEMUCO. Presupuesto máximo disponible: $104.500.000.- (ciento cuatro millones quinientos mil pesos), impuestos incluidos. 4. LÍNEA E: Municipios de las Regiones de Los Lagos y de Magallanes y de la Antártica Chilena. Municipios Beneficiarios (Total: 8): Municipalidad de: PALENA, COCHAMO, PUERTO OCTAY, MAULLÍN, FRUTILLAR, NATALES, PUERTO VARAS, OSORNO. Presupuesto máximo disponible: $98.100.000.- (noventa y ocho millones cien mil pesos), impuestos incluidos. 5. LÍNEA F: Región Metropolitana. Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: ISLA DE MAIPO, PIRQUE, TILTIL, SAN RAMÓN, QUINTA NORMAL, QUILICURA, ÑUÑOA. Presupuesto máximo disponible: $101.150.000.- (ciento un millones ciento cincuenta mil pesos), impuestos incluidos. 6. LÍNEA G: Región Metropolitana (2) y Aysén. Municipios Beneficiarios (Total: 7): Municipalidad de: COYHAIQUE, O´HIGGINS, CALERA DE TANGO, PADRE HURTADO, MELIPILLA, PUDAHUEL, MAIPÚ. Presupuesto máximo disponible: $111.850.000.- (ciento once millones ochocientos cincuenta mil pesos), impuestos incluidos. 2. ANTECEDENTES GENERALES 2.1. Objetivo General del Proyecto: Efectuar una auditoría de los Estados Financieros correspondiente al período entre el 01 de enero y el 31 de diciembre del año 2020 y de los antecedentes financieros adscritos al acta de traspaso de gestión, a objeto de emitir una opinión sobre la razonabilidad de dichos Estados, presentados en base al marco regulatorio establecido por la CGR aprobado por la Resolución N° 3 de 2020 y normativa anterior Oficio C.G.R. N° 60.820 del año 2005, incluyendo una revisión y evaluación independiente de la situación patrimonial y estado de resultados de los municipios y sus mecanismos de control interno. Ello, con la finalidad de conocer el estado de situación financiero y económico de la municipalidad, al momento de cambio de administración edilicia. 2.2. Período a auditar: Rango de períodos a auditar por año: Entre el 01-01-2020 y al 31-12-2020. Desde el 01-01-2021 a la fecha del acta de traspaso de gestión, a que hace mención el artículo 67, inciso penúltimo de la Ley Orgánica y Constitucional de Municipalidades, en adelante “acta de traspaso”. 2.3. Alcances: Las auditorías a ejecutarse en las líneas de municipios beneficiarios, incluirá la gestión financiera, contable y administrativa del sector municipal. No se considerará para esta auditoría las áreas de: educación, salud, cementerios y corporaciones, sin perjuicio de incluir en el análisis las transferencias o traspasos referidos a estas áreas. 2.4. Puntos de interés a considerar: a) Estados Financieros del período comprendido entre el 01 de enero del 2020 y el 31 de diciembre del 2020: Balance General, Estado de Resultados, Estado de Flujo de Efectivo, Estado de Situación Presupuestaria, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y Notas Explicativas. b) Balance de comprobación y saldos, Balance de Ejecución presupuestaria de ingresos y gastos a la fecha del acta de traspaso. c) Revisión de las principales “notas explicativas” a los estados financieros al 31-12-2020, entre éstas las cuentas que registran las disponibilidades, los deudores y acreedores presupuestarios y no presupuestarios de corto plazo y largo plazo. d) Revisión de la documentación de respaldo que registran las disponibilidades y los deudores y acreedores presupuestarios y no presupuestarios de corto plazo y largo plazo. Se deberá considerar la aplicación de pruebas de auditoría tendientes a validar la efectividad del gasto o servicio contratado. e) Solicitar los análisis de las cuentas contables de activos y pasivos y verificar que éstas concilien con los estados financieros. Revisión de los movimientos de fondos y conciliaciones bancarias, procesos de recaudación de ingresos. f) Determinación del resultado financiero y las principales debilidades de información en el proceso financiero, a la fecha de traspaso de autoridad edilicia. g) Evaluación de la ejecución y control del presupuesto de ingresos y gastos, con sus correspondientes modificaciones. h) Verificación de la oportunidad del registro de los hechos económicos considerando la normativa contable vigente para las Municipalidades. i) Revisión de la gestión de recaudación y del cumplimiento del cobro de derechos y tributos, tanto en plazo y fondo. j) Análisis del endeudamiento, corto, mediano y largo plazo, a través de los indicadores financieros pertinentes. k) Verificar los ingresos de Permisos de Circulación y su Transferencia al Fondo Común Municipal (FCM), así como también con las multas y patentes comerciales, cuando corresponda. l) Otras pruebas de auditoría que sean necesarias para emitir la opinión del auditor. 2.5. Procesos a auditar: 1.Ingresos Materia a auditar: Ingresos a las cuentas corrientes en los Bancos y pertinencia del traspaso Ingresos Municipales, licencias médicas, multas de beneficio municipal, patentes comerciales y otros. Depósitos en cuentas corrientes Registro contable de los ingresos Aplicación de la normativa contable. 2. Ejecución del Gasto Legalidad del Gasto. Licitaciones y cotizaciones. Control administrativo. Pagos Contabilización Aplicación de la normativa contable. 3. Rendición de Cuentas Otorgamiento de fondos a rendir Conciliaciones bancarias Contabilización Aplicación de la normativa contable 3. PRODUCTOS A ENTREGAR POR CADA CONSULTOR/A: a) PRODUCTO N° 1 Evaluación de Control Interno, considerando los principales ciclos de la administración financiera: - Ciclo de remuneraciones: Evaluación de la validez, registro e integridad del personal de planta, a contrata y a honorarios (incluyendo los de programas municipales de financiamiento propio o externo). Revisión de áreas de riesgo tal como horas extras, sistema de control de asistencia, contrataciones a honorarias, recuperación de licencias médicas y pago de bonos. - Ciclo de Ingresos: Control de la validez, registro e integridad de los ingresos propios o recibidos de terceros (aportes, transferencias, programas, etc.) - Ciclos de Cobranzas y Cuentas por cobrar. - Ciclo de Compras: Evaluación de la validez de las adquisiciones, junto al cumplimiento de la normativa de compras públicas, con énfasis en las compras directas, especialmente respecto de empresas privadas u organizaciones, cuyo cliente preferente o único es la municipalidad. - Revisión del Ciclo de Cierre Contable y su operatoria. Validar procedimientos y controles de exactitud en las actividades de cierre contable y generación de estados financieros. - Informe con observaciones y recomendaciones resumidas que muestren el estado actual de la estructura de control. b) PRODUCTO N° 2 Estado de Avance del Trabajo desarrollado al segundo mes de trabajo, el que debe incluir, a lo menos, detalle de los siguientes tópicos: - Borrador de informe de los Estados Financieros 2020. - Informe evaluación ejecución presupuestaria ingresos y gastos año 2021 (al 30 de junio o fecha del acta de traspaso). - Análisis descriptivo y explicativo del presupuesto de ingresos y gastos año 2020- 2021 como de sus cuentas contables, a nivel de ítem, asignación y sub asignación. Análisis de cuentas (efectivo, devengado y obligado), análisis y composición de la deuda, fuentes y uso de recursos por año. - Entrega de indicadores financieros y presupuestarios. c) PRODUCTO N° 3: Informe Final que deberá ser emitido al final del período del trabajo contratado, el cual deberá incluir, entre otros elementos, los siguientes puntos: - El Informe Final de la Auditoría que contenga la opinión del auditor, a nivel general y a niveles secundarios, si corresponde. - Carta de comentarios del Sistema de Control Interno utilizado en la municipalidad, que incluya un detalle de la determinación de los efectos de métodos defectuosos utilizados, el grado de confiabilidad de la información contable, probables insuficiencias o carencias relevantes y, las correspondientes recomendaciones del auditor sobre las debilidades detectadas, etc. 4. PLAN DE TRABAJO: 4.1. Plan de Trabajo: - El oferente deberá entregar un plan de trabajo que deberá reunir la información necesaria para llevar a cabo los procesos de auditoria en cada línea de postulación, considerando la siguiente estructura de presentación: I. PLAN DE AUDITORIA: Corresponde a la planificación inicial de las auditorías a aplicar a las municipalidades adscritas a cada línea de postulación, lo que deberá estar en concordancia con las bases técnicas e incluir como mínimo los siguientes aspectos: 1. Enfoque de Auditoría. 2. Metodología de Auditoria: a) Objetivos. b) Alcances. c) Metodología de Trabajo. d) Etapas de la Metodología. 3. Instrumentos a utilizar para conseguir la entrega de los productos. 4. Programa de auditoría por cada municipio considerando el numeral 4.4 Guías para la Ejecución de los Procedimientos de la Auditoría. DEFINICIONES: 1) Enfoque de Auditoría: Se entiende por enfoque de auditoria, como la evaluación del auditor a considerar en el diseño del plan de auditoria. 2) Metodología de Auditoria: a. Objetivos: Corresponden a la descripción del propósito a ser alcanzado por la auditoría interna. b. Alcance: Corresponde a la definición de las materias, muestras a revisar, los límites de la auditoría, el período que se considerará para evaluación en el trabajo y los lugares físicos o virtuales incluidos en el trabajo. c. Metodología de trabajo: Conjunto de métodos globales definidos para dar cumplimiento a los alcances, objetivos y producto de la auditoria. Adicionalmente, en este punto deberá especificar la metodología global y la planificación inicial de la evaluación de control interno, considerando para este último punto lo indicado en el punto 4.3 de las Bases técnicas “Guías para la Evaluación del Sistema de Control Interno”, que incorpore lo dispuesto en los procesos contenidos en el producto N° 1 (punto N°3 Bases Técnicas) y lo dispuesto en la Resolución 1485/1996 de la Contraloría General de la República. d. Etapas de la metodología: Descripción de las etapas consideradas en la metodología de trabajo. 3) Instrumentos a utilizar para conseguir la entrega de los productos: En este punto deberá describir los mecanismos de selección de las muestras e identificar inicialmente las pruebas de auditorías a aplicar, que entreguen una certeza razonable del cumplimiento de entrega de los productos solicitados en el punto 3 de las bases técnicas. 4) Plan de auditoría por municipio: Documento que tiene como finalidad orientar el trabajo para cumplir con los objetivos de auditoría en cada una de las municipalidades de la línea, detallando las etapas a desarrollar en cada una de ellas, conforme a las etapas descritas en el punto I. Plan de Auditoria de este numeral. II. IDENTIFICACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO Y DISTRIBUCIÓN DE TAREAS: Identificar los profesionales que integran el equipo a cargo de la línea de postulación, consignando las horas de auditores para cada municipalidad y la distribución de las tareas planificadas. - 4.2. Carta Gantt o Cronograma de Trabajo: (Anexo 6) Deberá presentar una Carta Gantt o Cronograma del Plan de Trabajo, por cada línea de contratación ofertada, la cual indique: 1. Fechas estimadas de inicio, ejecución y término de los trabajos de auditoría para cada uno de los municipios de la línea, incluyendo la cantidad de días asociados. 