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Resolución de empate. |
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En caso de empate JUNAEB adjudicará aquella oferta que haya sido mejor evaluada de acuerdo al siguiente orden de prelación de criterios o factores:
a. Criterio evaluación técnica.
b. Criterio evaluación económica
c. Factor técnico “Experiencia de los profesionales”.
d. Factor técnico “Capacitación en el área de traumatología”.
Si aun así persistiera el empate, JUNAEB seleccionará la primera oferta que haya sido enviada a través del portal Mercado Público, fecha y hora que se validará en el comprobante de oferta, del mismo sistema.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tengan interés en ello, y cumplan con los requisitos establecidos en la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, su reglamento contenido en el decreto N° 250/2004, del Ministerio de Hacienda, y las presentes bases administrativas, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo siguiente.
4.1. Normas especiales para unión temporal de proveedores (UTP).
Asimismo, podrán participar y presentar ofertas en la presente licitación, uniones temporales de proveedores (UTP), entendiéndose por tales, asociación de personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que se unen para presentar una oferta en conjunto.
Todos y cada uno de los miembros de la unión temporal de proveedores, deberán ser hábiles para contratar con la Administración del Estado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 19.886. Para estos efectos, deberá acompañar juntamente con su oferta:
a. Anexo N° 1A, “Identificación unión temporal de proveedores” suscrito por todos sus integrantes y su correspondiente representante o apoderado.
b. Anexo N° 2, “Declaración jurada simple de inhabilidades” suscrito por cada integrante de la UTP.
Las normas del presente título serán aplicables a las ofertas presentadas por uniones temporales de proveedores, sin perjuicio del estricto cumplimiento de las demás disposiciones generales contenidas en las presentes bases de licitación.
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Prohibiciones. |
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Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley Nº 19.886, para cuyo efecto el oferente deberá suscribir la declaración jurada que se acompaña como anexo N° 2 de estas bases, según se trate de persona jurídica o persona natural.
Asimismo, los oferentes no podrán encontrarse sujetos a las inhabilidades establecidas, de acuerdo a su naturaleza, en el artículo 8 N° 2 y artículo 10 de la ley N° 20.393, así como las establecidas en el artículo 26, letra d) del DFL N°211 de 1973.
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ACEPTACIÓN DE BASES, MODIFICACIONES, CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes bases, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa.
JUNAEB podrá efectuar modificaciones a las presentes bases y sus anexos, hasta antes de la fecha indicada para el cierre de recepción de ofertas y estas deberán ser aprobadas mediante acto administrativo totalmente tramitado, fijando un nuevo plazo prudencial para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones, de conformidad a lo estipulado en el artículo 19 del reglamento de la ley N° 19.886.
Los oferentes podrán formular consultas a las bases, a través del foro que estará habilitado en el portal Mercado Público. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, JUNAEB podrá, de oficio, efectuar aclaraciones a las bases, para precisar su alcance o su contenido.
Las respuestas y aclaraciones deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas y tendrán efectos vinculantes para éstos y JUNAEB. Con todo, las respuestas y aclaraciones, en caso alguno, podrán modificar lo dispuesto en las presentes bases.
Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo establecido en las bases y cualquier otro contacto especificado en ellas.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal Mercado Público y no podrán estar sujetas a condición alguna por parte de los oferentes.
Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Project, Word, entre otros), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. En caso de presentar alguna duda respecto del ingreso de su oferta, deberá contactar a la mesa de ayuda de la Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra).
Solo se admitirá por cada oferente la presentación de una oferta a cada línea de servicio. En caso de presentación de más de una oferta, solo se considerará para efectos de evaluación, la última oferta ingresada, según fecha y hora que conste en el comprobante de ingreso de oferta electrónico del portal Mercado Público. Si estas ofertas fueran presentadas simultáneamente, JUNAEB solo considerará aquella que presente el menor precio ofertado.
Los costos que incurra el oferente producto de la presentación de la propuesta serán de exclusivo cargo y en caso de no resultar adjudicada su oferta, no darán origen a indemnización alguna.
