9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su Reglamento y las presentes Bases, las cuales son obligatorias para los que participen en la licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones del adjudicatario se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
• Ley N°19.886 y su Reglamento.
• Las Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases, si las hubiere.
• Contrato que suscriba ProChile con el Adjudicatario.
• Oferta del Adjudicatario y aclaraciones a la misma.
• Órdenes de Compra que emita ProChile.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos. Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente, sin necesidad de comunicación o resolución alguna.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta licitación deberán, para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones del contrato, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días corridos.
9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a ProChile responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3. “Etapas y Plazos”, de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). ProChile pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3. “Etapas y Plazos”.
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
ProChile podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 5 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y serán aprobadas por resolución de ProChile.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas, a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por ProChile, en idioma español y sólo aquellas ofertas de los proponentes enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta allí requeridas. Respecto de la oferta económica, la propuesta deberá indicarse en dólares, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
• Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-10-LE21. Presionar el Botón “Buscar”.
• Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”
• Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
• Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, de 1 peso, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
• Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
• Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un funcionario del Departamento de Compras de la Dirección Administrativa de ProChile.
El funcionario del Departamento de Compras revisara y verificara el cumplimento de los antecedentes indicados en el numeral 4. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA, y dejara constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en la presente bases, lo cual quedara reflejada en la apertura electrónica. Esta acta será de conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, PROCHILE podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios (as) del Subdepartamento Servicios Integrados para la Exportación de ProChile. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
• Evaluar las ofertas técnicas y económicas presentadas, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
• Resolver si las ofertas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases de Licitación. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
• Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
• Elaborar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, dejará constancia de las propuestas rechazadas y sus razones y, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
• La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo.
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:
• Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1082957-10-LE20. Presionar el Botón “Buscar”.
• Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
• Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
• Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:
CRITERIOS
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Porcentaje
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1. Propuesta Técnica
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30%
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2. Experiencia del oferente en materias de capacitación y formación
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25%
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3. Experiencia del equipo de relatores en asesorías y/o gestión empresarial
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25%
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4. Precio
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15%
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5. Inclusión con enfoque de género
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5%
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1.- Evaluación del Criterio Propuesta Técnica (30%)
La evaluación de este criterio se realizará en base a la propuesta técnica que presente el Oferente, la descripción de la propuesta debe estar en directa relación al servicio a prestar a PROCHILE especificando claramente lo solicitado en las Bases, la que debe incluir la conformación de los relatores, el programa de temas y las propuestas de mejoras en caso de que las hubiere, de acuerdo con lo indicado el ítem I del Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica” de las presentes Bases.
Se entenderá como “propuesta de mejoras” otras temáticas ofertadas que sean relacionadas o complementarias a las requeridas en las bases de licitación y/o modelo de formación para dictar los talleres que presente el oferente.
Las propuestas se calificarán de acuerdo con la siguiente tabla de notas:
Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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La descripción de la propuesta técnica identifica con precisión y describe claramente con detalle cada uno de los servicios requeridos y la conformación de los relatores, abarcando completamente los requerimientos de las especificaciones técnicas de las presentes bases. Además, presenta propuestas de mejoras que hacen más atractiva la oferta lo que conlleva a una mejor prestación del servicio.
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Nota 2
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La descripción de la propuesta técnica identifica con precisión y describe claramente con detalle cada uno de los servicios requeridos y la conformación de los relatores, abarcando completamente los requerimientos de las especificaciones técnicas de las presentes bases. Sin embargo, no presenta propuestas de mejoras que hagan más atractiva la oferta y/o estas no están vinculadas directamente con los requerimientos técnicos.
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Nota 0
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La descripción de la propuesta técnica cumple con todos los requerimientos de las especificaciones técnicas de las presentes bases, pero carece del detalle o precisión en algunos de los servicios requeridos. Además, no presenta propuestas de mejoras que hagan más atractiva la oferta y/o estas no están vinculadas directamente con los requerimientos técnicos.