2. Fecha de presentación de los informes para entrega de los productos 1, 2 y 3 antes detallados, contemplando los plazos descritos en el punto 3) “Productos a entregar por cada Consultor/a”. El proponente deberá considerar que, al menos, un (01) profesional deberá trabajar en jornada completa (horario de funcionamiento de los municipios) al menos 5 días hábiles durante la vigencia del contrato, en cada una de las municipalidades de la línea a la que postula, siempre y cuando las condiciones de salud (pandemia) del país y de la comuna así lo permitan. - 4.3. Guías para la Ejecución de la Evaluación del Sistema de Control Interno: Para efectos del presente trabajo se requiere que sea aplicado el modelo de control interno COSO (Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway Comission 2013, el cual establece la existencia de 5 componentes base y 17 principios. Específicamente, en cada Municipio se deberá evaluar globalmente cada uno de los 5 componentes y, en la medida de los resultados obtenidos, aplicar algunos de los 17 principios que el marco metodológico contempla. Con la finalidad de orientar este examen, se procederá a incluir una breve descripción de los 5 componentes del modelo: Entorno de control: Corresponde al conjunto de normas, procesos y estructuras que constituyen la base sobre la que se desarrolla el control interno de una organización. Es muy importante la participación de la alta administración en este sistema, afectando a todos los integrantes de la entidad para fortalecer los valores éticos y de integridad y la supervisión de un buen gobierno corporativo. 1. Evaluación de riesgos: Cada entidad se enfrenta a una cantidad importante de riesgos procedente de fuentes internas y externas, generando la posibilidad de que un acontecimiento de aquellos pueda ocurrir y afecte negativamente a la consecución de los objetivos de una organización. La recomendación de este elemento, es debido a que debe evaluarse los riesgos para determinar los niveles de los mismos y determinar el impacto que podría causar su activación. 2. Actividades de control: Las actividades de control son las acciones establecidas a través de políticas y procedimientos que contribuyen a garantizar que se lleven a cabo las instrucciones de la dirección para mitigar los riesgos con impacto potencial en los objetivos de una organización. Estas actividades deben desarrollarse a todo nivel en la entidad y en los diferentes procesos que se desarrollan. 3. Información y comunicación: La información es necesaria para que la entidad pueda llevar a cabo sus responsabilidades de control interno y soportar el logro de sus objetivos. Por lo anterior, la organización necesita información relevante y de calidad, tanto de fuentes internas o externas, para apoyar el funcionamiento de toda la organización. 4. Actividades de supervisión: Las evaluaciones continuas, las evaluaciones independientes o una combinación de ambas se utilizan para determinar si cada uno de los 5 componentes de un sistema de control interno, incluidos los controles, están presentes en la organización y funcionan correctamente. Estas evaluaciones se deben efectuar a todos los niveles y sobre todos los procesos que se desarrollen en la entidad. 4.4 Guías para la Ejecución de los Procedimientos de la Auditoría: Los Procesos que se revisarán son los que a continuación se detallan: 1. Proceso: Ingresos: - Verificar la integridad, legalidad y oportunidad de los depósitos efectuados por la Tesorería Municipal en el marco de la ejecución presupuestaria. - Verificar el registro de los ingresos en las cuentas corrientes habilitadas por la Municipalidad. - Verificar la validez y oportunidad del registro contable de los ingresos, conforme a las normas contables generalmente aceptadas. - Verificar cuentas por cobrar en materia de permiso de circulación y patentes comerciales, identificándolos por plazo y cuales corresponden a larga data (más de 5 años) y/o incierta recuperación. - Verificación fondos no recuperados por concepto de licencias médicas. 2. Proceso de ejecución de Gastos: • Legalidad del Gasto: - Verificar la integridad, validez y legalidad de los gastos efectuados, cotejando que su utilización se ajuste a los fines señalados en el presupuesto municipal aprobado. - Comprobar la validez de la documentación que respalda el gasto. • Licitaciones y Cotizaciones: - Verificar la legalidad y validez de las licitaciones y consultorías, las cuales deberán cumplir con las instrucciones impartidas por el sistema de compras públicas establecidas por la ley de compras. • Control Administrativo: - Comprende las acciones que la Entidad genera para cautelar que las garantías exigidas en los contratos sean presentadas íntegra y oportunamente. - Validar la existencia de controles adecuados respecto de la recepción, custodia, vigencia, renovación y devolución de aquellas. • Pagos: - Verificar la integridad, legalidad y validez de los desembolsos efectuados con fondos de la Municipalidad y de terceros, comprobando que estos corresponden a servicios efectuados en el contexto de éste. - Contabilización - Verificar la validez y oportunidad del registro contable de los gastos, conforme a las normas contables generalmente aceptadas. - Detalle Histórico de cheques protestados y/o caducos. 3. Rendición de Cuentas: - Constatar la integridad, exactitud y oportunidad de los decretos de pago de desembolsos efectuados. - Verificar la integridad de las conciliaciones bancarias pertenecientes a las cuentas corrientes que se utilicen. Constatar, que ésta no presente partidas inusuales, antiguas y/o sin aclarar o documentadas. - Verificar la legalidad de las operaciones contabilizadas, cuyo registro debe cumplir con las normas del sistema de contabilidad gubernamental. - Verificar la pertinencia de las transferencias entre cuentas corrientes municipales. - Detalle Histórico de cheques protestados y/o caducos. 4. Revisión de Estados Financieros: - Verificar la confiabilidad e integridad de la información financiera, con el fin de emitir una opinión respecto de la razonabilidad de los estados financieros de la Municipalidad, al 31 de diciembre de 2020 y, de la información registrada en las actas de traspaso de la gestión edilicia. 5. Otros procedimientos: - Otros procedimientos que se estimen necesarios en las circunstancias, según se requieran. 4.5 INDICADORES FINANCIEROS A CALCULAR: Indicadores mínimos a calcular, podrá anexarse otros que sean pertinentes al análisis. a) IDICADORES DE LIQUIDEZ Indicador: Corriente Lugar de Extracción: Balance General Cálculo: Activo corriente/pasivo corriente Indicador: Prueba Ácida Lugar de Extracción: Balance General Cálculo: Activo corriente-existencias bienes/pasivo corriente Indicador: Líquidez inmediata Lugar de extracción: Balance General Cálculo: (Disponibilidades + equivalente de efectivo)/pasivo corriente b) ENDEUDAMIENTO Y SOLVENCIA Indicador: Endeudamiento Lugar de Extracción: Balance General Cálculo: Activo total/Pasivo Total o apalancamiento Indicador: Capacidad de amortización de la deuda Lugar de Extracción: Balance General/Estado de Resultados Cálculo: Total de pasivos/total de ingresos Indicador: Composición de la deuda Lugar de extracción: Balance General Cálculo: Pasivos corrientes/Pasivos total Indicador: Monto de Compromisos de desembolsos futuros Lugar de extracción: Otros Cálculo: Calcular monto total por añopor compromisos por leasing, leaseback (o similar) y/o descuentos por compromisos con el FCM o Predios Exentos C) BIENES DE USO Indicador: Composición del activo Lugar de extracción: Balance General Cálculo: (Bienes de uso depreciables - Depreciación Acumulada - DETERIORO)/total de uso de bienes depreciables) D) PRESUPUESTARIOS Indicador: Resultado de ejecución presupuestaria Lugar de extracción: Estado de situación presupuestaria (ES) Cálculo: Presupuesto Total de Ingresos Percibidos + SIC + Gastos Pagados Indicador: Cumplimiento Presupuestario de Ingresos Lugar de extracción: Estado de situación presupuestaria (ES) Cálculo: Presupuesto de Ingresos Percibidos/Presupuesto de Ingresos Vigente Indicador: Cumplimiento Presupuestario de Gastos Lugar de extracción: Estado de situación presupuestaria (ES) Cálculo: Presupuesto Gastos Totales Devengados/Total Gastos Presupuesto Vigente E) OPERACIÓN Indicador: Rotación de las encuestas por cobrar Lugar de extracción: (Estado de Resultado/Balance General) Cálculo: Total de Ingresos patrimoniales/Cuentas por cobrar Indicador: Periodo Promedio de Cobro Lugar de extracción:ANTERIOR Cálculo: 360/rotación de Cuenta por cobrar F) INDEPENDENCIA Indicador: Dependencia FCM Lugar de extracción: Balance Ejecución Presupuestaria Sector Municipal Cálculo: IADM75 SINIM (fórmula de cálculo). 4.6. Normativa a Aplicar Normas Generales: • Presupuestos Municipales años 2020 y 2021, ambos con las modificaciones respectivas. • Decreto del Ministerio de Hacienda 854 de 2004, de clasificaciones presupuestarias, y sus modificaciones. • Resolución Exenta N° 1.485, de fecha 2 de septiembre de 1996, de la Contraloría General de la República, que aprueba normas de control interno de la Contraloría General. • Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas NAGAS 71. • Resolución Nº 30, de la Contraloría General, que fija las normas de procedimiento sobre rendición de cuentas. • Resolución N°11 de fecha 09 de julio del 2020, de la Contraloría General de la República, que establece plazo excepcional para la rendición de cuenta. • Decreto Ley 1.263, del Ministerio de Hacienda, sobre Administración Financiera del Estado. Normas Específicas: • Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública. • Ley Nº 19.886, de Bases de Contratos administrativos de suministros y prestación de servicios • Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades • Decreto Ley N° 3.063, que establece normas sobre Rentas municipales. • Oficio CGR N°3 de 2020, Normativa del sistema contable y N°59.549 de 2020, Procedimientos contables para el sector municipal. Nota: Respecto de cada una de las revisiones se requiere que se efectúe un muestreo estadístico para el universo de las partidas que componen la cuenta o situación a examinar. Los porcentajes sugeridos para la aplicación del muestreo será de un 90% de confianza para muestras consideradas de un universo de menos de 5.000 registros y de un 95% de confianza para definición de muestra de más de 5.001 registros, con un 10% y un 5% de error respectivamente, aplicado al total de registros. 