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ERRORES Y OMISIONES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal Mercado Público.
En caso de que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del portal Mercado Público, denominada “Foro inverso”, para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. Asimismo, en caso de que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso.
JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el título “Etapas y plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de Foro Inverso contemplada en el portal Mercado Público, será de 48 horas corridas, contadas desde el requerimiento de JUNAEB a través del sistema de información.
El cumplimiento de lo indicado precedentemente será motivo de evaluación, según el criterio establecido en el subtítulo “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de oferta”, de las bases administrativas.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
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JUNAEB adjudicará mediante acto administrativo notificado a través del portal Mercado Público, la propuesta más ventajosa, entendiendo por tal la que sea más conveniente a los intereses de la Institución, considerando los criterios de evaluación establecidos.
Los oferentes podrán presentar ofertas para una o más líneas de servicio establecidas para la presente licitación. La evaluación y adjudicación de cada línea se realizará de manera independiente de forma tal que cada oferente podrá adjudicarse una o todas las líneas de servicio, siempre y cuando presente la propuesta más ventajosa para los intereses de la institución. La adjudicación se realizará por la totalidad de cada línea de servicio, no pudiéndose adjudicar ésta de manera parcial.
JUNAEB, no podrá adjudicar ofertas que emanen de quien no tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley según señala el artículo 41 inciso séptimo del reglamento de la ley 19.886. Dicha ratificación se deberá efectuar dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación, remitiendo copia del instrumento que corresponda, de acuerdo con la naturaleza de la representación que invoca. Vencido el plazo señalado sin que se haya cumplido con la ratificación, se dará por desistida la oferta, procediendo la Comisión a proponer la adjudicación en el oferente que le siga en puntaje.
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DE LA RE-ADJUDICACIÓN |
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En caso que el adjudicatario se desista de firmar el contrato, de acuerdo a lo previsto en el inciso primero del artículo 63 del reglamento de la ley N° 19.886, renuncie a realizar la prestación de los servicios adjudicados o no diere cumplimiento a los demás requisitos y condiciones establecidas en las bases de licitación para la suscripción de contrato, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, procediendo JUNAEB a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, dejando sin efecto la adjudicación original y re-adjudicando la licitación al o los oferente(s) que hubiere ocupado el segundo o sucesivos lugares en el ranking de puntaje dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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DEL CONTRATO |
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15.1. Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado.
Para proceder a la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl.
En caso de no encontrarse inscrito y hábil en dicho registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 15 días hábiles, contados desde que se notifique la adjudicación de su oferta.
Tratándose de una unión temporal de proveedores, cada integrante de la unión deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
15.2 Documentos necesarios para la firma del contrato, según tipo de proveedor:
a) En caso de que la adjudicataria sea una persona jurídica: previo a la firma del contrato deberá hacer entrega de los antecedentes que a continuación se indican, en la medida que los mismos no se encuentren disponibles o con la vigencia exigida en las presentes bases de licitación, en el sistema de información del registro de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl
- Declaración jurada simple que dé cuenta de que no ha sido condenado a la pena de prohibición, perpetua o temporal, de celebrar actos con los órganos de la Administración del Estado establecidos en la ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. Esta declaración deberá acompañarse de acuerdo con el formato establecido en el Anexo Nº2 de las presentes bases.
- Declaración jurada simple que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl.
i. Personas jurídicas con fines de lucro:
- Copia simple del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
- Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, emitido por el correspondiente Conservador de Bienes Raíces.
ii. Personas jurídicas sin fines de lucro:
- Copia simple de sus Estatutos o del instrumento de constitución y de sus modificaciones, si las hubiere.
- Copia simple de las publicaciones de constitución y modificaciones, si las hubiere.
- Copia simple del instrumento donde consten las facultades del representante legal de la entidad, si lo hubiere.
- Certificados de vigencia emitido por el Registro Civil (Organización y Directorio vigente).
iii. Personas jurídicas de Derecho Público:
- Individualizar la norma legal que la creó.