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2.- Evaluación del Criterio Experiencia del Oferente en materias de capacitación y formación (25%)
Para la evaluación de este criterio se considerará la cantidad de proyectos similares al licitado realizados por el oferente y que digan relación con servicios de capacitación y/o formación de empresas realizados desde el año 2016 en adelante, correctamente acreditados, de acuerdo con lo indicado en el numeral 9.1.8. “Contenido de la propuesta técnica y económica”, de las bases de Licitación.
Para la evaluación, se aplicará la siguiente tabla:
Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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Acredita 4 o más proyectos similares
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Nota 3
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Acredita 3 proyectos similares
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Nota 2
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Acredita 2 proyectos similares
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Nota 1
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Acredita 1 proyecto similar
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Nota 0
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No entrega información o no acredita proyectos similares.
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3.- Experiencia del equipo de relatores en asesorías y/o gestión empresarial (25%)
La evaluación de este criterio se realiza en base a la experiencia del equipo de relatores en asesorías y/o gestión empresarial, de acuerdo con lo solicitado en el numeral 9.1.8., de las presentes Bases.
En los casos que el oferente no adjunte los respaldos requeridos en el literal B). del Item III del Anexo N°3 “Formulario Oferta Técnica”, o bien estos estén incompletos, el integrante no será contabilizado dentro de la propuesta.
Para evaluar la experiencia del equipo en asesorías y/o gestión empresarial se utilizará la siguiente pauta:
Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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El 70% o más de los relatores cuentan con experiencia demostrable en asesorías y/o gestión empresarial.
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Nota 3
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Entre 69% y el 51% de los relatores cuentan con experiencia demostrable en asesorías y/o gestión empresarial.
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Nota 2
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Entre 50% y el 31% de los relatores cuentan con experiencia demostrable en asesorías y/o gestión empresarial.
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Nota 1
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Entre 30% y el 10% de los relatores cuentan con experiencia demostrable en asesorías y/o gestión empresarial.
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Nota 0
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El 9% o menos de los relatores cuentan con experiencia demostrable en asesoría y/o gestión empresarial.
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4.- Evaluación del Criterio Precio (15%)
Para la evaluación de este criterio, se tendrá en cuenta el precio ofertado por sesión requerida de manera virtual y presencial, de acuerdo con lo establecido en la Anexo N°2 Formulario de Oferta Económica, incluyendo impuestos y costos asociados.
Por cada tipo de sesión virtual y presencial, el menor valor económico será calificado con el mayor puntaje asignado para este factor (Nota 4), y las siguientes ofertas con un puntaje proporcional, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Nota Oferente: Valor económico de la oferta de menor precio x 4
Valor económico de la oferta que se analiza
La Nota final del Criterio Precio, se evaluará en función de la nota promedio obtenida de cada uno de los tipos de sesiones.
5.- Evaluación de criterio Inclusión con enfoque de género (5%)
Para la evaluación de este criterio, los oferentes deberán informar completando el numeral IV.- del Anexo N° 3, y obtendrán la nota de acuerdo con la siguiente tabla:
Calificaciones
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Justificación
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Nota 4
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El oferente es una persona natural de sexo femenino.
El oferente acredita “Sello Empresa Mujer” que identifica las empresas lideradas por mujeres que son proveedoras del Estado y es validado a través del Certificado Empresa Mujer, disponible en ChileProveedores.
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Nota 2
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El oferente cuenta con una política de inclusión de género, de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres, acreditada mediante copia de dicha política, donde conste de su aplicación vigente.
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Nota 0
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No entrega información o no acredita correctamente según lo solicitado en notas anteriores.
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En caso de que acredite más de uno las opciones contenidas en el numeral IV del Anexo N°3, se considerará aquella opción en que haya obtenido mayor puntaje.
El resultado de la evaluación se obtendrá de la suma de los puntajes considerando las notas obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación y los porcentajes asignados a dichos criterios.
En caso de que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que éste persiste:
• Mayor puntaje obtenido en “Propuesta técnica”.
• Mayor puntaje obtenido en “Experiencia del oferente en materias de capacitación y formación”.