4.7. Equipo de Trabajo: El proponente deberá incluir en cada oferta que presente y por cada línea de contratación, los antecedentes de los participantes del equipo que se desempeñará en el proyecto (Según Anexos N°9-A, N° 9-B y N°9-C), indicando las funciones a realizar por cada uno de ellos, identificando su nombre completo, profesión, comunas a auditar y tiempo asignado a cada una. El equipo estará integrado por un mínimo de miembros por equipo de trabajo, según se detalla a continuación, los que deberán cumplir con el perfil que se detalla y realizar, al menos, las siguientes funciones: 4.7.1. PERFIL EQUIPO DE TRABAJO: Se deberá anexar dentro de la propuesta técnica la acreditación de experiencia laboral y competencias de cada uno de los integrantes de los equipos de trabajo (Anexo N°8). Los profesionales considerados dentro del equipo sólo pueden contemplarse en la postulación de una línea de municipalidades. a) Gerente de Auditoría: - Objetivos del cargo: Será quien asuma el rol de Jefe del proyecto y contraparte técnica entre el/la consultor/a y la contraparte municipal y SUBDERE, y sobre quien recae la máxima responsabilidad en la ejecución total del programa contratado. - Funciones del Cargo: Su función es la dirección superior administrativa y técnica de las auditorías que se adjudique el/la consultor/a, y desarrollará las siguientes actividades durante toda la vigencia del contrato: - Mantendrá una comunicación fluida y eficiente con la Contraparte municipal y con SUBDERE para cautelar el correcto desarrollo y cierre de las auditorías (cartas / correo electrónico institucional). - Velará porque se dé adecuado cumplimiento a la metodología propuesta por el/la Consultor/a. - Velará para que las pruebas y análisis de auditoría estén acordes con los objetivos definidos en las bases de licitación y para que la documentación de respaldo sea adecuada a cada uno de los hallazgos presentados en el Informe Final de Auditoría presentado. - Dará debido cumplimento de los distintos hitos y plazos establecidos en las bases de licitación. - Procurará la elaboración de los informes finales exigidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos establecidos. - Revisará, firmará y aprobará todos los informes de auditoría emitidos con motivo del trabajo encomendado. - Competencias Transversales: - Deberá acreditar a lo menos 5 años de experiencia liderando proyectos de auditorías a municipalidades; corporaciones municipales; instituciones públicas; corporaciones y/o empresas públicas y/o Universidades en un rol Gerente o un cargo con desempeño equivalente. - Competencias Específicas: - Título Profesional Universitario de Contador público y auditor, administrador público y/o afín al cargo (carreras del área de las ciencias económicas, ingeniería, administrativas y jurídicas). - Tener conocimiento de las leyes y normativa municipal y capacitación en al menos dos de las siguientes materias: Área Normativa (normas generales y específicas identificadas en el punto 4.6 Normativa a aplicar de las bases técnicas), Contabilidad Gubernamental, modelo de control interno COSO I (versión 2013) o superior, conocimientos de modelos de riesgo (ISO 31.000) y normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGAS, N°71). Las competencias deberán ser acreditadas en la oferta técnica b) Supervisor: - Objetivos del cargo: Efectuará la debida supervisión de cada uno de los trabajos a desarrollar por los auditores, en cada una de las Municipalidades adjudicadas, tanto de forma presencial y/o remota que se realice. - Funciones del Cargo: Ejercerá la coordinación general del desarrollo del trabajo de auditoría a efectuar en terreno o remoto, de acuerdo al plan de auditoría propuesto. Revisará los resultados de la evaluación de control interno efectuada y el desarrollo de las pruebas de auditoría propuestas para cada uno de las auditorías adjudicadas y evaluará la pertinencia y validez de las evidencias recolectadas que autoricen cada uno de los hallazgos presentados y conclusiones generales del trabajo. Visará la conformidad de todos los informes de auditoría emitidos con motivo del trabajo encomendado. - Competencias Transversales: Se requiere tener conocimientos en materias administrativas, financieras y contables del sector municipal, experiencia mínima de 2 años de trabajo en áreas desarrollo de normativas, gestión financiera, contabilidad y/o aplicación o supervisión de auditorías financieras a municipalidades; corporaciones municipales; instituciones públicas; corporaciones y/o empresas públicas y/o Universidades, Contraloría General de la Republica. - Competencias Específicas: - Título Profesional Universitario de contador público y auditor, administrador público y/o afín (carreras del área de las ciencias económicas, Ingeniería, administrativa y jurídica). - Tener conocimiento de las leyes y normativa municipal y acreditar capacitación en, al menos dos de las siguientes materias: Área Normativa (normas generales y específicas identificadas en el punto 4.6 Normativa a aplicar de las bases técnicas), Contabilidad Gubernamental, modelo de control interno COSO I (versión 2013) o superior, conocimientos de modelos de riesgo (ISO 31.000) y normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGAS, N°71). Las competencias deberán ser acreditadas en la oferta técnica. c) Auditores: - Objetivos del cargo: El desarrollo del trabajo en terreno o remoto, según lo dispongan las normas de salud correspondientes y las presentes bases administrativas. - Funciones del Cargo: Ejecutar el plan de auditoría propuesto en terreno o remoto. Recolectar las evidencias suficientes y pertinentes que validen cada uno de los hallazgos presentados y conclusiones generales del trabajo. Preparar el informe de auditoría con motivo del trabajo encomendado. - Competencias Específicas: Título profesional y/o técnico superior de contador público y auditor, administrador público y/o afín. (Carreras del área de las ciencias económicas, ingeniería, administrativas y jurídicas). - Aspectos a considerar: Tener conocimiento de las leyes y normativa municipal, y acreditar capacitación en, al menos una de las siguientes materias: Área Normativa (normas generales y específicas identificadas en el punto 4.6 Normativa a aplicar de las bases técnicas), Contabilidad Gubernamental, modelo de control interno COSO I (versión 2013) o superior, conocimientos de modelos de riesgo (ISO 31.000) y normas de auditoría generalmente aceptadas (NAGAS, N°71). Las competencias deberán ser acreditadas en la oferta técnica. - 4.7.2. EQUIPO MÍNIMO DE PROFESIONALES REQUERIDO POR LÍNEA: LÍNEA: A CANTIDAD DE COMUNAS: 7 MUNICIPALIDADES:CASABLANCA, PUCHUNCAVÍ, LA CALERA, COQUIMBO, ANTOFAGASTA, CONCÓN, DIEGO DE ALMAGRO GERENTE DE PROYECTO: 1 CANTIDAD DE SUPERVISORES: 2 CANTIDA DE AUDITORES: 5 LÍNEA: B CANTIDAD DE COMUNAS: 7 MUNICIPALIDADES: LA LIGUA, CODEGUA, PAPUDO, MOSTAZAL, VILLA ALEMANA, VIÑA DEL MAR, CATEMU GERENTE DE PROYECTO: 1 CANTIDAD DE SUPERVISORES: 2 CANTIDA DE AUDITORES: 5 LÍNEA: D CANTIDAD DE COMUNAS: 7 MUNICIPALIDADES: LUMACO, TEODORO SCHMIDT, VILCÚN, HUALPEN, PADRE LAS CASAS, VALDIVIA, TEMUCO GERENTE DE PROYECTO: 1 CANTIDAD DE SUPERVISORES: 2 CANTIDA DE AUDITORES: 5 LÍNEA: E CANTIDAD DE COMUNAS: 8 MUNICIPALIDADES: PALENA, COCHAMO, PUERTO OCTAY, MAULLÍN, FRUTILLAR, NATALES, PUERTO VARAS, OSORNO GERENTE DE PROYECTO: 1 CANTIDAD DE SUPERVISORES: 2 CANTIDA DE AUDITORES: 5 LÍNEA: F CANTIDAD DE COMUNAS: 7 MUNICIPALIDADES: ISLA DE MAIPO, PIRQUE, TILTIL, SAN RAMON, QUINTA NORMAL, QUILICURA, ÑUÑOA GERENTE DE PROYECTO: 1 CANTIDAD DE SUPERVISORES: 2 CANTIDA DE AUDITORES: 7 LÍNEA: G CANTIDAD DE COMUNAS: 7 MUNICIPALIDADES: COYHAIQUE, O´HIGGINS; CALERA DE TANGO, PADRE HURTADO, MELIPILLA, PUDAHUEL, MAIPÚ GERENTE DE PROYECTO: 1 CANTIDAD DE SUPERVISORES: 2 CANTIDAD DE AUDITORES: 8 Todos los miembros del equipo de trabajo por cada línea ofertada, deberán anexar a la oferta técnica, certificaciones de competencias y experiencia requerida: a) Certificación de competencias: - Copia del título obtenido (título de pre-grado) reconocido en Chile (en caso de tratarse de un título de una Universidad extranjera, se requerirá su acreditación en Chile conforme a la normativa pertinente). - Títulos de postgrado, (si es que los hubiere). - Certificaciones internacionales. - Copia de Diplomados - Certificados de capacitación. b) Certificación de Experiencia del equipo profesional: - Certificados de experiencia emitidos por el empleador. - Contrato de trabajo. - Resoluciones Ministeriales, Decretos Alcaldicios. Serán rechazadas las propuestas presentadas por los oferentes que no cumplan con el mínimo de profesionales requeridos en el equipo de trabajo para cada línea a la que postulen o que no acrediten debidamente las competencias y experiencia exigida de a lo menos del 70% de los miembros integrantes. En la eventualidad de ser necesario el reemplazo de uno o de cualquiera de los profesionales asignados en la oferta de la licitación, deberá ser informado previamente y luego, acordado con el Administrador de Contrato mediante documento escrito y firmado por el consultor. El reemplazante deberá cumplir con igual o superior grado académico y/o currículum del profesional saliente, según corresponda. Modificaciones como las señaladas sólo procederán en casos debidamente justificados y previa aprobación expresa de parte del contratante; de lo contrario, la SUBDERE aplicará la multa respectiva o podrá poner término anticipado al contrato, según corresponda. Con el fin de resguardar la calidad y el buen desarrollo de cada una de las auditorías y con la finalidad de evitar contar con equipos de trabajo sobre exigidos, ninguno de los miembros que integren el Equipo de Trabajo de una línea no podrán participar simultáneamente en la postulación otra, o estar considerados dentro del equipo de trabajo de algún proceso de auditoría adjudicada al oferente en los 60 días anteriores a la publicación de la presente licitación. Si a alguno de los integrantes del equipo de trabajo le asiste esta circunstancia incompatible, la o las propuestas serán rechazadas y declaradas inadmisibles. 4.8. Experiencia del oferente: Los oferentes deberán acreditar la experiencia en el rubro, acompañando al Anexo N° 5 “Currículum del oferente”, certificaciones de auditorías financieras realizadas en los últimos 5 años (con un máximo de 15 auditorías financieras a municipios del país), con alguno de los siguientes documentos: - Certificados de experiencia emitidos por el contratante. - Contrato de trabajo. - Órdenes de compra. - Resoluciones Ministeriales, Decretos Alcaldicios. Importante: No se considerará como experiencia válida, auditorías de procesos municipales o desarrollos de análisis de programas Ministeriales para el Sector de Educación o Salud Municipal. 5. PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATAR Y/O CEDER EL CONTRATO. El/la consultor/a no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de los servicios objeto del presente contrato, por lo que siempre la responsabilidad del cumplimiento del mismo permanecerá en el Adjudicado. En conformidad con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 74 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se prohíbe al Proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. 6. PRESUPUESTO DISPONIBLE El presupuesto único, bruto y total disponible para el financiamiento de la ejecución de la consultoría que se licita es de $621.300.000.