- Copia simple del instrumento en donde conste representación en que comparece.
Adicionalmente, según el tipo de adjudicatario, se deberán entregar los siguientes antecedentes, a menos que los mismos se encuentren disponibles y con la vigencia solicitada en estas bases de licitación, en el registro www.chileproveedores.cl
b) Tratándose de empresas individuales de responsabilidad limitada, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades por acciones u otras sociedades comerciales:
- Copia de la inscripción en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o copia del certificado de vigencia, otorgados por el respectivo Conservador de Bienes Raíces, con fecha no anterior a cuatro meses contados desde la fecha de su presentación. En el caso de las personas jurídicas acogidas a la ley N°20.659, deberá acompañarse en su lugar copia del certificado de vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades.
- Copia de la escritura pública de constitución o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N°20.659.
- Copia del documento en que conste la personería del representante, o el poder para representar a la empresa o sociedad.
- Copia del certificado de vigencia de poder para representar al oferente, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, con una antigüedad de 60 días corridos.
- Copia de la inscripción del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N°20.659).
- Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N°20.659).
- Copia de las escrituras de modificación, en su caso, con sus respectivos extractos debidamente inscritos y publicados (no es requisito para el caso de personas jurídicas acogidas a la ley N°20.659).
- Copia del Rol Único Tributario (RUT).
c) Tratándose de otras personas jurídicas:
- Antecedentes que acrediten su vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan, con fecha no anterior a 4 meses contados desde su presentación.
- Copia del Rol Único Tributario (RUT).
d) Tratándose de personas naturales:
- Fotocopia de la cédula de identidad.
- Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en un giro en virtud del cual el oferente tribute en primera categoría de la Ley del Impuesto a la Renta.
e) Tratándose de uniones temporales de proveedores:
- Instrumento privado o escritura pública, según corresponda, que formaliza el acuerdo en que consta la unión temporal, a menos que dichos instrumentos, hayan sido presentados al momento de la oferta.
- Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la unión de proveedores, según se indica en los numerales precedentes.
El extranjero adjudicado deberá otorgar y constituir al momento de la adjudicación mandato con poder suficiente o la constitución de una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera fijar o establecer un domicilio en Chile y designar un representante legal en este país para proceder a la contratación, según corresponda con la cual celebrará el contrato y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato y acompañar los documentos equivalentes del país de origen, con su correspondiente legalización y traducción.
15.3. Vigencia del contrato.
El contrato comenzará a regir a contar de la notificación de la resolución que lo apruebe y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022. Sin perjuicio de las extensiones de plazo a que hubiera lugar de acuerdo con las bases y al contrato.
Por razones de buen servicio y en observancia del principio de continuidad de la función pública, la ejecución de las prestaciones que nacen del contrato podrá comenzar una vez suscrito, con anterioridad a la total tramitación del acto que lo apruebe. No obstante, no se efectuará pago alguno antes de la total tramitación del acto aprobatorio.
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OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
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El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales para él, y de sus subcontratistas, en la ejecución del contrato. El adjudicatario tendrá la responsabilidad de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente el contrato, de acuerdo con las condiciones fijadas en las presentes bases, sin perjuicio de las facultades de supervisión y control contractual que le competen a JUNAEB.
Todo el personal que el adjudicatario emplee en la ejecución del contrato será provisto por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin que entre ellos y JUNAEB exista relación contractual alguna. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga desde ya, a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo con la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.
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CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD |
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Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título.
Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público.
El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N° 19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática.
Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material.
Asimismo, serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB.
Todos los oferentes deben conocer la “Política de Seguridad de la Información para las relaciones con el Proveedor de JUNAEB” publicada en la página la página www.junaeb.cl/regula-oferentes.
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INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD |
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Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad.
Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares.
Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “Inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar.
El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada mensualmente que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB.
Será responsabilidad de la contraparte técnica de JUNAEB, validar el cumplimiento de lo descrito anteriormente.
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