• Mayor puntaje obtenido en “Experiencia del equipo en asesorías y/o gestión empresarial”.
• Mayor puntaje obtenido en “Precio”.
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases. En el caso que la oferta que obtenga la más alta puntuación final no se considere conveniente para los intereses del Servicio, ProChile podrá declarar desierta la licitación.
La adjudicación se efectuará, a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral 3. “Etapas y plazos”, ProChile informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
ProChile podrá además declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
Se dejará sin efecto la adjudicación, por resolución fundada concurriendo alguna de las siguientes causales:
1).- Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
2).- Si el oferente no acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al momento de suscribirlo;
3).- Si el Adjudicatario es una Unión Temporal, cuando ésta no materialice por escritura pública el Acuerdo en que conste dicha unión temporal;
4).- Si el Adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro de Proveedores que está a cargo de la Dirección ChileCompra, al momento de la suscripción del Contrato;
5).- Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del Contrato dentro del plazo fijado para este fin en la Resolución Adjudicataria;
6).- Si el Adjudicatario no devuelve firmado el Contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”;
7).- Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la Licitación a éste.
En tales casos ProChile podrá readjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Notificada la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, no deberá mediar un plazo superior a los 20 días hábiles, salvo razones fundadas calificadas por ProChile que justifiquen su ampliación, para la celebración del contrato, período en que debe gestionarse la presentación de antecedentes por parte del Adjudicatario, la elaboración del contrato, firma de éste y tramitación del acto administrativo que lo apruebe. Si no se suscribiera dentro de este término, ProChile podrá dejar sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor.
Juntamente con la devolución del contrato firmado y la correspondiente Declaración Jurada, conforme al Anexo N° 4, el Adjudicatario deberá entregar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales.
Para la elaboración del contrato, el adjudicatario deberá remitir a ProChile los siguientes Antecedentes Legales:
1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):
• Declaración jurada, según formato anexo N° 5-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886.
• Cédula de identidad del Adjudicatario.
2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:
• Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
• Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
• Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
• Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
• Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
• Declaración jurada, según formato anexo N° 5-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa adjudicataria.
3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:
• Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
• Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
• Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
• Declaración jurada, según formato anexo N° 5-C, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886.
4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
• Declaración jurada, según formato anexo N° 5-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4 de la Ley 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa contratista.
• Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.
El Adjudicatario sólo deberá remitir a ProChile aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores. En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo previsto para la suscripción del contrato.
En el caso que se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el Acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá materializarse mediante el documento público o privado que dé cuenta del acuerdo de dicha unión temporal.
9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En caso de que se presentaren situaciones emergentes no consideradas en el contrato, ambas partes de común acuerdo podrán efectuar modificaciones a éste en la medida que no impliquen variaciones en el precio acordado y se refieran a las siguientes materias: a) cambio del o la Coordinador/a; o, b) Cambio de algún relator/a.
9.16.- DEL PAGO
• El pago por los servicios prestados será en pesos chilenos, de acuerdo a la oferta económica realizada por el Adjudicatario en el Anexo N° 2, y se efectuará mediante el sistema de “facturación por evento” y se irá descontado cada sesión ejecutada.
• Cada pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la respectiva Factura, emitida de acuerdo a lo establecido en la Orden de Compra, por los servicios contratados, y siempre que cuente con aprobación de la Contraparte Técnica.
• Las facturas electrónicas deben ser enviadas al correo electrónico “62000680-7@prd.inbox.febos.cl” y “dipresrecepcion@custodium.com”.
• Cada factura deberá ser emitida a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto). Lo anterior, señalando como “Giro”: Actividad de la Administración Pública en General “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
• Cada pago estará sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato suscrito al efecto y aceptadas las Órdenes de Compra emitidas, a través de www.mercadopublico.cl.
• Los pagos podrán efectuarse, a través de transferencia electrónica, para lo cual el proponente adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para girar los fondos.