- (seiscientos veinte un millones trescientos mil pesos). Todos los montos ofertados deberán ser considerados en valores netos y totales. El/la adjudicatario/a deberá asumir todos los costos vinculados a esta auditoría, entre ellos los costos administrativos de su trabajo, los costos de materiales y organización de reuniones de trabajo, y de todas las actividades que impliquen el desarrollo del Plan de Trabajo, incluyendo los costos de reproducción de materiales, así como el costo de la elaboración final y entrega de los informes. 6.1. MONTOS MÁXIMOS A OFERTAR SEGÚN TABLA ITEMIZADO POR COMUNA: I. GRUPO A MUNICIPALIDAD MONTO MÁXIMOEN CLP $ CASABLANCA 15.200.000.- PUCHUNCAVÍ 15.200.000.- LA CALERA 15.200.000.- COQUIMBO 19.500.000. ANTOFAGASTA 21.500.000.- CONCÓN 15.200.000.- DIEGO DE ALMAGRO 9.500.000.- TOTAL 111.300.000.- II. GRUPO B MUNICIPALIDAD MONTO MÁXIMOEN CLP $ LA LIGUA 11.200.000.- CODEGUA 9.200.000.- PAPUDO 11.200.000.- MOSTAZAL 15.200.000. VILLA ALEMANA 17.200.000.- VIÑA DELMAR 21.200.000.- CATEMU 9.200.000.- TOTAL 94.400.000.- III. GRUPO D MUNICIPALIDAD MONTO MÁXIMOEN CLP $ LUMACO 9.500.000.- TEODORO SCHMIDT 11.500.000.- VILCÚN 11.500.000.- HUALPËN 15.500.000. PADRE DE LAS CASAS 15.500.000.- VALDIVIA 19.500.000.- TEMUCO 21.500.000.- TOTAL 104.500.000.- IV. GRUPO E MUNICIPALIDAD MONTO MÁXIMOEN CLP $ PALENA 9.500.000.- COCHAMÓ 9.500.000.- PUERTO OCTAY 9.500.000.- MAULLÍN 9.500.000. FRUTILLAR 11.500.000.- NATALES 15.600.000.- PUERTO VARAS 15.500.000.- OSORNO 17.500.000.- TOTAL 98.100.000.- V. GRUPO F MUNICIPALIDAD MONTO MÁXIMOEN CLP $ ISLA DE MAIPO 10.450.000.- PIRQUE 10.450.000.- TILTIL 10.450.000.- SAN RAMÓN 14.450.000. QUINTA NORMAL 16.450.000.- QUIILICURA 18.450.000.- ÑUÑOA 20.450.000.- TOTAL 101.150.000.- VI. GRUPO G MUNICIPALIDAD MONTO MÁXIMOEN CLP $ COYHAIQUE 15.600.000.- O'HIGGINSÍ 10.000.000.- CALERA DE TANGO 14.450.000.- PADRE HURTADO 14.450.000. MELIPILLA 16.450.000.- PUDAHUEL 20.450.000.- MAIPÚ 20.450.000.- TOTAL 111.850.000.- En el evento que una o más municipalidades se desistiera de participar en el presente estudio por razones justificadas, y no fuere posible a la SUBDERE reemplazar la/s comuna/s en renuncia o deserción por otra de similares características dentro de la misma línea de contratación, la SUBDERE se reserva la facultad de disminuir el valor del contrato que se adjudique en cada línea de contratación. Del mismo modo, la SUBDERE se reserva el derecho de incorporar comunas a una determinada línea de contratación. El monto a considerar para la contratación será calculado en base a la sumatoria del monto correspondiente al nivel de ingresos presupuestarios percibidos en el año 2020 de la comuna (Tabla 1) y a la asignación de traslado consignada para la región en la cual se encuentre (Tabla 2), esto según la disponibilidad presupuestaria institucional. TABLA 1. Ingresos Totales por comuna Monto Auditoría Financiera M$ Percibidos el año 2020 M$ Menos de M$5.000 M $ 8.000.- Entre MS5.001 - M$10.000 M $10.000.- Entre M$10.001 - M$25.000 M$14.000.- Entre M$25.001 - M$45.000 M $16.000.- Entre $45.001 - M$65.000 M$18.000.- Más de M$65.000 M$20.000.- TABLA 2 Regiones Monto Asignación de Traslado M$ Arica y Parinacota; Tarapacá; Antofagasta; M$1.500 Atacama; Coquimbo; Biobío; La Araucanía; Los Ríos; Los Lagos. Valparaíso; Del Libertador General Bernardo O'Higgins M$1.200 Ñuble y Maule M$1.400 Aysén, Magallanes y la Antártica Chilena M$1.600 Metropolitana M$450.000 7. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN (Anexo 11) Por su participación en esta Licitación, el/la consultor/a, así como sus asesores y personal dependiente, asumen como obligación la de mantener y resguardar la confidencialidad de la información que les sea proporcionada por SUBDERE. Por consiguiente, se deja expresa constancia que todos los documentos, antecedentes y en general cualquier información que se proporcione o de la que se tome conocimiento, con ocasión de la ejecución de la presente licitación en su etapa preparatoria, por la naturaleza legal de la misma, tienen el carácter de confidencial y reservada y, por lo tanto, no pueden ser divulgados a terceros en ninguna forma, obligándose por lo tanto, a mantener bajo estricta reserva y usar dicha información sólo para los fines previstos en esta licitación, y a no imprimir, transferir, transmitir o grabar mediante cualquier medio, difundir, dar a la publicidad o de cualquiera otra manera divulgar a algún tercero, información confidencial o reservada de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. El/la consultor/a declarará tener conocimiento que la “Información Confidencial o Reservada” de SUBDERE, significa cualquier documento, material de trabajo, iniciativas, datos o cualquier otro antecedente o información que diga relación ya sea con las operaciones, actos, contratos, negocios, investigaciones o proyectos de la Subsecretaría y, en general, con todas aquellas materias a que se refiere dicha declaración. Finalmente, se deja constancia que SUBDERE se rige por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública en los términos del artículo 65 bis de la Ley Orgánica Constitucional que lo rige, por lo que resolverá las peticiones de información que se formulen sobre antecedentes de la empresa relativos a este contrato, en los términos establecidos en esa legislación. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la SUBDERE entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus administradores, representantes, personeros, empleados o asesores. El/la contratista debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la SUBDERE el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes y sin perjuicio de lo que establece la Ley Nº 20.285 sobre transparencia y acceso a la información pública. 8. PROPIEDAD INTELECTUAL (Anexo 7) El/la consultor/a, como los profesionales que formen parte de su equipo de trabajo, concederán a la SUBDERE la facultad de utilizar, directa y personalmente, los informes y en general cualquier otro documento preparado para la auditoría objeto de estas Bases de Licitación. Será, en consecuencia, de su responsabilidad contar con los permisos y/o derechos de autor del material entregado durante el desarrollo de los servicios. Asimismo, otorgarán a la SUBDERE la facultad de transferir, total o parcialmente, los derechos de propiedad intelectual generados sobre los productos y con ocasión de la ejecución de la prestación de servicios, y de autorizar su utilización por terceros. Lo anterior comprenderá los derechos de publicación, reproducción, adaptación, ejecución y distribución al público de la obra individual, colectiva o en colaboración, fruto de esta licitación, en o por cualquier medio de comunicación, por un período no inferior a diez años contados desde la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, sin limitación de reproducciones, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Esta autorización no reconocerá mayores derechos que los explicitados, salvo los inherentes a la naturaleza misma de la obra. La remuneración correspondiente a los derechos de propiedad intelectual se comprenderá en el monto final adjudicado, y su forma de pago se determinará de acuerdo a lo establecido en el punto 14 del acápite V de estas Bases. Asimismo, el consultor/a velará porque el personal de su dependencia y aquel que contrate y se vincule a este contrato, dé cumplimiento a lo establecido precedentemente. La emisión de una propuesta presupone que el Consultor/a ha informado a sus dependientes y colaboradores de los términos aquí descritos. Todo el material y documentación que se elabore en el marco de esta consultoría deberá incorporar el logo de la SUBDERE. El/la adjudicado/a podrá conservar copia de dichos documentos. 9. INFORMES Y PLAZOS DE ENTREGA El/la Consultor/a deberá presentar tres informes: A. Informe N° 1: Considerado lo indicado en la letra a) numeral 3) de las Bases Técnicas: Evaluación de Control Interno, considerando los principales ciclos de la administración financiera y los registros de respaldo de asistencia mínima exigida de auditores en terreno para cada municipio de la línea ofertada. El informe Nº 1 deberá ser entregado dentro de los cuarenta (40) días corridos (si es un día inhábil al día hábil siguiente) contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. B. Informe N°2: Considerado lo indicado en la letra b) numeral 3) de las Bases Técnicas: Estado de Avance del Trabajo desarrollado al segundo mes de trabajo El informe Nº 2 deberá ser entregado dentro de los sesenta (60) días corridos (si es un día inhábil al día hábil siguiente) contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. C. Informe N°3: Considerado lo indicado en la letra c) numeral 3) de las Bases Técnicas: Informe Final que debe ser emitido al final del periodo del trabajo contratado. El informe Nº 3 deberá ser entregado dentro de los ciento cinco (105) días corridos (si es un día inhábil al día hábil siguiente) contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. El Informe de Avance a presentar por el/la consultor/a por cada línea contratada, deberá incluir el Informe respectivo por cada una de las comunas que conforman la línea contratada, con la misma secuencia de presentación de los antecedentes y con el mismo nivel de avance. Cada informe deberá ser acompañado de un oficio conductor dirigido al Administrador del contrato y entregarse en Oficina de partes de la SUBDERE, ubicada en Edificio Bicentenario, en Teatinos 92, Piso 2°, Santiago, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 16:00 horas. No obstante lo anterior, atendidas las dificultades que el/la consultor/a podría tener para cumplir con la entrega de los Informes, en la forma propuesta, a causa de los efectos de la crisis sanitaria que afecta al país, no habrá inconveniente en que dichos documentos sean remitidos en formato digital, a las casillas de correo electrónico de la Oficina de Partes de la SUBDERE y del administrador titular del presente contrato: oficinadepartes@subdere.gov.cl y romina.landini@subdere.gov.cl, respectivamente. Los tres informes, además de todos los anexos que se emitan para cada informe, deberán ser entregados en un pen drive, en formato digital (PDF y Word) y ser presentados en letra tamaño N° 11, hoja tamaño carta, espacio interlineado 1,15 o 1,5. Los anexos que se emitan para cada informe deberán ser identificados en carpetas distintas tal como lo señalan las presentes bases. Adicionalmente, se deberán entregar los respaldos de cálculo de tablas e indicadores en formato Excel o CCSV para cada uno de los informes. La contraparte técnica de SUBDERE acordará con el/la consultor/a el orden y/o formato de entrega de cada uno de los productos finales. Una vez entregados cada uno de los informes, la contraparte técnica SUBDERE, previa verificación con la contraparte municipal designada para el proceso de auditoría, otorgará su aprobación basada en el cumplimiento de cada uno de los requerimientos de las presentes bases, poniendo especial énfasis en los plazos, forma y fondo de los productos que se deben entregar. Una vez emitido el certificado de aprobación técnica de los informes y recepción conforme de los servicios contratados, se procederá a autorizar el pago de cada una de las cuotas parciales contempladas. 10. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS. 10.1. El plazo máximo de ejecución del servicio propiamente tal es de 90 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la resolución exenta que apruebe el respectivo contrato de prestación de servicios. En caso de producirse retrasos durante la ejecución de la consultoría, por causas o situaciones no imputables al consultor/a, éste deberá notificar vía correo electrónico oportunamente al Administrador del contrato y a la contraparte técnica del mismo, para efectos de una eventual modificación del contrato en razón de fuerza mayor o caso fortuito. No obstante lo anterior, el contrato tendrá una vigencia de 180 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la resolución exenta que apruebe el respectivo contrato, sin perjuicio de que los servicios, por necesidades de la Institución puedan comenzar a prestarse desde la notificación de la adjudicación en el sistema de información al consultor/a mejor evaluado. Este plazo incluye las revisiones y aprobaciones de todos los informes y ejecución de todas las etapas de la auditoría. En todo caso, no podrá cursarse pago alguno mientras no esté totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato. 10.2. Sólo por razones fundadas debidamente calificadas por el SUBDERE, se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato, ante lo cual el oferente deberá ampliar el plazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 10.3. El plazo para la revisión de los informes será de un máximo de quince (15) días hábiles contados desde su recepción en la Oficina de Partes SUBDERE, debiendo el/la Consultor/a corregir y/o subsanar las observaciones en el mismo plazo de diez (10) días hábiles contados, desde que la SUBDERE se lo comunicare por escrito. Una vez remitidos los informes corregidos a la SUBDERE y, aprobados por la contraparte técnica, ésta emitirá una certificación de aprobación técnica y recepción conforme de servicios, si existiera anuencia con el producto entregado, y procederá a la tramitación del pago parcial asociado al producto, sin perjuicio de las multas que por atraso correspondan en dicha instancia. Excepcionalmente, si en dicha instancia el/la consultor/a no hubiere subsanado o corregido totalmente las observaciones formuladas por SUBDERE a conformidad de la misma, ésta le otorgará una segunda oportunidad para adecuar el informe a lo requerido, para lo cual contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado desde que se le comunique por escrito este primer rechazo. Si el/la Consultor/a cumple con lo ordenado por la SUBDERE, la contraparte técnica emitirá el respectivo certificado de aprobación técnica y recepción conforme de servicios. En caso contrario, y por tercera y última vez, SUBDERE concederá al/a la consultor/a un plazo fatal de (3) días hábiles para allanarse a lo observado, contado desde que se le comunique por escrito este segundo rechazo. 10.4. En el evento de que el atraso en la presentación de informes supere los diez días hábiles, la SUBDERE podrá poner término unilateralmente al contrato, informando de este evento inmediatamente al o a la consultor/a. 10.5. Si alguno de los plazos anteriores se cumple en día sábado, domingo o festivo, se entenderá que el respectivo informe puede ser presentado al día hábil siguiente. 10.6. Los plazos de revisión de informes no suspenden ni interrumpen el plazo de ejecución total del contrato, y en ningún caso, modifican los plazos de entrega de los productos solicitados. 11. CONTRAPARTE TÉCNICA. La Contraparte Técnica SUBDERE estará integrada por funcionarios del Departamento de Finanzas Municipales de la División de Municipalidades de la SUBDERE, con apoyo de la contraparte municipal y adicionalmente se podrá convenir o contratar apoyo técnico externo para la coordinación, supervisión y seguimiento administrativo y técnico del proceso de auditorías financieras para cada uno de los grupos de municipios, las que se relacionarán con el Gerente de Proyecto por parte del/ de la Consultor/a y ejercerá las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos y cláusulas establecidas en las bases para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento adecuado de este contrato. c) Otorgar la aprobación técnica y recepción conforme de los servicios contratados dando curso a la tramitación de pagos y aplicación de sanciones o multas, previa emisión de informe técnico cuando se le requiera. Lo anterior sin perjuicio de las funciones y responsabilidades del administrador del contrato establecidas en el numeral 21 del Artículo 13º del Manual de Adquisiciones de SUBDERE, aprobado mediante Resolución Exenta Nº 3539 de 25 de marzo de 2020 de ésta Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
 
Documentos Económicos
1.- : OFERTA ECONÓMICA (30%) La propuesta económica tendrá una ponderación de 30% del total del proceso de evaluación. 2.1. Valor de la Oferta Económica: Para realizar la evaluación del valor de la oferta económica, la Comisión utilizará una escala de 0 a 100 puntos, asignando el puntaje más alto a la oferta económica de menor precio. Los siguientes puntajes se asignarán en función de la diferencia entre cada oferta y el valor de la menor oferta económica, de acuerdo a la siguiente fórmula: PE = 100*PM/ PP Donde: PE= puntaje de la oferta económica, PM= precio más bajo, y PP= precio de la oferta económica en consideración. FACTOR 3: CRITERIO DE SUSTENTABILIDAD (3%). Modalidad de Contratación adoptada por el oferente: a) 60% o más de los trabajadores (auditores/supervisores) del oferente se encuentran contratados a plazo indefinido: 100 puntos. b) Menos del 60% pero más del 30% de los contratos de trabajo (auditores/supervisores) del oferente son a plazo indefinido: 50 puntos. c) 30% o menos de los trabajadores (auditores/supervisores) cuentan con contrato indefinido de trabajo: 0 punto. Para acreditar esta condición el/la oferente deberá presentar la Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 3. En el caso de las Uniones Temporales, cada miembro deberá presentar su respectivo Anexo N°3 y se considerará para la evaluación de este criterio los antecedentes que la Unión Temporal declare que presenta para la aplicación del factor y su respectiva ponderación. FACTOR 4: COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR DEL PROVEEDOR INSCRITO SEGÚN EL REGISTRO CHILE PROVEEDORES: (1%) Para efectos de la evaluación de este factor se considerarán los reclamos que tengan los Proveedores del Estado durante los últimos 6 meses previos a la fecha de evaluación de la oferta, según el Registro de Chile proveedores: a) No tiene reclamos registrados en Chile Proveedores durante los últimos 6 meses previos a la fecha de evaluación de la oferta: 100 puntos. b) Tiene reclamos registrados en Chile Proveedores durante los últimos 6 meses previos a la fecha de evaluación de la oferta: 0puntos. Para los efectos de la evaluación de este factor, el reclamo ingresado en el Registro de Chile Proveedores respecto de uno o más de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, determinará que ésta no obtenga puntaje en este factor. FACTOR 5: CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA: (1%) a) CumpleoportunamenteconlosrequisitosformalesdepresentacióndelaOferta: 100 puntos. b) NocumpleoportunamenteconlosrequisitosformalesdepresentacióndelaOferta: 0 puntos. 9.6. Es necesario precisar a todos los oferentes interesados en participar en la presente licitación, que: a) Sólo serán evaluadas aquellas ofertas técnicas que cumplan con los requisitos técnicos mínimos para la pre-calificación técnica, es decir, que cumplan con los siguientes aspectos técnicos en su propuesta: a.1 Perfil del Oferente a.2 Perfil del equipo de Trabajo. a.3 Equipo Mínimo de profesionales requeridos por línea. a.4 Plan de Trabajo y cronogramas. La Comisión Evaluadora verificará el correcto cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos, para los efectos de la precalificación técnica de la oferta y su habilitación para continuar con la evaluación de fondo, según los criterios dispuestos en el punto 9.5 de estas bases administrativas. b) El oferente que alcance el mayor puntaje total ponderado resultante de la evaluación del Factor Oferta Técnica -(POT)- *65% más el puntaje total ponderado obtenido de la evaluación del Factor Oferta Económica - (POE)-* 30% más el puntaje total ponderado de la evaluación del Factor Criterio de Sustentabilidad -(PCS)- *3% más el puntaje total ponderado de la evaluación del Factor Criterio Comportamiento Contractual anterior del proveedor inscrito en Registro Chile Proveedores –(PCC)-*1% más el puntaje total ponderado de la evaluación del Factor Cumplimiento Oportuno de los Requisitos formales de Presentación de la oferta -(PCO)- *1% será seleccionado como adjudicatario en la presente licitación. Donde: POT = Puntaje Oferta Técnica POE = Puntaje Oferta Económica PCS = Puntaje Criterio de Sustentabilidad PCC = Puntaje Comportamiento Contractual anterior del proveedor inscrito en el Registro Chile Proveedores PCO = Puntaje Cumplimiento Oportuno de los requisitos formales de Presentación de la Oferta 9.7. En caso de producirse empate entre los puntajes obtenidos de dos o más oferentes se atenderá a la oferta técnica que haya obtenido el mayor puntaje en ese criterio y, de persistirla igualdad, se tomará en especial consideración el puntaje obtenido en los siguientes criterios y factores de evaluación en el orden de prelación que se indica: a) Oferta Económica b) Experiencia del Oferente en Auditorías a Municipalidades 1.3 del factor 1 Oferta Técnica. c) Si aún persistiera el empate luego de aplicar los criterios precedentes en el orden de prelación indicado, preferirá la oferta del proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl Cualquier error de concordancia de la presente Pauta de Evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. 10. ADJUDICACIÓN. 10.1. La adjudicación de la oferta o las ofertas se efectuará bajo la modalidad de adjudicación múltiple, por cada línea de contratación y hasta un máximo de tres, se resolverá dentro del plazo estimado que establece el Cronograma de esta licitación y previo haberse certificado, por Fiscalía de SUBDERE, la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora. 10.2. La SUBDERE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones, y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl. 10.3. Conforme a lo prescrito por el artículo 9º de la Ley Nº 19.886, SUBDERE podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de aquellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases. 10.4. La SUBDERE podrá, en caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, no entregue los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, no firme o se rehúse a suscribir el contrato o no se inscriba en Chile Proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, dejar sin efecto su adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente hasta que no existan oferentes calificados a los cuales adjudicar, a menos que de acuerdo a sus intereses estime conveniente declarar desierta la licitación. 