Con respecto a los pagos se deberá tener presente lo siguiente:
Sobre la Facturación por Unidad de Compra y financiamiento: En atención a que el financiamiento de esta contratación se realizará mediante los distintos fondos de PROCHILE, correspondientes a distintas Unidades de Compra. Para tales efectos, cada Orden de Compra deberá ser facturada de manera individual, es decir, presentar una factura por cada orden de compra emitida.
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en ProChile, la Jefa del Subdepartamento Servicios Integrados para la Exportación, a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado, la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al reemplazante.
9.18.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se suscriba al efecto entre PROCHILE y la Adjudicataria entrará en vigor una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución de PROCHILE que lo apruebe y se extenderá por un período de 20 meses o hasta que PROCHILE haya pagado la suma total de $30.000.000.- (treinta millones de pesos) por los servicios prestados, evento que acontezca primero.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato podrá terminarse anticipadamente por ProChile sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a).- Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b).- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario, entendiéndose por tal la aplicación de más de 5 multas o sanciones.
c).- Estado de notoria insolvencia del Adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d).- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e).- Por la incapacidad de la Adjudicataria para seguir adelante con la ejecución del Contrato, derivada de problemas internos, como en caso de huelga de sus trabajadores, entre otros.
f).- Si los representantes o el personal dependiente de la Adjudicataria no observan los más altos niveles éticos o cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
g).- No entrega oportuna de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, si corresponde.
h).- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
i).-Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, durante la vigencia del Contrato.
Para concretar lo indicado en el párrafo precedente, una vez así calificado ProChile deberá notificarlo por escrito al Adjudicatario, con un aviso de 10 (diez) días corridos previo a la fecha de término que se fije. Asimismo, una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por la adjudicataria por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880.
ProChile deberá cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato en caso de término anticipado del Contrato, salvo en el caso de los causales números a) y d) indicadas precedentemente.
9.20.- SANCIONES
El Adjudicatario será sancionado por ProChile al pago de multas, en los siguientes casos:
a).- Por no proporcionar los servicios contratados en los plazos y bajo las modalidades exigidos en estas Bases de Licitación Pública y ofrecidas por el Adjudicatario en su Propuesta, por causas que le sean imputables, en cuyo caso se aplicará una multa del 50% del monto total de la sesión de relatoría solicitada.
b).- Incumplimiento en la calidad de los servicios en relación con la propuesta técnica contenida en la oferta respecto cada uno de los productos esperados señalados en el numeral 9.1.4. Esta multa será equivalente a un 5% del monto total de la sesión de relatoría solicitada.
Las multas no se aplicarán si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.
Si PROCHILE considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, mediante carta certificada, con copia a los correos electrónicos informados en su cotización, indicando el monto y fundamento de la misma. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos, los que podrán realizarse mediante carta certificada o bien, mediante correo electrónico dirigido a la Contraparte Técnica de PROCHILE. El correo electrónico, con los descargos debe ser remitido por el representante legal individualizado en la postulación, o con facultades para representarlo.
Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, PROCHILE resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al adjudicatario, copia del acto administrativo pertinente.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por la adjudicataria por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con disposiciones a la Ley N° 19.880.
En caso de que se determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, el adjudicatario deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario u otro instrumento financiero equivalente en el mercado local, emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 10 días contados desde su notificación. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, o bien, así lo solicite el adjudicatario, ProChile quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, la Adjudicataria que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
ProChile, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que la Adjudicataria proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del oferente contratado dará derecho a ProChile a hacer efectiva la boleta de garantía prevista en el numeral 8.- “Garantías requeridas” y a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
9.22.- CONFIDENCIALIDAD
El personal del Adjudicatario que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.
Asimismo, el Adjudicatario quedará obligado a guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de la información de ProChile a que pueda tener acceso en razón de la ejecución del contrato. Esta obligación recaerá, además, en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título, asumiendo el adjudicatario la responsabilidad por el cumplimiento de dicha obligación.
El Adjudicatario no podrá divulgar, en todo o parte, la información y material que le sea proporcionado por ProChile para la realización del servicio de procesamiento y gestión de los archivos de ProChile.