10.5. Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza. 10.6. Si dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, la SUBDERE podrá prorrogar el plazo para adjudicar hasta en 10 días hábiles cuando el retardo tenga justificación suficiente en antecedentes técnicos durante la evaluación, circunstancia que será notificada oportunamente a través del sistema de información. 10.7. Las consultas respecto de la adjudicación se podrán formular vía e-mail a la dirección “adquisiciones@subdere.gov.cl”, señalando el N° ID de la licitación en el asunto y en un plazo máximo de quinto día hábil a contar de la notificación de la resolución de adjudicación respectiva en el sistema de información. Las consultas serán resueltas por el Administrador del contrato en el plazo de quinto día hábil al vencimiento del plazo anteriormente señalado. Asimismo, el módulo de servicio al usuario se encuentra disponible en la página web www.mercadopublico.cl para elevar consultas y formular aclaraciones sobre el proceso de evaluación y adjudicación. Las consultas que se formulen por esta vía estarán sujetas al mismo plazo de presentación anterior y serán resueltas por el Administrador del contrato en el mismo plazo de quinto día hábil señalado en el párrafo precedente. 10.8. Dentro de los tres días hábiles siguientes, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema de información de compras y contratación pública y antes de la suscripción del contrato, se realizará una Reunión de Acuerdos Técnicos, en la que se resolverán eventuales aspectos técnicos que resulte necesario precisar, adecuar y/o convenir, en el marco de las Bases de Licitación y de la propuesta del adjudicatario. En el Acta de esta reunión que formará parte integrante del contrato, se establecerá la fecha de inicio de las auditorías y la fecha que se planifique para el cierre de las mismas. 11. CONTRATO. 11.1. Previo o simultáneamente a la suscripción del contrato por cada una de las líneas de contratación, el/la consultor/a deberá hacer entrega de una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento por cada línea de contratación que se hubiere adjudicado. El oferente no inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, además, deberá acompañar la documentación referida en el numeral 3.3 de estas bases administrativas. 11.2.Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no lo firmare en el plazo de 20 días corridos contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Sistema de Información o no cumpliere con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del mismo, la SUBDERE podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, aceptar y adjudicar la segunda oferta mejor evaluada y así sucesivamente hasta que no existan oferentes calificados a los cuales adjudicar, según el Informe de la Comisión de Evaluación, o declarar desierta la licitación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Lo anterior se entiende sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. 11.3. El contrato entrará en vigencia desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y expirará cumplidos los 180 días corridos de vigencia del mismo, toda vez que hayan sido entregados y aprobados técnicamente los tres informes y sus respectivos productos asociados, habiéndose efectuado el último pago. 11.4. Al comenzar la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar, mediante una declaración jurada, si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, debiendo, además, acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Sin perjuicio de ello, la SUBDERE también podrá solicitar al consultor/a, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. 11.5. Las partes podrán, de común acuerdo, modificar los términos del contrato sólo por causa justificada y con una anticipación mínima de 10 días hábiles contados hacia atrás desde la fecha de vencimiento del plazo contractual o de cualquiera de sus prórrogas. La modificación será aprobada por el acto administrativo correspondiente, y regirá a contar de su total tramitación. 12. TÉRMINO ANTICIPADO Y/O MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. 12.1. La SUBDERE podrá poner término anticipado o modificar el contrato, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley de Compras Públicas en relación con el artículo 77 de su Reglamento, a saber: 1) Por resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. 2) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el consultor, entendiendo por aquello la no ejecución o la ejecución parcial de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios y/o productos, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la SUBDERE un perjuicio significativo. No obstante, se considerarán causales de incumplimiento grave las siguientes: 2.1) Dos retardos en la entrega de cualquiera de los productos ofertados en la propuesta y/o cuando el retardo sea superior a 10 días hábiles atendido el servicio requerido y los productos a entregar asociados a cada una de las etapas de ejecución; 2.2) Si el/la consultor/a no subsana y/o corrige en tiempo, forma y/o fondo cualquiera de los informes requeridos y asociados a un estado de pago, concluido el proceso de revisión de los mismos y/o agotadas las instancias de corrección posterior, luego que la SUBDERE comunique por escrito su segundo rechazo por no adecuación a las observaciones formuladas. 2.3) Si el/los miembros del equipo de trabajo propuesto/s por el oferente como reemplazante/s, no cumple/n con el perfil requerido por la contraparte técnica SUBDERE; y, 3) El estado de notoria insolvencia del consultor de conformidad a lo que establece la Ley 20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una “Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas”, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato; 4) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5) Por registrar el consultor saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 6) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificado por la SUBDERE. 7) Por disolución de la persona natural o jurídica que represente al o a la consultor/a; por incumplimiento de su obligación de caucionar el fiel cumplimiento del contrato durante toda su vigencia y/o renovación, por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases y por aumento de plazo por fuerza mayor o caso fortuito. 12.2. En todo caso, la modificación y el término anticipado del contrato definitivo será aprobada por resolución fundada, y regirá luego de las 24 horas transcurridas de publicado el acto o resolución en el sistema de información, de acuerdo a lo establecido en el artículo 79 en relación con el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Compras y Contratación Pública. 12.3. Lo referido al término anticipado, se entiende sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. 12.4. En el caso de término anticipado del contrato, la SUBDERE estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la SUBDERE pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del consultor. 13. MULTAS. 13.1. El/la consultor/a quedará afecto a la aplicación de una multa por el monto que se señala en cada caso, si incurriere en algunas de las siguientes causales que se detallan a continuación: a) Si reemplaza a uno o más profesionales propuestos en la oferta o reemplaza a alguno de los miembros del equipo de trabajo, sin previa autorización escrita emanada del Administrador de Contrato y de la contraparte técnica de SUBDERE. En este caso la multa será igual al 1% del valor total del contrato y se aplicará cada vez que el/la consultor/a efectúe dichos cambios sin la referida autorización. Lo anterior se entiende sin perjuicio de ser causa suficiente para poner término anticipado al contrato. b) Cuando el/la consultor/a incurra en retardo indebido en la realización de actividades y entrega de productos asociados a la ejecución del Programa de Auditoría o del respectivo Cronograma, y en el caso que se atrase en la entrega de cualquiera de los Informes a que se refiere el numeral 9 del Acápite IV Bases o Especificaciones Técnicas de esta licitación, considerando los plazos contractuales originalmente pactados para sus respectivas entregas. En todos estos casos, el/la contratista quedará afecto a una multa igual al uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día hábil de atraso. En el evento de que el atraso en la presentación de informes supere los 10 días hábiles (diez), la SUBDERE podrá poner término unilateralmente al contrato. Del mismo modo, la demora constituirá causa suficiente para poner término unilateral y anticipado al contrato cuando los retardos en la entrega de los informes sean superiores o igual a dos oportunidades, salvo que concurra caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el/la consultor/a y calificado así por el Jefe Superior del Servicio, previo informe de ejecución técnica de la contraparte técnica de SUBDERE. Sin perjuicio de lo anterior, la SUBDERE siempre podrá poner término anticipado al contrato, cuando el retardo en el cumplimiento de la planificación de actividades supere los 10 días hábiles de conformidad a lo establecido en el número 12.1 de estas Bases Administrativas. d) Cuando el/la consultor/a incurra en atraso respecto del plazo que se le haya fijado durante el proceso de revisión para la corrección de las observaciones de cualquiera de los informes requeridos, la multa igual al uno por ciento (1%) del valor total del contrato se aplicará por cada día hábil de atraso. e) Cuando el/la consultor/a no se allane a presentar el informe final en tiempo y forma concluida la última instancia de corrección luego del segundo rechazo durante el proceso de revisión por parte de la contra parte técnica de SUBDERE, se aplicará una multa igual al dos por ciento (2%) del valor total del contrato, por falta de adecuación a las observaciones formuladas, sin perjuicio del término anticipado del contrato. Con todo, las multas no podrán exceder del treinta por ciento (30%) del valor total del contrato que se celebre. 13.2. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, la contraparte técnica de la SUBDERE, a través del Administrador del Contrato, le notificará al consultor, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el consultor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido este plazo sin presentar descargos, la SUBDERE dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa. Si el consultor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la SUBDERE tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo. La SUBDERE publicará en el sistema de información el acto administrativo que dispone la aplicación de la respectiva multa y notificará esta resolución por carta certificada dirigida al consultor, el cual se entenderá notificado a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción en la oficina de Correos. 13.3. El oferente podrá recurrir a las vías de impugnación establecidas en la Ley 19.880 sobre las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado por aplicación de la respectiva multa. De esta manera dispondrá de cinco días hábiles contados desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición y que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que se le imputan y que originaron la aplicación de multas. El Jefe Superior del servicio o quien le subrogue en su caso, resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Si el oferente no presenta sus descargos en el plazo señalado o formulándolos no se acoge su solicitud de reposición, la multa quedará a firme, dictándose la pertinente resolución por parte de la Subsecretaría. En el caso, que se hubiere interpuesto recurso jerárquico en subsidio, en el mismo acto se elevarán los antecedentes para conocimiento y resolución del Ministro del Interior y Seguridad Pública. 13.4. La SUBDERE publicará en el sistema de información el acto administrativo que resuelve los recursos que hubieren sido interpuestos y que aplica la multa en su caso y notificará esta resolución por carta certificada dirigida al consultor, el cual se entenderá notificada a contar del tercer día hábil siguiente a la fecha de recepción en la oficina de Correos. 13.5. El monto de la multa podrá ser rebajado administrativamente por la SUBDERE de la cuota de pago respectiva. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. 13.6. Para aplicar cualquier multa, la SUBDERE deberá notificar por el sistema de información y por carta certificada al consultor la resolución que la disponga, y sólo podrá hacerla efectiva una vez que ésta se encuentre ejecutoriada. Ejecutoriada la multa, el consultor se encontrará obligado a su pago. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la Subsecretaría. 14. PAGOS. 14.1.1 Los pagos se efectuarán una vez que se hayan prestado los servicios y actividades previstas, de conformidad a lo propuesto y/o pactado, presentados, aprobados técnicamente y recibidos conformes los servicios e informe mensuales referidos en el punto 9 de las Bases Técnicas de esta licitación, por parte de la contraparte técnica de SUBDERE y luego que se haya enviado la factura electrónica correspondiente al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, de acuerdo al Sistema de Pagos Centralizado de Proveedores del Estado, dispuesto por Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda (DIPRES), anexando copia de la Orden de Compra y de la Resolución de Adjudicación y/o Contrato, documentos que deberán ser visados previamente por el funcionario de SUBDERE Administrador de contrato titular o suplente. El pago de los servicios se realizará bajo la siguiente modalidad: Primer pago: Un 40% del valor total del contrato, contra entrega y aprobación por la contraparte técnica de la SUBDERE del Informe N°1, según se especifica en la letra A del punto 9 de las Bases Técnicas. El informe Nº 1 deberá ser entregado dentro de los cuarenta (40) días corridos (si es un día inhábil al día hábil siguiente) contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. Segundo pago: Un 40% del valor del contrato, contra entrega y aprobación por la contraparte técnica de la SUBDERE del Informe N°2, según se especifica en la letra B del punto 9 de las Bases Técnicas. El informe Nº 2 deberá ser entregado dentro de los sesenta (60) días corridos (si es un día inhábil al día hábil siguiente) contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. Tercer Pago: Un 20% del valor del contrato, contra entrega y aprobación por la contraparte técnica de la SUBDERE del Informe N°3, según se especifica en la letra B del punto 9 de las Bases Técnicas. El informe Nº 3 y final deberá ser entregado dentro de los ciento cinco (105) días corridos (si es un día inhábil al día hábil siguiente) contados desde la fecha de total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios. 14.2. Las facturas asociadas a los pagos, deben ser emitidas por el/la consultor/a, una vez que la contraparte técnica de SUBDERE haya evacuado el Certificado de Recepción Conforme por Mercado Público del informe por el cual se debe realizar el pago, esto a fin de evitar la caducidad del documento de pago, durante el período de revisión de informes y solicitud de posibles observaciones. 14.3. Cada pago se efectuará dentro del plazo de treinta días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, en la medida que no haya sido objeto de observación o reparo por parte de la SUBDERE y salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. 14.4. Al comenzar la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá entregar, por una sola vez, un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente, con el fin de acreditar si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Sin perjuicio de ello, la SUBDERE también podrá solicitar al contratista, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. 15. GARANTÍAS. La/s garantía/s podrá/n otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica a la SUBDERE. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ser remitida al correo electrónico institucional “documento.garantia@subdere.gov.cl” y demás deberán presentarse en el portal www.mercadopublico.cl,dentro del plazo para ofertar, hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el portal, ajustándose a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En caso contrario, excepcionalmente, deberá ser entregada físicamente y acompañada de una carta conductora que indique el nombre de la licitación, el N°ID que registra en el sistema de información y el N° Expediente (3668/2022) en la Oficina de Partes de la SUBDERE ubicada en calle Teatinos 92, 2° piso, Santiago, horario 9:00 a 15.00 horas, dentro del plazo establecido en el Cronograma de la licitación, Acápite III de las presentes bases. 15.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. 15.1.1. La Garantía de Seriedad de la Oferta, a que se refiere el punto 3.1 de este acápite V, será extendida a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4, por la suma de $1.000.000 (un millón de pesos). El documento deberá señalar que se ha tomado “Para Garantizar Seriedad de la Oferta: “SERVICIOS DE AUDITORIAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU (E3868/2022) individualizando la línea a la que postula. CADA OFERENTE DEBERÁ ENTREGAR TANTAS GARANTÍAS DE SERIEDAD COMO A LÍNEAS DE CONTRATACIÓN POSTULE. Dicha garantía podrá ser otorgada a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de esta caución de manera rápida y efectiva y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este numeral. De esta manera y de modo ilustrativo y no taxativo podrá acompañarse como garantía un vale vista o depósito a la vista, póliza de seguros electrónica, depósito a plazo, boleta bancaria o certificado de fianza a la vista emitida por las Sociedades de Garantías Recíprocas o por la CORFO. En el caso del vale vista no se exigirá la fecha de vencimiento, ni la individualización del tomador, ni la glosa que se indica. La SUBDERE solicitará a todos los oferentes la misma garantía en lo relativo a su monto y vigencia. 15.1.2. La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá ser irrevocable, con una vigencia de a lo menos 60 días corridos contados desde el día de cierre de recepción de las ofertas. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad y al oferente adjudicado se le devolverá contra entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Esta garantía será devuelta al oferente que siga en puntaje al que haya obtenido la mejor calificación y a los proponentes cuyas ofertas hubieren sido desestimadas, a más tardar en el plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha en que haya sido puesto a disposición del adjudicado el contrato, por cualquier medio escrito con prueba de recepción, para el caso que éste último se desistiera de celebrarlo. En todo caso, esta caución será devuelta después de haberse suscrito el contrato respectivo con quien se haya adjudicado la propuesta. Los documentos de garantía serán devueltos por el Tesorero del Departamento de Administración y Finanzas de la SUBDERE, quién dejará constancia escrita, en una fotocopia de la misma caución, del día y hora del retiro y nombre completo, número de la cédula de identidad y firma de la persona a la que se le entrega el documento. La persona que se presente a retirar un documento de garantía, deberá acreditar su encargo mediante un poder simple, que deberá incluir la fotocopia de las cédulas de identidad del mandante y de la persona que retira. No será necesario presentarse con este poder simple cuando la persona que pide la devolución sea el tomador de la garantía o el propietario o representante legal del oferente que extendió el documento, cuestión que se comprobará examinando el contrato correspondiente. El original del poder simple será archivado por el Tesorero del Departamento de Administración y Finanzas de la SUBDERE. El Tesorero, sin perjuicio de cumplir con lo anterior, no devolverá documentos de garantía cuando la persona que se presente a retirar una caución no acredite la identidad con su cédula de identidad vigente. 15.1.3. La correcta extensión de esta garantía, es requisito esencial para participar en este proceso de contratación y, por lo tanto, en caso que eso no ocurra, la propuesta del oferente que se encuentre en ésta situación no será evaluada y se declarará inadmisible. Este documento podrá hacerse efectivo, sin notificación ni forma de juicio, si el proponente: a) No hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento al momento de la firma del contrato o no proporciona los antecedentes necesarios para su celebración. b) No suscribe el contrato dentro de los plazos señalados en estas Bases. c) No suscribe el contrato una vez puesto a su disposición por causa que le es imputable. d) Se desiste de su oferta dentro del plazo de vigencia de 60 días corridos establecidos en las presentes bases. e) Presenta una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error. f) No se inscribe en el Chile proveedores en el plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema de información correspondiente a esta licitación. 15.2. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato: 15.2.1. El oferente adjudicado, previo o simultáneamente a la suscripción de cada contrato respectivo y para caucionar su oportuno y fiel cumplimiento y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, entregará a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo una Garantía, pagadera a la vista e irrevocable, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, por un monto ascendente al 10% del valor total del contrato, a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4. El documento deberá indicar que se ha tomado “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato “SERVICIOS DE AUDITORIAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU (E3868/2022) (INDIVIDUALIZANDO LA LÍNEA QUE LE FUE ADJUDICADA)”. CADA OFERENTE DEBERÁ ENTREGAR TANTAS GARANTÍAS DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COMO LÍNEAS DE CONTRATACIÓN LE HUBIEREN SIDO ADJUDICADAS. Dicha garantía podrá ser otorgada a través de cualquier instrumento que asegure el cobro de ésta caución de manera rápida y efectiva y siempre que cumpla con las condiciones establecidas en este numeral. De esta manera y de modo ilustrativo y no taxativo podrá acompañarse como garantía un vale vista o depósito a la vista, póliza de seguros electrónica, depósito a plazo, boleta bancaria o certificado de fianza a la vista emitida por las Sociedades de Garantías Recíprocas o por la CORFO. En el caso del vale vista no se exigirá la fecha de vencimiento, ni la individualización del tomador, ni la glosa que se indica. En este caso la carta conductora que acompañe esta caución deberá indicar la glosa que describa el objeto garantizado: “SERVICIOS DE AUDITORIAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU (E3868/2022) INDIVIDUALIZANDO LA LÍNEA QUE LE FUE ADJUDICADA)”. 15.2.2. El plazo de vigencia de esta garantía de cumplimiento será, de a lo menos, la vigencia del contrato definitivo aumentado en un período de, a lo menos, 60 días hábiles a contar desde el término del mismo. 15.2.3. Al oferente que no entregue o pretenda postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá adjudicar a la segunda propuesta mejor evaluada según Informe de la Comisión de Evaluación y así sucesivamente, hasta que no exista un oferente al cual adjudicar o, declarar desierta la licitación. Podrá, además, hacerse efectiva la garantía de seriedad, por no haber concurrido a la suscripción del contrato en la forma y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación y por los perjuicios ocasionados a la SUBDERE. 15.2.4. En caso de incumplimiento del oferente adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato, la SUBDERE, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Las causales de cobro de la garantía de fiel cumplimiento son las siguientes: a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del consultor para con sus trabajadores. b) Cuando el respectivo consultor no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago. c) Cuando por una causa imputable al consultor, se haya puesto término anticipado al presente contrato. d) Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases y el respectivo contrato, a requerimiento fundado de SUBDERE, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato, y existan antecedentes fundados para la aplicación de esta medida. En caso de cobro de esta garantía, el contratista deberá extender y reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la caución original, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna y salvo la ocurrencia de la causal de la letra c) precedente. Será responsabilidad del consultor/a mantener vigente esta garantía hasta 60 días hábiles posteriores a la culminación del respectivo contrato. 15.2.5. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato deberá ser renovada por el/la consultor/a cuando, por cualquier circunstancia, el contrato deba ser extendido en su vigencia, por el mismo plazo de renovación de éste, aumentado en 60 días hábiles. Cuando la garantía tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el/la consultor/a deberá reemplazarla antes de su caducidad, por otra de iguales características que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de su exclusiva responsabilidad. En este caso, la restitución de la respectiva garantía será efectuada 60 días después del término del contrato. 15.2.6. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta en alguno de los siguientes momentos, según sea el caso: a) En aquellos casos en que se hubiere ordenado o correspondiera sustituir la garantía: conjuntamente con la entrega de la nueva garantía o a contar de dicha fecha. b) En aquellos casos en que la adquisición o servicio se haya cumplido a satisfacción de la SUBDERE y no existan obligaciones pendientes: a contar de la fecha de vencimiento de la garantía. 16 Revocación o suspensión de la licitación En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, la SUBDERE podrá revocar el proceso licitatorio mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 17. Domicilio y Jurisdicción Los Tribunales Ordinarios de Justicia resolverán los conflictos que se susciten entre las partes con motivo de la interpretación, aplicación o ejecución del contrato y, para tal efecto, fijarán domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones del Tribunal de Contratación Pública creado por la Ley N° 19.886, cuando sea procedente. ARTICULO 3º.- APRUÉBANSE los siguientes Anexos de las Bases de licitación pública para contratar el servicio denominado “SERVICIOS DE AUDITORIAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU” los cuales, además, se encuentran agregados en “Antecedentes” formando parte integrante de este acto administrativo. ARTÍCULO 4° : Se deja constancia que el gasto que implique la contratación de la consultoría materia de esta licitación pública, deberá ser imputado a la Partida 05, Ministerio del Interior y Seguridad Pública - Capítulo 05, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo - Programa 02, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo - Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 602 – Sub Asignación 006, del Presupuesto de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para el año 2022. El saldo, se imputará al subtítulo, al ítem y a la asignación que correspondan del Presupuesto del año 2023 y siguientes, en la medida que se consulten fondos para ello y se cumplan las condiciones para el desembolso.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TECNICA MODO DE EVALUACION INDICADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS 65%
2 Precio PE = 100*PM/ PP Donde: PE= puntaje de la oferta económica, PM= precio más bajo, y PP= precio de la oferta económica en consideración. 30%
3 CRITERIO DE SUSTENTABILIDAD Modalidad de Contratación adoptada por el oferente: a) 60% o más de los trabajadores (auditores/supervisores) del oferente se encuentran contratados a plazo indefinido: 100 puntos. b) Menos del 60% pero más del 30% de los contratos de trabajo (auditores/supervisores) del oferente son a plazo indefinido: 50 puntos. c) 30% o menos de los trabajadores (auditores/supervisores) cuentan con contrato indefinido de trabajo: 0 punto. 3%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL No tiene reclamos registrados en Chile Proveedores durante los últimos 6 meses previos a la fecha de evaluación de la oferta: 100 puntos. b) Tiene reclamos registrados en Chile Proveedores durante los últimos 6 meses previos a la fecha de evaluación de la oferta: 0puntos. Para los efectos de la evaluación de este factor, el reclamo ingresado en el Registro de Chile Proveedores respecto de uno o más de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, determinará que ésta no obtenga puntaje en este factor. 1%
5 CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE REQUISITOS FORMALES a) CumpleoportunamenteconlosrequisitosformalesdepresentacióndelaOferta: 100 puntos. b) NocumpleoportunamenteconlosrequisitosformalesdepresentacióndelaOferta: 0 puntos. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ARTEMIO CASTILLO
e-mail de responsable de pago: ARTEMIO.CASTILLO@SUBDERE.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: ROMINA LANDINI
e-mail de responsable de contrato: romina.landini@subdere.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26363600-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SUBDERE RUT 60515000-4
Fecha de vencimiento: 25-05-2022
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: 15.1.1. La Garantía de Seriedad de la Oferta, a que se refiere el punto 3.1 de este acápite V, será extendida a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4, por la suma de $1.000.000 (un millón de pesos). El documento deberá señalar que se ha tomado “Para Garantizar Seriedad de la Oferta: “SERVICIOS DE AUDITORIAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU (E3868/2022) individualizando la línea a la que postula.
Glosa: 15.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Forma y oportunidad de restitución: Los documentos de garantía serán devueltos por el Tesorero del Departamento de Administración y Finanzas de la SUBDERE, quién dejará constancia escrita, en una fotocopia de la misma caución, del día y hora del retiro y nombre completo, número de la cédula de identidad y firma de la persona a la que se le entrega el documento.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SUBDERE RUT 60515000-4
Fecha de vencimiento: 05-01-2023
Monto: 10 %
Descripción: El oferente adjudicado, previo o simultáneamente a la suscripción de cada contrato respectivo y para caucionar su oportuno y fiel cumplimiento y las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, entregará a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo una Garantía, pagadera a la vista e irrevocable, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre, por un monto ascendente al 10% del valor total del contrato, a la orden de la SUBDERE, RUT. 60.515.000-4. El documento deberá indicar que se ha tomado “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato “SERVICIOS DE AUDITORIAS FINANCIERAS, PROGRAMA SIM-FIMU (E3868/2022) (INDIVIDUALIZANDO LA LÍNEA QUE LE FUE ADJUDICADA)”. CADA OFERENTE DEBERÁ ENTREGAR TANTAS GARANTÍAS DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COMO LÍNEAS DE CONTRATACIÓN LE HUBIEREN SIDO ADJUDICADAS.
Glosa: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta en alguno de los siguientes momentos, según sea el caso: a) En aquellos casos en que se hubiere ordenado o correspondiera sustituir la garantía: conjuntamente con la entrega de la nueva garantía o a contar de dicha fecha. b) En aquellos casos en que la adquisición o servicio se haya cumplido a satisfacción de la SUBDERE y no existan obligaciones pendientes: a contar de la fecha de vencimiento de la garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse empate entre los puntajes obtenidos de dos o más oferentes se atenderá a la oferta técnica que haya obtenido el mayor puntaje en ese criterio y, de persistirla igualdad, se tomará en especial consideración el puntaje obtenido en los siguientes criterios y factores de evaluación en el orden de prelación que se indica:

a) Oferta Económica
b) Experiencia del Oferente en Auditorías a Municipalidades 1.3 del factor 1 Oferta Técnica.
c) Si aún persistiera el empate luego de aplicar los criterios precedentes en el orden de prelación indicado, preferirá la oferta del proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl
Cualquier error de concordancia de la presente Pauta de Evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la Licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Conforme al mismo artículo 40 citado en el párrafo anterior, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.